ASPECTOS JURIDICOS CONVENIO DE LA AVIACION CIVIL INTERNACIONAL (CONVENIO DE CHICAGO) Dio nacimiento a la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI ANEXO 9- FACILITACION ANEXO 14 - AERODROMOS ANEXO 17- SEGURIDAD
LEY 105/93. Reglamenta el sector transporte. Art. 47. establece las funciones aeronáuticas en cabeza de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil DECRETO 2724/93. Fija la estructura orgánica de la Aeronáutica Civil, crea las Direcciones y Administraciones aeroportuarias ASPECTOS JURIDICOS
ANEXO 9- FACILITACION Normas y métodos recomendados para comodidad de los pasajeros (rapidez y eficiencia de los servicios y ausencia de trabas administrativas)
ANEXO 9 - FACILITACION Entrada y salida de personas y su equipaje de mano Documentación y forma de llevarlo Requisitos de sanidad pública Entrada y salida de aeronaves y documentos de las aeronaves Entrada y salida de carga y otros artículos Programa Nacional de Facilitación Comité de Facilitación
ANEXO 17- SEGURIDAD NORMAS Y METODOS RECOMENDADOS INTERNACIONALES Protección de la aviación civil internacional contra los actos de interferencia ilícita
Seguridad y facilitación Organización nacional Medidas preventivas de seguridad -Relativas a pasajeros y equipajes de mano -Relativas a equipaje facturado, carga y otras mercancías -Relativas a controles de accesos -Relativas al diseño de aeropuertos Métodos para hacer frente a los Actos de Interferencia Ilícita -Aspectos Operacionales e informes Programas de seguridad Programas de instrucción Comités de seguridad ANEXO 17- SEGURIDAD
ANEXO 14- AERODROMOS Y AEROPUERTOS Normas y métodos recomendados internacionales para diseño, operación de aeródromos y helipuertos
Abreviaturas y símbolos Datos sobre los aeródromos Características físicas Restricción y eliminación de obstáculos Ayudas visuales para la navegación: señales, luces, letreros Equipos e instalaciones Servicios de Emergencia y otros-COE ANEXO 14- AERODROMOS Y AEROPUERTOS
INSTALACIONES Y SERVICIOS QUE FACILITAN LA NAVEGACIÓN AÉREA aeródromos, señalamientos, iluminación, ayudas a la navegación, informaciones aeronáuticas, telecomunicaciones, meteorología y aprovisionamiento y reparación de aeronaves INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA Art Código de Comercio
AERODROMO ANEXO 2 AL CONVENIO CHICAGO (REGLAMENTO DEL AIRE) “ Area definida de tierra o de agua que incluye sus edificaciones, instalaciones, y equipos, destinada totalmente a la llegada, salida y movimiento en superficie de aeronaves”
LEY 89 DE 1938 “Toda localidad en tierra o agua adaptada para el arribo y partida de aeronaves” AERODROMO
AEROPUERTO LEY 89 DE 1938 “Todo aeródromo dotado de servicios especiales para el arribo, partida, alojamiento y abastecimiento de aeronaves, para embarque y desembarque de pasajeros y para la carga y descarga de mercancías”
CONCLUSION Un aeropuerto es un aeródromo perfeccionado y dotado con ciertos servicios e instalaciones especiales que son indispensables sobre todo cuando se trata de vuelos internacionales
CONSIDERACIONES JURIDICAS No se permiten construcciones elevadas en las proximidades de los aeródromos
CONSIDERACIONES JURIDICAS Responsabilidad de la instalación y funcionamiento de balizas G
Responsabilidad de remoción de obstáculos CONSIDERACIONES JURIDICAS
SERVIDUMBRES AERONAUTICAS Limitación a la propiedad de los dueños de predios vecinos del aeropuerto o aeródromo CONSIDERACIONES JURIDICAS
EXPROPIACION Privación forzada que se hace a un propietario mediante indemnización de un predio que sea necesitado para aprender necesidades de la aviación, lo cual se da con fundamento en la utilidad pública de la misma. En Colombia no está bien reglamentado. CONSIDERACIONES JURIDICAS
CLASIFICACION DE LOS AERODROMOS Militares Civiles Públicos Privados
AERODROMOS CIVILES AERODROMOS PUBLICOS Los que aún siendo de propiedad privada, están destinados al uso público.
AERODROMOS CIVILES AERODROMOS PRIVADOS No destinados al uso público. Podrán ser utilizados transitoriamente por aeronaves del Estado en desempeño de sus funciones oficiales y por aeronaves en peligro
PERMISO DE OPERACION - Otorgado por la autoridad aeronáutica - Obligatorio para todos los aeropuertos. PERMISO DE OPERACION - Localización: Vía Nombre del propietario: UAEAC- - Clasificación: Público - Categoría: A - Condiciones operacionales: xxxx
REGISTRO DE OPERACION Lo lleva la autoridad aeronáutica 1. Clase, 2.Categoría 3. Nombre del explotador 4.Características físicas, etc.
REGLAMENTACION DE AERODROMOS Código de Comercio: Clasificación de aeródromos, normas y regulaciones a cargo de la autoridad aeronáutica Anexo 14. Aeródromos Manual de reglamentos aeronáuticos: Es la norma legal en nuestro Derecho.
EXPLOTADORES DE ARODROMOS Se denomina explotador al dueño de instalaciones, equipos y servicios que constituyan el aeródromo, salvo se haya cedido la explotación.
Es explotado por el municipio en cuya jurisdicción se encuentre, cuando sea construido y operado por acción comunal o a falta de explotador inscrito EXPLOTADORES DE ARODROMOS
RESPONSABILIDAD DE LAS OPERACIONES La responsabilidad de los daños que cause la operación o la prestación de los servicios recaerá en el explotador.
COBRO DE TASAS A USUARIOS El explotador del aeródromo público podrá cobrar tasa a los usuarios, previa reglamentación y permiso de la autoridad aeronáutica.
OPERACIONES FUERA DE AERODROMOS La autoridad aeronáutica podrá permitir transitoriamente la operación de aeronaves en superficies que no sean aeródromos
PERMISOS PARA CONSTRUIR Y REPARAR AERODROMOS Expedido por la autoridad aeronáutica. Podrá ser negado si el proyecto no cumple con los requisitos exigidos.
SUSPENSIÓN O CANCELACION DEL PERMISO CASOS: Cuando desde el aeródromo se atente contra la seguridad del Estado, Cuando se deteriore en forma peligrosa para las maniobras
SUSPENSIÓN O CANCELACION DEL PERMISO CASOS: Cuando no cumpla con los requisitos de permiso de operación y operacionales Cuando no se lleven los registros reglamentados, o no se cumplan las órdenes y reglamentos de la Aeronáutica Si el permiso caduca o es suspendido
AEROPUERTO COMO ENTIDAD TECNICA, OPERATIVA, JURIDICA, ECONOMICA, ADMINISTRATIVA Y PRESTADOR DE UN SERVICIO PUBLICO
El aeropuerto puede ser considerado como organismo administrativo y económico, afectado por funciones técnicas, sometido a régimen financiero determinado y especialmente prestador de un servicio público AEROPUERTO
Fundamental para el ejercicio normal del tráfico aéreo. Punto de entrada y salida del país. COMO UNIDAD TECNICO - OPERATIVA
COMO ENTIDAD JURIDICA La mayoría de las relaciones que se originan y desarrollan dentro del aeropuerto son de carácter jurídico. Algunos ejemplos son: Contratos Concesiones Arrendamientos Servicios
COMO ENTIDAD ECONOMICA Fuente de ingresos: Arrendamiento de instalaciones, prestación de servicios, concesiones, permisos y derechos que se cobren
COMO ENTIDAD ADMINSTRATIVA Administra servicios Planeación, Organización, Dirección, Control, evaluación y seguimiento. Administración de recursos: físicos humanos tecnológicos, financieros
PRINCIPALES Integra servicios directamente vinculados con el tráfico aéreo
PRINCIPALES Servicios tráfico aéreo, ATS de asistencia y mantenimiento de aeronaves, protección de vuelos, Servicios de atención al pasajero, equipajes y mercancías, los prestados en las pistas y áreas de estacionamiento y Seguridad Aeroportuaria
ACCESORIOS HANGAR 4 De importancia un tanto menor, sin perjuicio de estimarse convenientes y muchas veces necesarios
ACCESORIOS Locales de las empresas de aeronavegación Depósitos de materiales y mercancías, Depósitos de equipajes Depósitos de combustibles Zonas de estacionamiento vehicular
CONEXOS No son en esencia imprescindibles o necesarios para el funcionamiento del aeropuerto, pero sí contribuyen en su cómoda utilización para empresas y usuarios
CONEXOS Servicio de taxis
A disposición de los pasajeros y público en general Comercios y tiendas, Almacenes in bond, Restaurantes, Comunicaciones telefónicas CONEXOS
ASPECTOS SOCIALES, DEL MEDIO AMBIENTE Y SALUD l Polo de desarrollo l Imagen del país al exterior l Punto de entrada y salida del país l Problemática por ruido y el funcionamiento de aeronaves l Epidemias y enfermedades fitozoosanitarias
Todo aeropuerto cualquiera que sea su régimen de administración y funcionamiento tiene un jefe, director, gerente o administrador ADMINISTRACION DEL AEROPUERTO
PISTA Area rectangular definida en un aeródromo terrestre preparada para el aterrizaje y el despegue de las aeronaves
CALLES DE RODAJE: Vía definida en un aeródromo terrestre, establecida para el rodaje de aeronaves y destinada a proporcionar enlace entre una y otra parte del aeródromo. EDIFICIO
PUESTO DE ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES Area designada en una plataforma (rampa), destinada al estacionamiento de una aeronave.
Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue, aterrizaje y rodaje de aeronaves, integrada por el área de maniobras y la rampa o plataforma. ÁREA DE MOVIMIENTO
RAMPA O PLATAFORMA Área definida en un aeródromo, designada para dar cabida a las aeronaves, para los fines de embarque o desembarque de pasajeros, correo o carga, abastecimiento de combustible, estacionamiento o mantenimiento.
PARTE AERONÁUTICA El área de movimiento de un aeropuerto y de los terrenos y edificios adyacentes o las partes de los mismos, cuyo acceso está controlado
AREA PÚBLICA El área de un aeropuerto y los edificios en ella comprendidos a la que tiene libre acceso el público en general.
INSTALACIONES AEROPORTUARIAS Terminal de pasajeros Vuelos internacionales Vuelos nacionales Edificio administrativo del aeropuerto Edificio de operaciones
INSTALACIONES AEROPORTUARIAS Complejo de cargas Zona de depósitos de combustible
AREAS RESTRINGIDAS DE UN AEROPUERTO Area de movimiento de una aeropuerto y de los terrenos y edificios adyacentes o las partes de los mismos, cuyo acceso está limitado mediante el uso del carné de autorización o permiso expedido por el director o administrador del aeropuerto (Programa Nacional de Seguridad Aeroportuaria - Resolución 04026/95)
AREAS RESTRINGIDAS DE UN AEROPUERTO Las áreas de movimiento, conformadas por las pistas de aterrizaje y despegue de aeronaves, calles de rodaje y plataformas de un aeropuerto.
AREAS RESTRINGIDAS DE UN AEROPUERTO Muelles nacional e internacional, incluyendo áreas asignadas a almacenes de in bond
AREAS RESTRINGIDAS DE UN AEROPUERTO Dependencias de comunicaciones y ayudas a la navegación aérea conformadas por: Torre de control, Salas de control de tránsito aéreo, Salas de radar,
AREAS RESTRINGIDAS DE UN AEROPUERTO Centrales de comunicaciones aeronáuticas, Cabinas de sonido y conmutador telefónico, Estaciones de energía y de radioayudas, Plantas eléctricas
AREAS RESTRINGIDAS DE UN AEROPUERTO Dependencias de información aeronáutica, meteorológica y las demás que cumplan funciones similares
AREAS RESTRINGIDAS DE UN AEROPUERTO Cuarteles de bomberos Hangares de empresas aéreas y talleres de aviación Areas destinadas a depósitos de combustibles
AREAS RESTRINGIDAS DE UN AEROPUERTO Areas de inspección de personas y mercancías y, las demás que determinen por necesidades especiales el gerente o administrador aeroportuario ENTRADA AREA PUBLICA CERCA DEL PERIMETRO CONTROL ACCESO