La accion Abog. Alexander Joao Peñaloza M. Etapas del proceso PostulatoriaProbatoriaDecisoria ImpugnatoriaEjecutoria.

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Transcripción de la presentación:

La accion Abog. Alexander Joao Peñaloza M

Etapas del proceso PostulatoriaProbatoriaDecisoria ImpugnatoriaEjecutoria

Postulacion del proceso Proponer pretensiones y defensas Exigir preliminarmente el cumplimiento de los requisitos para una relacion procesal valida Sanear la relacion procesal por acto del Juez o exigencias de las partes Provocar la conciliacion Precisar los puntos controvertidos Juzgar anticipadamente el proceso Crear las condiciones de desarrollo normal del proceso

La accion Del latin actio, ejercicio de la posibilidad de hacer, resultado de hacer Derecho publico, subjetivo, autonomo, y abstracto, por el cual todo sujeto puede acudir ante el organo jurisdiccional en busca de tutela, el mismo que se materializa a traves de la demanda Facultad o poder juridico del justiciable de acudir al organo jurisdiccional en busca de tutela efectiva

Elementos de la accion SujetosCausaObjeto 1.Titular de la accion 2.Sujeto pasivo 3.Organo Jurisdiccional

El Objeto Puede ser entendida en sentido mediato e inmediato Inmediato: Providencia jurisdiccional, por el cual el organo jurisdiccional despliegue todos los actos tendientes a decir el derecho Mediato: Satisfaccion del interes sustancial, ejercicio de la funcion jurisdiccional para ajustar al demandado a una conducta pretendida por el actor

Causa de la accion Referida al interes que motiva su ejercicio dirigido a la obtencion de una sentencia Se mencionan dos elemetos; un derecho y una situacion contraria a ese derecho

Caracteristicas del Derecho de Accion PublicoSubjetivo AbstractoAutonomo

Teorias fundamentales sobre el Derecho de Accion La accion en el Derecho Romano; considerada como parte del derecho subjetivo, no siendo mas mas que el derecho a persegui en juicio lo que se nos debe (nihil aliud est actio quam ius presequendi on iudicio quod sibi debetur) Teoria de la autonomia de la accion; Independiente del derecho subjetivo (Muther, Bulow, chiovenda), se trata de un derecho abstracto y no concreto, poniendose en movimiento la funcion jurisdiccional mendiante el proceso

Los presupuestos procesales Son los elementos que necesariamente deben aparecer para la existencia de una relacion juridico procesal valida Requisitos inprescindibles para la constitucion de un proceso valido, desde su nacimiento, desarrollo y culminacion Requisitos esenciales para la existencia de una relacion juridica procesal valida (Monroy)

Los presupuestos procesales Son las condiciones que deben existir a fin de que pueda tenerse un pronunciamiento cualquiera, favorable o no, sobre la demanda, esto es a fin de que se concrete el poder deber del Juez de proveer sobre el merito Mientras los requisitos de la accion hacen referencia a la relacion sustancial que preexiste al proceso, Los presupuestos procesales son requisitos ateninentes a la constitucion y al desarrollo de la relacion procesal independiente del fundamento sustancial de la demanda

Presupuestos procesales Requisitos necesarios que deben tomar en cuenta los sujetos procesales para la iniciacion, continuacion y desarrollo valido del proceso, y que en el caso que no este presente alguno de ellos determina que el Juez no puede pronunciarse validamente sobre el fondo del proceso

Presupuestos procesales La competenciaLa capacidad procesalRequisitos de la demanda

La competencia Aquella parte de la jurisdiccion que corresponde en concreto a cada organo jurisdiccional singular, según ciertos criterios a traves de los cuales las normas procesales distribuyen la jurisdiccion entre los distintos organos ordinarios de ella

La Capacidad Procesal Aptitud o posibilidad de ser participe de todas las situaciones juridicas contempladas en el derecho positivo, y se adquiere con el nacimiento e inclusive desde la concepc

La parte Es la persona que reclama en nombre propio o en cuyo nombre se reclama, asi como aquella contra la cual se reclama una pretension Aquel que pide tutela jurisdiccional y pretende la actuacion de una norma legal a un hecho determinado y aquel respecto del cual se formula esa pretension, que los que quedan individualizado en la demanda Pareja de contradictores conceptualmente inseparables, formada por dos posiciones antagonicas y reciprocamente complementarias (Calamandrei)

La Capacidad Procesal Mayores de 18 años de edad Mayores de 16 años, siempre y cuando hubiesen contraido matrimonio u obtenido un titulo profesional, u oficio La madre mayor de 14 años, en procesos de alimentos y filiacion En conclusion aquellos que pueden disponer de sus derechos por si o para conferir representacion deisgnando un apoderado judicial, o aquellos facultados por ley

Clases de capacidad Capacidad de Goce; Posibilidad o habilitacion para ser titular de relaciones jurdicias y es inherente a toda persona humana, sin distincion Capacidad de Ejercicio; constituye la aptitud para ejercer derechos y ser sujeto de obligaciones por uno mismo, es decir, sin ser asistido por otro individuo

Capacidad procesal La capacidad nos refiere quien puede ser parte en general, la cuestion de la legitimacion atiende a quien debe serlo en un proceso concreto para que este se realice eficazmente, en consecuencia se distingue: Parte material; persona titular activa o pasiva de la relacion juridica sustantiva Parte procesal; la que realiza la actividad procesal al interior del proceso por derecho propio o en nombre de tercero

La legitimacion 1.Legitimacion ad processum o legitimacion procesal, se concibe como la aptitud o idoneidad para actuar en un proceso, en el ejercicio de un derecho propio o en representacion de otro 2.Legitimacion ad causam o legitimacion en la causa, es aquella condicion juridica en que se halla una persona con relacion al derecho que invoca en juicio, ya sea en razon de su titularidad o de otras circunstancias juridicas que la justifican

Requisitos de la demanda Exigencias de orden legal que deben obligatoriamente cumplirse para acceder al organo jurisdiccional y que luego de su trabajo daran origen al nacimiento de la relacion juridica procesal

Las Condiciones de la accion Requisitos procesales indispensables que permiten al Juez expedir un pronunciamiento valido sobre el fondo del litigio Satta, refiere que aquellas requeridas para obtener la providencia favorable, mientras que los presupuestos procesales son aquellos requeridos para la validez del proceso, y por lo tanto para obtener una sentencia cualquiera que sea

Las condiciones de la accion Interes para obrar Voluntad de la ley Legitimidad para obrar

Voluntad de la ley Elemento intrinseco al proceso Posibilidad juridica, entendida como el hecho de que el interes que aparezca de una relacion deba estar amparado en el ordenamiento legal

Interes para obrar Estado de necesidad de tutela jurisdiccional en el que se halla un sujeto de derecho y que lo determina requerir mediante la via jurisdiccional ante la inexistencia o ante el hecho de haber agotado otra alternativa eficaz, con la finalidad de que resuelva el conflicto de inteses en el cual es sujeto interviniente

Interes para obrar Existira interes cuando la accion que se pretenda constituya el unico medio adecuado para hacer efectiva la proteccion de su derecho Debera ser inmediato, existente y actual Constituido por la necesidad de acudir ante el organo jurisdiccional cuando se han agotado todas las posibilidades de solucionar el conflicto de intereses en la forma o via distinta

Legitimidad para obrar Condicion o cualidad de carácter procesal que el ordenamiento legal sustantivo reconoce a una determinada categoria de sujetos, que faculta a estos para pretender sobre una concreta relacion juridica en el caso del demandate y en el del demandado, para oponerse a las pretensiones esgrimidas en su contra Corresponde a la cualidad que les asiste para accionar y que los habilita legalmente para asumir su posicion procesal

Clases 1.Activa, corresponde al demandante 2.Pasiva, corresponde al demandado 3.Principal, cuando participan los titulares de la relacion juridico material 4.Secundaria, cuando intervienen terceros que acuden en ayuda de una de las partes 5.Ordinaria, se refiere a ser parte en la relacion juridico sustancial objeto del proceso 6.Extraordinaria, tercero legitimado por voluntad de la ley

En conclusion Relacion logica de correspondencia que existe o debe existir entre el demandante concretamente considerado y la persona a quien en abstracto la norma juridica confiere el derecho Posicion habilitante para formular una pretension o para contradecirla

La pretension Deseo o intencion que tiene una persona de conseguir una cosa Declaracion hecha por el sujeto ante el Juez a fin de que este le haga valer frente a su contraparte el reconocimiento o la proteccion o declaracion de un derecho Contenido de la accion, la misma que se dirige contra el adversario Es material y procesal

Principio Dispositivo 1.Las partes son dueñas de los derechos e intereses que se discuten en el proceso 2.Las partes son dueñas absolutas de la pretension y de la continuacion del proceso 3.Vinculan mediante sus pretensiones la actividad decisoria del Juez, quien tiene la obligacion de resolver de modo congruente con respecto de la pretension del actor y la resistencia del demandado

La pretension Declaracion de voluntad, materializada en la interposicion de la demanda o en el ejercicio de la reconvencion, la accion es abstracta, la pretension es concreta Constituye el objeto del proceso, son las razones por las que una persona se presenta ante la justicia y plantea en su demanda un determinado conflicto de intereses

La pretension EZQUIAGA; menciona que «La pretension consiste en la declaracion de voluntad del actor formalizada en la demanda, deducida ante el Juez y dirigida contra el demandado, por la que solicita al organo jurisdiccional uan sentencia para que se declare o niegue la existencia de un derecho, o bien una situacion juridica, cree, modifique o extinga una determinada situacion o relacion juridica, o condene al demandado a una determinada prestacion»

Petitorio Es el contenido de la pretension procesal La pretension en el genero, el petitorio es lo especifico

Objeto de la pretension Es lo que se solicita en la demanda, la materia sobre la que versa Constituida por el petitum y causa petendi

Petitum y causa petendi PETITUM; Consiste en la solicitud de una resolucion judicial idonea para la realizacion de un bien de la vida CAUSA PETENDI; constituida por la indicacion y la determinacion del hecho constitutivo del derecho al bien perseguido, ademas del hecho que determina el interes de obrar en juicio; es la razon, el porque.

Elementos de la pretension SujetosObjeto.- PetitorioCausa