EL REFERENDO DAVID LUNA SÁNCHEZ

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
La ley Características Generalidad: Obligatoriedad Permanencia
Advertisements

CARTAS ORGÁNICAS MUNICIPALES
EL MARCO JURIDICO DE LA HACIENDA PUBLICA EL SALVADOR
EL PRESUPUESTO PÚBLICO Y LA INTERACCIÓN ENTRE EL EJECUTIVO Y LEGISLATIVO. Flora Rojas Ortigoza República del Paraguay.
Complejo Educativo Católico “Juan XXIII”.
DAVID LUNA - Representante a la Cámara por Bogotá
“EL IMPACTO DEL REFERENDO EN LA POLÍTICA LOCAL DE BOGOTÁ”
LA AUTONOMÍA REGIONAL LMAD. Art 37. (LA AUTONOMÍA REGIONAL)
REFORMA POLÍTICA Y CONGRESO
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA La Iniciativa Normativa Referendo La Consulta popular El Plebiscito El Cabildo Abierto El Voto Programático La Revocatoria.
El Comité Ejecutivo Extraordinario reunido el Día miércoles 17 de Junio ante los últimos Decretos ejecutivos emanados por parte del Gobierno, y del manifiesto.
LUIS GONZALO GIRALDO AGUIRRE Alcalde
Informe ante la Comisión de Análisis, Diagnóstico y Propuestas para el Fortalecimiento Institucional de la Provincia de San Luis ALEJANDRO CACACE.
EL CONSEJERO TERRITORIAL DE PLANEACION
QUÉ ES Y CÓMO SE ORGANIZA EL ESTADO COLOMBIANO?
1 #Constituyentes UN PROCESO DE TODOS PARA TODOS.
PROYECTO ACOMPAÑAMIENTO AL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA
Tema 7 LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO
El GOBIERNO DE NUESTRO PAÍS
BIENVENIDOS A ESTE GRAN ESPACIO RESERVADO PARA USTEDES.
Decreto para los pueblos indígenas.
Delitos Electorales. Norma Ley General en Materia de Delios Electorales (LGMDE)
CARACTERÍSTICAS Y PRINCIPIOS DE INSCRIPCIÓN DE CANDIDATURAS Secretaría General Naupari, José / Espino, Hernán.
La rama Ejecutiva es la que representa el gobierno
PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL
AGENDA 2011 PARA LA COMISION DE HACIENDA DE LA CONAGO. José Eduardo Calzada Rovirosa Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro Mayo de 2011.
DERECHO PARLAMENTARIO
¿ POR QUE LA CONSTITUCIÓN APROBADA EN ORURO ES INCONSTITUCIONAL, ILEGAL Y NULA DE PLENO DERECHO?
1 PRINCIPALES LINEAMIENTOS DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LA BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA CARTAGENA DE INDIAS 8 DE NOVIEMBRE DE 2005.
PROYECTO AMBIENTAL ESCOLAR
CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA !
CONSTITUCION Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Universidad industrial de Santander
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
¿COMO ESTA ORGANIZADO POLITICAMENTE EL ESTADO COLOMBIANO?
Poderes de la Federación
PROYECTO DEL ANILLO VIAL MAPIRIPAN. VIABILIDAD DEL ACUERDO PUBLICO PRIVADO PARA ADELANTAR EL PROYECTO  El Articulo 96 de la Ley 489 de establece.
La exigibilidad se considera un proceso móvil en el que se avanza hacía la concreción de mayores niveles de garantía de los derechos. Se pueden desarrollar.
LA CONSTITUCIÓN DE 1824.
PARTICIPACIÓN Y CONTROL CIUDADANO
Institución Educativa Internacional PROYECTO PARTICIPATIVO II: POLÍTICA PÚBLICA Área: Formación Ciudadana y Cívica.
PLEBISCITO NACIONAL.
“EDUCAR PARA VOTAR”. 1 8 de mayo de Certeza Legalidad Objetividad Imparcialidad e Independencia 2 ¿ Cuáles son los principios rectores del Instituto.
Propuesta para Mejorar Nuestra Democracia y Regular la Relación entre Dinero y Política.
SISTEMA ELECTORAL. Norma básica : art. 18 Norma básica : art. 18 Esta norma debe integrarse con una serie de otros preceptos constitucionales y debe complementarse.
Juan Pablo Remolina Elaborado por:. Fuente: Presentación de Colombia Joven al presidente, Febrero 2002.
DIFERENCIA EN CONSTITUCION DE Y 1.991
INFORME DE CONSULTAS INTERNAS. 2 Consultas internas 2011 Para el año 2011 se realizaron por décima vez en la democracia colombiana unas consultas internas.
1.Necesidad de una nueva Constitución Política de la República que haga posible una nueva República social, democrática y pluricultural de derecho. 2.Esta.
LEY DEL REGIMEN ELECTORAL LEY Nº 026 LEY DE 30 DE JUNIO DE 2010 Es una norma jurídica que articula el procedimiento y regula el régimen electoral: Derechos.
“Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales”
EL CONTROL ESTATAL COLOMBIANO
EVOLUCION CONSTITUCIONAL EN COLOMBIA
PARTICIPACION CIUDADANA
La ley (del latín lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se.
INICIATIVA NORMATIVA Derecho de presentar, ante la respectiva corporación de elección popular, proyectos de acto legislativo, de ley, de ordenanza, de.
LA CONSTITUCION DE CIRCUNSTANCIAS DEL MOMENTO:
Sistema político costarricense
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y ORGANIZACIÓN ELECTORAL
REFORMA POLÍTICA ALCANCES Y RELACIÓN CON AYUNTAMIENTOS.
Catalina Gutiérrez Catherine Taborda Luis Carlos Ayala
CONTITUCION POLITICA DE COLOMBIA
SENADO, CÁMARA DE REPRESENTANTES INSCRIPCIÓN DE CANDIDATURAS INSCRIPCION DE CANDIDATURAS.
Proceso de Creación Normativo- COLOMBIA-
MODOS DEMOCRÀTICOS Y PRÀCTICOS DE PODER.
REPRESENTANTE: ASAMBLEA NACIONAL 1. Quince asambleístas elegidos en circunscripción nacional. 2. Dos asambleístas elegidos por cada provincia, y uno más.
PROCEDIMIENTOS DEMOCRÁTICOS PARA LA ELECCIÓN DE AUTORIDADES
CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA DEL CUERPO ELECTORAL
Propuesta de una nueva Constitución Política para Costa Rica Walter Coto Molina.
INHABILIDADES PARA ACCEDER A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR EN EL NIVEL TERRITORIAL Función Pública – Abril 2015.
Transcripción de la presentación:

EL REFERENDO DAVID LUNA SÁNCHEZ dluna@davidluna.com.co www.davidluna.com.co

PARTICIPAR La Constitución prevé la posibilidad de hacer reformas por iniciativa popular. Bien decía André Hauriou, que el objeto del derecho constitucional, es el encuadramiento jurídico de los fenómenos políticos.

CÓMO LOGRAR REFORMAS? Con la presentación de una reforma respaldada por el 5% de los ciudadanos inscritos en el censo electoral y 20% de los diputados y concejales quienes presentan ante el Cogreso la propuesta, para que allí sea aprobada o negada. Convocando una asamblea constituyente

CONSTITUCIÓN DE 1.991 Voto: Voluntad del elector en su elección individual. Plebiscito: Pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente para apoyar o rechazar una decisión del ejecutivo. Referendo: Convocatoria para aprobar o rechazar un proyecto de norma jurídica o derogar una vigente.

Consulta Popular: Figura por medio de la cual el gobernante nacional, departamental, municipal, distrital o local somete a consideración del pueblo una pregunta general sobre un asunto trascendental. Iniciativa Popular Legislativa: Derecho para presentar proyectos de acto legislativo, de ley, de ordenanza, de acuerdo, etc.

Revocatoria del Mandato: Procedimiento por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que se le ha conferido a un gobernador o alcalde. Cabildo Abierto: La posibilidad que tiene la comunidad para participar en las decisiones políticas.

PLEBISCITO Se hace en torno a una sola pregunta y se define como el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una decisión del ejecutivo.

REFERENDO Es un acto de votación para aprobar o rechazar un proyecto de norma, sugerida por los poderes públicos o por el mismo pueblo. Se hace sobre un texto elaborado que de ser aprobado, deroga la norma que se encontraba vigente.

TIPOS DE REFERENDO Referendo para la derogación de leyes y otras normas. Referendo aprobatorio de proyectos de ley, ordenanzas y acuerdos de iniciativa popular rechazados. Referendo Constitucional.

EXPERIENCIAS INTERNACIONALES

ITALIA 1.999 El referéndum de abril pretendía reformar la ley electoral italiana, para dar prioridad al sistema mayoritario frente al proporcional, fue invalidado al no lograrse superar el 50% de participación necesario para llevar adelante la reforma. Los pequeños partidos políticos, fueron los triunfadores de la consulta.

ESCOCIA 1.997 En septiembre, los ciudadanos escoceses aprobaron mediante referéndum la creación de un Parlamento escocés autónomo con capacidad administrativa, legislativa y fiscal.

BIELORUSIA 1.996 En noviembre, el Presidente Aleksandr Lukashenko, con objeto de extender su mandato de cinco a siete años y subordinar el poder legislativo al ejecutivo. El referéndum fue aprobado a pesar de las generalizadas acusaciones de fraude.

PERÚ 1.993 La nueva Constitución del 31 de octubre de 1993, ratificada por medio de referendo (52%), estableció un sistema legislativo unicameral, integrado por 120 miembros, en sustitución del Congreso Nacional, dió mayores poderes presidenciales y permitió a Fujimori presentarse de nuevo a elecciones presidenciales.

ECUADOR 1.997 El 25 de mayo de 1997, los ciudadanos ecuatorianos aprobaron en referéndum de forma mayoritaria (74%) la decisión tomada por el Congreso Nacional de cesar en el cargo a Bucaram y sustituirlo por su presidente Fabián Alarcón.

SUDÁFRICA 1.992 En marzo de 1.992, más de dos tercios de los votantes en un referéndum sólo para blancos apoyaron la política de negociar una nueva constitución para aumentar los derechos políticos de los negros.

EXPERIENCIAS NACIONALES

PLEBISCITO 1957 PLEBISCITO DE 1.957: La Junta Militar de Gobierno, convocó a un plebiscito cuyo objeto era la readopción de la constitución política de 1.886. Se pretendía reestablecer el régimen de la Democracia Representativa abolido por la dictadura militar y poner fin a la violencia política imperante. Se conceden los derechos políticos (voto) a la mujer. Establece un sistema de paridad política entre los partidos liberal y conservador conocido como el Frente Nacional.

SÉPTIMA PAPELETA 1989 - 1990 Movimiento liderado por estudiantes universitarios que lograron que en las elecciones de 1.990 se incluyera la denominada Séptima Papeleta, figura por medio de la cual se le preguntó al elector si deseaba una nueva Constitución. Fue un proceso definitivo durante la Presidencia de Virgilio Barco que se consolidó y materializó en la administración del presidente Cesar Gaviria con la Asamblea Nacional Constituyente.

REFERENDO PASTRANA “Frente ciudadano por el Referendo contra la corrupción” Reducción del número de congresistas y concejales. Suprimir Asambleas Departamentales e Inhabilidades por corrupción y por pérdida de investidura. Conformación de un Tribunal de Ética Pública. Los partidos y movimientos políticos solo podrán presentar una lista o candidatos por elección entre otras “muy similares a la actual”.

Resultado Líderes políticos y congresales expresan que la corrupción no sólo se da en el poder legislativo. De hacerse se debe incluir la revocatoria del mandato del Presidente. Gobierno pierde sus mayorías. Capacidad para Gobernar es amenazada. Se retira el Proyecto.

PROPUESTA ELECTORAL 2002 Dr. Álvaro Uribe, candidato presidencial, planteó la realización de un referendo para acabar la politiquería y la corrupción. Propuesta electoral que recibió el respaldo de 5´829.958 (53.04%) votos.

PROPUESTA ACTUAL DEL REFERENDO

1. PÉRDIDA DE DERECHOS POLÍTICOS Precisar y ampliar las inhabilidades para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado. Bogotá ha sido drástica en la toma de decisiones luego de tener casos claros de corrupción. La respuesta ha sido la negación al voto para dichos funcionarios llevándolos a desaparecer del escenario político.

2. VOTO NOMINAL Para que el pueblo se informe cómo votan sus representantes en el congreso, las asambleas, los concejos municipales, distritales y las juntas administradoras locales. Ya es hora de mostrarle a la ciudad y al país en qué temas han intervenido y votado los funcionarios. El Concejo de Bogotá es ejemplo claro de cómo los representantes votan abiertamente y exponen sus argumentos frente a proyectos “de importancia” y de impacto para la capital.

3. SUPLENCIAS Para eliminar las suplencias de los congresistas, diputados, concejales y miembros de juntas administradoras locales. Los electores votan por una persona en particular y adicionalmente se acabarían privilegios como las pensiones de congresales a personas que los han reemplazado por algunos meses o peor, algunos días. Es así como las faltas absolutas sólo serán suplidas por candidatos de la misma lista. La renuncia voluntaria no producirá como efecto el ingreso a la corporación de quien debería suplirlo.

Tanto en el Concejo como en las Juntas Administradoras Locales la práctica de las suplencias es un denominador común, lo cual resta credibilidad al proceso electoral. La prohibición definitiva de las suplencias plantea el imperativo de conformación de listas a corporaciones públicas a partir de acuerdos programáticos.

4. FACULTADES DE LAS CORPORACIONES PÚBLICAS DE ELECCIÓN POPULAR EN LA DIRECCIÓN Y CONTROL DE LA HACIENDA PÚBLICA Para hacer efectiva la participación de la comunidad, del Congreso, las asambleas y los concejos, en la formulación y control de los presupuestos de ingresos y gastos del Estado. El sistema actual se niega a las necesidades de Bogotá, y esta propuesta llevaría a un plan a espaldas de la ciudad lesionando los legítimos intereses de sus habitantes.

5. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DEL CONGRESO Para separar las funciones legislativas y administrativas del Congreso. Los servicios técnicos y administrativos de las cámaras legislativas estarán a cargo de una entidad pública o privada, que ejercerá sus funciones con plena autonomía, conforme lo establezca la ley. Bogotá a través de sus representantes a la Cámara concentraría las tareas para el bien de la ciudad.

6. REDUCCIÓN DEL CONGRESO Para reducir el tamaño del Congreso y modificar la elección de los congresistas, diputados, concejales y miembros de juntas administradoras locales. La inclusión del umbral permitiría que las listas independientes con arraigo en la capital obtengan mayor número de curules. Pero se reduciría el número de Representantes a la Cámara por parte de la ciudad, dejando los intereses de Bogotá sin respaldo.

UMBRAL PARA CONCEJO DE BOGOTÁ (CIFRAS OCTUBRE DE 2000) Número de votos validos Concejo 1.582.097 Dividido por el número de curules 42 Cuociente Electoral 37.699 Umbral 50% del Cuociente 18.834 De las 41 listas electas para Concejo el 29 de octubre de 2000 únicamente 10 listas obtuvieron un número de votos superior al 50% del cuociente electoral.

7. PÉRDIDA DE INVESTIDURA Para precisar y ampliar las causales de pérdida de investidura de congresistas, diputados, concejales y miembros de juntas administradoras locales. Inasistencia a seis sesiones sin excusa justificada. Por no tomar posesión del cargo dentro de los ocho (8) días siguientes.

Por violar el régimen de financiación de campañas. Por gestionar o aceptar auxilios con recursos públicos. Servidor público que ofrezca cuotas o prebendas burocráticas a un congresista, diputado, o concejal, a cambio de la aprobación de un proyecto de acto legislativo, ley, ordenanza, o acuerdo, será sancionado por falta gravísima con pérdida de empleo.

8. PENSIONES Y SALARIOS CON CARGO A RECURSOS DE NATURALEZA PÚBLICA Como medida para reducir las desigualdades sociales y controlar el gasto público. Pensiones como las del congreso son abismales frente a las pensiones de los colombianos del común. La SHD gira mensualmente al FONPET el 20% de los recaudos por impuestos, para garantizar el pago de las obligaciones pensionales Bogotá tiene un enorme hueco fiscal. Ya que el Distrito se ha endeudado frente al cumplimiento de la ley, la propuesta del Referendo podría aliviar.

9. SUPRESIÓN DE CONTRALORÍAS DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES Para suprimir las contralorías municipales, distritales y departamentales, y asignar sus funciones a la Contraloría General de la República. La Contraloría y Personería Distrital tienen una participación en el presupuesto del Distrito cercano al 8% con un gasto de funcionamiento de 100.000 millones de pesos al año.

10. SUPRESIÓN DE PERSONERÍAS Para asignar las funciones de las personerías a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo.

11. AUXILIOS CON DINEROS PÚBLICOS Prohibir cualquier forma de concesión de auxilios con recursos de origen público. Si se comprueba, genera la destitución o desvinculación. Pérdida de investidura e Inhabilidad. Por lo menos el 7% de 250 mil millones al año, que es el costo de los cupos indicativos, podría hacer parter los programas para educación y salud del distrito.

12. NUEVOS RECURSOS PARA EDUCACIÓN Y SANEAMIENTO BÁSICO Para destinar el ahorro que produzca la supresión de las contralorías territoriales y las personerías, a la educación y al saneamiento básico.

13. RECURSOS PARA LA EDUCACIÓN Y EL SANEAMIENTO BÁSICO Para fortalecer los planes de educación y saneamiento básico y el sistema de seguridad social de las entidades territoriales. Los ingresos de regalías que no sean asignados aplicarán así: el 56 % educación preescolar, básica y media. El 36% para agua potable y saneamiento básico. El 7% para el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, y el 1% para inversión en la recuperación del río Cauca y el río Bogotá.

14. FINANZAS PÚBLICAS SANAS Medidas sobre racionalización del gasto público: pensiones superiores a dos (2) salarios mínimos legales mensuales, no se incrementarán con relación a los gastos del año 2002, durante un período de dos (2) años.

15. PARTIDOS POLÍTICOS Introducir modificaciones al régimen de los partidos políticos: Reconocerá personería jurídica a quienes hayan obtenido para Senado o Cámara de Representantes, una votación equivalente, o superior, al dos por ciento (2%) de los votos válidos emitidos en el territorio nacional. Así como a los partidos o grupos significativos de ciudadanos y organizaciones políticas, que hayan obtenido una cifra superior al cinco por ciento (5%) de los votos válidos en las elecciones presidenciales.

Las nuevas reglas que pretende introducir el Referendo al sistema electoral colombiano, incentiva la agrupación de los partidos y/o movimientos políticos. La elección de listas a corporaciones públicas permitiría que los partidos políticos actúen como bancadas y tomen determinaciones programáticas en conjunto.

16. CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA DROGADICCIÓN Para proteger la sociedad colombiana, particularmente su infancia y su juventud, contra el uso de cocaína, heroína, marihuana, bazuco, éxtasis y cualquier otro alucinógeno.

17. PERÍODOS DE AUTORIDADES TERRITORIALES Para unificar los periodos de las autoridades territoriales y eliminar la dispersión del calendario electoral, se prorrogan los periodos de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles.

18. VIGENCIA Y 19. APROBACIÓN INTEGRAL DE ESTE REFERENDO.