COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL

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Transcripción de la presentación:

COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 J O R N A D A D E C A T A S T R O: COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL (Granada, 26 de junio de 2009) P r o g r a m a 9.30 a 10.00 h: Presentación de las Jornadas a cargo del Presidente del COSITAL, D. José Ignacio Martínez García y del Gerente Territorial del Catastro de Granada, D. Jerónimo Mirón Pérez. 10.00 a 11.00 h: La gestión catastral. Procedimientos de incorporación-Valoraciones colectivas de carácter general en los municipios ( D. Jerónimo Mirón Pérez). 11.00 a 11.30 h: Pausa – café 11.30 a 12.30 h: La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. Fórmulas de colaboración: voluntaria o formalizada. Los convenios de colaboración. (Gerente Territorial Adjunta – Dña. Esther García Padilla). 12.30 a 13.00 h: El convenio de colaboración en materia de gestión catastral suscrito entre la Dirección General del Catastro y la Diputación Provincial de Granada ( Director de la APAT – D. José Luis Martínez de la Riva). 13.00 a 14.00 h: La gestión cooperativa electrónica: Oficina Virtual del Catastro. Nuevos Servicios para las Entidades Locales. Puntos de Información Catastral ( D.Jerónimo Mirón Pérez). Lugar: Salón de Actos de la Excma. Diputación Provincial de Granada - C/ Periodista Barrios Talavera nº 1 18071 Granada

Colaboración catastral para las Entidades Locales MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 J O R N A D A D E C A T A S T R O: “COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” (Granada, 3 de julio de 2009) L a g e s t i ó n c a t a s t r a l c o m p a r t i d a. E l c o l a b o r a d o r m u n i c i p a l. F ó r m u l a s d e c o l a b o r a c i ó n : a) v o l u n t a r i a o b) f o r m a l i z a d a. L o s c o n v e n i o s d e c o l a b o r a c i ó n. Guía práctica de Colaboración catastral para las Entidades Locales Esther García Padilla – Gerente Territorial Adjunta www.catastro.meh.es

Principios y fundamentos de la colaboración MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. Principios y fundamentos de la colaboración Principio inspirador de las relaciones entre AAPP Deber de colaboración: Deber de apoyo recíproco y Coordinación (LRJAP) La DGC destaca su vocación de servicio público Carta de Servicios Gestión cooperativa con las EELL: suministro de información catastral La instauración de la Administración Electrónica: servicios web para colaboradores (gestión cooperativa electrónica interadministrativa) Ley 11/2007. (OVC – Acceso directo de las AAPP a información catastral: la no exigencia al ciudadano de aportación de certificados catastrales) Acercamiento eficaz de los servicios administrativos a los ciudadanos Facilidades en el acceso: universalización de la información

Principios y fundamentos de la colaboración MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. Principios y fundamentos de la colaboración ART.3.2 DE LA LRJAP Y PAC : LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, EN SUS RELACIONES, SE RIGEN POR EL PRINCIPIO DE COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN, Y EN SU ACTUACIÓN POR LOS CRITERIOS DE EFICIENCIA Y SERVICIO A LOS CIUDADANOS P. Coordinación: es el deseable equilibrio entre unidad y autonomía, la exigencia de coherencia en la actuación de los distintos poderes públicos. P. Colaboración: es la actitud que deben observar las distintas Administraciones en sus relaciones y en el ejercicio de sus competencias. En el acceso a la información catastral : principios de competencia, idoneidad y proporcionalidad.

N o r m a t i v a RDL 1/ 2004, de 5 de marzo. TRLCI MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. N o r m a t i v a RDL 1/ 2004, de 5 de marzo. TRLCI RD 417 / 2006, 7 de abril. Reglamento de Catastro Ley 36/2006, 29 de noviembre. Medidas para la prevención del fraude fiscal. RDL 2/2004, de 5 de marzo. TRLRHL OM 3482/2006, 19 de octubre. Modelos de declaración catastrales Resolución de la DGC de 24 de noviembre de 2008. Régimen de funcionamiento OVC-PIC LGT, LRJAP, LEY 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos

M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario Difusión de la información catastral Tributos locales de gestión compartida. Colaboración ordenada por ley. Origen histórico del Catastro. Naturaleza y fines fiscales. Comisión Técnica de Cooperación Catastral

M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario Difusión de la información catastral Tributos locales de gestión compartida. Colaboración ordenada por ley 1.- Colaboración interadministrativa con las Entidades Locales: intercambio de información Titulo IV TRLCI y Capítulo II del Título IV del Reglamento de Catastro. Flujo de información: De los Ayuntamientos o Entidades Gestoras del IBI a las Gerencias del Catastro De las Gerencias del Catastro a los Ayuntamientos o Entidades Gestoras del IBI

M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario Difusión de la información catastral Tributos locales de gestión compartida. Colaboración ordenada por ley. 1.- Colaboración interadministrativa con las Entidades Locales: intercambio de información Titulo IV TRLCI y Capítulo II del Título IV del Reglamento de Catastro. De los Ayuntamientos o Entidades gestoras del IBI a las Gerencias del Catastro (artículo 69 del Reglamento): Tipos de gravamen aprobados , exenciones y bonificaciones en los municipios incursos en Procedimientos de Valoración Colectiva, antes de que se inicie la notificación de los nuevos valores catastrales. Propuestas de rectificación de inexactitudes en la descripción catastral de los bienes inmuebles, acompañado de las pruebas que correspondan. Información estadística del IBI que le sea requerida por la Gerencia. Cambios en la denominación de las vías municipales y en los identificadores postales.

M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario Difusión de la información catastral Tributos locales de gestión compartida. Colaboración ordenada por ley. 1.- Colaboración interadministrativa con las Entidades Locales: intercambio de información Titulo IV TRLCI y Capítulo II del Título IV del Reglamento de Catastro. De las Gerencias del Catastro a los Ayuntamientos o Entidades gestoras del IBI (artículo 70 del Reglamento): Padrón de bienes inmuebles, rústicos, urbanos y de características especiales. Actos dictados por la Gerencia en los diferentes procedimientos que tengan efectos tributarios en el IBI (formato de intercambio DOC.) - Información estadística necesaria para que los Ayuntamientos incursos en Procedimientos de Valoración Colectiva puedan determinar los nuevos tipos de gravamen que aplicarán y determinadas bonificaciones (valores catastrales y bases liquidables que resulten de la nuevas Ponencias de valores). -Información que soliciten a efectos del artículo 77.4 del TRLRHL.

M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario Difusión de la información catastral Tributos locales de gestión compartida. Colaboración ordenada por ley. 1.- Colaboración interadministrativa con las Entidades Locales: intercambio de información Titulo IV TRLCI y Capítulo II del Título IV del Reglamento de Catastro. De las Gerencias del Catastro a los Ayuntamientos o Entidades gestoras del IBI (artículo 70 del Reglamento): Información sobre los documentos que hayan servido para la atribución de la titularidad catastral. Información para la liquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza urbana relativa al valor catastral de cada inmueble, salvo que estos valores ya consten en el Padrón. - Información catastral necesaria para la concesión de beneficios fiscales. - Cláusula genérica: Cualquier información que sea necesaria para la aplicación de los tributos Municipales.

M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. M i s i ó n d e l a c o l a b o r a c i ó n Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario Difusión de la información catastral Tributos locales de gestión compartida. Colaboración ordenada por ley. 2.- COMUNICACIONES CATASTRALES ( art. 14 TRLCI; art. 29 a 38 RD 417/2006; OM 19/10/2006 ) De los Ayuntamientos a las Gerencias del Catastro: - Informar de los cambios de planeamiento y aprobación de los nuevos instrumentos. Copia de la documentación gráfica y alfanumérica del planeamiento. - Informar de toda actuación en el ejercicio de sus competencia que afecte a la descripción de los bienes inmuebles. * En virtud de los Convenios de colaboración: suministro de información relativa a alteraciones catastrales (tramitación de expedientes)

De los Ayuntamientos a las Gerencias del Catastro: MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 2.- COMUNICACIONES CATASTRALES (art. 14 TRLCI; art. 29 a 38 RD 417/2006; OM 19/10/2006 ) De los Ayuntamientos a las Gerencias del Catastro: OBLIGATORIAS: a) Comunicaciones de N+RP: información que deben remitir en cuanto a documentos por ellos autorizados o inscritos siempre que se haya aportado la RC. (2 meses). Contenido: adquisición o consolidación de la propiedad de la totalidad del inmueble. b) Comunicaciones de otras AAPP: (2 meses) concentración parcelaria ( día siguiente al acto de reorganización de la propiedad), deslinde admvo (desde la aprobación del deslinde), expropiación forzosa (desde fecha acta de ocupación, o pago) y los actos de planeamiento y gestión urbanísticos( desde la publicación definitiva en el BOJA). c) AEAT: información con trascendencia catastral: domicilios fiscales, datos identificativos y cuotas de participación de los titulares de d. reales sobre bienes inmuebles. Con la periodicidad que se acuerde. VOLUNTARIAS: - Comunicaciones de los Aytos (ordenanza fiscal): informan a Catastro sobre los hechos, actos, negocios y susceptibles de generar altas, bajas o modificación catastral y sujetos a licencia o autorización municipal. objeto: - Las Obras Nuevas (Licenc.de obras); La ampliación, rehabilitación, reforma (Licenc.de obras de ampliación o rehabilitación ); -La demolición o derribo ( Licenc. De demolición) ; - Cambio de uso o destino ( Licenc. de modif. de uso).

PLAZOS RENUNCIA SUSPENSIÓN MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 2.- COMUNICACIONES CATASTRALES (art. 14 TRLCI; art. 29 a 38 RD 417/2006; OM 19/10/2006 continuación c o m u n i c a c i o n e s d e l o s A y u n t a m i e n t o s PLAZOS 3 MESES A COMPUTAR DESDE EL MES DE LA FINALIZACIÓN DE LAS ALTERACIONES - Es posible la renuncia al régimen ( Ordenanza Fiscal) - El Ayto. debe informar de la misma a la Gerencia. RENUNCIA A iniciativa del Ayto. o de la DGC. Podrá ser acordada en Pleno y en cualquier momento. Se informará a la Gerencia en el plazo 10 días. Publicarse en BOP. Al día ss. se reestablece la obligación de declarar. Si incumple de forma reiterada sus obligaciones. Aviso: plazo 1 mes. Se notifica al Ayto. la suspensión. Se publica en el BOP. SUSPENSIÓN CONSECUENCIAS DE ACOGERSE AL RÉGIMEN DE COMUNICACIONES: 1º) El Ayto. exonera de la obligación de declarar a los ciudadanos. 2º) Debe advertir expresamente y por escrito al ciudadano que está exento de declarar 902N y 904N. El momento de otorgar la licencia o autorización. 3º) El Ayto. es responsable de la tramitación de los expedientes catastrales.

P R O C E D I M I E N T O MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 2.- COMUNICACIONES CATASTRALES (art. 14 TRLCI; art. 29 a 38 RD 417/2006; OM 19/10/2006 continuación c o m u n i c a c i o n e s d e l o s A y u n t a m i e n t o s P R O C E D I M I E N T O INFORMACIÓN GRÁFICA Y ALFANUMÉRICA NECESARIA PARA LA TRAMITACIÓN: REFERENCIA CATASTRAL DE LOS INMUEBLES OBJETO DE ALTERACIÓN CATASTRAL. Nº DEL EXPEDIENTE DE LA LICENCIA O AUTORIZACIÓN OTORGADA. FECHA DE LA TERMINACIÓN DE LAS OBRAS. FOTOGRAFÍA DEL EDIFICIO COMPLETO. PLANO DE EMPLAZAMIENTO, preferentemente sobre la cartografía catastral (OVC). PLANO DE LA PARCELA, ACOTADO Y SUPERFICIADO (OVC). PLANOS ACOTADOS POR CADA PLANTA DEL EDIFICIO CON LA DISTINTA DISTRIBUCIÓN. MEMORIA DE MATERIALES Y CALIDADES DEL PROYECTO COSTE DE EJECUCIÓN ESCRITURA DE DIVISIÓN HORIZONTAL EN SU CASO. NOMBRE, APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL, NIF Y DOMICILIO FISCAL DE LOS TITULARES DE LOS BI. En estudio, obligación legal para determinados Aytos. con x nº de uu Utilización de medios telemáticos para la remisión de toda esta información. Formatos de intercambio. Envíos a través de la OVC. Obligación de conservación por el Ayto. de la documentación acreditativa (de cada expediente).

JUSTIFICACIÓN EXONERAR DE CARGAS FORMALES A LOS CIUDADANOS MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 2.- COMUNICACIONES CATASTRALES (art. 14 TRLCI; art. 29 a 38 RD 417/2006; OM 19/10/2006 continuación c o m u n i c a c i o n e s d e l o s A y u n t a m i e n t o s EXONERAR DE CARGAS FORMALES A LOS CIUDADANOS JUSTIFICACIÓN MEDIO PARA CONSEGUIR LA CONCORDANCIA ACTOS SUJETOS A LICENCIA O AUTORIZACIÓN MUNICIPAL EL AYUNTANIENTO DISPONE DE LA INFORMACIÓN BD DESCRIPCIÓN CATASTRAL REALIDAD INMOBILIARIA

Administración Electrónica MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 La gestión catastral compartida. El colaborador municipal. E s t a d í s t i c a s G r a n a d a 2008 744.000 Inmuebles urbanos 560.000 Inmuebles rústicos CONVENIOS DE COLABORACIÓN CON AYUNTAMIENTOS: 52 : 32 % de los municipios de la provincia = 51 % de los BIU 14 CONVENIOS SUSCRITOS; 2 SE HAN SUSPENDIDO; 15 SE HAN DENUNCIADO DATOS RELACIONADOS CON LA TRAMITACIÓN - 54% de las altas de inmuebles urbanos tramitados ( 12.818 de 23.718) mejorando en más de 2000 altas las cifras de 2007. 17% de los CD ( 3.824 TC frente a 18557 TD) 1er. Semestre 2008: 1357CD – 1er. Semtre 2009: 14.530 CD Convenio Diputación. OBJETIVO: El 70% de los expedientes pendientes tengan una antigüedad < a 6 meses: 902N : el 65% de las altas pendientes en TD tienen una pendencia < a 6 meses y en TC el 80%. 901N: TD: 99% < a 6 meses y TC: el 93%. S E G I P S A Administración Electrónica 134 Ayuntamientos registrados en la OVC; 325 usuarios registrados. Diputación Registrada en la OVC con 114 usuarios. 79 PIC (2.6% del total nacional: 3100 PIC)

Colaboración Voluntaria MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 Fórmulas de colaboración: voluntaria Colaboración Voluntaria Las Entidades Locales pueden colaborar sin necesidad de suscribir convenio En la recepción de documentación catastral: cualquier comunicación, solicitud o reclamación y declaraciones principalmente. Verificar su correcta cumplimentación para su remisión a la Gerencia. Prestar asistencia a los obligados tributarios en la cumplimentación de las declaraciones catastrales. Los Aytos. pueden condicionar la concesión de licencia de 1ª ocupación a la presentación de la declaración catastral de alta ante el Catastro. Modelo 902N (art. 76.3 del TRLRHL). Remisión de información y documentación relativa a omisiones catastrales. Colaboración en la inspección: Inspección conjunta. Acceder a información catastral en el ejercicio de sus competencias informando al ciudadano: www.catastro.meh.es, LÍNEA DIRECTA DEL CATASTRO, O.V.C. Servicios de consulta y certificación a través de los PIC y a instancia del titular o representante. Instalar un Punto de Información Catastral: Emitir certificaciones catastrales sobre inmuebles de todo el territorio nacional. Suministrando muestras de mercado al Observatorio Catastral del Mercado Inmobiliario.

L o s C o n v e n i o s d e c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECNOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 L o s C o n v e n i o s d e c o l a b o r a c i ó n Art. 62 y ss del RD 417/2006 Fórmulas de colaboración: formalizada Las Entidades Locales pueden suscribir convenios en materia de gestión catastral cuando concurran las siguientes condiciones: a) Colaboración estable y duradera ( vocación de permanencia) b) Disponibilidad permanente de medios suficientes 1º) Formular solicitud 2º) Memoria de medios: materiales y personales 3º) Determinar el alcance de las funciones a ejercer 4º) Informe del Gerente y del CTPI 5º) Firma Director General 6º) Publicación BOE Colaborar = Tramitar = suministro electrónico I. T R A M I T A C I Ó N

L o s C o n v e n i o s d e c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECNOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 Fórmulas de colaboración: formalizada L o s C o n v e n i o s d e c o l a b o r a c i ó n Art. 62 y ss del RD 417/2006 C o m i s i ó n T é c n i c a d e C o o p e r a c i ó n C a t a s t r a l 1º) Delegación de competencias 2º) Encomienda de Gestión 3º) Mixto II. R É G I M E N J U R Í D I C O 1º) Cambios de titularidad 2º) Tramitación de declaraciones catastrales 3º) Corrección de errores 4º) Inspección catastral 5º) Elaboración y mantenimiento de cartografía, ortofotografías… III. Á M B I T O O B J E T I V O

L o s C o n v e n i o s d e c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECNOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 Fórmulas de colaboración: formalizada L o s C o n v e n i o s d e c o l a b o r a c i ó n Art. 62 y ss del RD 417/2006 IV. COMISIÓN DE VIGILANCIA Y CONTROL Comisión mixta: 3 + 3 Presidente: El Gerente Resolver cuestiones de interpretación y cumplimiento 1º)Cumplir normas de protección de datos personales. 2º)Compromisos de calidad. 3º) Plan de objetivos V. COMPROMISOS Y OBLIGACIONES adicionales

L o s C o n v e n i o s d e c o l a b o r a c i ó n MINISTERIO DE ECNOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 Fórmulas de colaboración: formalizada L o s C o n v e n i o s d e c o l a b o r a c i ó n Art. 62 y ss del RD 417/2006 Desde la firma o posterior Suspensión por mutuo acuerdo por un año VI. EFICACIA Antelación un mes Oposición: período de consultas (20 días) CVG: procura acuerdo entre las partes En caso de desacuerdo: rescisión VII. DENUNCIA De la suscripción, suspensión y resolución en BOE. En las Oficinas admvas. En las webs de ambas partes. En los documentos admvos. VIII. PUBLICIDAD

Gracias por su atención MINISTERIO DE ECNOMÍA Y HACIENDA Dirección General del Catastro Gerencia Territorial del Catastro de Granada J O R N A D A D E C A T A S T R O : “ COLABORACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LA GESTIÓN CATASTRAL” Granada, 3 de julio de 2009 Gracias por su atención y colaboración E s t h e r G a r c í a P a d i l l a esther.garcia@granada.catastro.meh.es Gerente Territorial Adjunta