LOS C O N C U R S O S C O M E R C I A L E S
LEY DE CONCURSOS y QUIEBRAS Ley de derecho económico: * personas físicas: comerciantes no comerciantes, fallecido menor de edad * personas jurídicas: asociac. sociedad civil y com. cuestiones de indole patrimonial
Cuestiones patrimoniales Dinero Obligaciones (deudas) Derechos (créditos) Efecto: sobre los bienes existentes en el país y créditos exigibles en el país EL PATRIMONIO: “PRENDA COMÚN DE LOS ACREEDORES”
Caracteres de la L.C .Q. Ley de Fondo * de Sustancia Económica interés de orden público interés privado del deudor interés de los acreedores * de Sustancia Jurídica La Igualdad de todos los Acreedores La Protección de la Empresa
Caracteres de la L.C .Q. Ley de Forma (Procedimiento) Actuaciones procesales * Deudor * Acreedores, síndico, peritos, terceros interesados * Juez -FUNCIONES/ OBLIGACIONES /CARGAS- COMITÉ DE ACREEDORES
LOS CONCURSOS COMERCIALES La Función Social de la Empresa La Importancia del Crédito Las Dificultades Económicas El Contagio de la Crisis
EL ESTADO DE CESACION DE PAGOS PRESUPUESTO JUDICIAL NECESARIO PARA LA APERTURA DEL CONCURSO
CARACTERISTICAS DE LOS CONCURSOS Proceso Judicial Universal Colectivo Unico Fuero de Atracción # Los procesos individuales
LEY APLICABLE Ley Argentina - Sobre bienes existentes en el país - Obligaciones exigibles en el país Vencidas y futuras, pendientes de pago Ley Extranjera Concursos declarados en país extranjero - Reciprocidad-
Clases de Concursos Acuerdo Preventivo Extrajudicial Concurso Preventivo Quiebra
Acuerdo Preventivo Extrajudicial A.P.E. Presupuesto Necesario: Estado de Cesación de Pagos O Dificultades Económico- Financieras
Clases de Concursos Judiciales El Concurso Preventivo La Quiebra Presupuesto Necesario: Estado de Cesación de Pagos
La Finalidad de los Concursos A.P.E. * Homologación de Acuerdos “resolutorios” de la crisis Concurso Preventivo La Quiebra * Liquidación de Bienes * Distribución de su producido (Pago)
El Sujeto del Concurso Personas Físicas: mayores deudor moroso arts. 2 - 5 y 77 Personas Físicas: mayores menores patrimonio del fallecido Personas Jurídicas: Asociaciones Sociedades S .A con partic. del Estado Con: - Bienes en el país - Obligaciones exigibles en el país Exclusiones legales: entidades sometidas a control estatal
El Juez Competente Concurso Declarado en el Extranjero Competencia art. 3 Cuestiones de: Jurisdicción Competencia Concurso Declarado en el Extranjero -art 4-
PEQUEÑOS CONCURSOS arts. 288 y 289 Particularidades: Pasivo: $100.000 20 acreedores 20 dependientes Exime de requisitos: NO certificación del pasivo,activo por c.p.n. No Salvataje de la Empresa No Comité de Acreedores
Globalización modelo de economía “universal” Grupos empresarios desarrollan economía contribuyen al bienestar general Abuso de posición dominante/control Sanción si dominan el mercado, imponen precios
Normas reguladoras Derecho de clases : consumidores, niños, ancianos, los trabajadores, jubilados, enfermos de cáncer, autistas. Derecho de Grupos económicos: ley de defensa del consumidor ley de defensa de la competencia
Concentración de empresas El grupo económico Concentración de empresas Grupo económico = conjunto económico dos o más personas físicas o jurídicas Fenómeno económico (no jurídico) Relaciones de coordinación o subordinación de hecho : provee materia prima, contrata servicios de derecho: compra acciones, consorcio de cooperación ACE , UTE (si tienen posición dominante)
Apertura del C.P. del grupo económico Grupo económico: dos o más personas Proceso voluntario Requisitos. Que integren permanente un conjunto: coordinación, control, dirección unificada Petición del CP del “conjunto de empresas” Demostrar la existencia del c.e : exteriorización Legitimación procesal activa:una empresa en c.p La cesación de pagos. afecta o puede afectar a las demás empresas
Proceso del c.p. del grupo Juez competente Identificación miembros/varios procesos Sentencia única Un mismo síndico Un informe general único Propuesta únificada/ propuestas individuales La totalidad de acreedores observaciones a todos los créditos Un Comité de Acreedores único