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1 Reducción de Cargas Administrativas VI JORNADAS DE MODERNIZACIÓN Y CALIDAD. AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA/FEMP 22 y 23 de abril 2010 MÁLAGA EXCMO. AYUNTAMIENTO.

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1 1 Reducción de Cargas Administrativas VI JORNADAS DE MODERNIZACIÓN Y CALIDAD. AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA/FEMP 22 y 23 de abril 2010 MÁLAGA EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA.

2 2 Acciones realizadas en materia de Reducción de Cargas Administrativas Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. Líneas de trabajo Reingeniería 20 procedimientos para incorporación al gestor de expedientes electrónico. (Subvención MITyC y MAP 2008) Convenio entre FEMP y Ministerio de Admin. Públicas para la REDUCCIÓN DE CARGAS ADTVAS. Generalitat Valenciana (Consellería de Justicia y Administraciones Públicas) Plataforma de e-admon EELL

3 3 Propuesta de simplificación, reducción de cargas administrativas y adecuación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, relativa a los servicios en el mercado interior de: Obras menores y ocupación de la vía pública vinculada sujeta a licencia urbanística. Actividades sujetas a licencia o comunicación ambiental. OBJETIVOS: 1. Simplificación de trámites en el procedimiento actual. 2. Proposición de instrumentos alternativos que acerquen la Ley a la realidad concreta.

4 4 METODOLOGÍA: 1 º - Identificaci ó n de aquellos tr á mites-solicitudes que recibe el Ayuntamiento de Castell ó n por parte de los ciudadanos/as y empresas. 2 º.- Jerarquizaci ó n de los tr á mites-solicitudes en base a criterios cuantitativos. 3 º.- An á lisis cualitativo de los tr á mites identificados

5 5 ADOPTAR MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS Y REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS. APLICAR LA DIRECTIVA 2006/123/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 12 DE DICIEMBRE DE 2006, QUE ESTABLECE : Simplificación administrativa de los procedimientos. Instrumentos alternativos, notificación y comunicación. Sustituir controles previos por otros a posteriori.

6 6 ¿LA NORMATIVA URBANÍSTICA VALENCIANA DEBE REFORMARSE PARA AJUSTARSE A LA DIRECTIVA DE SERVICIOS? SI, por varios motivos: La relación de actos sometidos a licencias es excesivo. La excesiva regulación y los plazos dilatados invitan al incumplimiento. La Administración invierte sus recursos en otorgar licencias y descuida la labor inspectora. EL FORMALISMO SUPERA EL OBJETO DE LA NORMA

7 7 ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPUESTA Las obras de pequeña envergadura, tales como chapados, falsos techos etc., deberían quedar fuera del procedimiento de licencia y reconducirse a una mera Declaración Responsable, sin resolución administrativa. Las demás obras, tales como rehabilitación, reforma, derribos etc. deberían quedar sometidos a una Comunicación Previa, sin resolución administrativa. La Comunicación Previa debería acompañarse de certificado o documento suscrito por técnico responsable que verifique el cumplimiento de la normativa aplicable. La documentación técnica a exigir sería la necesaria para garantizar una buena ejecución de las obras. La inspección por la Administración debería generalizarse.

8 8 ASPECTOS QUE POTENCIA LA PROPUESTA Existe un técnico responsable que asegura el cumplimiento de la normativa. Exige mayor responsabilidad al promotor. Potencia la labor inspectora de la Administración. Facilita la inmediatez de la actuación, con la consiguiente dinamización económica.

9 9 PROBLEMÁTICA QUE PRESENTA LA NORMATIVA VALENCIANA EN RELACIÓN A LOS INSTRUMENTOS AMBIENTALES. El problema para el Ayuntamiento se suscita en el procedimiento de Licencia Ambiental, cuyas actividades se recogen en el Nomenclator aprobado por Decreto 54/1990 del Consell y por el Anexo a la Ley 4/2003 de Espectáculos, Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Valenciana. Son actividades de moderada incidencia ambiental, pero los trámites y los tiempos son excesivos. CONSECUENCIA: MUCHAS ACTIVIDADES COMIENZAN A FUNCIONAR SIN LICENCIA

10 10 ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPUESTA MODIFICAR EL NOMENCLATOR VIGENTE referido a las Actividades Calificadas y Anexo a la Ley de Espectáculos, a fin de atribuir un procedimiento de comunicación previa a aquellas actividades pertenecientes al sector servicios o terciario. RECONDUCIR A COMUNICACIÓN PREVIA las actividades del sector terciario o de servicios, de modo que el interesado pueda abrir el establecimiento de inmediato. EXIGIR TODAS LAS CAUTELAS DE CARÁCTER TÉCNICO (proyectos, certificados, inspecciones, controles periódicos, etc.) que sean necesarias para garantizar el buen funcionamiento de la actividad.

11 11 Flujogramas procedimientos Licencia apertura Licencia apertura Licencia Obras Menores ACTUAL Licencia Obras Menores ACTUAL Licencia ambiental ACTUAL Licencia ambiental ACTUAL Licencia Obras Menores CASO sujeto a Declaración responsable (propuesto) Licencia Obras Menores CASO sujeto a Declaración responsable (propuesto) Obras sometidas a comunicación previa (propuesto) Obras sometidas a comunicación previa (propuesto) Comunicación ambiental ACTUAL Comunicación ambiental ACTUAL Comunicación previa de intervención admva. Ambiental + licencia apertura (propuesto) Comunicación previa de intervención admva. Ambiental + licencia apertura (propuesto)

12 12 Muchas gracias por su atención


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