IRPF - 2009 San Prudencio 2009 Javier Armentia Basterra Noviembre 2009.

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Transcripción de la presentación:

IRPF San Prudencio 2009 Javier Armentia Basterra Noviembre 2009

2 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Efectos desde el 1 de enero de 2009 (Autoliquidaciones a presentar en 2010)

3 REDUCCIÓN POR TRIBUTACIÓN CONJUNTA Se incrementa en un 2% Reducción general: Unidades familiares monoparentales:

4 Se deflacta en un 2%. TARIFA

5 Se incrementa en un 2% Deducción general DEDUCCIÓN GENERAL

6 Se incrementa en un 2% Primero Segundo Tercero Cuarto Quinto y cada uno de los sucesivos Menores de 6 años DEDUCCIÓN POR DESCENDIENTES

7 Los límites quedan de la siguiente forma: HIjos Primero160,80164,10 Segundo198,90203,10 Tercero336,60343,50 Cuarto397,80405,90 Quinto y cada uno de los sucesivos520,20530,70 DEDUCCIÓN POR ABONO DE ANUALIDADES POR ALIMENTOS PARA LOS HIJOS

8 Se incrementa en un 2% Deducción por ascendientes DEDUCCIÓN POR ASCENDIENTES

9 Se incrementa en un 2%. DEDUCCIÓN POR DISCAPACIDAD

10 Se incrementa en un 2% Edad superior a 65 años Edad superior a 75 años DEDUCCIÓN POR EDAD

11 Se entiende por vivienda habitual aquélla en la que el contribuyente reside durante un plazo continuado de tres años, o un plazo menor si se produce el fallecimiento del contribuyente o concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda, como circunstancias de carácter económico que impidan satisfacer el pago de la vivienda. MODIFICACIÓN RELACIONADA CON EL CONCEPTO DE VIVIENDA HABITUAL

12 Se aprueban los coeficientes de actualización aplicables a las transmisiones realizadas durante el ejercicio COEFICIENTES DE ACTUALIZACIÓN

13 Las cuentas vivienda en las que el plazo de 6 años para destinar su importe a la adquisición de la vivienda habitual finalice entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, se amplía en dos años más. Por lo tanto se dispondrá de 8 años desde la apertura de la cuenta para proceder a la adquisición de la vivienda habitual. AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA LA MATERIALIZACIÓN DE LAS CANTIDADES DEPOSITADAS EN CUENTAS VIVIENDA

14 AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA LAS CUENTAS PARA LA INVERSIÓN EN EL INICIO DE UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA Cuando el plazo establecido para efectuar la materialización finalice entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, dicho plazo se amplía a cinco años.

15 AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE REINVERSIÓN EN LOS SUPUESTOS DE TRANSMISIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL El plazo para materializar la reinversión de las cantidades obtenidas en la enajenación de la vivienda habitual será de cuatro años. La ampliación del plazo será de aplicación en los supuestos de transmisión de la vivienda habitual entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2008 o de adquisición de una vivienda habitual entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2008 y posterior transmisión de la anterior vivienda habitual.