PLAN DE AUTOPROTECCIÓN CENTROS PÚBLICOS

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Transcripción de la presentación:

PLAN DE AUTOPROTECCIÓN CENTROS PÚBLICOS IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com PLAN DE AUTOPROTECCIÓN CENTROS PÚBLICOS ORDEN de 16 de abril de 2008 CENTRO DEL PROFESORADO GR-4 BAZA Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

fpBaza Art. 1. Objeto y ámbito de aplicación IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Art. 1. Objeto y ámbito de aplicación ORDEN de 16 de abril de 2008, por la que se regula el procedimiento para la: Elaboración Aprobación Y registro Del Plan de Autoprotección de todos los centros docentes públicos de Andalucía, a excepción de los universitarios, los centros de enseñanza de régimen especial y los servicios educativos, sostenidos con fondos públicos, así como las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, y se establece la composición y funciones de los órganos de coordinación y gestión de la prevención en dichos centros y servicios educativos. CENTRO DEL PROFESORADO GR-4 BAZA Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

PLAN DE AUTOPROTECCIÓN. Art. 2. Definición y objetivos del PA El Plan de Autoprotección del Centro es: El sistema de acciones y medidas, adoptadas por los titulares o responsables de las actividades educativas, públicas o privadas, con sus propios medios y recursos, dentro de su ámbito de competencias, encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuestas adecuadas a las posibles situaciones de emergencia y a garantizar la integración de estas actuaciones en el sistema público de protección civil. Por tanto: Debe ser entendido como el conjunto de actuaciones y medidas organizativas que el centro diseña, y pone en práctica, para planificar las actuaciones de seguridad tendentes a neutralizar o minimizar accidentes y sus posibles consecuencias, hasta la llegada de las ayudas externas. A tales efectos, sirve para prevenir riesgos, garantizando la intervención inmediata y la coordinación de todo el personal: profesorado, alumnado y personal no docente, así como la colaboración con los Servicios Locales de Protección Civil y otros servicios de emergencia. 3

Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores Objetivos del PA Proteger a las personas y los usuarios del centro, así como los bienes, estableciendo una estructura y unos procedimientos que aseguren las respuestas más adecuadas ante las posibles emergencias. 1º Facilitar, a la estructura organizativa del centro, los instrumentos y recursos en relación con la seguridad y control de las posibles situaciones de emergencia. 2º 3º Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa Conocer el centro y su entorno (edificio e instalaciones), los focos de peligro reales, los medios disponibles y las normas de actuación en el caso de que ocurra un siniestro, estudiar las vías de evacuación y las formas de confinamiento, y adoptar las medidas preventivas necesarias 4º Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores Objetivos del PA Garantizar la fiabilidad de todos los medios de protección 5º Realizar el mantenimiento preventivo de las instalaciones, la detección y eliminación de los riesgos, definiendo una organización que implante y actualice el Plan de Autoprotección. 6º 7º Posibilitar la coordinación entre los medios de emergencias externos y el centro, 8º Y todos los que queramos……… Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

el programa de implantación Art. 3. Contenidos del Plan de autoprotección El programa de mantenimiento de instalaciones. Los apartados del índice comprendido en el Manual para la elaboración del Plan de Autoprotección del Centro, Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros El plan de actuación ante emergencias. Serán los siguientes Habría que hablar también de: Remisión a normas UNE y otras. Documentos reconocidos Registro general de documentos reconocidos Así como el programa de formación e información a todo el personal del centro. el programa de implantación El programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en el Plan de Autoprotección, 6

Serán los siguientes Art. 3. Contenidos del Plan de autoprotección El programa de ejercicios y simulacros, Serán los siguientes Habría que hablar también de: Remisión a normas UNE y otras. Documentos reconocidos Registro general de documentos reconocidos El programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte del Plan. 7

fpBaza Artículo 4. Elaboración y aprobación del Plan de Autoprotección IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Artículo 4. Elaboración y aprobación del Plan de Autoprotección 1º.- Corresponde al equipo directivo de cada centro coordinar la elaboración del Plan de Autoprotección, con la participación del coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales. Realizar un informe del mantenimiento preventivo de las instalaciones, con las medidas de seguridad e inspecciones realizadas. Los datos del informe se grabarán en la aplicación informática Séneca y se remitirá a la Delegación Provincial competente en materia de Educación, que dará traslado al órgano que corresponda, e incluirá: La fecha de la última revisión La empresa o empresas acreditadas que revisaron las instalaciones Las mejoras propuestas y el informe favorable (o desfavorable) emitido por la misma. Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

fpBaza Artículo 4. Elaboración y aprobación del Plan de Autoprotección IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Artículo 4. Elaboración y aprobación del Plan de Autoprotección 2º.- En el caso de centros docentes públicos, el Consejo Escolar es el órgano competente para la aprobación definitiva del Plan de Autoprotección y deberá aprobarlo por mayoría absoluta. Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Artículo 5. Aplicación del PA IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Artículo 5. Aplicación del PA 1º.- La responsabilidad y las obligaciones, en materia de autoprotección de los centros, son de la persona que ostenta la dirección del centro, o bien la dirección o la coordinación del servicio educativo. Todos los centros docentes públicos sostenidos con fondos públicos deberán proceder a la revisión periódica del Plan de Autoprotección, cada año, tras la realización del obligatorio ejercicio de simulacro. Las modificaciones del citado Plan de Autoprotección deberán ser aprobadas por el Consejo Escolar, por mayoría absoluta de sus miembros, e incluidas en el Plan de Centro y grabadas en la aplicación informática Séneca. Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Artículo 5. Aplicación del PA IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Artículo 5. Aplicación del PA Se determinará el organigrama de responsabilidades y funciones que deberá llevar a cabo el conjunto de personas usuarias del Centro, los protocolos de actuación y el calendario para su aplicación e implantación real. Las modificaciones que se hagan al mismo se incorporarán a la Memoria final de curso. El Plan de Autoprotección del Centro debe tener previsto, en su aplicación, la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, sean educativas o de otra índole Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Art. 6. Registro, notificación e información IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores Art. 6. Registro, notificación e información El Plan de Autoprotección se incluirá, en el caso de los centros docentes, en el Plan de Centro y en el Proyecto Educativo. En los servicios educativos, en el Plan de Actuación. La persona titular de la dirección del centro será responsable de la veracidad de los datos grabados del PA y de su registro en la aplicación informática Séneca. Dichos datos deberán ser revisados durante el primer trimestre de cada curso escolar. Todos los centros docentes, deberán depositar una copia del citado PA a la entrada del edificio, en lugar visible y accesible, debidamente protegida. Enviar una copia del PA al Servicio competente en materia de Protección Civil y Emergencias, del Ayuntamiento correspondiente. La dirección de cada centro o servicio educativo establecerá el procedimiento para informar sobre el PA y que éste sea conocido por todos los sectores de la Comunidad educativa o por las personas que integran el servicio educativo. Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Artículo 8. Reconocimiento de la coordinación y certificación IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Artículo 8. Reconocimiento de la coordinación y certificación 1º.- Reconocimiento como horas de formación a efectos de la promoción retributiva de los funcionarios y funcionarias docentes: 30 horas por año. 2º.- Reconocimiento a efectos de procedimientos de provisión de vacantes: 0,50 puntos por año. 3º.- Reconocimiento en los procedimientos de selección de directores y directoras: 0,15 puntos por año. 4º.- Reconocimiento en los procedimientos de promoción entre Cuerpos docentes: 0,15 puntos por año. Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Artículo 8. Reconocimiento……. IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Artículo 8. Reconocimiento……. Los coordinadores de centros del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales de los centros docentes públicos, recibirán de la dirección la certificación de la condición de coordinador o coordinadora. Los modelos de certificación estarán disponibles en la aplicación informática Séneca. Al profesorado de educación infantil y primaria que ejerza la función coordinadora en los centros públicos se le asignará, para el desempeño de la misma, el horario destinado a atender el cuidado y vigilancia de los recreos, así como el horario no lectivo de obligada permanencia en el centro, sin perjuicio de las actividades propias de la tutoría y de su asistencia a las reuniones que correspondan de los órganos de gobierno, participación y coordinación docente del centro al profesorado del resto de niveles educativos se le asignará, en su horario no lectivo semanal de obligada permanencia en el centro, tres horas de dedicación a esta actividad, sin perjuicio de las actividades propias de la tutoría y de su asistencia a las reuniones que correspondan de los órganos de gobierno, participación y coordinación docente del centro. Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Comisión de Salud y Prevención de IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales Art. 9. En el caso de los centros docentes, en el seno del Consejo Escolar se constituirá, como el resto de las comisiones, la Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales,. Para dar impulso al desarrollo del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos, y estará compuesta, al menos, por los siguientes miembros…….. CENTRO DEL PROFESORADO GR-4 BAZA Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Artículo 11. Realización de simulacros IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Artículo 11. Realización de simulacros Al menos una vez, en cada curso escolar, deberá realizarse un simulacro de evacuación, o de confinamiento. Se hará, por regla general, sin contar con ayuda externa de los Servicios de Protección Civil o de Extinción de Incendios. Los simulacros de evacuación, o de confinamiento, no deben hacerse simulando situaciones reales de emergencia que impliquen el uso de elementos peligrosos, tales como botes de humo, bengalas, fuego u otros, salvo que el ejercicio sea una iniciativa de los Servicios Locales de Protección Civil o Extinción de Incendios, Con antelación suficiente a la realización de un simulacro de evacuación, o de confinamiento, la dirección del centro debe comunicarlo a los Servicios Locales de Protección Civil, Extinción de Incendios y Policía Local, a fin de evitar alarmas innecesarias entre la ciudadanía. Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Artículo 11. Realización de simulacros IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Artículo 11. Realización de simulacros En la semana previa a la realización de un simulacro, la dirección del centro informará a la comunidad educativa acerca del mismo, a fin de evitar alarmas innecesarias, sin indicar el día ni la hora previstos. Con posterioridad a la realización del simulacro, el profesorado y todo el personal del centro, deberá volver a la normalidad de sus clases y tareas. Se elaborará un informe donde se recojan las incidencias del mismo, comunicando a los Servicios de Protección Civil y Extinción de Incendios las incidencias graves observadas durante el mismo. Todos los centros docentes revisarán periódicamente los medios disponibles para intervenir en caso de emergencia (extintores, alarmas, BIEs, lámparas de emergencia, sistemas automáticos de detección, aviso y extinción de incendios, etc.). Dichas revisiones se efectuarán por empresas homologadas y acreditadas según la normativa vigente. Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Artículo 11. Realización de simulacros IX Jornadas Provinciales de Orientación sobre acceso a estudios superiores fpBaza www.cepbaza.com Artículo 11. Realización de simulacros Cuando se detecten deficiencias o carencias graves en las infraestructuras, instalaciones o equipamientos escolares que comporten riesgos significativos para la seguridad del centro, o dificulten o impidan la correcta evacuación del mismo, la dirección del centro lo comunicará a la Delegación Provincial de la Consejería en materia de Educación y ésta derivará dicho informe a los organismos o entidades a quienes les corresponda la subsanación El informe del simulacro de evacuación o de confinamiento, se cumplimentará, según el modelo del Anexo I de esta Orden, y se anotará en la aplicación informática Séneca. Asimismo, se incluirá en la Memoria final del Centro. Centros del Profesorado de Granada. www.cepgranada.org/fp

Encomendarme a todos los Santos ¡Si decido hacerlo! Debo… Equipo Técnico Provincial Asesor de Formación Profesional de los Centros del Profesorado de la provincia de Granada