Puede considerarse desde dos puntos de vista, uno amplio referido al Estado en general, y otro limitado referido a la Administración Publica en particular.

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Transcripción de la presentación:

Puede considerarse desde dos puntos de vista, uno amplio referido al Estado en general, y otro limitado referido a la Administración Publica en particular. Desde el punto de vista amplio, el funcionario y empleado publico, es toda persona que realice o contribuya a que se lleve a cabo funciones esenciales y especificas del estado. Desde el punto de vista restringido estos son toda persona que realice o contribuya las funciones esenciales y especificas propias de la Administración Pública

La carga pública presenta las siguientes características : Es una obligación que tiene todo ciudadanos de prestar determinados servicios cuando el estado se lo ordene; No se necesita el consentimiento del ciudadanos ya que debe cumplir aunque no quiera; No se le paga un sueldo a quien debe cumplirlo ; No se puede eximir pagando y debe existir una Ley que la imponga ; FUNCIONARIO : Actividad dentro de un organismo del Estado, voluntaria y remunerada

Esta ley se aplica a todos los funcionarios de la Administración Publica, salvo : Jefe de Gabinete, Ministros, Secretario General de la Presidencia, Secretarios, Jefe de la Casa Militar, Personal militar y de la fuerza de seguridad y policiales y el clero

Requisitos: a)Ser argentino nativo, por opción o naturalizado. b)Tener condiciones de conducta e idoneidad para el cargo c)Aptitud psicofísica para el cargo Impedimentos:

Es la relación del empleado público con la Administración Publica de la cual surgen tres puntos de vistas con respecto al carácter del contrato: Primer punto de vista: Acto unilateral. El empleado publico tiene una situación jurídica legal o reglamentaria. Segundo punto de vista: Distinción entre la formación del vínculo y por otro desarrollo ejecución o cumplimiento de la relación de servicio. Primer aspecto como un acto bilateral, y el segundo aspecto se trata de situación legal o reglamentaria susceptible de ser modificada por la administración publica Tercer punto de vista: Se sostiene que es un contrato de derecho público, contrato administrativo propiamente dicho, esa relación implica un contrato administrativo stricto sensu, por razón de su objeto, siendo de colaboración

a)Estabilidad b)Retribución justa por sus servicios c)Igualdad de oportunidades en la carrera d)Capacitación permanente e)Libre afiliación sindical y negociación colectiva. f)Descanso g)Compensaciones, indemnizaciones y subsidio h)Asistencia social para si y su familia i)Jubilación o retiro j)Renuncia k)Higiene y seguridad en el trabajo

1)Se acrediten condiciones de idoneidad; 2) Se obtenga el certificado definitivo de aptitud psicofísica para el cargo. 3) Se ratifique la designación por la autoridad competente

1.Cumplir con el objeto o contenido del contrato; 2.Concurrir a la oficina o lugar de trabajo durante las horas establecidas; 3.Prestar servicio en el lugar para el cual se hizo nombramiento; 4.Cumplir con la Ley de Ética Pública y tener una conducta decorosa digna; 5.Deber de obediencia; 6.Someterse a exámenes psicofísicos

a)Patrocinar trámites o gestiones administrativas a terceros relacionados con su función; b)Dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar o prestar servicios a personas que gestionen exploten concesiones o privilegios de administración o que sean proveedores o contratistas. c)Recibir beneficios por contratos, concesiones o franquicias que otorgue la administración; d)Obtener beneficios u obligaciones por entidades directamente fiscalizadas por el ministerio, dependencia o entidad donde trabaje; e)Usar sus facultades o prerrogativas para fines ajenos a su función o para hacer acción política; f)Aceptar dádivas, obsequios, beneficios o ventajas surgida desde su trabajo; g)Hacer uso indebido o con fines particulares del patrimonio estatal.

El empleado o funcionario publico puede ser sancionado con: Apercibimiento o suspensión hasta 30 días en un año, sin prestación de servicios ni goce de haberes Cesantía Exoneración CAUSALES DE APERCIBIMIENTO O SUSPENSIÓN HASTA 30 DIAS CAUSALES PARA IMPONER CESANTIA CAUSALES PARA IMPONER LA EXONERACION

Causales que dan lugar a aplicar apercibimientos y suspensión:6 meses Causales que dieran lugar a la cesantía:1 año Causales que diera lugar a la exoneración:2 años.

Al cancelar la designación del personal sin estabilidad. Renuncia aceptada o vencimiento del plazo para aceptarla Razones de salud que imposibiliten el cumplimiento de tareas laborales Aplicación de sanciones de cesantía o exoneración Baja por jubilación, retiro o fallecimiento

Empleo Publico Planta permanente Planta transitoria Efectivizado Contrato Empleo Público vs Relación Privada Ley ContratoIngreso por concurso Despido con Sumario Despido sin sumario