INCENTIVO TRIBUTARIO A LA INVERSIÓN PRIVADA EN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (I+D) Ministerio de Hacienda Agosto 2007.

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Transcripción de la presentación:

INCENTIVO TRIBUTARIO A LA INVERSIÓN PRIVADA EN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (I+D) Ministerio de Hacienda Agosto 2007

CONTEXTO Para crecer se requiere aumentar la productividad. Factor clave para esto es la innovación a través de inversión en I+D. El esfuerzo en Chile es bajo. Sólo se invierte un 0.7% del PIB en I+D mientras que en países como Finlandia la proporción llega a un 3.5%. La participación del sector privado en la inversión en I+D asegura que el esfuerzo esté orientado a mejorar la competitividad de las empresas y no solamente a la investigación básica. Sin embargo el sector privado es quien menos invierte, con un 30% del total de la inversión en I+D, mientras que en Finlandia esta proporción llega casi a un 70%.

Fuente:OECD MSTI (2004), RICYT (2003) y CONICYT (2004) Resto: Estado, Enseñanza Superior, y otros. Empresas: Privadas y estatales. POSICION DE CHILE Distribución del gasto en I+D como % del total

Vínculo entre el sector privado y centros de investigación es fundamental para orientar las capacidades de los centros de investigación a las necesidades de las empresas. Sin embargo, en Chile este vínculo es muy débil. La colaboración con fines de investigación entre empresas y universidades en los países innovadores es casi un 60% más frecuente que en el caso de Chile (Rodríguez y Tokman, 2005). La evidencia internacional muestra que las medidas indirectas, como franquicias tributarias para la innovación, predominan sobre las medidas directas de apoyo a las empresas. De los 30 países miembros de la OECD, 18 cuentan con algún instrumento tributario para incentivar la innovación (OECD, 2006). En el contexto del Plan Chile Compite se propone un incentivo tributario a la inversión privada en I+D (propuesta de Comisión Boeninger). CONTEXTO

Objetivo de Inversión y Trayectoria Anual Duplicar al 2025 el gasto público en I+D llegando a una cifra cercana al 0,75% del PIB.

Con el fin de incrementar los recursos invertidos en I+D y mejorar su efectividad se requiere abordar las siguientes dimensiones: 1. Disponer de una institucionalidad adecuada 2. Incrementar en los recursos públicos destinados a I+D 3. Mejorar incentivos para inversión privada en I+D, que incluya incentivos tributarios y un mercado de capitales desarrollado 4. Disponer de mecanismos que promuevan la adopción, transferencia y difusión de tecnologías 5. Fortalecer el vínculo entre sector privado y centros de investigación para orientar a estos últimos a satisfacer necesidades de innovación de empresas CONTEXTO

OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY Aumentar la inversión del sector privado en I+D y fortalecer el vínculo entre las Universidades y Centros de Investigación, y las empresas

TRES CONCEPTOS BÁSICOS PARA COMPRENDER ESTE BENEFICIO TRIBUTARIO Centro de investigación acreditado Contrato certificado Fiscalización y sanciones Solicitud certificación contrato Contrato Centro Investigación universidadempresagobierno

El presente Proyecto de Ley establece un Crédito contra el impuesto de 1ª categoría que deban pagar los contribuyentes que declaren su renta efectiva según contabilidad completa. El crédito equivale a un 35% de sus pagos efectuados conforme a Contratos de Investigación y Desarrollo certificados por CORFO y celebrados con Universidades o Centros de Investigación acreditados por dicha entidad.Centros de Investigación El monto total anual del crédito deberá ser inferior a un 15% del ingreso bruto anual de cada contribuyente. DESCRIPCIÓN DEL INCENTIVO TRIBUTARIO

El monto que no constituya crédito podrá rebajarse por la empresa como gasto necesario para producir la renta, independiente del giro de ésta. Para acceder al beneficio no se permitirá que los contribuyentes estén relacionados con el Centro de Investigación con el cual contraten en términos de propiedad o administración. Se podrá sub-contratar hasta un 50% del valor de los contratos a entidades no acreditadas tanto dentro como fuera de Chile. Vigencia de incentivo: Hasta el 31 de diciembre de DESCRIPCIÓN DEL INCENTIVO TRIBUTARIO

ACREDITACIÓN CENTROS INVESTIGACIÓN Para acceder al beneficio tributario las empresas deben firmar contratos de I+D con Centros de Investigación acreditados. Para acreditarse los Centros de Investigación presentan antecedentes a CORFO, acompañados de una declaración jurada respecto de los mismos, y pagan parte del costo de la acreditación. CORFO verifica que los Centros cumplen con los siguientes requisitos: i) Cuentan con los medios, tanto personales como materiales, para realizar actividades de I+D. ii) Se encontraban en funcionamiento durante el año anterior a la acreditación. iii) Poseen sistemas de administración financiero-contable para realizar seguimiento a los Contratos de I+D.

ACREDITACIÓN CENTROS INVESTIGACIÓN En caso de verificarse que se cumple con los requisitos CORFO le otorga la acreditación al Centro mediante una resolución fundada. De no otorgarse la acreditación CORFO deberá también emitir una resolución que fundamente dicha decisión. Una vez acreditados, los Centros son incorporados a un registro que mantiene CORFO. Los Centros tienen la obligación de actualizar sus datos al menos una vez al año.

CERTIFICACIÓN CONTRATOS I+D Para la certificación de los contratos CORFO verificará que: i)Las labores contenidas en los Contratos son de I+D. ii)Los contratos se celebren en relación a la organización y medios que dispone el Centro de Investigación acreditado. iii)La empresa contratante y el Centro de Investigación no se encuentran relacionados. En cualquier momento CORFO podrá pedir que el Centro de Investigación declare que aún posee la capacidad por la que se le acreditó. Finalmente, en caso de verificarse las condiciones mencionadas, CORFO emitirá una resolución fundada certificando el contrato. Solicitud certificación contrato Contrato Centro Investigación

FISCALIZACIÓN Y SANCIONES Los Centros de Investigación perderán la acreditación si: i)Dejan de cumplir con los requisitos para estar acreditados. ii)Incumplen con el objeto de 3 Contratos de I+D. iii)Existió colusión con algún contribuyente para acceder al beneficio. En caso que un Centro pierda la acreditación las empresas contratantes podrán acogerse al beneficio por los dos años siguientes a dicha pérdida. Si éstas quisieran mantener el beneficio por un período mayor deberán transferir el Contrato de I+D a otro Centro de Investigación acreditado. Los Centros de Investigación deberán informar al SII los Contratos de I+D vigentes, los precios de éstos, identificar las empresas con quienes los han firmado y el resto de los contratos firmados con éstas y sus personas relacionadas.

FISCALIZACIÓN Y SANCIONES CORFO fiscalizará que los contratos cumplan con el objeto y las actividades para el cual fueron certificados. En caso de no cumplirse con las condiciones establecidas en el contrato el contribuyente perderá, en forma retroactiva, el beneficio. Se establecen sanciones del Código Tributario para quienes proporcionen antecedentes maliciosamente falsos con el objeto de obtener o mantener la acreditación de un Centro de Investigación, la certificación de un Contrato de Investigación y Desarrollo o de impetrar indebidamente el beneficio tributario.

Fin

COSTO DEL PROYECTO El costo fiscal del proyecto, en miles de US$, proviene de dos fuentes: i)Menor recaudación producto del: a) incremento en la proporción del gasto en I+D encargado a Centros de Investigación y b) aumento esperado en el gasto total en I+D realizado por las empresas, lo cual implicará una menor base imponible. ii)Costos de administración del proyecto de ley, los cuales se generan principalmente por la acreditación de Centros de Investigación y certificación de Contratos. AñoCosto Admin.Menor RecaudaciónCosto total Fuente: DIPRES

EJEMPLO Escenarios Sin beneficio tributarioCon beneficio tributario Primera Categoría Ventas1000 Compras y Salarios880 Costo I+D20 Parte Deducible013 Parte Crédito07 Utilidad Antes de Impuesto Impuesto 1° Cat. Determinado1718,2 Crédito Tributario07 Impuesto 1° Cat. A Pagar Impuesto Gasto Rechazado70 Neto después de impuestos G.C. Retiro (tasa 100%) Impto. Global Complementario (tasa 40%)36,642,8 Crédito Impuesto 1° Categoría15,618,2 Global Complementario a Pagar21,124,6 Aporte Fiscal Impuesto Total Pagado45,135,8 Aumento Ahorro Impuesto por Proyecto0,09,3 Gasto I+D20,0 Aporte Fiscal a Gasto I+D 47%

“Las entidades que formen parte integrante o dependan de una universidad, o las entidades que formen parte de personas jurídicas constituidas en Chile, o las personas jurídicas constituidas en Chile; cuya actividad principal consista en la realización de labores de Investigación o Desarrollo.” Definición Centro de Investigación

Definición Investigación “La búsqueda metódica que tenga por objeto generar nuevos conocimientos en el ámbito científico o tecnológico con la expectativa que contribuyan a desarrollar, fortalecer o mejorar la capacidad competitiva de las personas que la encargan.”

“La aplicación de los resultados de la Investigación o la adaptación de cualquier conocimiento científico o tecnológico, cuando se relacionen con oportunidades comerciales o productivas con la expectativa que contribuyan a desarrollar, fortalecer o mejorar la capacidad competitiva de quien lo encarga, para: i)la fabricación de nuevos materiales, productos o el diseño de nuevos servicios, procesos o sistemas de producción, o ii) la mejora sustancial de materiales, productos, servicios, procesos o sistemas de producción ya existentes. El desarrollo para estos efectos alcanza hasta la materialización de los resultados de la Investigación en un plano, esquema o diseño, así como la creación de prototipos no comercializables y los proyectos de demostración inicial o proyectos piloto.” Definición Desarrollo

No se considerarán actividades de Investigación o Desarrollo, entre otras, las consistentes en: –Pruebas y evaluaciones una vez que un prototipo se transforma en un material, producto o proceso comercializable, que tengan como fin inmediato su inserción en el mercado; –Las mejoras, adaptaciones y análisis de carácter rutinario, repetitivo o menor aplicadas en materiales, productos, servicios o procesos, aunque en ellos se utilice tecnología; –Modificaciones estéticas o menores de aplicaciones ya existentes para diferenciarlas de otras; –Los cambios periódicos o de temporada de materiales, productos o procesos; –La promoción de aquello que sea resultado de Investigación o Desarrollo; –La adquisición de propiedad intelectual o industrial cuando ésta se incluya en el objeto principal de las labores de Investigación o Desarrollo; y –La constitución de propiedad intelectual o industrial que pudiere resultar de labores de Investigación o Desarrollo.

El Gobierno ha introducido una serie de Proyectos de Ley en que se avanza en los aspectos mencionados anteriormente. En particular las iniciativas que se espera tengan mayor impacto son: 1. Ley de Mercado de Capitales II (Promulgado) 2. Ley que incentiva la adopción de Nuevas Tecnologías (Promulgado) 3. Proyecto de Ley: Fondo de Innovación para la Competitividad 4. Leyes de Presupuestos 2006 y 2007 (US$86 millones y US$100 millones al FIC respectivamente) CONTEXTO

Principales instrumentos disponibles para lograr ese objetivo son “matching grants” e incentivos tributarios. Fortalezas y debilidades de cada uno. CONTEXTO Mayor AutomaticidadMayor Control Fiscal Franquicia Automática Subsidio Discrecional EJEMPLOS Crédito tributario por ahorro neto positivo Subvención educacional Bonificación actividades forestales Crédito tributario por donaciones fines deportivos FONDECYT Fuente: Tokman, et. al. (2006)

Pasar desde un gasto total en I+D de 0,68% del PIB a un 2,5% del PIB el año Objetivo de Inversión y Trayectoria Anual