Pasos para formar un sindicato

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Transcripción de la presentación:

Pasos para formar un sindicato Recopilación de Antecedentes de la empresa Artículo 3 del Código del Trabajo Elaborar los estatutos Definir cuántos trabajadores se necesitan para formar un sindicato Artículos 227 y 228 del Código del Trabajo Solicitar Ministro de Fe: Artículo 218 del Código del Trabajo Asamblea de constitución y elección de Directorio. Artículo 221 del Código del Trabajo Comunicación posterior. Artículo 222 del Código del Trabajo

Pasos para formar un sindicato I. Recopilación de Antecedentes de la empresa Artículo 3 del Código del Trabajo a. Razón social b. RUT c. Dirección de la empresa d. Nombre representante legal de la empresa e. Cuantos trabajadores laboran en la empresa f. ¿Hay sindicato en la empresa?

Pasos para formar un sindicato II. Elaborar los Estatutos: Ver estatutos tipo y discutir con un grupo reducido la propuesta que se entregará a la asamblea de constitución del sindicato. Acordar los puntos que varían en los estatutos, como por ejemplo: finalidades y principios del sindicato, organización sindical que se beneficiará en caso de disolución del sindicato, requisitos y duración de los directores, derecho a voto de los socios, valor cuota y multa, etc. (ver recuadros de los estatutos tipo y después borrar) Los estatutos acordados por el grupo reducido deben ser difundidos entre los trabajadores comprometidos en asistir a la constitución del sindicato solo unos días antes. Se deben preparar tres ejemplares para presentar al Ministro de Fe al momento de la constitución del sindicato.

Pasos para formar un sindicato III. Definir Cuántos trabajadores se necesitan para formar un sindicato En el caso de un sindicato de empresa, si esta tiene más de 50 trabajadores, se requiere un mínimo de 25 que represente a lo menos el 10% del total de los trabajadores que presten servicios en dicha empresa. Si la empresa tiene 50 o menos trabajadores se requieren 8. Si se trata de un sindicato de establecimiento se requiere un mínimo de 25 que representa al 30% de los trabajadores de dicho establecimiento. Para todos los demás sindicatos se requiere un mínimo de 25 trabajadores para constituir una organización.

Pasos para formar un sindicato IV. Solicitar Ministro de Fe Un representante de los trabajadores solicita ministro de fe en la sección de Relaciones Laborales de la Inspección del Trabajo dentro de circunscripción donde se va a realizar la asamblea o en su defecto puede contratar un notario cercano al lugar. Para la realización de la Asamblea de Constitución y Elección de Directorio se presenta el Estatuto elaborado, algún documento que certifique la empresa en que se formará el Sindicato (contrato de trabajo o liquidación de sueldo) y Numero de RUT de la Empresa. Esto se hace mediante un “formulario de solicitud de designación de Ministro de Fe” Es conveniente mantener el anonimato de las personas que serán partícipes de la Asamblea Constituyente y Elección de Directiva, por ello es necesario pedir el Ministro de Fe no antes de 10 días de la Asamblea, pues existe fuero para todos los trabajadores que participan entre –10 y +30 días de la Asamblea.

Pasos para formar un sindicato V. Asamblea de constitución y elección de Directorio Cada trabajador debe concurrir con cedula de identidad y fotocopia de contrato o liquidación de sueldo. El lugar de constitución del sindicato debe ser un recinto cerrado, independiente, donde solamente tendrá acceso a él los trabajadores que participan del acto, como por ejemplo sede de otro sindicato, junta de vecinos, o restaurante, etc. Solo si, dicho acto se llevase a cabo dentro de la empresa y/o en horas de trabajo, debe constar por escrito la autorización de la empresa. Ministro de Fe explica las formalidades para regularizar el Sindicato, esto en conjunto con las formas en que puede perderse la identidad legal del Sindicato. También se da lectura a los estatutos ó los puntos que es necesario concordar. Listado de trabajadores que son los constituyentes de la organización. Estatutos deben ser aprobados en una votación cuyas alternativas son: Aprueba, Rachaza.

Pasos para formar un sindicato VI. Comunicación posterior. El ministro de fe debe levantar acta de todo lo obrado y certificar con su firma los nombres de los asistentes y la identificación de la directiva electa. El Directorio del Sindicato debe comunicar por escrito a la Administración de la Empresa (Gerencia General y RRHH) dentro de 3 días hábiles, que se ha celebrado la Asamblea de Constitución del Sindicato y la nómina de los Directores que gozan de fuero. Se debe depositar el Acta de Constitución del Sindicato y cinco ejemplares de los estatutos aprobados por la Asamblea en la Inspección del Trabajo correspondiente a la dirección de la empresa con lo cual se obtendrá la personalidad jurídica. dentro de los 15 días contados desde que se realizó la Asamblea de Constitución. La inspección del trabajo dentro de los 90 días siguientes al depósito del acta de constitución podrá formular observaciones a la constitución del sindicato o a los estatutos de este. Una vez notificadas las observaciones el Sindicato posee 60 días para subsanarlas o reclamar de ellas ante los tribunales del trabajo correspondiente.

Pasos para formar un sindicato VI. Comunicación posterior. El ministro de fe debe levantar acta de todo lo obrado y certificar con su Los trabajadores que concurran a la constitución de un sindicato empresa, gozan de fuero desde 10 días anteriores a la asamblea constitutiva y hasta 30 días después de realizada. Este fuero no podrá exceder de 40 días Los Directores sindicales gozarán de fuero laboral desde la fecha de su elección y hasta seis meses después de haber cesado en el cargo. Los trabajadores de la empresa que deseen incorporarse al sindicato deben llenar el Formulario de Incorporación y luego firmar el libro de registro de socios y pagar sus cuotas mensualmente.