Asociación Europea de Libre Comercio – AELC - o EFTA Conformada por: Suiza, Liechtenstein, Noruega e Islandia.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Asamblea General Ordinaria
Advertisements

Historia de los acuerdos comerciales
IX ASAMBLEA NACIONAL DE AFILIADOS
PROTOCOLO AL ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN Y COMERCIO Antecedentes.- El 26 de marzo de 2010 se suscribió el Acuerdo Marco de Cooperación y Comercio. El.
Los Tratados de Libre Comercio y el Proceso de Integración Andino Julio de 2004 Emb. Allan Wagner Tizón Secretario General de la Comunidad Andina.
Los Tratados de Libre Comercio y el Proceso de Integración Andino Cumbre de Liderazgo Internacional de las Américas 2004 Quito, 8 de junio de 2004 Emb.
COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA Acuerdos de cooperación en materia de competencia Antonio González Quirasco Abril de 2003.
Movimiento de personas
XIX Congreso de la Asociación Nacional Cajas de Compensación – ASOCAJAS Octubre 2007.
1 Banco de Proyectos de Inversión Productiva (BaPIP) Hacia una Nueva Generación de Políticas de Promoción y Desarrollo de Inversiones en Argentina Ministerio.
EFTA PORQUE LOS COLOMBIANOS SOMOS POBRES Video Completo [
Guillermo Rodrigo Corredor C, Octubre 19 de 2012
1 Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Económicas y Sociales Comisión de Estudios para Graduados (CEAP) Área de Relaciones Internacionales.
Y el Sistema de Normalización y Evaluación de la Conformidad
Europan Free Trade association
Teresa Mera Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Setiembre, 2012.
  TLCAN.
MEDIDAS DE TRANSICIÓN COMERCIAL
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia Bogotá, Octubre 7 de 2011 XIII Congreso de FITAC y V Jornadas de Derecho Aduanero Libre.
Nicolás Potdevin Stein
FORO DESAFÍOS DE LOS TRATADOS COMERCIALES Desafíos de la Implementación del TLC con EE.UU.. FORO DESAFÍOS DE LOS TRATADOS COMERCIALES Desafíos de la Implementación.
¿Qué es un tratado de libre comercio?
China: Oportunidades Frente a una Nueva Potencia
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia.
Acuerdo Chile - EFTA Rodrigo Contreras A. Jefe Dpto. Acceso a Mercados
Acuerdo de Alcance Parcial Chile India.
Luis Gilbert Indira Fuentes Víctor Barco
COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR C.A. EN EL AMBITO ADUANERO DENTRO DEL COMPONENTE O PILAR COMERCIAL DEL ACUERDO DE ASOCIACIÓN (ADA o AA) PRAIAA PROYECTO REGIONAL.
NAFTA (NORTH AMERICAN TRADE FREE AGREEMENT)
Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio
Tratado de Libre Comercio Chile - México
Representación Permanente de México ante la ALADI
SISTEMA ARANCELARIO Profesor: Arnaldo Jelvez Alumnos: Claudia Peña
INTEGRACIÓN ECONÓMICA.
Bloques y acuerdos comerciales
DE LA POLITICA INTERNACIONAL A LAS NEGOCIACIONES MULTILATERALES:
La OMC y la FACILITACIÓN del COMERCIO. 2 La organización internacional que rige las normas del comercio entre las naciones.
Normas de Origen Marco Teórico.
Las Reglas de Origen disponen que los bienes se considerarán originarios de la región cuando se produzcan en su totalidad en cualquiera de los 15 países.
ACCESO A MERCADOS DE BIENES INDUSTRIALES
La política comercial hacia Tailandia y el Asia
Acuerdo de Asociación entre la UE y la CAN: ¿dónde estamos y hacia dónde vamos? Universidad Nacional de Colombia Alejandro Vélez Goyeneche Vicepresidente.
CAPITULO II Entró en vigor el 2 de enero de fue creada en 1960 en el tratado de Montevideo 1960 por Argentina, Brasil, Chile,
Perspectivas de la Unión Aduanera Andina
TLC.
María Fernanda Caso Salazar
Gómez Rebeca Medina Héctor
TLC Chile - Japón.
INTEGRACIÓN ECONÓMICA II PARTE Econ. Guido Macas A.
COMUNIDAD ANDINA.
Angeles España.  Este Tratado contribuirá a incrementar el flujo comercial entre las Partes, en el lapso de 10 años, mediante la concesión de preferencias.
POLITICA EXTERIOR DEL ECUADOR ANÁLISIS. COMPETENCIAS DE LA CANCILLERÍA EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR E INTEGRACIÓN Decretos Ejecutivos números 7 y 144.
ING. SUSANA ARROYO GONZÁLEZ
PRESENTADO POR: Cindy Mayerli Acosta Carol León Moreno.
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA ECOTEC. ISO 9001:2008 POLITICA EXTERIOR DEL ECUADOR ANÁLISIS Econ. Guido Macas Acosta DOCENTE UNIVERSIDAD ECOTEC 1.
(TLC).  Un Tratado de Libre Comercio (TLC) consiste en un acuerdo comercial regional o bilateral para ampliar el mercado de bienes y servicios entre.
Las Barreras No Arancelarias al Comercio Internacional
NEGOCIACIONES COMERCIALES
TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia POLITICA DE COMPETENCIA EN EL AREA DE LIBRE COMERCIO DE LAS AMERICAS -ALCA- Santiago.
TPP: Panorama General Contexto  Ronda Doha - milenio  FTAAP Apec – año Chile  P4 (2005 – 2006)  Coexistencia bilaterales.
TPP: Resultados en Acceso a Mercados La Negociación de Acceso a Mercados  Aranceles, cronogramas  Disciplinas comercio de bienes  Reglas de.
TPP: Comercio de servicio e inversiones
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia PERSPECTIVAS DEL ALCA Claudia María Uribe Viceministra de Comercio Exterior ICONTEC 5.
La Organización Mundial del Comercio (OMC)
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia.
 Un Tratado de Libre Comercio (TLC) consiste en un acuerdo comercial regional o bilateral para ampliar el mercado de bienes y servicios entre los países.
Los TLC y UNASUR. Estamos en la época de la globalización económica y ningún país que busca la prosperidad económica y social de su población puede estar.
Acuerdos de la OMC  Las normas de la OMC — los acuerdos- son fruto de negociaciones entre los Miembros. Son realmente acuerdos negociados por los gobiernos.
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia.
Transcripción de la presentación:

Asociación Europea de Libre Comercio – AELC - o EFTA Conformada por: Suiza, Liechtenstein, Noruega e Islandia

Asociación Europea de Libre Comercio – AELC - o EFTA Islandia Noruega Suiza Liechtenstein

SUIZA

SUIZA

COMERCIO BILATERAL CON COLOMBIA SUIZA COMERCIO BILATERAL CON COLOMBIA Entró en vigencia el 1 de julio de 2011

Liechtenstein

Liechtenstein

COMERCIO BILATERAL CON COLOMBIA Liechtenstein COMERCIO BILATERAL CON COLOMBIA Entró en vigencia en el mes de Agosto de 2012

Islandia

Islandia

COMERCIO BILATERAL CON COLOMBIA Islandia COMERCIO BILATERAL CON COLOMBIA Firmado el 25 de Noviembre de 2008, pero no se encuentra en vigencia

Noruega

Noruega

COMERCIO BILATERAL CON COLOMBIA Noruega COMERCIO BILATERAL CON COLOMBIA Firmado el 25 Noviembre de 2008, ya se encuentra suscrito, pero aun no se encuentra en vigencia

Resumen del TLC entre Colombia y los estados AELC (EFTA)

ANTECEDENTES -Colombia, conjuntamente con Perú, inició negociaciones en junio de 2007 encaminadas a firmar un TLC con los países de la Asociación Europea de Libre Comercio - AELC EFTA -Para el período 2007-2009, la agenda del Gobierno incluyó principalmente la negociación de Acuerdos de Libre Comercio con Canadá, con los países de la Asociación Europea de Libre Comercio – EFTA, y con la Unión Europea. Para el caso de EFTA esta meta se cumplió en el mes de noviembre de 2008 y se espera que con ello, Colombia logre acceso preferencial para más del 80% de sus exportaciones, en un mercado ampliado conformado por 45 países y estimado en mil millones de consumidores.

ALCANCE DEL ACUERDO La importancia de este Tratado para Colombia se puede resumir en los siguientes puntos: -Ampliación de mercados: Para el gobierno colombiano es prioritario fortalecer el acceso de nuestras exportaciones con mayor valor agregado a mercados, como el de los países de la AELC, que se caracterizan por su alto poder adquisitivo. -Expansión y diversificación de inversiones: Es de gran interés para nuestro país potenciar la expansión y la diversificación de las inversiones de los países miembros de la AELC en Colombia. -Fortalecimiento y ampliación de lazos de integración con países de Europa: Colombia y los Estados miembros de la AELC comparten un decidido interés en fortalecer los lazos económicos, de inversión y de cooperación. Este primer paso, permitirá que en el futuro se concreten iniciativas similares con otros países del continente europeo.

CONTENIDO DEL ACUERDO El Acuerdo con los Estados EFTA incluye un Acuerdo de libre comercio de aplicación multilateral con los cuatro países EFTA y tres Acuerdos complementarios bilaterales, negociados y firmados individualmente con Suiza, Noruega e Islandia. Este Tratado tiene entre sus objetivos crear un espacio comercial libre de restricciones y buscar el crecimiento y el desarrollo económico continuo e integral de los países signatarios. estimular la protección del medio ambiente y los derechos de los trabajadores, y la superación de la pobreza. También reconoce las diferencias en los niveles de desarrollo y el tamaño de las economías de los Estados EFTA y Colombia y la importancia de crear oportunidades para el desarrollo económico. Así, el ALC no solamente contempla la liberalización del comercio de bienes, agrícolas e industriales, reglas de origen, procedimientos aduaneros y facilitación del comercio, sino que también incluye compromisos sobre el comercio de servicios, tránsito de personas, telecomunicaciones, comercio electrónico, normalización técnica, medidas de inversiones, política de competencia, propiedad intelectual y cooperación para el fortalecimiento el ámbito del Acuerdo puede describirse así:

Acceso de mercancías

Servicios e Inversión

Temas transversales Además de los 13 capítulos que conforma el Acuerdo de Libre Comercio con los estados EFTA, se incluyen también 20 anexos, un intercambio de Cartas en materia de suministro de servicios de Administración de Fondos de Pensiones y un Memorando de Entendimiento en Servicios, y lo complementan los tres Acuerdos sobre Agricultura lateral con Suiza, Noruega e Islandia.

Acceso a los mercados de bienes agrícolas En materia de acceso a los mercados de bienes agrícolas, el EFTA comprende dos grupos de bienes: -Productos Agrícolas Básicos – PAB, -Productos Agrícolas Procesados - PAP. Esta división corresponde a la estructura arancelaria y tratamiento del ámbito agrícola que tienen los Estados EFTA con el mundo. Los Productos Agrícolas Básicos - PAB, se incorporaron en los “Acuerdos sobre Agricultura complementarios - AAC” y reflejan diferentes concesiones, resultado de negociaciones bilaterales con cada Estado de la AELC. En materia de PAP, Colombia mantiene su Sistema de Franjas de Precios y AELC su Sistema de Compensación de Precios. En concesiones arancelarias, AELC otorgó a los productos Colombianos, un trato no menos favorable que el concedido a la Comunidad Europea el 1º de enero de 2008, principal socio comercial de EFTA en productos procesados.

Accedo a mercados bienes no agrícolas Colombia obtuvo acceso libre de arancel para todas las mercancías del ámbito industrial, mantuvo el uso de regímenes especiales de importación y exportación y zonas Francas para obtener los beneficios del Acuerdo. El ALC ofrece para las importaciones de los Estados EFTA, un aparato productivo colombiano adecuarse a las nuevas condiciones de competencia y se permite la importación de un ámbito reducido de bienes remanufacturados. También abre la posibilidad de exportar bienes de capital y metalmecánica remanufacturados en Colombia y se mantiene la política nacional de ingreso de bienes usados, desechos, desperdicios y vehículos fríos.

Cooperación y Solución de Controversias En materia del Fortalecimiento de Capacidades Comerciales, se logró vincular a EFTA y sus Estados miembros con la responsabilidad de apoyar a las instituciones públicas y privadas colombianas con asistencia técnica para la implementación del acuerdo y el aprovechamiento del mismo, por medio de la creación de un mecanismo de cooperación permanente y continuo durante la vigencia del acuerdo. En relación con el capítulo de Solución de Controversias, se negoció el ámbito de aplicación del mecanismo, las diferentes etapas del proceso, las reglas de funcionamiento de los paneles, la manera de elegir los panelistas, el contenido del informe final del panel, el procedimiento para suspender beneficios y mecanismos de revisión de cumplimiento.

DESGRAVACIÓN Concesiones Arancelarias 1. Colombia otorgará concesiones arancelarias a los productos agrícolas originarios de Suiza. Suiza otorgará concesiones arancelarias a los productos agrícolas originarios de Colombia. 2. No obstante, una Parte podrá condicionar cualquier exención de derechos de aduana aplicados a la soya y el maíz al cumplimiento de un requisito de desempeño. 3. Suiza concederá un trato no menos favorable que el concedido en virtud del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) de Suiza para los países en desarrollo durante el tiempo que Colombia califique como beneficiario de ese sistema. Este tratamiento se revisará después de la conclusión del período de implementación de la Ronda de Doha de la OMC, o a más tardar 8 años después de la entrada en vigencia del presente Acuerdo.

DESGRAVACIÓN Comité Bilateral 1. Por medio de este Acuerdo se establece un Comité Bilateral de comercio en productos agrícolas. Este Comité se reunirá cuando sea solicitado por una de las Partes. Con el fin de permitir el uso eficiente de los recursos, las Partes procurarán utilizar medios de comunicación tecnológicos, tales como comunicación electrónica, videoconferencias o teleconferencias, y reunirse siempre que sea necesario, preferiblemente aprovechando las reuniones del Comité Conjunto del Acuerdo de Libre Comercio. 2. El Comité: (a) monitoreará la implementación y administración de los compromisos en virtud de este Acuerdo; (b) evaluará el desarrollo del comercio de productos agrícolas en virtud de este Acuerdo y su impacto en el sector agropecuario de las Partes; (c) continuará adelantando esfuerzos para liberalizar adicionalmente el comercio de productos agrícolas en el marco de las respectivas políticas agrícolas de las Partes; (d) procurará resolver los conflictos que puedan presentarse respecto de la interpretación o la aplicación de este Acuerdo; y (e) considerará cualquier otro asunto que pueda afectar el funcionamiento de este Acuerdo.

DESGRAVACIÓN Categorías de Desgravación de Colombia (1) Categoría A en la lista de Colombia se eliminarán totalmente, y dichos productos quedarán libres de aranceles a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo. (2) Categoría B en la lista de Colombia se eliminarán en cinco etapas anuales iguales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, y dichos productos quedarán libres de aranceles el 1 de enero del año cinco. (3) Categoría C en la lista de Colombia se eliminarán en siete etapas anuales iguales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, y dichos productos quedarán libres de aranceles el 1 de enero del año siete. (4) Categoría D en la lista de Colombia se eliminarán en diez etapas anuales iguales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, y dichos productos quedarán libres de aranceles el 1 de enero del año diez.

DESGRAVACIÓN Categorías de Desgravación de Colombia (5) Categoría E en la lista de Colombia, tendrán una preferencia del 12 por ciento, a partir del 1 de enero del año ocho de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo. (6) Categoría I en la lista de Colombia, se eliminarán en ocho etapas anuales iguales, a partir de la entrada en vigencia de este Tratado, y dichas productos quedarán libres de aranceles el 1 de enero del año ocho. (7) Categoría K en la lista de Colombia, se reducirán en un 37.5 por ciento, a partir del 1 de enero del año tres. Los aranceles remanentes se reducirán en nueve etapas anuales iguales y dichos productos quedarán libres de aranceles el 1º de enero del año doce. (8) Categoría L en la lista de Colombia se eliminarán en trece etapas anuales iguales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, y dichos productos quedarán libres de aranceles el 1 de enero del año trece.

DESGRAVACIÓN Categorías de Desgravación de Colombia (9) Categoría M en la lista de Colombia se eliminarán en diecisiete etapas anuales iguales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, y dichos productos quedarán libres de aranceles el 1 de enero del año diecisiete. (10) Categoría N en la lista de Colombia, se eliminará en diecisiete etapas iguales anuales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, y dichos productos quedarán libres de este componente fijo el 1 de enero del año diecisiete. (11) Categoría O en la lista de Colombia, tendrá una preferencia del 30 por ciento, a partir del 1 de enero del año tres de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo. (12) Categoría P en la lista de Colombia, tendrán una preferencia del 12 por ciento, a partir del 1 de enero del año cinco de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo.

DESGRAVACIÓN Categorías de Desgravación de Colombia (13) Categoría Q en la lista de Colombia, tendrá una preferencia del 12 por ciento, a partir del 1 de enero del año ocho de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo. (14) Categoría MM en la lista de Colombia se eliminarán en diecisiete etapas anuales iguales, a partir de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, y dichos productos quedarán libres de aranceles el 1 de enero del año diecisiete.