República de Panamá Ministerio de Gobierno y Justicia

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Transcripción de la presentación:

República de Panamá Ministerio de Gobierno y Justicia Decreto Ejecutivo N0. 713 De 27 de julio de 2010 Que modifica el decreto ejecutivo 640 del 27 de diciembre de 2006, por el cual se expide el Reglamento de Transito Vehicular de la republica de panama

Que en atención a dicha facultad, el Organo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia aprueba el Decreto Ejecutivo No. 640 de 27 de diciembre de 2006, el cual prohíbe en el artículo 250, la prestación del servicio de transporte público en un vehículo no autorizado por la ATTT. El Presidente de la República en uso de sus facultades constitucionales y legales. Considerando Que, de conformidad con el artículo 9 de la ley 34 de 28 de julio de 1999, modificada por la ley 42 de 22 de octubre de 2007,son atribuciones de la Junta Directiva de la Autoridad del tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), elaborar y someter al Órgano Ejecutivo, para su aprobación mediante decreto los reglamentos para el cumplimiento de sus fines.

Que, se hace necesario adoptar medidas legales, tendientes a establecer sanciones más rigurosas a los infractores, con el fin de reducir prácticas contrarias a las disposiciones legales en materia de reconocimiento para ejercer la actividad y seguridad de los pasajeros transportados en dichos vehículos.

DECRETA Artículo 1: Modifíquese el artículo 250 del Decreto Ejecutivo No. 640 de 27 de diciembre de 2006, el cual quedará así: Artículo 250: El conductor que sea sorprendido prestando el servicio de transporte público en un vehículo no autorizado por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, según lo dispuesto en el inciso “o” del Artículo 132, será sancionado dependiendo de la reincidencia en la violación. Que, considerando los lineamientos esbozados, y con fundamento en la Resolución de Junta Directiva No. ID 04 de 21 de abril de 2010, se adoptan las medidas correspondientes a fin de sancionar pecuniariamente a todos aquellos infractores de dicha disposición legal.

Comuníquese y cúmplase Artículo 2: El presente Decreto entrará a regir a partir de su promulgación. Fundamentos de Derecho: Ley 14 de 26 de mayo de 1993, modificado por la ley 34 de 28 de julio de 1999 y la ley 42 de 22 de diciembre de 2007, ley 38 de 31 de julio de 2000 y la ley 19 de 3 de mayo de 2010. Comuníquese y cúmplase Dado en la ciudad de Panamá, a los 27 días del mes de Julio de dos mil diez (2010). Ricardo Martinelli Berrocal Presidente de la República. Roxana Méndez Obarrio Ministra de Gobierno