DERECHO REAL DE PROPIEDAD. PARTICIPANTES: ALMANZA, DIDIMO ATENCIO, NINOSKA ESPINOSA, ZUNILKA JIMENEZ, ADA FACILITADOR: Lcda. Lidia González.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Propiedad, copropiedad y modos de adquirir la propiedad
Advertisements

La jurisprudencia salvo alguna sentencia insiste expresamente en que no es una parte del dominio, sino un derecho real en cosa de otro. Y no siendo una.
CICLO DE VIDA DE LOS DERECHOS REALES
MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO
ENCUENTRO REGIONAL NOVEL NEA - CORRIENTES DERECHO DE SUPERFICIE Articulos
ACTO JURIDICO. 1.-Planteamiento General Se trata del estudio sistemático de los mecanismos jurídicos destinados a la satisfacción de intereses privados.
SERVIDUMBRE ARTÍCULO Definición. La servidumbre es el derecho real que se establece entre dos inmuebles y que concede al titular del inmueble dominante.
BACHILLERES CASTRO ORIANNA CI: CONTRERAS LUISANA CI: GOMEZ DANIELA CI: HERRERA ALBA CI: MENDOZA JEFFERSON CI:
Autores: Abache, Eunice Astudillo, Adriana García, Juan García, Mariel Mundaray, Joserraul Mundaray, Raúl Profesor (a): Abg. da Alejandra Duran Derecho.
EXPOSICIÓN DE : DERECHO CIVIL IV TEMA : MASA HEREDITARIA. DOCENTE: ABOG. EDGAR GALDOS AVALOS PARTICIPANTES : * Yovana Ticona Mendoza * Juan Sosa Gomez.
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SINALOA FACULTAD DE DERECHO Derecho Mercantil I Presentación: Clasificacion de las Obligaciones ASESOR: Lic. José Antonio Ramos.
ESCUELA PREPARATORIA No.3
GESTORIA DEL AUTOMOTOR Tramo de Formación Jurídica
Derecho Real de Condominio
DISPOSICIONES GENERALES DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES
UNIDAD I: DERECHOS REALES EN GENERAL
PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
Título V. Propiedad horizontal Capítulo 1. Disposiciones generales
Derecho privado parte gral.
TEORIA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO
Son los REMEDIOS PROCESALES PARA PODER DEFENDER EL ESTADO POSEEDOR
MODOS DE ADQUIRIR EL DERECHO DE PROPIEDAD
Universidad de Chile Facultad de Derecho Derecho Comercial
DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
ELEMENTOS DEL ACTO JURÍDICO
Naturaleza jurídica: es un derecho compartido por varias personas sobre un bien indiviso CONCEPTO: Es la concurrencia de actos posesorios ejercidos por.
LA COMUNIDAD: Es cuando un mismo derecho tiene simultáneamente varios titulares, caso en el cual se habla de comunidad. La comunidad del derecho de propiedad.
Sociedades mercantiles
ANTECEDENTES El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, tras.
DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
VI. LA PERSONALIDAD DEL ESTADO.
Gestión Cultural Gestión en Museos.
Unidad 1 El vocablo Derecho.
UNIDAD XVIII DEL DERECHO DE ACCIÓN.
“CONTRATO DE PRENDA”.
Delimitación de Tierras
APUNTES DE LEGISLACIÓN COMERCIAL I
Unidad VI: Técnica jurídica.
INTRODUCCIÓN A LA P.H..
Defensa Ordinaria. Acción Reivindicatoria La acción reivindicatoria es aquélla en la cual el actor alega que es propietario de una cosa que el demandado.
ESTADO LIBERAL SE LLAMA A CIERTA CONFIGURACIÓN EN EL ORDEN JURÍDICO POLÍTICO DE UN ESTADO CARACTERIZADO POR ASPECTOS TALES COMO LA SEPARACIÓN DE LOS PODERES.
UNIDAD 6: La prescripción (cáns ) Haga clic con el Mouse o apriete Enter para activar cada movimiento... Es un modo de adquirir un derecho subjetivo.
Empresario y empresa Derecho Empresarial VII Ciclo.
DR EN DERECHO HECTOR MARTINIANO APARICIO GONZALEZ PRESENTA
Objetivo. Dar a conocer las nuevas disposiciones y procedimientos correctos para mantener actualizado el inventario de bienes muebles (equipo de cómputo,
Ley de Inscripción de Derechos Indivisos # 2779
COMUNIDAD HEREDITARIA
Principales Sistemas Registrales
Tema X.
DERECHO DE PROPIEDAD.
LA COMPENSACION CONCEPTO SEGÚN MADURO LUYANDO ES LA EXTINCION QUE SE OPERA EN DEUDAS DE DOS PERSONAS CUANDO DICHAS DEUDAS SON OMOGENEAS C. C, ARTÍCULO.
DERECHOS REALES: NOCIONES ESENCIALES
TEMA 002: EL PATRIMONIO PATRIMONIO BIENES OBLIGACIONES DERECHOS UNIVERSALIDAD JURIDICA SUCEPTIBLES DE APRECIACION PECUNIARIA.
 Debe existir intención de reventa con ánimo de lucro, es decir, obtener una ganancia por la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta.
DERECHOS REALES PROPIEDAD POSESION USUFRUCTO USO HABITACION SERVIDUMBRE SUPERFICIE LAS GARANTIAS.
Principales Sistemas Registrales
DERECHO CIVIL III -REALES
SERVIDUMBRE Y USUFRUCTO
Universisad Autnoma de San Luis Potosi
ACTO ADMINISTRATIVO: DELIMITACIÓN CONCEPTUAL, CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS. ELEMENTOS ESENCIALES: COMPETENCIA: CONCEPTO, PRINCIPIOS Y CLASES.
COMUNIDAD HEREDITARIA
CONTRATO MERCANTIL Concepto de contrato mercantil. Jurídicamente existe un contrato cuando dos partes, se comprometen u obligan unilateral o bilateralmente.
Resumen TEMA Palabras clave: Actos de comercio. Comerciante. Documentos Mercantiles Pagaré Letra de cambio Cheque Sociedades mercantiles, sociedad anónima.
Bienes y Sucesiones Usufructo, Uso, Habitación & Servidumbre Profesora: Fabiola Contreras Ramírez.
DERECHO REAL Y PROPIEDAD. DERECHO REAL Juan González, el derecho real es “el poder jurídico que ejerce una persona sobre un bien, de modo directo e inmediato,
UNIDAD 6: La prescripción (cáns ) Haga clic con el Mouse o apriete Enter para activar cada movimiento... Es un modo de adquirir un derecho subjetivo.
Transcripción de la presentación:

DERECHO REAL DE PROPIEDAD

PARTICIPANTES: ALMANZA, DIDIMO ATENCIO, NINOSKA ESPINOSA, ZUNILKA JIMENEZ, ADA FACILITADOR: Lcda. Lidia González

CONCEPTO DE PROPIEDAD Artículo 337 del Código Civil panameño, define el término propiedad como el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. La propiedad de un bien puede recaer a titulo singular sobre una persona e igualmente lo puede ser sobre dos o más personas en cuyo caso adopta la denominación de propiedad mancomunada (derecho romano).

LA PROPIEDAD: antecedentes históricos Durante la época de Cicerón se utilizo el vocablo "mancipium" a fin de designar la propiedad romana y, posteriormente, los términos: "dominium", "dominium legitimum" y "propietas", fueron usados en igual sentido. La propiedad que era legítima por el derecho civil, se expresaba con el vocablo "in bonis haberes”; de ahí surgió la denominación "dominium bonitarium" opuesta al "dominium quiritarium" que hacía referencia a la propiedad amparada por el derecho civil.

LA PROPIEDAD EN LA EDAD MODERNA El triunfo del derecho de propiedad se sacraliza en la Declaración Universal de Derechos Humanos y las Constituciones burguesas: Declaración Universal de Derechos Humanos: 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

BENEFICIOS AL ADQUIRIENTE La llamada "acción publiciana", para cuando el propietario quiritario le arrebatara la posesión de la cosa transmitida pudiera recuperarla ejerciendo esta acción reivindicatoria concedida por el derecho civil a propietario quiritario. La "exceptio dolí", pues como los frutos de las cosas pertenecían al propietario bonitario, puede oponerse esta excepción al enajenante en caso de que esta pretenda la propiedad de estos frutos.

EN LA ACTUALIDAD Actualmente cada país del mundo se rige por normas jurídicas que organizan, reconocen, y protegen la propiedad y el derecho de dominio sobre ella.

DERECHO REAL DE LA PROPIEDAD El derecho real es un poder jurídico, un señorío, una situación que permite al Titular de estos derechos tener en sí la potestad, en la medida de los alcances de Su derecho, sobre la cosa que aquella recae y cuya explotación jurídica y Ostentación es de su exclusividad

IMPORTANCIA La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. El propietario tiene acción contra el poseedor de la cosa para reivindicarla. Hay que mencionar un aspecto muy importante aquí y es que nadie podrá ser privado de su propiedad sino por autoridad competente y por graves motivos de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización.

IMPORTANCIA Otro aspecto importante, es que debemos tener presente, que cuando nos referimos al derecho de propiedad, este abarca no solo ciertos aspectos como lo son: una casa, un terreno, inclusive la propia vida, sino que este va más allá y ampara varios derechos pero cada uno con su propio criterio y formación legal independiente uno del otro.

LIMITACIONES LIMITACIONES DE DERECHO PUBLICO LIMITACIONES DE DERECHO PRIVADO

CARACTERÍSTICAS LA PROPIEDAD ES UN DERECHO REAL; La propiedad es lo primordial y fundamental de los Derechos Reales, ya que los demás parten de ella. LA PROPIEDAD ES UN DERECHO AUTÓNOMO; ya que es oponible (erga omnes) los demás están obligado a respetar el dominio del propietario.

CARACTERISTICAS ES UN DERECHO EXCLUSIVO; La propiedad es exclusiva porque solo le concede al propietario la facultad de usar, gozar y disponer un bien con exclusión de los demás. ES UN DERECHO INVIOLABLE; Lo garantiza la Constitución cuando dice que; el derecho de propiedad es inviolable, el estado la garantiza, se ejerce en armonía del bien común y dentro de los limites de la ley.

CARACTERISTICAS EL DERECHO DE PROPIEDAD ES PERPETUO; la propiedad no se extingue, no tiene limitación temporal, es un derecho perpetuo ES UN DERECHO ELÁSTICO; La propiedad es pura y se encuentra al margen de toda carga o gravamen, sin alterarse su unidad esencial. ES UN DERECHO AUTÓNOMO; No depende de ningún otro derecho, es un derecho principal e independiente

CLASIFICACION POR SUJETO: PUBLICA PRIVADA INDIVIDUAL COLECTIVA PRIVADA COLECTIVA PUBLICA

CLASIFICACION POR NATURALEZA: PROPIEDAD MUEBLE PROPIEDAD INMUEBLE POR OBJETO: PROPIEDAD DESTINADOS AL CONSUMO PROPIEDAD DE BIENES DE PRODUCCION

MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD Son aquellos hechos o negocios o negocios jurídicos que producen traslado de la propiedad en un patrimonio determinado ADQUISICION ORIGINARIA: Ocupación, Usucapión, La Accesión. ADQUISICION DERIVATIVA (Ley, Por Donación, Sucesión Intestada e inhestada, Tradición

MODO DE TRANSMITIR VIRTUAL JURIDICO

INSTITUCIONES ESTATALES INVOLUCRADAS ANATI DIRECCION GENERAL DE INGRESOS IDAAN REGISTRO PUBLICO

Los documentos presentados para su registro donde se constituyan, modifiquen o se extiendan derechos reales sobre bienes inmuebles (fincas). La consecuencia o producto de la inscripción es: servir de medio de constitución y transmisión del dominio de los bienes inmuebles, dar eficacia y publicidad para que dichas actas sean oponibles a terceros, toda vez que las actas sujetas a registro afectan a terceros solo a partir de su presentación en el Registro Público.

REGISTRO PUBLICO INSCRIBEN: PROPIEDAD BIENES MUEBLES MERCANTILES SOCIEDADES ANONIMAS PROPIEDAD HORIZONTAL

DERECHO POSITIVO PANAMEÑO CONCEPTO: LA COPROPIEDAD: La figura jurídica comentada se encuentra regulada en el Titulo VI, del libro segundo del Código Civil que comprende los artículos 400 al 414, bajo la denominación de la comunidad de bienes.

TEORIA Según Camus, la Doctrina Romana sobre la propiedad reza como sigue: "Se sostiene por los romanos en relación con el condominio que los copropietarios tienen derecho a una cuota intelectual o partes pro− indiviso. De manera que según este concepto los poderes de los copropietarios no se ejercen sobre partes materiales de la cosa sino que tienen derechos sobre porciones ideales abstractas.

TIPOS DE COPROPIEDAD La copropiedad que procede del consentimiento o de la voluntad de las partes (condominu convenciona) Sería el caso de dos o más personas quienes adquieren la propiedad de un inmueble (edificio o fundo). La copropiedad legal. Es aquella que se produce por un hecho ajeno a la voluntad. Un ejemplo de ello sería la herencia en que los coherederos son condueños del patrimonio hereditario (comunidad incidental comunis incidens).

EFECTOS DEL DERECHO JUSTINIANEO Ningún copropietario, individualmente puede disponer de su sentido. El copropietario puede disponer de su cuota parte por cuanto no se altera en la esencia del condominio ni la situación de los demás copropietarios. Ello significa que pueden enajenar, gravar o renunciar a su derecho ideal sobre la cosa.

EFECTOS Los copropietarios podían ejercer cualquier acción real o personal contra terceros o contra los copropietarios. Un ejemplo de ello sería la acción reivindicatoria o la acción negatoria.

DERECHO COMPARADO articulo 161 del c.c. de bolivia. Es la figura jurídica a través de la cual la propiedad corresponde en común a varias personas, aplicándose al efecto las mismas reglas del derecho de propiedad. La copropiedad es una modalidad del derecho de propiedad que recae sobre un derecho cuyo objeto es una cosa indivisa donde existen una pluralidad de sujetos, tendencia que es la mas aceptada por nuestro ordenamiento jurídico.

DERECHO REAL DE LA PROPIEDAD

MUCHAS GRACIAS