Base erosion profit shifting (BEPS) INFORME PAIS POR PAIS (Country-by-country report) Resolución General de la AFIP N° 4130-E Nicolas Litvak. Director.

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Transcripción de la presentación:

Base erosion profit shifting (BEPS) INFORME PAIS POR PAIS (Country-by-country report) Resolución General de la AFIP N° 4130-E Nicolas Litvak. Director precios de transferencia - rsm argentina Roberto Van der zee. socio de impuestos - rsm argentina 3/10/2017

BEPS: Qué es? Contexto RG 4130-E surge en el marco de contexto BEPS Iniciativa OCDE, G20 y otras jurisdicciones para frenar la explotación de brechas y desajustes en las reglas fiscales que favorecieron la erosión de la base imponible y al traslado de beneficios dentro de las Empresas Multinacionales (EMN) para cambiar artificialmente los beneficios a ubicaciones bajas o sin impuestos donde hay poca o ninguna actividad económica. A hoy 102 países participan del Proyecto, comprometidos a implementar los estándares mínimos. Producto final: plan de acción de 15 puntos cuyo objetivo general es alinear adecuadamente los beneficios con el objetivo de asegurar que los impuestos se paguen donde se crea el valor. Aborda diferentes aspectos relacionados con: consistencia entre las normas tributarias de los diferentes países, transparencia y Pr. Tr. e importancia de la sustancia en la definición de las estructuras fiscales de los contribuyentes BEPS inicia en 2013 (publica el plan), informes finales publicados en octubre de 2015, paquetes de implementación, firma de acuerdos de intercambio de información, e implementación de las recomendaciones en cuerpo normativo de cada jurisdicción. Impacta a todas las empresas con aspectos internacionales.

El Proyecto BEPS Abordar los desafíos de la economía digital Sustancia Transparencia Coherencia Abordar los desafíos de la economía digital Neutralizar desajustes de instrumentos híbridos Fortalecer normas CFC (Controlled foreign corporation) Limitar erosión de base por intereses y otros pagos fin. Contrarrestar políticas fiscales nocivas Prevenir el abuso de tratados Prevenir la evasión artificial del status de EP Precios de Transferencia: intangible Precios de Transferencia: riesgo y capital Precios de Transferencia: transacciones de alto riesgo Metodologías para recopilar y analizar de datos Divulgación de planificaciones fiscales agresivas Documentación de TP e Informe País por País Resolución de disputas Instrumento multilateral

Country by Country Report (CbCR) Acción 13: Documentación de Precios de Transferencia e Informe País por País Mejorar la Transparencia Plan de Acción reconoció que una mayor transparencia para las admin. fiscales era crucial para abordar el problema de BEPS. Objetivo: proporcionar a las autoridades fiscales información más precisa y útil para evaluar e identificar áreas de riesgos que fundamenten el inicio de inspecciones de TP. Exigir posiciones coherentes a los contribuyentes al fijar precios y condiciones Intercompañía. Respuesta: Informe de la Acción 13 con una revisión radical del Capítulo V de las Directrices de Precios de Transferencia Define el futuro de la documentación de precios de transferencia, con un enfoque estandarizado de tres niveles: Master File Local File Country by Country Report (CbCR)

Country by Country Report (CbCR) Master file, Local file, Country-by-Country Report Tres niveles: Master File Archivo Maestro: Visión general de «Alto Nivel» de las actividades y políticas mundiales de la EMN, en 5 Categorías de información: 1) Estructura organizativa, 2) Descripción del/os negocio/s de la EMN, 3) Intangibles de la EMN, 4) Actividades financieras intragrupo, 5) Posiciones financieras y fiscales de la EMN. Incluye estados financieros consolidados de EMN para el año bajo revisión. Argentina: aun no reglamentado. Archivo local: Información detallada sobre las actividades locales de la EMN y las operaciones intragrupo específicas del contribuyente local, incluyendo cuentas anuales de las entidades locales y los estudios de comparabilidad apropiados. Argentina: Consistente con Estudio Pr. Tr. vigente según normativa local (RG 1122) y ratificado por RG 4130. Informe País por País: Información detallada de la asignación global de los ingresos, impuestos, y otros indicadores financieros y fiscales relevantes, por todo el grupo EMN en cada jurisdicción; y Listado de entidades que integran el grupo por jurisdicción, con la ubicación de las actividades económicas dentro del grupo. Argentina: Nuevas disposiciones RG (AFIP) 4130-E Local File Country by Country Report (CbCR)

Plantillas Informe País por País - RG 4130 - Título I Sección 1: Síntesis de la Distribución de Rentas, Impuestos y Actividades Económicas por Jurisdicción Fiscal RG 4130-E , Título I, art 5. (Anexo II)

Plantillas Informe País por País - RG 4130 - Título I Sección 2: listado de todas las entidades del grupo EMN residentes en cada jurisdicción fiscal con indicación de las principales actividades económicas

Plantillas Informe País por País - RG 4130 - Título I Sección 3: Información Adicional (proporciona la oportunidad de presentar información para explicar la información presentada en las tablas anteriores que faciliten su comprensión)

Informe País por País (CbCR) - OCDE ??? R= A quién alcanza? Grupos de EMN con ingresos totales consolidados globales superiores a € 750 millones Donde y quien presenta? Se presenta en el país de la Ultima Entidad Controlante (UEC) y se comparte a todas las adm. fiscales donde el grupo de EMN tenga una afiliada sujeta a impuestos, mediante intercambio automático de información (mecanismos secundarios por excepciones, p.e. presentación local) Cómo se difunde? La información que se incluirá en el CbCR será recopilada por el país residente de la entidad que reporta el grupo MNE y luego se intercambiará bajo el MCAA CbC en el formato electrónico normalizado de la OCDE para el intercambio de CbCR (“CbC XML Schema” lanzado en marzo de 2016). MCAA CbC Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes para el Intercambio de CbC (basado en la Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal), más Cuestionario sobre Confidencialidad y Protección de Datos - 65 países lo firmaron al 6/7/2017 (ppales países, excepto EEUU quien opta por buscar CAAs bilaterales con cada jurisdicción extranjera. Al 30/8/17, sólo 22 países firmaron + 20 negociación –no ARG-) Entidad sustituta de UEC Entidad designada por la UEC cuando esta no está (todavía) obligada a presentar CbCR en su país de residencia fiscal. Los grupos de EMN pueden elegir una entidad del grupo en un país que tenga la legislación vigente como entidad sustituta, la que proporcionará los CbCR a ese país, quien luego difunde.

Informe País por País (CbCR). RG 4130 - Título I ??? R= Quienes presentan en ARG? Grupos de EMN cuya UEC sea argentina Entidades Argentinas designadas por su UEC como sustituta, responsable de su presentación (patrimonio > a AR$ 50 M o con estructura operativa acorde para reunir info). Mecanismo secundario: Cualquier entidad ARG cuando: la UEC no se encuentre obligada a presentar el CbCR en su jurisdicción, cuando su jurisdicción no tenga un Acuerdo sobre autoridad competente calificativa del que ARG sea parte a la fecha de vto del CbCR, aún cuando participe de un acuerdo internacional con ARG, o se detecten fallas sistémicas en la jurisdicción de la UEC con respecto al intercambio automático. Excepción Cuando el CbCR se hubiera presentado a través de una entidad sustituta no residente, ante su propia jurisdicción fiscal, y esta cumpla con las tres condiciones anteriores -(i), (ii) y (iii)-, y la jurisdicción de residencia de dicha entidad sustituta haya sido notificada sobre su designación. RG 4130, Título II Vigencia y plazos? Anualmente, desde ejercicios iniciados el 1/1/2017 de la UEC (OCDE adopta inicio 1/1/2016. Los primeros intercambios de CbCR comenzarán en 2018, con información sobre el año 2016) Plazo presentación? 12 meses posteriores al cierre fiscal de UEC. Cierre 31/12/17 hasta 31/12/18 Forma? Electrónicamente, mediante servicio web AFIP “Régimen de Información País por País”, opción “Presentación de Informe”, con Clave Fiscal nivel 3 (sistema emite DDJJ F. 8097 como constancia present.)

Régimen de Información. RG 4130 - ??? R= Qué es? Régimen Informativo (Notificación) de la identidad y otros datos de la UEC y de la entidad informante A quién alcanza? A todas las entidades residentes en el país que integren un Grupo de EMN Definición de Grupo EMN 2 o más entidades en jurisdicciones fiscales diferentes, relacionadas a través de la propiedad o control, obligado a confeccionar EECC consolidados (según criterios contables en caso de oferta pública) Qué datos se informan? a) Respecto a la UEC: Datos identificatorios: Denominación, N° de Identificación Fiscal en su país, tipo de entidad, domicilio fiscal y legal, lugar y fecha de constitución, jurisdicción fiscal, fecha de cierre del ejercicio fiscal; Monto de los ingresos totales consolidados, reflejados en los estados contables consolidados del ejercicio fiscal inmediato anterior al ejercicio fiscal a informar. Si el Grupo de EMN se encuentra obligado al régimen del CbCR, por superar el importe establecido. Si se encuentra obligada a actuar como entidad informante respecto del CbCR. b) Respecto de la entidad informante, de no ser la misma que la UEC: Datos identificatorios: Idem anteriores. Si presenta el CbCR en carácter de entidad sustituta designada por la UEC, o como entidad integrante.

Régimen de Información. RG 4130 - Título II (cont.) ??? R= Vigencia y plazos? Anualmente, desde ejercicios iniciados el 1/1/2017 de la UEC Plazo presentación? 3 meses luego del cierre fiscal a informar de la UEC. Cierre 31/12/17 hasta 31/3/18 se deberá informar si aplica la obligación de presentar el CbCR y qué integrante del grupo lo hará. Informar efectiva presentación A los 2 meses de su vencimiento. Para el cierre de ejercicio 31/12/2017, cuyo CbCR vencerá el 31/12/2018, el 28/2/2019 las filiales locales de grupos de EMN extranjeros deberán informar que su UEC (o entidad designada) presentó el CbCR en su jurisdicción Forma? Electrónicamente, mediante servicio web AFIP “Régimen de Información País por País”, opción “Empadronamiento”, con Clave Fiscal nivel 3 (sistema emite DDJJ F. 8096 como constancia presentación)

RG 4130 – Disposiciones Generales principales No implica revelar secretos comerciales, industriales o profesionales, procesos comerciales o información cuya revelación sea contraria al interés público. Incumplimiento, total o parcial, califica como indicador de la necesidad de evaluación de riesgos de Pr. Tr. y de BEPS Obligaciones AFIP: Uso del CbCR: para la evaluación de riesgos de Pr. Tr. y de BEPS, y desarrollo de análisis económicos y estadísticos Uso Apropiado: no podrán determinar ajustes de Pr. Tr. solamente en base al CbCR Confidencialidad: requisitos de confidencialidad de la información recibida. Intercambio Automático y anual de los CbCR con las jurisdicciones que hayan firmado un MCAA CbC y donde residan las entidades integrantes de los Grupos de EMN que refieran dichos CbCR. Sanciones por incumplimiento: Aplicación de las sanciones previstas en la LPT (infracciones formales por Rég. Info, Art. Agreg. a cont. 38 y 39), MAS: El encuadre en una categoría creciente de riesgo de ser fiscalizado, según el Sistema de Percepción de Riesgo (SIPER), La suspensión o exclusión de los Registros Especiales Tributarios de la AFIP en los que estuviere inscripto, y/o La suspensión de la tramitación de Certificados de Exclusión o de No Retención solicitados por el responsable.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS?

GRACIAS POR SU TIEMPO Y ATENCION