PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL

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Transcripción de la presentación:

PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL Juan Carlos Díaz Colchado

Interpretación de la ley y de la Constitución ¿Es igual la Constitución a la Ley? ¿Cuáles son las diferencias entre la Constitución y la Ley? ¿Cuál es la naturaleza de la Constitución? ¿Los criterios de interpretación de la ley resultan aplicables a la Constitución? ¿Cuáles son los principios de interpretación de la Constitución?

Diferencias entre la Ley y la Constitución Criterios Constitución Ley Legitimidad P. Constituyente P. Constituido Estructura de sus normas Reglas y principios Más reglas que principios Reforma Procedimiento agravado (rigidez) Una ley se deroga o modifica por otra ley o norma de igual rango Contenido Altamente político / moral Más técnico Mecanismo de protección Procesos constitucionales Ley se aplica a través de procesos ordinarios

Naturaleza de la Constitución Contenido marcadamente político Carácter jurídicamente vinculante Aplicación inmediata a casos concretos

Criterios (métodos) de interpretación de la Ley ¿Son suficientes para interpretar la Constitución? Literal (gramatical) Histórico Teleológico (subjetivo/objetivo) Sistemático

Principios de interpretación de la Constitución (1) Concepto Principio de unidad Conforme al cual la interpretación de la Constitución debe estar orientada a considerarla como un “todo” armónico y sistemático, a partir del cual se organiza el sistema jurídico en su conjunto Principio de concordancia práctica En virtud del cual toda aparente tensión entre las propias disposiciones constitucionales debe ser resuelta “optimizando” su interpretación, es decir, sin “sacrificar” ninguno de los valores, derechos o principios concernidos, y teniendo presente que, en última instancia, todo precepto constitucional, incluso aquellos pertenecientes a la denominada “Constitución orgánica” se encuentran reconducidos a la protección de los derechos fundamentales, como manifestaciones del principio-derecho de dignidad humana, cuya defensa y respeto es el fin supremo de la sociedad y el Estado

Principios de interpretación de la Constitución (2) Concepto Principio de corrección funcional Este principio exige al juez constitucional que, al realizar su labor de interpretación, no desvirtúe las funciones y competencias que el Constituyente ha asignado a cada uno de los órganos constitucionales, de modo tal que el equilibrio inherente al Estado Constitucional, como presupuesto del respeto de los derechos fundamentales, se encuentre plenamente garantizado Principio de eficacia integradora El “producto” de la interpretación sólo podrá ser considerado como válido en la medida que contribuya a integrar, pacificar y ordenar las relaciones de los poderes públicos entre sí y las de éstos con la sociedad Principio de fuerza normativa La interpretación constitucional debe encontrarse orientada a relevar y respetar la naturaleza de la Constitución como norma jurídica, vinculante in toto y no sólo parcialmente. Esta vinculación alcanza a todo poder público y a la sociedad en su conjunto

Interpretación conforme Habitualmente, interpretación de la ley a la Constitución Interpretación de la Constitución de conformidad con la CADH (Derecho Internacional de los Derechos Humanos) – Control de convencionalidad Constitucionalización del DIDH e internacionalización del DC Constitucionalismo en red y diálogo jurisprudencial