Proceso Regulatorio de los Medicamentos en México

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Transcripción de la presentación:

Proceso Regulatorio de los Medicamentos en México Febrero 2016

I. Contexto regulatorio de la COFEPRIS

Sectores Regulados por la COFEPRIS Desde su origen, la COFEPRIS fue concebida como una agencia de regulación sanitaria con amplias competencias. Su actividad primordial es la prevención a la sociedad contra riesgos sanitarios de forma transversal, ofreciendo a la población las mejores alternativas de calidad, seguridad y eficiencia en insumos para la salud, así como con una vigilancia sanitaria inteligente y efectiva. A través de distintas acciones en la producción, distribución, comercialización, importación, exportación, publicidad, expendio y suministro de bienes y servicios, se regulan los siguientes sectores: Sectores Regulados Alimentos y bebidas Insumos para la salud (i.e. medicamentos y dispositivos médicos) Servicios de salud Emergencias Plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias tóxicas Otros productos de uso y consumo (cosméticos) Salud laboral Riesgos ambientales

II. Regulación y Clasificación de los Medicamentos en México

Clasificación de Medicamentos por su Naturaleza Contenido Regulación de los Medicamentos en México La Ley General de Salud (LGS), en su articulo 221 define los medicamento de la siguiente forma: “Son medicamentos todas las sustancias o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico que se presente en forma farmacéutica y se identifique como tal por su actividad farmacológica, características físicas, químicas y biológicas (…)”. Por su naturaleza, los medicamentos se clasifican en: Los medicamentos que no cuentan con Registro en México tienen una carga regulatoria adicional para garantizar su seguridad, calidad y eficacia. Clasificación de Medicamentos por su Naturaleza Alopáticos Sustancia o mezcla de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico o preventivo que se encuentre registrado en la Farmacopea Nacional o Internacional como medicamento alopático. Homeopáticos Sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico elaborado conforme a las reglas de Farmacopea homeopática nacional. Herbolarios Elaborados con material vegetal o algún derivado de éstos cuyo elemento principal es la parte aérea u subterránea de una planta y cuya eficacia terapéutica ha sido confirmada.

Contenido Regulación de los Medicamentos en México El Reglamento de Insumos para la Salud (RIS) establece que los medicamentos que no cuentan con registro sanitario en México y las sustancias activas que no han sido previamente utilizadas en el país son Moléculas Nuevas: “(…) Sustancia de origen natural o sintético que es el principio activo de un medicamento, no utilizada previamente en el país, cuya eficacia, seguridad y fines terapéuticos no hayan sido completamente documentados en la literatura científica”. Así mismo, el RIS establece que para adquirir el registro deberán ser analizadas como Moléculas Nuevas y pasar por el Comité de Moléculas Nuevas (CMN), aquellas que: No hayan sido utilizadas previamente en el país. Su eficacia, seguridad y fines terapéuticos no hayan sido completamente documentados en la literatura científica. Fármacos o medicamento que aún existiendo en otros países, con experiencia clínica limitada o información controvertida, no tenga registro en México y pretenda registrarse en el país.

Contenido Regulación de los Medicamentos en México Moléculas Nuevas La investigación y el desarrollo de nuevos medicamentos conforman un proceso complejo, largo, riesgoso y costoso que involucra a diferentes actores a lo largo de tres grandes etapas: investigación básica, investigación pre-clínica e investigación clínica. A su vez, La investigación clínica consta de cuatro fases e implica pruebas en humanos para determinar su seguridad y eficacia. Los protocolos de investigación para la salud contribuyen al estudio de procesos biológicos en seres humanos, lo que permite conocer las causas de enfermedades, establecer esquemas de prevención y control de los problemas de salud que sean prioritarios para la población, así como incentivar la producción nacional de insumos para la salud. La importancia de los protocolos de investigación radica en que son la base para generar nuevos conocimientos.

Desarrollo de los Productos Farmacéuticos Contenido Regulación de los Medicamentos en México Desarrollo de Productos Farmacéuticos Los protocolos son una herramienta indispensable para demostrar la seguridad y eficacia, además de abrir la puerta a nuevas opciones terapéuticas para diversas patologías en las cuales se han agotado las posibilidades de tratamiento para los pacientes. El Artículo 102 de la LGS, prevé que la Secretaría de Salud autorizará el empleo en seres humanos con fines preventivos, terapéuticos y rehabilitatorios de medicamentos respecto de los cuales aún no se tenga evidencia científica suficiente de su eficacia terapéutica o se pretenda la modificación de las indicaciones terapéuticas de productos ya conocidos. La investigación clínica consta de cuatro fases e implica pruebas en humanos para determinar su seguridad y eficacia. Desarrollo de los Productos Farmacéuticos 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 Generación de los Datos Clínicos Fase Pre-clínica Clínica I Clínica II Clínica III Comercialización del medicamento Seguridad Eficacia

III. Proceso de obtención de Registro Sanitario

Moléculas Nuevas y Vacunas Contenido Proceso de obtención de Registro Sanitario El proceso de obtención de Registro Sanitario en México está basado en un modelo de identificación de riesgos y complejidad de las sustancias, para que todos los medicamentos acrediten seguridad, calidad y eficacia. Los medicamentos que pretenden obtener un registro sanitario en México se dividen en tres modalidades dependiendo del riesgo y la complejidad del medicamento, y deben cumplir con los siguientes requisitos administrativos: Requisitos Moléculas Nuevas y Vacunas Medicamento Genérico Medicamento Huérfano Información Administrativa Legal  Información de Calidad ( Buenas Prácticas de Fabricación). Estudios preclínicos ( seguridad y eficacia) Estudios clínicos (seguridad y eficacia) Biosdisponibilidad y/o Bioequivalencia Reconocimiento de medicamento huérfano

(Protocolo de Investigación) Contenido Proceso regulatorio de los medicamentos En el caso de las Moléculas Nuevas, el proceso regulatorio consta de 4 fases: 1) los Estudios Clínicos; 2) reunión con el CMN; 3) la solicitud de Registro Sanitario; y, 4) la obtención del Registro. Reunión CMN Solicitud del Registro Estudios Clínicos (Protocolo de Investigación) Caracterización del Producto (aislar el fármaco). Estudios Pre-clínicos in vitro y en modelos animales. EC Previos: Fase I, II, III. Protocolo en México Protocolo en el extranjero Demostrar que el medicamento no se metaboliza de manera diferente ne población mexicana SENMD (opcional) Analiza la seguridad, calidad y eficacia: Calidad (Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación). Seguridad ( análisis riesgo-beneficio en los EC fase I,II,III). Eficacia (efecto terapéutico comprobado en los EC fase I, II, III). Farmacovigilancia. Carril tradicional Acuerdo de Equivalencia Registro Sanitario EC fase IV en población general, post-comercialización. 4 2 3 1 SENMD= Subcomité de Evaluación de Nuevos Medicamentos en Desarrollo CMN= Comité de Moléculas Nuevas EC= Estudios Clínicos

IV. Regulación de Medicamentos a base de Marihuana

Contenido Regulación de Medicamentos a base de Marihuana El marco regulatorio mexicano prohíbe el consumo de Marihuana y del delta-9-tetrahydrocannabinol (THC), una de las sustancias activas de la planta. Sin embargo, no existe prohibición expresa sobre el Cannabidiol (CBD) y los medicamentos que contenga dicha sustancia u otras que contenga la planta. Con base en lo anterior, en octubre de 2015, la COFEPRIS emitió el primer permiso de importación de medicamentos que no cuentan con registro sanitario en México para importar un medicamento con CBD, con el fin de que la niña Graciela Elizalde Benavides (Grace) recibiera un tratamiento alternativo para controlar el síndrome epiléptico “Lennox-Gastaut”. A partir de esto, la discusión sobre los usos medicinales de las sustancias activas de la planta de la marihuana aumentó y a finales de enero de 2016, la COFEPRIS emitió dos permisos de importación para el producto estadounidense “RSHO-X Real Scientific Hemp Oil”, medicamento que contienen CBD.

Aplicación terapéutica Contenido Regulación de Medicamentos a base de Marihuana La planta de la marihuana contiene alrededor de 750 sustancias químicas de las cuales más de 104 son cannabinoides, alguno de estos han comprobado tener efectos terapéuticos cuando se les sintetiza en medicamentos. La innovación tecnológica permite que sustancias a las que antes no se les atribuían efectos terapéuticos ahora sí se le adjudiquen, tal es el caso del THC y el CBD que a nivel mundial han comprobado efectos terapéuticos en su uso ´para producir medicamentos: Es importante mencionar que en México no se ha otorgado registro sanitario a medicamentos que contengan CBD o THC. En este sentido, todos aquellos que pretendan obtener un Registro Sanitario en México deberán pasar por el proceso regulatorio de las Moléculas Nuevas. Medicamento Sustancia Aplicación terapéutica País de registro Marinol THC Tratamiento anti-emético ( control del vomito). Estimulación del apetito. Esclerosis múltiple. EUA Canadá Dinamarca Sativex THC y CBD Tratamiento para el dolor. Alemania 3. España Inglaterra 4. Italia Epidolex CBD Epilepsia.

Permisos de Autorización para Cannabidiol y THC Desde el 2009 a la fecha, la COFEPRIS ha emitido un total de 3 permisos de importación para medicamentos con la sustancia cannabidiol. Adicionalmente, se han emitido permisos para la importación del cannabidiol puro y THC puro (gramos), además de medicamentos con cannabidiol y THC. Es importante mencionar que con excepción de los 3 permisos de importación para medicamentos a base de cannabidiol, el resto, únicamente se otorgan para fines de investigación clínica, y su uso en humanos no se encuentra autorizado.

Indicación Terapéutica Título y número de protocolo Contenido Regulación de Medicamentos a base de Marihuana Actualmente en México, únicamente el SATIVEX del Laboratorio GWPharma ha sometido un protocolo de investigación sin fines de comercialización a evaluación de COFEPRIS. Dado que el THC es una sustancia prohibida por la legislación mexicana, únicamente se pueden someter a evaluación Estudios Clínicos con fines de investigación científica. Medicamento Forma farmacéutica Indicación Terapéutica Título y número de protocolo Estatus Sativex (THC y CBD)   Aerosol para administración oral Dolor crónico en pacientes con cáncer avanzado GWCA1103 “Estudio de dos partes, controlado con placebo, de la seguridad y la eficacia del aerosol para administración a través de la mucosa oral Sativex (Sativex®; Nabiximols) como tratamiento complementario para el alivio del dolor crónico persistente no controlado en pacientes con cáncer avanzado que presenten analgesia inadecuada aun con terapia crónica con opioides optimizada” En curso Dolor crónico persistente en pacientes con Cáncer GWCA0962 Estudio doble ciego, aleatorizado, controlado con placebo, de grupos paralelos sobre el aerosol bucal Sativex (Sativex®, Nabiximols) como terapia complementaria para aliviar el dolor crónico, persistente y no controlado en pacientes con Cáncer Avanzado que experimentan una analgesia inadecuada durante el tratamiento crónico optimizado con opioides”. Analgesia inadecuada en pacientes con cáncer GWCA0999 “Estudio multicéntrico, no comparativo, de extensión con etiqueta abierta para evaluar la seguridad a largo plazo del tratamiento complementario con el aerosol bucal Sativex ( Sativex®; Nabiximols ) en pacientes con dolor crónico persistente y no controlado relacionado con el cáncer” Terminado

Proceso Regulatorio de los Medicamentos en México Febrero 2016