“Seminario Sindical sobre Mujeres Migrantes Trabajadoras del Hogar”

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Transcripción de la presentación:

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El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social ANTECEDENTES: V Conferencia Iberoamericana de máximos Responsables de la Seguridad Social. 09/2005 en Segovia. Los 21 representantes acordaron: “iniciar el proceso de elaboración de un Cnvenio multilateral de Seguriad Social de la Comunidad Iberoamericana que permita contar con un instrumento único de coordinación de las legislaciones nacionales en materia de pensiones….”

El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social OBJETIVOS: Cobertura de los derechos sociales de los trabajadores y trabajadoras migrantes en prestaciones económicas de larga duración. MECANISMO: Coordinación entre sistemas nacionales de protección, a través del cómputo de períodos cotizados en sistemas distintos a efectos de: * prestaciones económicas contributivas de larga duración, y * derecho a pensiones mínimas y complementos a mínimos en dichas prestaciones.

El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social COBERTURA: El Convenio se eleva a la consideración de los Jefes de Estado y de Gobierno en la XVII Cumbre Iberoamericana 8 a 10 de Noviembre 2007 Ratificación: Para su entrada en vigor en cada Estado, éste independientemente, ratificará, aceptará, aprobará o se adherirá al mismo. El Convenio surtirá efectos entre los Estados una vez que el Acuerdo de Aplicación sea suscrito por los mismos.

El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social CARACTERÍSTICAS DEL CONVENIO: Principio de igualdad de trato (art. 4) Determinación de campo de aplicación personal y material (art. 2 y 3) Sometimiento a la legislación nacional del país en que se realiza la actividad laboral (art.9) Garantía de los derechos en curso de adquisición (posibilidad de totalización de períodos y aplicación del principio de “prorrata temporis”). (Art. 5) Garantía de los derechos adquiridos (exportación de las pensiones contributivas). (Art. 6) (y art.17 para fondos de capitalización individual) Revalorización de pensiones (art. 7) Colaboración administrativa y técnica entre instituciones. Vigencia de los convenios bilaterales y multilaterales en vigor en la medida de que sean más favorables. (Art. 8) Elaboración de Acuerdos Administrativos de Aplicación (art.26)

El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social CARACTERÍSTICAS DEL CONVENIO: Principio de igualdad de trato: Art. 4 – “Las personas a las que sea de aplicación el Convenio, tendrán derecho a los beneficios y estarán sujetas a las obligaciones establecidas en la legislación del Estado Parte en que desarrollen su actividad, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado…” - Totalización de períodos: Art. 5 – “…un Estado Parte cuya legislación condicione …el derecho a las prestaciones…al requisito de haber cubierto determinados períodos de seguro, de cotización o de empleo, tendrá en cuenta, si fuese necesario, los periódos de seguro, de cotización o de empleo acreditados por la legislación de cualquier otro Estado Parte, como si se tratara de periódos cubiertos bajo la leslación que dicha institución aplica y siempre que no se superpongan”

El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social CARACTERÍSTICAS DEL CONVENIO: Conservación de los derechos adquiridos y pago de prestaciones en el extranjero Art. 6.1 – “…las prestaciones económicas no estarán sujeteas a reducción, modificación, suspensión o retención…… por el hecho d que el beneficiario se encuentre o resida en el territorio de otro Estado Parte, y se le harán efectivas en este último. Principio de aplicación más favorable Relaciones entre el Convenio y otros instrumentos de coordinación de seguridad social Art. 8 – “…En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales se aplicarán las disposición que resulten más favorables al beneficiario”