SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA DIRECTA RURAL Docente ISABEL TORO Docente.

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Transcripción de la presentación:

SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA DIRECTA RURAL Docente ISABEL TORO Docente

RESEÑA HISTÓRICA Nace en Colombia en 1953, bajo el nombre de Servicio Técnico Agrícola Colombiano Americano STACA, para atender productores de cultivos importantes. En 1957 desde el Ministerio de Agricultural Nacen tres programas: producción agrícola, mejoramiento del hogar y juventud rural

1962 se crea el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, con fines de investigación. En la década de los 70 aparece el programa de desarrollo rural integrado DRI. En los 80 se crea el sistema nacional de transferencia de tecnología agropecuaria SINTAP En los 90 se crean las UMATA a partir del decreto 2379 de 1991.

Estructura del Subsistema de Asistencia Técnica Agropecuaria

Normatividad La ley 607 de 2000 define la Asistencia Técnica Directa Rural como: “La atención regular y continua a los productores agrícolas, pecuarios, forestales y pesqueros, en la asesoría de los siguientes asuntos: aptitud de suelos, selección de tipo de actividad a desarrollar y en la planificación de las exportaciones; en la aplicación y uso de tecnologías y recursos adecuados a la naturaleza de la actividad productiva; en las posibilidades y procedimientos para acceder al financiamiento de la inversión; en el mercado apropiado de los bienes producidos y en las formas de organización de productores”.

Principios de la Asistencia Técnica Directa Rural Eficiencia: adecuada administración para brindar servicio a los productores rurales. Libre escogencia: se podrá contratar entidades públicas o privadas para la prestación del servicio. Desarrollo sostenible: servicio que se prestará respondiendo al principio de sostentibilidad.

Heterogeneidad: se prestará servicio sin elitismos y discriminación. Planificación: desde los CMDR se aportará al Programa Agropecuario Municipal, que hará parte del Plan de Desarrollo del Municipal. Descentralización: este servicio se brinda directamente desde el municipio.

Obligatoriedad: es una obligación según ley 607 de 2000 prestar este servicio desde los municipios. Calidad: se realizará cada año la evaluación a la Asistencia Técnica Directa rural. Coordinación: los responsables de la ATDR se coordinarán con entidades de ordenamiento territorial y el Sistema Nacional de Ciencia Tecnología Agroindustrial.

Organización de los productores: se promueven organizaciones como asociaciones, alianzas y otras formas de trabajo entre productos para acceder a beneficios. Enfoque de cadena productiva y de agregación de valor: las acciones de ATDR deben orientarse a cadenas productivas.

Usuarios del Servicio de Asistencia Técnica Directa Rural la Ley 607 de 2000 definió a los pequeños productores agropecuarios como "los propietarios, poseedores o tenedores a cualquier título que directamente o con el concurso de sus familias exploten un predio rural, que no supere el área y los ingresos de dos unidades agrícolas familiares y siempre que deriven de su actividad agropecuaria, forestal, agroforestal, pecuaria, piscícola, silvícola o de zoocria por lo menos el 70% de sus ingresos".

Medianos productores rurales, corno "los poseedores o tenedores que a cualquier título exploten un predio rural, que supere el área y los ingresos de dos (UAF) unidades agrícolas familiares en su actividad agropecuaria, forestal, agroforestal, pecuaria, piscícola, silvícola o de zoocría y hasta 5 (UAF) Unidades Agrícolas Familiares y que no superen en ingresos los 10 (diez) salarios mínimos mensuales vigentes."

“Se entiende por Unidad Agrícola Familiar (UAF), la empresa básica de producción agrícola, pecuaria, acuícola o forestal cuya extensión, conforme a las condiciones agroecológicas de la zona y con tecnología adecuada, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un excedente capitalizable que coadyuve a la formación de su patrimonio (...)” Resolución 1133 de 2013

Entidades prestadoras del SATDR Estas entidades son conocidas como EPSAGROS, son derecho público, privado o mixto, que organiza el municipio según Art 5 de la ley 607 de Deben acreditarse según resolución de 2005 MADR, ante las Secretarias de Agricultural.

Obligaciones de las entidades prestadoras del SATDR Diseñar y ejecutar el Plan General de Asistencia Técnica PGAT. Mantener actualizado el sistema de información para el SATDR. Usar información tecnológica disponible y reportar resultados. Fortalecer organizaciones competitivas de productores. Incorporar en su plan a organizaciones de productores. Constituir alianzas de productores y apoyar la formulación de sus proyectos. Gestionar e impulsar acuerdos de competitividad. Propiciar convenios con Universidades para vincular estudiantes a su labor y de cooperación en procesos de investigación. Gestionar recursos para el financiamiento de proyectos. Elaborar presupuesto, inversión y funcionamiento.

CALIFICACIÓN POR CRITERIO DE SEGUIMIENTO EN EL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA