Cámara técnica CUMPLIMIENTO 22 de abril de 2014
Orden del Día Aprobación del orden del día. Aprobación del acta anterior. Análisis de riesgos jurídicos que pueden derivarse de la implementación de un sistema de información Análisis de las facultades de las entidades públicas con régimen privado para imponer multas Cobertura de lucro cesante del seguro de cumplimiento Proposiciones y varios
INVERFAS Riesgos jurídicos
ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO Análisis de facultades
AUTO – Ecopetrol CONSEJO DE ESTADO Sección Tercera Auto del 20 de febrero de 2014 Pretensión Suspensión provisional de los actos de Ecopetrol en los que impuso: Multa Terminación unilateral Liquidación unilateral Decisión Las cláusulas excepcionales en los contratos celebrados por entidades públicas sometidas a un régimen de Derecho común son NULAS ABSOLUTAMENTE, por objeto ilícito.
Cobertura en los seguros de cumplimiento LUCRO CESANTE Cobertura en los seguros de cumplimiento
Lucro Cesante Código Civil Código de Comercio Decreto 1510 de 2013 Art. 1614 La ganancia o el provecho que deja de reportarse. Código de Comercio Art. 1088 La indemnización podrá comprender a la vez el daño emergente y el lucro cesante, pero éste deberá ser objeto de un acuerdo expreso. Decreto 1510 de 2013 El amparo de cumplimiento, de la garantía única, cubre los perjuicios sufridos por la entidad estatal. Clausulados Se repite lo dicho en el artículo 1088 del Código de Comercio.
Lucro Cesante Problemáticas El Decreto 1510 prohíbe exclusiones distintas a las taxativas. El lucro cesante no está en esa lista. Según el Decreto 1510 hay cobertura en, bajo el amparo de cumplimiento, de los PERJUICIOS, sin distinguir entre patrimoniales y extrapatrimoniales, ni entre daño emergente ni lucro cesante.
PROPOSICIONES Y VARIOS
Proposiciones y Varios Colombia Compra Eficiente – Minutas Póliza de chatarrización IDU – Comentarios Cartilla de cumplimiento