LEY N° 30225 y SU REGLAMENTO Eber Matamoros Mallqui.

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Transcripción de la presentación:

LEY N° 30225 y SU REGLAMENTO Eber Matamoros Mallqui

VIGENCIA DE NUEVA LEY DE CONTRATACIONES

Cambios en la LCE y su Reglamento LCE Anterior: D.L. Nº 1017 publicado el 4.JUN.2008, aprueba nueva LCE D.S. Nº 184-2008-EF publicado el 1.ENE.2009, aprueba el Reglamento de la LCE  D.Urg. Nº 014-2009, publicado el 31.ENE.2009, establece el 01.FEB.2009 como fecha de entrada en vigencia Modificaciones a LCE Anterior: Ley Nº 29873 publicado el 1.JUN.2012, modifica D.L. N° 1017 (LCE) D.S. Nº 138-2012-EF publicado el 7.AGO.2012, se modifica el D.S..N°.184-2008-EF (RLCE) El Art. 5° D.S. N° 138, establece que a 30 d.h. de su publicación, entra en vigencia (20.SET.2012)

Nueva LCE y su Reglamento LCE Vigente: Ley Nº 30225 publicado el 11.JUL.2014, aprueba nueva LCE Reglamento Vigente:  D.S. Nº 350-2015-EF publicado el 10.DIC.2015, deroga el D.S..N°.184-2008-EF (RLCE) El Art. 2° D.S. N° 350, establece que entra en vigencia a 30 d.c. de su publicación en el diario oficial El Peruano (09.ENE.2016) NOTA: En lo no previsto en la LCE y RLCE se aplica supletoriamente las Normas de Derecho Público y sólo en ausencia de estas, las de Derecho Privado

DEFINICIONES IMPORTANTES

Obra DE BIENES INMUEBLES Construcción Reconstrucción Remodelación Mejoramiento DE BIENES Demolición INMUEBLES Renovación Ampliación y Habilitación Bien Inmueble No puede ser transportados sin perder: su esencia, naturaleza o forma. La tierra y todo lo que se le adhiere, se inmoviliza Anexo del RLCE

Requisitos de una Obra Dirección Técnica Expediente Técnico Mano de Obra Materiales y/o Equipos

Obra Pública y Recursos Públicos Obra Pública.- Aquella ejecutada por un Organismo del Estado (Adm. Directa o Indirecta) con recursos públicos, para mantener, ampliar y/o mejorar la infraestructura, en beneficio de los ciudadanos Recursos Públicos.- Todos los recursos financieros y no financieros de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público. Los recursos financieros comprenden todas las fuentes de financiamiento Incluye: Recursos de cooperación técnica no reembolsable Donaciones Transferencias Recursos recaudados, captados o incorporados por las Entidades sujetas al SNIP Directiva SNIP N° 001-2011-MEF/68.01

Expediente Técnico de Obra Memoria descriptiva Especificaciones Técnicas Planos de Ejecución de Obra Metrados Presupuesto de Obra Fecha de determinación del Ppto. de Obra Análisis de Precios o Calendario Avance de Obra Valorizado Conjunto de documentos : Fórmulas Polinómicas Estudios: Suelos, Geológico, Ambiental, etc

Presupuesto de Obra Es el valor económico de la obra estructurado por partidas con sus respectivos metrados, análisis de precios unitarios, gastos generales, utilidad e impuestos

Servicio Actividad desarrollo de sus o labor que requiere una Entidad para el de sus actividades y el cumplimiento funciones y fines Servicios en General Consultoría en General Consultoría de Obra Clasificación La Mención CONSULTORÍA alude a: Consultoría Consultoría de Obras en General y

Consultoría de Obra Servicios Profesionales Altamente Calificados, para realizar: EXPEDIENTE TÉCNICO SUPERVISION DE OBRAS Experiencia ≥ 1 año Experiencia ≥ 2 años

Mayores Metrados Es el incremento del metrado previsto en el presupuesto de obra de una determinada partida y que no provenga de una modificación del expediente técnico. El mayor metrado en contrato de obras a precios unitarios, no constituye una modificación del exped. técnico PRESUPUESTO PLANOS Mejoramiento = 1080 m3 1.00 1.00 1.20 1.80 2.00 Mayor Metrado = 720 m3 Metrado Adicional = 600 m3

Expediente Técnico de Obra Memoria descriptiva Especificaciones Técnicas Planos de Ejecución de Obra Metrados Presupuesto de Obra Fecha de determinación del Ppto. de Obra Análisis de Precios o Calendario Avance de Obra Valorizado Conjunto de documentos : Fórmulas Polinómicas Estudios: Suelos, Geológico, Ambiental, etc

EL CONTRATO

El Contrato Es el acuerdo jurídica dentro Reglamento para crear, de regular o extinguir de la Ley y una relación del presente los alcances Debe celebrarse por escrito y se ajusta a la proforma de las Bases más las modificaciones aprobadas por la Entidad en el procedimiento de selección En Contratos regulados por la LCE, deben incluirse necesariamente y bajo responsabilidad, cláusulas referidas a: Garantías Solución de Controversias Resolución de Contrato por Incumplimiento

Contenido del Contrato El Contrato está Conformado por : Documento que lo Contiene Documentos de las Bases que Establece Reglas para las Partes Oferta Ganadora

ADMINISTRACIÓN CONTRACTUAL El Mejor Contrato Si Conocieramos Podríamos Ocurrencias Futuras Prever su Tratamiento ADMINISTRACIÓN CONTRACTUAL (eficaz y eficiente)

Características del Contrato Tener un orden lógico Ser claro y preciso Preservar el equilibrio Tener sagacidad y previsión Ser coherente Debe existir acuerdo de voluntades de las partes Establece responsabilidades, derechos y obligaciones entre las partes y las obliga a cumplirlas Los contratos tienen fuerza de ley entre las partes

Requisitos Adicionales - Firma Contrato de Obra El Constancia de Capacidad Libre de Contratación del RNP Calendario de Avance de Obra Valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (CPM) El Calendario de Adquisición de Materiales Calendario de utilización de equipo, en caso la naturaleza de la contratación lo requiera Desagregado de partidas que da origen a la oferta, en caso de obras sujetas al sistema de suma alzada Comentario: Texto íntegro del artículo 151 del Reglamento

TIPOS DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL

Tipos de Ejecución Presupuestal de Obras Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Ejecución Presupuestaria Indirecta Ejecución Presupuestaria Directa Entidad Privada Entidad Pública La Propia Entidad (con sus recursos) Contrato Convenio LCE y Reglamento Definir Norma R.C. Nº 195-88-CG OBRAS x CONTRATA OBRAS x ADM. DIRECTA 36

Uso de la Administración Directa INCIDENCIA 15% 85% Nº DESCRIPCIÓN DE LA OBRA MODALIDAD 1 MEJORAMIENTO DE RED DE ALCANTARILLADO DE LA CALLE LAS MALVINAS Convenio MEJORAMIENTO DEL PISO FORRAJERO EN LA ASOCIACIÓN AGROPECUARIA UNIDOS POR EL CAMPO Y LA ECOLOGÍA 2 Convenio CONSTRUCCIÓN TROCHAS CARROZABLES - CAMINO CARROZABLE A ALBÚFERA EL 3 85% Adm. Directa PARAISO CONSTRUCCIÓN TROCHAS CARROZABLES - CAMINO CARROZABLE A ALBÚFERA EL PARAISO 4 Adm. Directa INFRAESTRUCTURA TURISTICA PUESTA EN VALOR DEL CIRCUITO DE PLAYAS Y COMPLEJO PLAYA CHORRILLOS 5 Adm. Directa 6 PAVIMENTACIÓN DECALLES - ASFALTADO DE CALLE BALTAZAR LA ROSA Adm. Directa PAVIMENTACIÓN DE VÍAS CONO SUR - M2AN0ZANARETSotal REMODELACIÓN DEL BOULEVA1R7DE SAENZ PEÑA Adm. Directa Adm. Directa RENOVACIÓN DE ALCANTARILLADO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS CALLES JOSE F. SANCHEZ C. Y LA UNIÓN 9 Adm. Directa 10 MEJORAMIENTO DEL PISO FORRAJERO EN LA ASOCIACIÓN AGROPECUARIA UNIDOS POR EL CAMPOAYdLmA .EDCOirLeOcGtÍAa Adm. Directa 11 DEMOLICIÓN DE ESTRUCTURAS EN EL ÁREA DEL NUEVO PALACIO MUNICIPAL Adm. Directa 12 DEMOLICIÓN DE TALLERES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PEDRO E. PAULET Adm. Directa 13 REPOTENCIACIÓN DE UNIDADES MÓVILESPARA SEGURIDAD CIUDADANA Adm. Directa 37

SISTEMAS DE CONTRATACIÓN

Sistemas de Contratación Las Bases, deben precisar el Sistema de Contratación A Suma Alzada A Precios Unitarios Esquema Mixto Por Tarifas En Base a Porcentajes En Base a un Honorario Fijo y Comisión de Éxito

Sistemas de Contratación Dice la Experiencia : Utilizar equivocadamente un sistema de contratación que no corresponde (Ejm. usar suma alzada cuando debió elegirse precios unitarios o viceversa), genera conflictos y/o controversias que desgastan a las partes y que puede incrementar los costos, comprometer la calidad de la obra y hasta puede poner en riesgo la continuidad del contrato

Sistema a Suma Alzada Aplicable, cuando las cantidades, magnitudes y calidades, estén definidas en planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto Vale decir que, el Sistema es aplicable cuando el riesgo de incertidumbre es prácticamente nulo La propuesta es por monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecución Planos Especificaciones Técnicas Memoria Descriptiva Presupuesto La propuesta se hace considerando los trabajos necesarios para la prestación requerida, según: Orden de Prelación

Sistema a Suma Alzada El mismo orden de prelación (Planos, Especificaciones Técnicas, Memoria Descriptiva y Presupuesto) se aplica en la ejecución de obra Para suscribir Contrato debe presentarse el desagregado por partidas que da origen a la propuesta Se valoriza hasta el total de metrados del presupuesto El Sistema a Suma Alzada NO APLICA a : Obras de Saneamiento Obras Viales

Sistema a Precios Unitarios Aplicable, cuando no puede conocerse con exactitud o precisión, las cantidades o magnitudes requeridas El postor, oferta precios unitarios, considerando: Las partidas contenidas en documentos del procedimiento Las condiciones previstas en los Planos y Especificaciones Técnicas Las Cantidades Referenciales Se valorizan las cantidades realmente ejecutadas

Sistema Esquema Mxto Expediente Técnico A Precios Unitarios Componentes técnicos con magnitudes y cantidades, definidas con precisión Componentes técnicos con magnitudes y cantidades, NO definidas con precisión A Suma Alzada A Precios Unitarios

EJECUCIÓN CONTRACTUAL MODALIDADES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Llave en Mano La Construcción El Equipamiento y Montaje, y El Postor Oferta : La Construcción El Equipamiento y Montaje, y Hasta la Puesta en Servicio Opcional : Operación Asistida de la Obra

Llave en Mano Operación Asistida.- Operación por el Contratista de una obra ejecutada bajo la modalidad de llave en mano, que puede incluir, además, el mantenimiento, reparación, capacitación, entre otros aspectos, en atención y cumplimiento a los términos y condiciones establecidas en el Contrato. Implica : Puesta en marcha de la instalación construida Transferencia de tecnologías, conocimientos, procesos Entrenamiento de personal, entre otros Todo ello, hasta que la Entidad toma control definitivo de las instalaciones

Concurso Oferta (restringido) Entidades del Ejecutivo, por Resolución del Titular, pueden aprobar la ejecución de Obras por “Concurso Oferta” indelegable) (facultad Sólo aplica a Obras de Edificaciones y que por su naturaleza corresponda : Sistema a Suma Alzada VR > 10’000,000 Queda prohibido la aprobación de adicionales por errores o deficiencias en el expediente técnico

Concurso Oferta (restringido) El Postor Oferta : Expediente Técnico La Construcción a) Obras Convocadas a Suma Alzada b) Obras con VR > 10’000,000 Requisitos c) Para poder iniciar la ejecución de Obra, antes tener presentado y aprobado el 100% del E.T.

ENTREGA DEL TERRENO

Entrega del Terreno Condiciona el inicio del plazo de ejecución de obra Además de las características técnicas, en Obras se deberá contar con la disponibilidad física del terreno o lugar donde se ejecutará la misma y con el expediente técnico aprobado Identificar las Interferencias. Son Interferencias : Edificaciones, cercos, almacenes, fábricas, viviendas, etc Instalaciones varias (eléctricas, sanitarias, telefónicas, gas, etc) Derrumbes, montículos, desmonte, residuos varios, etc.

Entrega del Terreno Registrar en el Acta, interferencias de redes de servicio público Registrar en el Acta, las Áreas de Terreno Afectadas Registrar en el Acta, otras Interferencias (canales, paneles, etc) Verificar los límites y niveles del terreno (dentro de lo posible) Suscribir “Acta de Entrega de Terreno” Transcribir el Acta en el Cuaderno de Obra

PLAZO DE EJECUCIÓN

Plazo Contractual Es el Período de Tiempo, pactado para culminar y/o disponer del objeto del contrato Inicio Cómputo Plazo (27.02.2016) Inicio Cómputo al Cumplirse Condicines Plazo = 120 d.c. Las condiciones para su inicio (cómputo) deben estar claramente definidas

Inicio del Plazo de Ejecución de Obra El plazo rige desde el siguientes condiciones: día siguiente de que se cumplan las Que la Entidad notifique quien es el Supervisor / Inspector Que la Entidad haya entregado el terreno Que la Entidad provea el calendario de entrega de materiales e insumos, si según las Beses es su obligación Que la Entidad entregue el Expediente Técnico completo, si fue modificado a raíz de las consultas u observaciones Que la Entidad haya entregado el adelanto directo

Inicio del Plazo de Ejecución de Obra Las 05 condiciones debe cumplir la Entidad dentro de los 15 d.c. siguientes a la firma del Contrato De no solicitarse el adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimientos de las restantes 04 condiciones De estar previsto entregas parciales del adelanto directo, con la primera entrega, se da por cumplida tal condición

Efectos del Incumplimiento de Condiciones Firma del Contrrato Entidad cumple 05 Condiciones Contratista puede Resolver Contrato Ctta. Activa Conciliación y/o Arbitraje 15 dc 30 d.h. 15 dc 10 d.h. Contratista Pide Daños y Perjuicios Entidad atiende pedido Monto Día = 5/10,000*MC Monto Tope = 75/10,000*MC 62

DIFERIR INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN

Traslado de Fecha de Inicio del Plazo de Obra La estacionalidad climática no permite el inicio de la ejecución de la obra, hasta la culminación del evento La Entidad no puede cumplir las condiciones 1 y 2, hasta la culminación del evento Inicio Previsto (20.02.2016) Inicio Acordado (15.03.2016) Las partes pueden acordar DIFERIR la de fecha de inicio del plazo

Traslado de Fecha de Inicio del Plazo de Obra Para ello, se debe emitir Informe Técnico sustentando las circunstancias invocadas y las partes deben suscribe Adenda Inicio Previsto (20.02.2016) Inicio Acordado (15.03.2016) Diferido el inicio del plazo, NO aplica las incumplimiento de la Entidad de las condiciones 1 y 2 penalidades por Se suspende trámite de entrega del Adelanto Directo, y se reinicia 15 d.c. antes de la nueva fecha de inicio

SUSPENSIÓN DEL PLAZO DE OBRA

Las PARTES suspenden el Plazo de Obra Inicio EVENTO Fin EVENTO Fin Inicio Fin Período de Suspensión Ocurre un Evento NO atribuible a las partes y que paraliza la obra Las partes pueden acordar suspender el plazo de ejecución de la obra La Suspensión no implica pago de MGGs y Costos, salvo aquellos que resulten necesarios para viabilizar la suspensión Reiniciado el plazo, la Entidad debe notificar al Contratista, la modificación de las fechas de ejecución de la obra (respetará acuerdos)

El CONTRATISTA suspende la Prestación / Plazo Val. 1 Val. 2 Val. 3 Val. 4 Val. 5 Pagado NO Control de Pagos Cuando la Entidad NO paga 03 o más valorizaciones El Contratista solicita por escrito que se le pague valorización en los siguientes 10 d.c. al menos 01 De no haber pago, el Residente anota en C.O. la decisión de suspensión Tal suspensión da lugar al pago al Contratista, de MGGVs directamente vinculados y debidamente acreditados Reiniciado el plazo, la Entidad debe notificar al Contratista, la modificación de las fechas de ejecución (respetando acuerdos)

VALORIZACIONES Y METRADOS

Valorizaciones y Metrados Valorización de Obra : Es la cuantificación económica de un avance físico de obra, en un período determinado Metrado : Es la cantidad de una determinada partida del presupuesto de obra, según la unidad de medida establecida

Valorizaciones y Metrados Las valorizaciones son pagos a cuenta Lo elaboran el último día de cada período previsto en las Bases, el Inspector o Supervisor y el Contratista Los metrados ejecutados serán formulados y valorizados conjuntamente, por el Contratista y el Inspector o Supervisor El Supervisor/Inspector, aprueba y remite a la Entidad la valorización, dentro de 05 d.c. contados desde 1er d.h. del mes siguiente para periodos mensuales La Entidad, deberá cancelar la valorización como máximo, el último día del mes siguiente; sino paga intereses legales efectivos

Esquema - Plazos de una Valorización MARZO ABRIL Supervisión Aprueba y Tramita Cierre de Metrados Conjunta 1° Día Hábil 5 d.c. 5 10 15 20 25 31 5 10 15 20 25 30 Período de Ejecución Entidad Paga Valorización Valorización Conjunta Vencido el plazo de pago, se genera el derecho al pago de “Intereses Legales” (Tasa Fijada por BCR - Arts. 1244°, 1245° y 1246° del C.C.)

SUPERVISIÓN DE OBRA

Protagonistas de la Obra CLIENTE Controla a Ambos SUPERVISIÓN Controla Correcta Ejecución de Obras CONTRATISTA Ejecuta las Obras

Consultoría de Obra Servicios profesionales altamente calificados, para realizar: EXPEDIENTE TÉCNICO SUPERVISION DE OBRAS Experiencia ≥ 1 año Experiencia ≥ 2 años

Supervisar una Obra Es ejercer la “Inspección” realizados por otros en trabajos Fuente: RAE Supervisar es “asegurar” que se logren fielmente los requisitos y propósitos de los planos y las especificaciones Fuente: Manual de Supervisión del Concreto ACI 1995) El Supervisor / Inspector debe cumplir con las misma experiencia y calificaciones profesionales establecidas para el Residente de Obra Art. 159° RLCE

Obligatoriedad de la Supervisión Art. 190º- Reglamento de la LCE Durante la ejecución de la obra, debe contarse permanente y directo con un inspector o con un de modo supervisor, quedando prohibida la existencia de ambos en una misma obra Art. 25.3 – Directiva General del SNIP Durante la ejecución del proyecto, la Unidad Ejecutora deberá supervisar permanentemente el avance del mismo, verificando que se mantengan las condiciones y parámetros establecidos en el estudio definitivo y que se mantenga el cronograma previsto en el Estudio Definitivo o Expediente Técnico Detallado

Obligatoriedad de Supervisión – Adm. Directa Num. 6.- R.C. Nº 195-88-CG La Entidad contará con una “UNIDAD ORGÁNICA” responsable de cautelar la Supervisión de las Obras Programadas Num. 7 - R.C. Nº 195-88-CG / Art. 190° del RLCE La Entidad contratará un Supervisor cuando el costo de la Obra sea igual o mayor al valor indicado en la Ley Anual de Presupuesto, o designará un Inspector en caso dicho valor sea menor al que indica dicha Ley

RESIDENTE DE OBRA

Residente de Obra Pública Ingeniero o Arquitecto según la naturaleza de los trabajos, con no menos de 2 años de experiencia en la especialidad, en función de la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra, colegiado, habilitado y especializado, designado por el Contratista previa conformidad de la Entidad (Adm. Indirecta), o por la Unidad Ejecutora de la Entidad (Adm. Directa); para de modo permanente y directo, asumir la dirección: técnica, operativa, comercial, administrativa, financiera, contractual, socio ambiental, salud y seguridad de la obra, durante su ejecución. Representa al Contratista para efectos ordinarios de la obra, no esta facultado pactar modificaciones al contrato D.S. Nº 016-2008-VIVIENDA – 3 Requisitos para el Ejercicio Legal de la Profesión ……... (Art. 363° Código Penal)

Residente de Obra Pública Durante la ejecución de la obra, debe contarse permanente y directo con un Residente de Obra. de modo El Residente puede ser Ingeniero o Arquitecto. Representa al Contratista en temas ordinarios y no pacta cambios al contrato El Residente debe tener 2 o más años de experiencia en la especialidad, en función de la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra Junto al Supervisor, son los únicos que pueden anotar en el cuaderno de obra. Es el responsable de la custodia del C. de O.

Sustitución del Residente o Supervisor Es responsabilidad del Contratista dar la prestación con el plantel profesional ofertado El Contratista puede solicitar la sustitución del personal propuesto. Será de manera excepcional y justificada El reemplazante debe reunir experiencia y calificaciones profesionales iguales o superiores a las del reemplazado Se solicita 15 d.c. antes del fin del vinculo contractual con el profesional. La Entidad se pronunciarse en sgtes. 08 d.c.; sino, silencio positivo Si culminado el vinculo contractual, la sustitución no está aprobada; la Entidad aplicará multa 0.5 UIT ≤ P ≤ 1 UIT por cada día de ausencia

Perfil del Supervisor o del Residente Competencias Técnicas Habilidades Interpersonales Actitud y Valores

Competencias Técnicas Conocimientos Experiencia Formación profesional Actualización profesional Crecimiento profesional Ejercicio profesional EXPERTICE CAPACIDAD PARA NEGOCIAR, DISCERNIR Y DAR SOLUCIONES EFICIENTES

Habilidades Interpersonales Liderazgo, capacidad para negociar, trabajar en equipo, para relacionarse e interactuar con personas de diferentes caracteres (principal recurso, es el “recurso humano”). En las obras, se generan conflictos internos y externos, que requieren pronta solución para evitar impactos en plazo y/o en costo Entidades Públicas

Funciones Generales SOSTENIBILIDAD EMPRESARIAL MEJORA CONTINUA Planear, Verificar, Mejorar Ejecutar, MEJORA CONTINUA Corregir y/o Cumplimiento de los SOSTENIBILIDAD EMPRESARIAL compromisos costo y calidad) (plazo, CONFIANZA Seguridad, respeto al y IMAGEN medio ambiente Responsabilidad social

Alcance de Funciones – Mejora Continua RECURSO – SERVICIO - TRABAJO - Corregir Deficiencias Costos Previstos - Replicar Buenos Resultados Costo de la Adquisición, Costo Real VS Costo Previsto Contratación o Ejecución NO SE PUEDE MEJORAR, LO QUE NO SE CONTROLA, y NO SE PUEDE CONTROLAR, LO QUE NO SE MIDE

Mejora Continua y Control de Recursos Presupuesto Vigente Identificar Partidas RELEVANTES (Mayor Incidencia) Implementarlos SEGUIMIENTO/ MONITOREO Identificar Recursos RELEVANTES (Mayor Incidencia) Toma de Datos (Campo) Procesar Información Analizar Resultados PROPONER -Cambios - Mejoras Identificar DESVIACIONES EXPONER RESULTADOS

Gestión del Residente y Supervisor de Obra Tiempo DESAFÍO Costo Plazo Calidad R Ti Meta Cliente Accionista Costo Ci 90

ADELANTOS

Adelantos Se podrá otorgar adelantos a pedido del Contratista, siempre que haya sido previsto en las bases El adelanto se otorga contra presentación de una garantía: Por idéntico monto y plazo mínimo de 3 meses Renovable trimestralmente, por el monto pendiente de amortización La presentación de garantía no se exceptúa en ningún caso

Adelanto Directo Máximo 10% Monto del Contrato Original Se solicita dentro de los 8 días de suscrito el Contrato. Vencido tal plazo, no procede la solicitud Adjuntar a la Solicitud, la Garantía y Comprobante de Pago La Entidad debe entregar el Adelanto en los siguientes 7.días La entrega del Adelanto Directo, es condición para el inicio del plazo de obra Si las Bases prevé adelantos parciales, con el 1er desembolso, se dará inicio al plazo de obra

Adelantos para Materiales e Insumos Máximo 20% Monto del Contrato Original Las Bases deben establecer tanto el plazo para solicitar el Adelanto, como el plazo para su entrega al Contratista Se debe solicitar, una vez iniciada la ejecución contractual La solicitud debe tener en consideración, el calendario de adquisición de materiales e insumos y los plazos para solicitarlo Si la solicitud es posterior a la fecha señalada en el calendario de adquisición de materiales e insumos. NO procede

Amortización de Adelantos La amortización del adelanto directo es mediante descuentos proporcionales, en cada una de las valorizaciones La amortización del adelanto para materiales e insumos, se hace según el D.S. N° 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias Las diferencias respecto de la amortización de los adelantos, se tomará en cuenta al momento de efectuar el pago siguiente que le corresponda al contratista y/o en la liquidación

Amortización de Adelanto para Materiales Monto del Contrato Original S/. 10,000,000 Adelanto para Materiales Otorgado 2,000,000 Porcentaje Otorgado 20% MONTO VALORIZACIÓN N° 03 S/. 2,500,000 MÉTODO DE PROPORCIONES Amortización (20%) S/. 500,000 Saldo Pendiente de Amortización 1,500,000 Renovar Fianza por: MÉTODO DEL D.S. 011-79-VC Amortización (Gastos en Materiales) S/. 1,000,000 Saldo Pendiente de Amortización Renovar Fianza por:

CUADERNO DE OBRA

Cuaderno de Obra adulteración) Documento que debidamente foliado, se abre en la fecha de entrega del terreno (inicio de obra) Debe estar Legalizado firmado en todas sus hojas por el Supervisor o Inspector y por el adulteración) Residente (para evitar El cuaderno de obra debe tener 01 hoja original y 03 copias: 01 Copia, para la Entidad 01 Copia, para la Supervisión 01 Copia, para el Contratista Finalizada la obra, el Original queda con la Entidad El original del cuaderno debe permanecer en obra, bajo la custodia del Residente

Cuaderno de Obra El Residente e Inspector / Supervisor, son los únicos autorizados para anotar en el cuaderno de obra En caso de pérdida o sustracción del cuaderno, hacer la denuncia del caso Si el Residente impide el acceso al cuaderno al Supervisor/ Inspector, tiene multa diaria de 5/1000 del monto valorizado El cuaderno de obra, lo cierra el Supervisor / Inspector, cuando la obra es recibida definitivamente

Qué anotar en el Cuaderno de Obra ? En general, anotar hechos relevantes: Entrega del terreno / Inicio de la ejecución de obra Consultas del Residente al Supervisor / Inspector Respuestas del Supervisor / Inspector al Residente Ordenes e indicaciones del Supervisor / Inspector al Residente Circunstancias que ameritan ampliación de plazo Necesidad de aprobar prestaciones adicionales de obra

Qué anotar en el Cuaderno de Obra ? Hechos relevantes : Ocurrencias, limitaciones, restricciones que afectan el costo y/o plazo de la obra Relación de recursos (equipos, mano de obra, materiales) Stand by de recursos por disminución de ritmo o paralizaciones Incumplimientos avances, deficiencias, errores u omisiones Controles de calidad en: materiales, trabajos e instalaciones Culminación de la obra y el pedido de recepción

Ejemplo - Anotación en Cuaderno de Obra ASIENTO Nº 155 DEL CONTRATISTA Lunes 30.Nov.2012 Reiteramos a la Supervisión lo informado mediante Asiento N° 151 del 25.Nov.2012, respecto a que como consecuencia de las intensas precipitaciones que se están presentando aguas arriba del río “Blanco”, sumado a las actividades de terceros (minería informal) que distorsionan el curso normal del río; el curso del río se viene acercando peligrosamente a la vía a la altura del acceso izquierdo al puente “El Mirador”, existiendo el riesgo inminente de producirse socavación de la plataforma e incluso del estribo izquierdo del citado puente. Consideramos necesario realizar trabajos complementarios con la prontitud que el caso amerita, a fin de evitar daños en la plataforma de la vía y en el estribo izquierdo del puente que pueden terminar interrumpiendo el paso de vehículos en dicho sector. Estando a la reiteración realizada, estamos a la espera de instrucciones, dejando constancia que cualquier afectación debido a la demora en tomar acciones, escapa a la responsabilidad del Contratista. Ing. Roberto Pérez B. Residente de Obra

Ejemplo - Anotación en Cuaderno de Obra ASIENTO Nº 157 DEL SUPERVISOR Lunes 30.Nov.2012 En atención a lo informado mediante Asientos N° 151 y 155 manifestamos lo siguiente: 1.- Las denominadas “intensas precipitaciones” aguas arriba del río “Blanco”, constituyen precipitaciones que están dentro de los niveles previstos para la zona y para la época del año, según la “Información Meteorológica” contenida en la pág. 32 de la Memoria Descriptiva. 2.- Sobre la distorsión del curso normal del río, debemos precisar que en realidad el origen de dicha distorsión se da en el sector “Playa Baja” y como consecuencia del material desechado al borde del rio por su representada tras la explotación de la cantera del mismo nombre; lo que revela que no obstante nuestras reiteradas indicaciones, a la fecha no han cumplido con realizar el tratamiento de cierre especificado para la cantera “Playa Baja”. Por lo tanto, siendo la causa de la distorsión del curso del río atribuible a su representada, les conminamos a tomar acciones en el más breve plazo y a su costo, para evitar las afectaciones a la vía y al puente “El Mirador”. Ing. Carlos Jiménez C. Supervisor de Obra

MODIFICACIONES DEL CONTRATO

Modificaciones al Contrato Aprueba Entidad Si Preservan E.E.F.? Fin Contratista Solicita No CAMBIOS AL CONTRATO COMPENSACIÓN Entidad Ordena Presup. Adicional Val. PA En MONTO Mayores Metrados Val. MMs Ampliación de Plazo Val. CD+GGVs En PLAZO Suspensiones de Plazo Val. CD+GGVs

PRESTACIONES ADICIONALES

Prestación Adicional de Obra RLCE : Aquella no considerada en el expediente técnico, ni en el contrato original, cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que da lugar a un presupuesto adicional Directiva N° 002-2010-CGR Prestación no considerada en el expediente técnico, ni en el contrato, cuya realización resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal. Entiéndase que dicha PA corresponde a obras complementarias y/o mayores metrados, necesarios para alcanzar la finalidad del contrato

Conceptos Importantes Obra Principal : Obra materia del proceso de selección convocado por la Entidad (*) Contrato Original : Es el contrato suscrito como consecuencia del otorgamiento de la buena pro en las condiciones establecidas en las Bases y la oferta ganadora Documento que contiene al Contrato Oferta Ganadora Documentos del Proceso de Selección que obliga a las partes (*) Definición del RLCE sustituida

Obras Complementarias Aquellas que no siendo parte del expediente técnico ni del contrato; por razones de índole técnico y/o normativo, requieren ejecutarse para cumplir la meta de la obra materia de la convocatoria de la Entidad Cambio de Talud de Corte Nuevo Refuerzo por cambio de Norma Sísmica Aφi = 10 cm2 Aci = 20 m3 Aφf = 15 cm2 Acf = 28 m3 Metrados Adicionales en Obra Complementaria, que generan Presupuesto Adicional

Prestación Adicional de Obra PLANOS Df = 1.40 m Di = 1.00 m Vc = 78 m3 Vc = 123 m3 El metrado se incrementó en 45 m2 Se produce Variación del Expediente Técnico Tratamiento : “Prestación Adicional”

Prestación Adicional de Obra PLANOS OBRA sin Ac = 120 m2 Ac = 200 m2 El metrado se incrementó en 80 m2 Existe Variación del Expediente Técnico Tratamiento : “Prestación Adicional”

Adicional por Trabajos Complementarios Material Inadecuado Mejoramiento Trabajo Complementario

Presupuesto Deductivo Vinculante Es el derivado de las sustituciones de obra directamente relacionadas con las prestaciones adicionales de obra, siempre que ambas respondan a la finalidad del contrato original Vinculados Ampliar TMC DEDUCTIVO - Alcantarilla Concreto f’c=210 Kg/cm2 Pintura botuminosa Unidades de TMC ADICIONAL - Ponton: Concreto f’c = 280 Kg/cm2 Vigas metálicas Encofrados

Prestación Nueva de Obra La no considerada en el expediente técnico, ni en el contrato original, cuya realización no es indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta obra principal. Estas prestaciones se ejecutarán mediante un nuevo contrato, para lo cual debe aplicarse los procedimientos establecidos en la Ley y su Reglamento

Particularidades de Prestaciones Adicionales o Es posible aprobar una prestación adicional, que condiciones de ejecución de otra previamente aprobada modifique las Una vez aprobada la prestación adicional, el Contratistas está obligado a ejecutarla en su totalidad No se requiere opinión favorable del Proyectista para aprobar una prestación adicional. La LCE no prevé su participación en el proceso Los mayores metrados en P. Unitarios, se computan sobre la totalidad de metrados del Exp.Técnico y no sobre los metrados de una parte de obra Opiniones OSCE: 060.14; 064.11; 073.14

MAYORES METRADOS

% Inc. Acum. Mayores Metrados Es el incremento del metrado previsto en el presupuesto de obra de una determinada partida y que no provenga de una modificación del expediente técnico. El mayor metrado en contrato de obras a precios unitarios, no constituye una modificación del exped. técnico En contratos a ”Precios Unitarios”, NO se requiere autorización previa para EJECUTAR Mayores Metrados. Pero, para su PAGO se requiere autorización del Titular o de quien tenga delegada dicha función % Inc. Acum. Para determinar los porcentajes de incidencia acumulado de los adicionales, se acumula además de los presupuestos adicionales, los mayores metrados

Porcentaje (%) de Incidencia Acumulada Se suman algebraicamente todos los montos de presupuestos presupuestos deductivos vinculados y mayores adicionales, metrados; dicho resultado se divide entre el monto del contrato original y multiplicado por 100 RESOLVER CONTRATO No + MM i ≤ 50% Si EVALUAR

Prestación Adicional y Mayor Metrado (PU) EXPEDIENTE EJECUCIÓN H= 0.5 Mayor Metrado (A = 2.5 m2) Según Plano H = 2.5 Metrado Muro = 12.5 m2 Metrado Presupuestad 10 m2 H= 2.0 L = 5.0 L = 5.0 EXPEDIENTE EJECUCIÓN h H Mayor Metrado a A Mejoramiento

Prestación Adicional y Mayor Metrado (PU) PLANOS OBRA Vc = 450 m3 Ve = 900 m3 Ve = 50 m3 Vc = 650 m3 Ve = 950 m3 Vc = 50 m3 Vc = 400 m3 Ve = 900 m3 Vc = 150 m3

Prestación Adicional / Mayor Metrado (PU) Ve = 50 m3 Vc = 650 m3 Ve = 950 m3 METRADOS SALDO DE METRADOS PARTIDA UND Plano Ppto Obra Concreto m3 450 400 650 250 Excavación m3 900 900 950 50 PARTIDA Variación de Metrados NO CAMBIA EXP. TÉCNICO CAMBIA EXP. TÉCNICO Concreto 50 200 Excavación Vc = 50 m3 Mayor Metrado Prestación Adicional Vc = 150 m3

Presupuesto Adicional de Obra Es el valoración económica de la prestación de una obra adicional RLCE y Directiva Contraloría Nº 02-2010-CG/OEA

Formulación de Prestaciones Adicionales Al formular un Presupuesto Adicional, considerar lo siguiente: Precios : Del Contrato y/o Precios Pactados GG Fijos y Variables : “Propios” del adicional (*) Utilidad : Del Presupuesto Ofertado IGV PRECIOS UNITARIOS Precios: Del Valor Referencial*(FR) / Precios Pactados GG Fijos y Variables : “Propios” del adicional (*) Utilidad : Del Valor Referencial x (FR) IGV SUMA ALZADA (*) Los GGs de Adicionales de Obras y de Servicios de Supervisión, deben considerar sólo lo necesario para su ejecución y deben basarse en los GGs del Ppto. Principal

Prestaciones Adicionales de Obra ≤ 15% La Entidad puede ordenar y pagar directamente la ejecución de que sea prestaciones adicionales hasta el 15% del MCO. indispensable para alcanzar la finalidad del contrato Siempre Puede deducir Obras, hasta por el 25%. Procede su ejecución, si previamente cuenta con certificación de Crédito Presupuestario y Resolución del Titular de la Entidad La Entidad autorizará por escrito al Supervisor/Inspector, para que este autorice la ejecución de obras adicionales por emergencia. (*) GGs de Adicionales de Obras, deben considerar sólo lo necesario y basarse en los GGs del Presupuesto Contratado (P.U.) o del Valor Referencial (S.A.)

Expediente del Adicional de Obra ≤ 15% La necesidad de ejecutar una prestación adicional debe ser anotada en el cuaderno de obra por el Residente o por el Supervisor / Inspector El Inspector / Supervisor, en los 5 d.c. posteriores a la anotación, informa a la Entidad y emite Informe Técnico con opinión sobre la necesidad del PA En función a la naturaleza, magnitud y complejidad de la obra; la Entidad define si ella, un Consultor Externo o el Supervisor / Inspector (ver capacidad técnica y espec ialización) realiza el Expediente del Adicional Concluido el Expediente, y el lnspector/Supervisor no es quien hizo el Expediente, este lo eleva a la Entidad dentro de 05 d.h. contados desde que recibió el Expediente, pronunciándose sobre la viabilidad de la solución planteada De existir partida nuevas, se pactan los precios y dicho documento se adjunta al Expediente del Adicional Art. 175° RLCE

Aprobación del Adicional de Obra ≤ 15% Recibido el Informe del Supervisor/Inspector, la Entidad tiene 12 d.h. para emitir y notificar al Contratista, la Resolución sobre la procedencia del Presupuesto Adicional La demora en emitir y notificar la Resolución, puede ser causal de Ampliación de Plazo Los pagos de los presupuestos adicionales aprobados, se realiza mediante valorizaciones adicionales Aprobado un Adicional, ampliar el monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento. Si se reduce trabajos, igual reducir dicha garantía Los Adicionales, Reducciones, Mayores o Menores Metrados que se generen ejecutando un PIP, debe informarse a autoridad del SNIP

Aprobación de Prestaciones Adicionales ENTIDAD decide quien Ejecuta ETD CONCLUSIÓN Exped. Técnico (entrega) ENTIDAD Emite y Notifica Resol. y ETD SUPERVISOR Comunica y emite Informe a Entidad SUPERVISOR Informe de PA procedencia Entidad Externo Supervisor Necesidad de Expediente Necesidad de Ejecutar PA 5 d. h. 12 d.h. t 5 dc DEMORAS Ampliación de Plazo Supervisor/Inspector realiza el Expediente RES./.SUP anota en el C. de Obra ¿ Ampliación de Plazo ? Entidad/Consultor realiza el Expediente 127

Prestaciones Adicionales de Obra > 15% El Titular puede autorizarlas hasta un máximo de 50% del MCO. De superarse dicho límite, se procederá a resolver el contrato. Para la ejecución y pago, se requiere autorización previa de la Contraloría General de la República (CGR) y la verificación de que se cuenta con los recursos necesarios El plazo para solicitar la autorización previa de PAO ante la CGR es de 5.d.h. contados desde la emisión de la Resolución aprobatoria La CGR cuenta con 15 d.h. para emitir su pronunciamiento (debe ser motivado). Sino, opera silencio administrativo positivo. En caso de adicionales con carácter de emergencia, la autorización de la CGR, será sólo previa al pago

AUTORIZACIÓN PREVIA EN CONTRALORÍA

Causales de Procedencia de las PAO a) Situaciones posteriores a del Contrato imprevisibles la suscripción b) Deficiencias en el Expediente Técnico de la obra

Proceso de Autorización Previa en CGR ENTIDAD CONTRALORIA Trámite Documentario Unidad Competente Presenta solicitud a la CGR 5 dh Recibe solicitud y remite a la Unidad Orgánica Competente Recibe solicitud y evalúa información Recibe pedido de información complementaria 5 d.h SI Requiere Mayor Información? NO Remite información complementaria 5 d.h Recibe información y la remite a Unidad Orgánica Competente Integra la información recibida y Continúa la evaluación a la CGR 15 d.h Emite pronunciamiento y remite R.C. a Entidad Recibe Resolución de la CGR

Prestación Adicional con Carácter de Emergencia Es aquella prestación, cuya no ejecución puede afectar el ambiente o poner en peligro a la población, los trabajadores o a la integridad de la misma obra. Art. 41º (LCE) y 207º (RLCE)

Adicionales por Emergencia > 15% 1. La Entidad informa a la CGR la necesidad de los trabajos, dentro de los 2 d.h. de haber sido informada por el Supervisor o Inspector del evento Dicho PA sólo debe incluir partidas necesarias para paliar la emergencia Además de los documentos base, se debe presentar: Comunicación de la Entidad al Inspector. / Supervisor, autorizando la ejecución de las obras adicionales Informe técnico del Inspector / Supervisor y del Funcionario, sustentando el carácter de emergencia Informe de la Entidad sobre resultados de la verificación previa a emitir Resolución

AMPLIACIÓN DE PLAZO

Causales de la Ampliación de Plazo Si se modifica la Ruta Crítica del PEO vigente, se podrá solicitar Ampliación de Plazo, por las Causales siguientes: 1. Atrasos y/o contratista paralizaciones por causas no atribuibles al Cuando es necesario un plazo adicional para ejecutar una prestación adicional de obra (ampliar plazo de garantía) Cuando es necesario un plazo adicional para ejecutar mayores metrados que no provengan de variaciones del Expediente Técnico de Obra, en contratos a Precios Unitarios

Procedimiento Ampliación de Plazo de Obra Para que proceda una Ampliación de Plazo (AdP): El Residente debe anotar en cuaderno de obra, el inicio y final de las circunstancias que en su opinión genera la Ampliación de Plazo Concluida la Circunstancia (causal), el Contratista o Representante Legal, en 15 d.c., solicita, cuantifica y sustenta su pedido ante Supervisor El Inspector/Supervisor, en 5 d.h. remite su “informe” a la Entidad y al Contratista. La Entidad en máx. 10 d.h. de recibido el Informe o vencido el plazo; resuelve y notifica su decisión. Sino, se considera aprobado lo indicado por el Supervisor / Inspector en su informe Si luego de 15 d.h. de solicitado la AdP la Entidad no se pronuncia y no existe opinión del Supervisor / Inspector, opera Silencio Positivo

Procedimiento Ampliación de Plazo de Obra Para que proceda una Ampliación de Plazo (AdP): El pago de MGGs, está condicionado a que el Contratistas luego de 7 d.c. de notificada la AdP, presente un Calendario de Avance de Obra Valorizado Actualizado (PERT-CPM) considerando sólo partidas afectadas El Supervisor eleva a la Entidad en los sgtes. 7 d.c. y la Entidad en los sgtres. 7 d.c. se pronuncia, sino queda aprobado el elevado por Supervisor El Calendario Actualizado aprobado, reemplaza en todos sus efectos al anterior Controversias se someten al medio de solución, dentro de los 30 d.h. de recibida notificación de la Entidad o del vencimiento del plazo para ello Las Ampliaciones de plazo que se generen durante la ejecución de un PIP, debe informarse a autoridad competente del SNIP

Mayores Costos Directos y GGVs La AdP da lugar al pago de Mayores Costos Directos y Gastos Generales Variables, ambos vinculados a la ampliación de plazo Dichos CD y GGVs deben estar acreditados y deben formar parte de la estructura de costos directos y GGVs de la Propuestas o del VR Cuando una reducción de prestaciones, genera reducción del plazo, los Menores Gastos Generales Variables, se deducen en la Liquidación Para el pago, se presenta una Valorización de Costos y Gastos Generales Variables, al Supervisor y este en 15 d.c. debe emitir y elevar opinión a la Entidad. De ser aprobada, la Entidad debe pagar la valorización dentro de 30 d.c. de recibida la opinión del Supervisor Las Discrepancia se resuelven por una Junta de Resolución de Disputa cuando corresponda, o se resuelven en la Liquidación Art. 171º RLCE

RECEPCIÓN DE OBRA

Recepción de la Obra En la fecha de “Culminación de la Obra”, el Residente anota tal hecho en el Cuaderno de Obra, y solicita su recepción El Inspector/Supervisor, en los sgtes. 05 d.c. informa a la Entidad, ratificando o no lo anotado por el Residente y registra en el C.de O. La Entidad designa “Comité de Recepción” dentro de los 07 d.c. siguientes al informe del inspector / Supervisor Integrará el Comité de al menos un la o representante Entidad (necesariamente Ing. Arq.). El Inspector / Supervisor, sólo es Asesor Representates del CIP o del OCI pueden participar como Veedores Art. 178º RLCE

Recepción – SIN Observaciones Dentro de los 20 días siguientes, el Comité y el Contratista, inicia la verificación del cumplimiento de Planos y Especificaciones Técnicas y efectúan pruebas para verificar funcionamiento de instalaciones y equipos. El plazo de recepción será ≤ (1/10) del plazo vigente De estar conforme, se recibe la obra y se da por culminada la obra en la fecha que indicó el Contratista El Acta de Recepción lo suscriben los miembros del Comité y el Contratista Art. 210º RLCE

Recepción – SIN Observaciones Culminada la Obra COMITÉ y Ctta. Verifica Planos y E.T. ENTIDAD Designa al Comité SUPERVISOR Verifica e Informa 20 d 7 d 5 d RECIBE LA OBRA RESIDENTE Anota en C.O. y Solicita Recepción Acta

Observaciones a la Obra en la Recepción De existir observaciones, estas se consignan en un Acta o Pliego de Observaciones y NO se recibe la Obra En (1/10) del plazo vigente el Contratista subsanará observaciones, plazo que se computa desde 5to día de suscrito el Acta o Pliego Subsanadas las observaciones, el Contratista nuevamente pide Recepción de la Obra, en el Cuaderno de Obra El Inspector/Supervisor verifica e informa a la Entidad, dentro de 03 d.c. siguientes a la anotación El Comité y el Contratista verifican las subsanaciones dentro de los 07 d.c. siguientes de recibido el informe del Inspector/Supervisor Art. 210º RLCE

Observaciones a la Obra en la Recepción La comprobación se limita a la subsanación de las observaciones del Acta o Pliego, no pudiendo formularse nuevas observaciones De estar conforme la subsanación de observaciones, se suscribe el Acta de Recepción de la Obra Si transcurrido 50% del plazo de subsanación, el Contratista NO inicia los trabajos (salvo justificación válida), se da por vencido dicho plazo y la Entidad lo subsana con cargo a los pagos pendientes Está permitido recepciones parciales de secciones terminadas, si está previsto en las Bases, en el Contrato o por acuerdo de Partes

Recepción – CON Observaciones ACTA COMITÉ y Ctta. Verifica Planos y E.T. RESIDENTE Nvo. Pedido Recepción RECIBE LA OBRA 3 d Período de Subsanación de Observaciones 5 d 1/10 Plazo Vigente 7 d OBSERVAN LA OBRA COMITÉ Verifica Subsanaciones SUPERVISOR Verifica e Informa Pliego 148

Controversias en la Recepción de Obra Si el Contratista o el Comité no están conforme con las observaciones o la subsanación, lo anotarán en el acta respectiva Comité eleva al Titular de Entidad, lo actuado con informe sustentatorio de sus observaciones, dentro de los 05 días La Entidad deberá pronunciarse sobre las observaciones en 05 días Si persiste la discrepancia, se someterá a Conciliación y/o Arbitraje, en los 15 días siguientes al pronunciamiento de la Entidad Art. 210º RLCE

Vicios Ocultos en la Recepción de Obra Si durante la verificación de la subsanación de las observaciones, el Comité identifica “vicios o defectos ocultos”, distintos a las observaciones, el Comité debe: Suscribir el Acta de Recepción de Obra Informar las vicios o defectos ocultos, a la Entidad La Entidad deberá solicitar por escrito al Contratista, la subsanaciones de los vicios o defectos ocultos Responsabilidad del Contratista (Art. 40º de la LCE) El contratista es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos, el plazo de responsabilidad no será inferior a 07 años, contado desde la conformidad (recepción total o parcial). Las Bases deben establecer el plazo máximo de responsabilidad Art. 210º RLCE

Vicio Oculto ETAPA DE CONSTRUCCIÓN ETAPA DE OPERACIÓN RECEPCIÓN DE OBRA

Vicios Ocultos - Código Civil Art. 1504º: Vicios Conocibles por el Adquiriente No se consideran vicios ocultos los que el adquirente pueda conocer actuando con la DILIGENCIA exigible de acuerdo con su aptitud personal y con las circunstancias Art. 1782º: Responsabilidad por Diversidad y Vicios Ocultos de la Obra La recepción de la obra, sin reserva del comitente, descarga de responsabilidad al Contratista por las diversidades y los VICIOS EXTERIORES de ésta VICIOS OCULTOS Lo constituyen las deficiencias, errores u omisiones no visibles al momento de la recepción de la obra, no obstante el adquiriente actuó con la diligencia exigible

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Liquidación del Contrato de Obra El Contratista presentará la liquidación sustentada (documentos y cálculos) a los 60 días o 1/10 p.v. (el mayor), de recibida la obra En los siguientes 60 días, la Entidad debe pronunciarse observándola o elaborando otra liquidación, la que notificará al Contratista para que este se pronuncie en los siguientes 15 días Si el Contratista no la presenta, la Entidad en 60 días debe practicarla, y notificar al Contratista para que se pronuncie en los siguientes 15 días La liquidación quedará consentida cuando, practicada por una de las partes, no sea observada por la otra dentro del plazo establecido La Entidad en 60 días El Contratista en 15 días Art. 211º RLCE

Liquidación del Contrato de Obra Si Entidad no emite Resolución o Acuerdo en el plazo, la liquidación del Contratista queda aprobada para todos los efectos legales (Art. 42º LCE) Cuando una de las partes observa la liquidación de la otra, ésta debe pronunciarse en los 15 días siguientes, de no hacerlo se da por aprobada Si la parte cuya liquidación es observada, se pronuncia mostrando desacuerdo, en los siguientes 15 días hábiles, cualquiera de las partes deberá solicitar someter la controversia a Conciliación y/o Arbitraje No se procederá a la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver Art. 211º RLCE

Liquidación del Contrato de Obra ENTIDAD Practica Otra Liquidación ENTIDAD Rechaza las Observaciones Piden Arbitraje RECEPCIÓN DE OBRA R.D. ENTIDAD Observa la Liquidación 60 d 60 d 15 d 15 d 15 d CONTRATISTA Rechaza Observaciones Observa la Otra Liquidación CONTRATISTA Presenta Liquidación CONTRATISTA Pide Arbitraje Si Entidad o Contratista, no se pronuncian sobre la Liquidación del otro en 60 ó 15 días - CONCIENTEN LA LIQUIDACIÓN Si Entidad o Contratista, no se pronuncian sobre OBSERVACIONES del otro en 15 días – LA LIQUIDACIÓN QUEDA APROBADA 156

GRACIAS