RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
TEMA VI. LAS OBLIGACIONES.
Advertisements

Contratos en General.
UNIDAD VI – PUNTO 4 EXTINCION DEL ACTO ADMINISTRATIVO
Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías:
Extinción de los Actos Administrativos
El Seguro de Caución y la Fianza
CONCEPTO DE OBLIGACION. FUENTES Y ELEMENTOS DE LA RELACION OBLIGATORIA
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
Responsabilidad Civil
OBLIGACIONES Y CONTRATOS
Extinción Contratos Administrativos
CONTRATO DE TRANSPORTE.
ELEMENTOS ESENCIALES DE LA OBLIGACION
LA MOROSIDAD EN LOS CONTRATOS PRIVADOS DE LOS EMPRESARIOS Juan José Marín López Catedrático de Derecho Civil Cámara Oficial de Comercio e Industria Madrid,
CAPITULO VIII : FIN DEL PROCEDIMIENTO LEY N° 27444
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
Prof. Dr. José María Breuer Planas
 Es el cumplimiento de la prestación objeto de la obligación.
NULIDADES PROCESALES 2014.
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
OBLIGACIONES SIMPLEMENTE MANCOMUNADAS.
ALGUNOS ASPECTOS JURIDICOS SOBRE EL CONTRATO ELECTRONICO Por Luís Alfonso Jurado Viscarra.
2 RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES (ámbito mercantil y tributario) Régimen legal Ignasi Costas EBAME & Associats 17 de diciembre de 2002.
RESPONSABILIDAD CIVIL - II A) Responsabilidad Contractual: Es la que la ley le atribuye al deudor por el daño causado a su acreedor por la inejecución.
EL PAGO.  Concepto  Regulación del pago Integridad Indivisibilidad Quien puede pagar A quien se paga. Que se paga. Donde se paga. Oportunidad del pago.
AUTORA: Nicole Anamaría Rivera Vega
ALGUNOS CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALES
LA RESPONSABILIDAD CIVIL
Sociedad simple.
Dra. Laura Rodríguez Universidad Católica Argentina Curso de Gerenciamiento Estratégico de Instituciones de Salud.
Son aquellos en los que los sujetos de la relación jurídica tienen la doble calidad de acreedor y deudor. Nos referimos a la pluralidad de prestaciones.
Prof.Norma Beatriz MARTINEZ.  ARTÍCULO POR PRESCRIPCION:  Derechos reales se adquieren  Derechos personales se pierden  CON EL TRANSCURSO DEL.
NULIDAD E INEXISTENCIA DEL ACTO JURÍDICO
Unidad Nro. 17 CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES (CONT.)
UNIDAD V CODIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LEY N° 3559 ACTO ADMINISTRATIVO.
Ejecución directa de la obligación (in specie o in natura)
2a. PARTE: DE LAS OBLIGACIONES Y SUS FUENTES
RESARCIMIENTO Lida Regina Bula Narváez 18 de octubre de 2013
 “Es la clausula accesoria incorporada a un acto jurídico por la cual se conviene en pagar determinada prestación para el caso de incumplimiento de las.
Obligaciones de Objeto Múltiple. Noción
LA QUIEBRA (PROCESOS CONCURSALES) Artículos Código de Comercio
ESCUELA DE DERECHO OBLIGACIONES II EFECTOS DEL CONTRATO
CONTRATOS CONVENCIÓN POR LA CUAL UNA PARTE SE OBLIGA PARA CON LA OTRA O AMBAS RECÍPROCAMENTE A DAR, HACER O NO HACER ALGO.
Son modos de extinción de un contrato válido RESCISION.
MEDIOS DE TÉRMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
TEMA 4: LA VIGENCIA Y EFICACIA DE LAS NORMAS
CONTRATO DE SEGURO Derecho Mercantil.
LA RESPONSABILIDAD Ambitos CIVIL PENAL.
Introducción a las Contrataciones en Ingeniería
EL INCUMPLIMIENTO Por: Dajhana Cano Echeverri Mayerlim Cataño Álzate
TIPICIDAD Y ATIPICIDAD Mtro. Jorge Martínez Cruz
OBLIGACIONES II REGLAMENTOS DE INDEMNIZACIÓN DE LOS CONTRATOS UNIDAD II (TEMA 4) MSc. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPÚBLICA.
Unidad 3,c) IMPUTABILIDAD DE LOS ACTOS VOLUNTARIOS.
MODOS DE GARANTIZAR ACUERDOS PREVENTIVOS DANIEL ROQUE VÍTOLO © Vítolo Abogados S.A.
Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Seguro de Responsabilidad Civil (Art. 109 a 120) Prof. CP Gabriel F Pérez.
Mariela B. Castro T R A N S A C C I Ó N. Mariela B. Castro Modificaciones Metodología: reubicación normativa a Contrato Particular; Criterio del Proy.’98.
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
RESPONSABILIDAD CIVIL PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD
GARANTIAS.
JUAN PABLO MARES Abogado
Obligaciones con pluralidad de sujeto
LA NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO
La reparación civil en las sentencias absolutorias
Presupuestos Generales de la Responsabilidad Civil Extracontractual
Relación de causalidad Presupuestos de la responsabilidad civil Clase de Grado.
RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE LAS COSAS Factor de atribución Subjetivo:  Culpa  Dolo Objetivo:  Riesgo creado  Garantía  Equidad  Abuso del derecho.
Obligaciones civiles UVM CAMPUS PUEBLA MAESTRO MARCO ANTONIO GARCÍA GARCÍA.
DERECHOS REALES DE GARANTIA
CAPACITACIÓN PARA TRABAJO EN ALTURAS RESPONSABILIDAD LEGAL
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
Transcripción de la presentación:

RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Prof.Norma Beatriz MARTINEZ RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL

Causa fuente: inejecución de una obligación emergente de un contrato Vínculo preexistente Deber jurídico específico Deudor prestación contractualDeudor prestación indemnizatoria Obligación principalObligación principal+accesoria Conducta obrada =/= Conducta esperada Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Incumplimiento+mora Contrato (art.1137)= norma individual Principio de autonomía de la voluntad (art.1197) Artículo 1198 (buena Fe) INCUMPLIMIENTO (TOTAL,PARCIAL,DEFECTUOSO) Incumplimiento+moraRESPONSABILIDAD CIVIL MORA: ARTÍCULO 509, CC MORA: FALTA DE CUMPLIMIENTO OPORTUNO DE LA PRESTACIÓN Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

MORA CONSTITUCIÓN EN MORA ¿Cómo se constituye en mora? ¿Cuándo se constituye en mora? Quién constituye en mora? INTERPELACIÓN: REQUERIMIENTO DE PAGO VÍA JUDICIAL/VÍA EXTRAJUDICIAL INCUMPLIMIENTO POR ERROR/INCUMPLIMIENTO POR DECISIÓN Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Incumplimiento Incumplimiento reprochable= sanción DOLO/CULPA Factor de imputación subjetivo RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL: ARTÍCULOS 506/514 Y 519/522 Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

normativa Artículo 506: incumplimiento doloso. Dolo en sus 3 acepciones: 1.dolo vicio: 931, CC 2.dolo obligacional: 521, CC 3.dolo delictual: 1072, CC DOLO OBLIGACIONAL: 2 ELEMENTOS 1.ELEMENTO POSITIVO: POSIBILIDAD DE CUMPLIR 2.ELEMENTO NEGATIVO: PREVISION DEL SUJETO DE NO CUMPLIR. Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Dolo obligacional Efectos del dolo obligacional Extensión del resarcimiento: consecuencias inmediatas+mediatas (artículo 521: también) Artículos 901+903+904 Previsibilidad objetiva agravada por el manejo del curso causal (< álea del resultado) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

DOLO OBLIGACIONAL ARTÍCULO 506: DOLO DEL DEUDOR DOLO DEL ACREEDOR = Prueba del dolo. Principio general (todo aquel que invoca un hecho en base al cual funda un derecho debe probarlo) Recurrir a indicios concordantes y objetivos Banco $ 100.000. Debo $ 5000. NO PAGO PORQUE NO QUIERO Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 507 PROHIBICION DE DISPENSA DEL DOLO FUTURO Cláusula contractual de dispensa previa Contrario a la buena fe, a la moral, a las buenas costumbres (artículo 953) Condición puramente potestativa (artículo 542, CC) PROHIBICION DE DISPENSA: ABSOLUTA O RELATIVA? Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

ARTÍCULO 507 NO PUEDE DISPENSARSE EL DOLO FUTURO PUEDE DISPENSARSE EL DOLO PASADO??? A falta de pruebas…. Sólo consecuencias inmediatas Renuncia expresa o tácita Transacción Modos extintivos de las obligaciones Liberación parcial de la obligación (sólo de la accesoria) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 507 Contrato con cláusula de dispensa futura: nulo o anulable Nulidad absoluta o relativa Absoluta: si afecta a una obligación principal Relativa: se expurga el vicio quitando la cláusula Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 508 Nos introduce a la mora Deudor moroso: responde por su morosidad Cumplimiento tardío o defectuoso Si hay daño: reparar. Si paga fuera de término y el acreedor entrega recibo de pago: la obligación se extingue (sin derecho a reclamo de daños y perjuicios) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 508 Si deudor paga fuera de término y acreedor hace reserva de pago: tiene derecho a percibir los daños y perjuicios que se le causaron Lo accesorio sigue la suerte de lo principal Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 509 MORA: falta de cumplimiento oportuno de la prestación Mero incumplimiento es relevante jurídicamente? Actividad del acreedor: constitución en mora La mora se regula según la exigibilidad de la obligación. Modalidad: plazo (exigencia de la prestación). Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 509 Antes de la Ley 17711: siempre había que interpelar Después de la Ley 17711: no siempre hay que interpelar Primer párrafo 509: obligaciones a plazo cierto: mora automática (incumplimiento=responsabilidad civil) Ejemplo: contrato de alquiler. Pago canon del 1 al 5 Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 509 Excepciones: 1) autonomía de la voluntad (igual interpelar) 2) existencia de un factor impeditivo (1201=510) Segundo párrafo: obligación a plazo incierto pero surge de la naturaleza y circunstancias de la obligación. Hay que interpelar. Escritura de la venta de un bien inmueble se firmará cuando estén los certificados respectivos. INTERPELAR: VÍA JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 509 Tercer párrafo: obligaciones sin plazo. SOLO VIA JUDICIAL EL ACREEDOR PUEDE ACUMULAR LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN TE PRESTO $10000 HASTA QUE MEJORES DE FORTUNA… Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

ARTÍCULO 509 INTERPELAR: INTIMAR AL DEUDOR A QUE PAGUE INTERPELACION: REQUISITOS EXTRÍNSECOS (PRUEBA FEHACIENTE)+REQUISITOS INTRÍNSECOS (categórico, imperativo, apropiado, circunstanciado) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

interpelación Categórico/imperativo: intimo a Ud. a que proceda a abonar la suma de pesos… Apropiado: intimo a Ud a que proceda a abonar la suma de pesos …. ($.....) que como obligación asumiera mediante contrato de compraventa formalizado con Ud. el día 27/7/09, la que se encuentra incumplida… Circunstanciado: intimo a Ud. a que en el plazo de 48 horas proceda a abonar la suma…. A tal fin deberá hacerse presente en el estudio jurídico de…. Sito en calle…. De la ciudad de…. Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

mora Incumplimiento+mora+interpelación responsabilidad civil De todos modos hay incumplimientos sin responsabilidad: si media caso fortuito o fuerza mayor Factores ajenos o extraños al sujeto incumplidor El incumplimiento no le es imputable El daño tampoco le es imputable al deudor incumplidor Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

eximentes Caso fortuito y fuerza mayor operan como eximentes (artículos 513 y 514, CC) Hechos de la naturaleza o del príncipe derivados de cursos causales sobrevinientes Otra eximente: acreedor moroso (obligaciones recíprocas bilaterales) No hay mora en los actos ilícitos ni en obligaciones de no hacer Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

EFECTOS DE LA CONSTITUCIÓN EN MORA A) identifica al deudor incumplidor de la prestación contractual como deudor de la prestación indemnizatoria B) opera la traslación de los riesgos (contingencias a que se somete la cosa cierta debida por una causa ajena a las partes) Inhabilita al moroso a constituir en mora al deudor recíproco y a resolver el contrato Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

mora Cesa por el pago Cesa por la renuncia del acreedor (entrega recibo de pago sin reserva o expresamente renuncia a su derecho al reclamo de daños y perjuicios) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Exceptio non adimpleti contractus Del derecho romano Artículo 510= 1201 Caso de obligaciones recíprocas y conexas El incumplimiento de una parte habilita el incumplimiento de la otra sin responsabilidad y con resolución Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 511 Inejecución culposa de la prestación contractual Concordancia con el artículo 520 Dolo o culpa= reparar daños y perjuicios aunque en distinta medida Factor de atribución subjetivo Casos de responsabilidad contractual objetiva (contratos de espectáculo público o deportivo, de transporte o relaciones de consumo. Factor de atribución: obligación de seguridad o garantía) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

CULPA ARTÍCULO 512. CULPA SUPONE ACTUAR REPROCHABLE ERROR DE CONDUCTA FALTA DE DILIGENCIA/FALTA DE PRUDENCIA/FALTA DE PERICIA OMISIÓN DE LAS DILIGENCIAS QUE EXIGE LA NATURALEZA DE LA OBLIGACIÓN SEGÚN LAS CIRCUNSTANCIAS DE PERSONA, DE TIEMPO Y DE LUGAR Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

culpa Análisis concreto, subjetivo y ex ante (todo lo contrario que en la relación de causalidad) Basta con que el sujeto haya estado en condiciones de prever las consecuencias de sus actos Goldenberg/Los Arcos: “verdadera pieza jurídica” Nota: la sola ley es la conciencia del juez….el artículo se limita a ser un consejo para el juez quien debe ponderar en cada caso concreto, acorde a la naturaleza de la obligación y las circunstancias de personas, de tiempo y de lugar…. Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prueba de la culpa La culpa se presume Basta acreditar la existencia del contrato y su no cumplimiento Se invierte la carga probatoria: el deudor debe probar que cumplió Si no cumplió es porque no adoptó las diligencias necesarias…. Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Dispensa de la culpa La dispensa de la culpa no está prohibida por ley Está permitida la dispensa de la culpa anticipada??? Obligaciones asumidas con la condición de no recibir sanción alguna ante la falta de diligencia para su cumplimiento atentan contra el bien común, la moral y las buenas costumbres…. Fomentan la desidia Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Dispensa de culpa Dispensa anticipada de culpa total: no Dispensa anticipada de culpa parcial: si Principio de autonomía de la voluntad Dispensa de culpa pasada: derecho disponible y renunciable Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículos 513 y 514: eximentes Caso fortuito y fuerza mayor Eximentes de responsabilidad= suponen la liberación del deudor Artículo 513: el deudor incumplidor NO RESPONDE POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS que resultan de caso fortuito o fuerza mayor (ppio.gral.) EXCEPCIONES A LA EXIMENTE: 1) convención por la que deudor asume el caso fortuito (pacto de garantía) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

EXIMENTES 2) SI CF O FM ocurre por culpa del deudor (hecho del deudor por el que debe responder) 3) CF o FM ocurre cuando el deudor ya está en mora (opera la traslación de los riesgos) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

eximentes Artículo 514: caso fortuito es aquel que no puede preverse o que previsto no puede evitarse Imprevisiblidad o inevitabilidad Supera la previsibilidad objetiva CF o FM sinónimos (= consecuencia jurídica) Eximen porque cortan el nexo causal Curso causal ajeno o extraño al sujeto incumplidor Supone una imposibilidad absoluta de cumplimiento (ni el deudor ni nadie pueden cumplir) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

eximentes Curso sobrevinientes Caso fortuito: hechos de la naturaleza Extraordinarios (contrarios a ordinarios según el curso natural…) Casus: robo de un automotor en Bs As??? Atentado de la eta en Argentina??? Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

PRUEBA DEL CASO FORTUITO PRINCIPIOS GENERALES Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

ARTÍCULO 519 SIENTA UN PRINCIPIO GENERAL DE LA RESPONSABILIDAD CONCUERDA CON EL ARTÍCULO 1068 DEUDOR INCUMPLIDOR DEBE SATISFACER LA PÉRIDA SUFRIDA Y LA UTILIDAD DEJADA DE PERCIBIR POR LA INEJECUCIÓN DAÑOS Y PERJUICIOS DAÑOS PATRIMONIALES Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

ARTÍCULO 520 JUNTO AL 521 regulan la extensión del resarcimiento (consecuencias por las que el deudor debe responder) 520: pone en cabeza del deudor incumplidor las consecuencias inmediatas (901-903) que son siempre imputables Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 521 Adjudica las consecuencias mediatas sólo al deudor incumplidor doloso (901-904). Basta con que haya podido preverlas Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Artículo 522 Daño moral. El juez PODRÁ No es normal que se generen perturbaciones extraordinarias al espíritu en el ámbito de los negocios Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

DAMINIFICADOS SOLO DIRECTOS ARTÍCULOS 1191 Y 1195 RES INTER ALIOS ACTA Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

prescripción Artículo 4023, CC: 10 años Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ

Prof.Norma Beatriz MARTINEZ