13 de Junio de 2007 LA RESPONSABILIDAD DEL INGENIERIO SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS DE INGENIERÍA José María Galván Lamet Gerente Riesgos Financieros.

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Transcripción de la presentación:

13 de Junio de 2007 LA RESPONSABILIDAD DEL INGENIERIO SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS DE INGENIERÍA José María Galván Lamet Gerente Riesgos Financieros y Profesionales

La responsabilidad del ingeniero Introducción Régimen Jurídico de la Responsabilidad Civil del Técnico. Seguridad y salud en el trabajo. Datos estadísticos. Incidencia de la seguridad y salud en los colectivos de ingenieros y empresas de ingeniería. Experiencia de MARSH.

Los Riesgos en la Ingeniería La Responsabilidad Civil en nuestro Ordenamiento “Toda obligación de satisfacer por quien la deba, cualquier pérdida o daño que se hubiere causado a un tercero” CLASES CONTRACTUAL Art. 1.101 y ss del Código Civil EXTRACONTRACTUAL Art. 1.902 y ss del Código Civil Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad y los que de cualquier modo contravinieren el tenor de aquellas” Prescripción por el transcurso de 15 años. El que por acción u omisión causa daño a otro interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el daño causado” Prescripción por el transcurso de un año.

Marco Jurídico RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL Art. 1.902 CC. El que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado. Art. 1.591 CC. “El contratista de un edificio que se arruinase por vicios de la construcción, responden de los daños y perjuicios si la ruina tuviere lugar dentro de diez años, contados desde que concluyó la construcción; igual responsabilidad y por el mismo tiempo, tendrá el arquitecto que la dirigiere, si se debe la ruina a vicio del suelo o de la dirección. “ Si la causa fuere la falta del contratista a las condiciones del contrato, la acción de indemnización durará quince años. Art. 1.903 CC. Art. 1.909 CC.

La responsabilidad del ingeniero Art. 1.591 CC.: Responsabilidad por ruina en la construcción de un edificio proyectado por u arquitecto. Plazo de responsabilidad DECENAL Aplicable analógicamente la resto de técnicos (antes LOE).

La reponsabilidad del ingeniero Conducta + Culpa o Negligencia + Daño +Causalidad= Responsabilidad Acción (hacer algo) Omisión (no hacer algo) Personal, material o económico Obligación de asumir las consecuencias dañosas de la conducta Infracción de normas o reglamentos, falta de diligencia, no actuar como un buen padre de familia Relación consecuencial conducta / resultado INDEMNIZACIÓN

La responsabilidad del ingeniero La Responsabilidad Penal Art. 316: Los que estén legalmente obligados: Penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses. Art. 350: Concreción del delito para construcción, demolición de edificios y obras similares Art. 317: Mediando imprudencia grave: pena inferior en grado. Art. 318: Personas Jurídicas: los penas se impondrán a sus administradores y a quienes con conocimiento no hayan remediado los hechos. Responsabilidades Penales por infracción de normas de prevención de riesgos laborales

La responsabilidad del ingeniero La Responsabilidad Penal Toda persona criminalmente responsable de un delito o falta lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios. Si son dos o más los responsables de un delito o falta los Jueces o Tribunales señalarán la cuota de que deba responder cada uno. La exención de la responsabilidad criminal, no comprende la de la responsabilidad civil La que contraen o se atribuye a aquellas personas que en el ejercicio de su quehacer profesional y, precisamente por eso, incurren en un ilícito o infringen un precepto que produce consecuencias perjudiciales para una persona . Las Personas Penalmente responsables La Responsabilidad Profesional: Definición

Los Riesgos en la Ingeniería Normativa aplicable al ejercicio profesional del Ingeniero Ley 38/1999 de 5 noviembre de Ordenación de la Edificación y Código Técnico de la Edificación OBJETO Regular el proceso de edificación, estableciendo las obligaciones y responsabilidades de los agentes que intervienen en dicho proceso. ÁMBITO DE APLICACIÓN El proceso de edificación, entendiendo por tal el resultado de construir un edificio de carácter permanente se consideran comprendidas en la edificación sus instalaciones fijas y el equipamiento propio, así como los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al edificio

Los Riesgos en la Ingeniería Agentes de la Edificación – intervinientes El proyectista El agente que por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto y lo entrega con los visados que sean preceptivos El Director de Obra Dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. El Director de Ejecución de la Obra Asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.

La responsabilidad del ingeniero Art. 17 LOE Principio Responsabilidad personal e individualizada. Si no pudiera individualizarse: Responsabilidad solidaria: Siniestros complejos Dificultad de probar la existencia de un solo causante Varios informes periciales Varias víctimas graves o mortales Necesidad de indemnización suficiente y rápida.

La responsabilidad del ingeniero Ley 31/1995 de 8 Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales Actualización: Ley 54 / 2003 de 12 Diciembre Principios de la acción preventiva Necesidad social ¿del momento? Nuevas figuras: Servicios de Prevención; Delegados de Prevención Aplicación de la Ley R.D. 604 / 2006 Seguridad responsabilidad de la empresa Plan de prevención Recursos preventivos

Los Riesgos en la Ingeniería El Coordinador de Seguridad y Salud Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción - R.D. 1.627/97 de 24 de octubre Es de obligada presencia tanto durante la elaboración del proyecto de la obra como durante la ejecución de la misma. La designación del coordinador durante la elaboración del proyecto de obra y durante su ejecución podrá recaer en la misma persona. Plan de seguridad y salud Cuando deba existir un coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obra, le corresponderá a éste elaborar o hacer que se elabore, bajo su responsabilidad tanto el estudio de seguridad y salud como el estudio básico de seguridad y salud El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador durante la ejecución de la obra.

Los Riesgos en la Ingeniería El Coordinador de Seguridad y Salud Funciones (1/2) Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad. Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas, subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el art. 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra. Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo.    Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Los Riesgos en la Ingeniería El Coordinador de Seguridad y Salud Funciones (2/2) Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo. Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. .

La responsabilidad del ingeniero Situación del Coordinador Reclamaciones por vía penal Cumplimiento de sus funciones no significa control absoluto Infracción grave no significa necesariamente responsabilidad penal NO interpretación formal de las funciones: debe mediar peligro para la salud laboral Culpa de la víctima Responsabilidad de la empresa, servicios de prevención, recursos preventivos.

La responsabilidad del ingeniero Ley 32/ 2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. Exposición de motivos reconoce la especial siniestralidad laboral de la subcontratación, Motivo: “externalización productiva” Escasez de margen en los últimos eslabones: falta de medidas de seguridad Refuerzo de las garantías Incremento de las responsabilidades de la empresa contratista Incremento de las sanciones

La responsabilidad del ingeniero Ley 2 / 2007, de 15 Marzo, de sociedades profesionales. Realidad de empresas de ingeniería y consultoría que integran diversos técnicos de diferentes especialidades. Necesidad de seguridad jurídica del usuario. Seguro obligatorio (como empresa) : art.11

Los Riesgos en la Ingeniería Estadísticas de Siniestralidad La ingeniería Industrial Para la realización del estudio se ha tomado como muestra varios colectivos de ingenieros durante 5 anualidades de seguro. Los datos que siguen son medias aritméticas anuales: Total colectivo analizado como muestra: 835 ingenieros Número medio de partes anuales: 17 Importes medios indemnizatorios anuales por daños: 77.906 € Importes medios indemnizatorios por siniestro: 4.583 € Frecuencia de partes anuales por asegurado: 0,020 Entendiendo que la vida laboral estimada de una persona es de unos 40 años aproximadamente, estimamos que durante toda una vida laboral, el ingeniero dará una media de 0,8 partes.

Los Riesgos en la Ingeniería La Ingeniería Industrial Siniestralidad por funciones asumidas Proyectista : 70,6% Director de Obra: 10,3% Coordinador de Seguridad / Salud: 10,3% Autónomo / Jefe Instalaciones / Redactor permisos licencia: 8,82%

Los Riesgos en la Ingeniería La Ingeniería Industrial Siniestralidad por daños producidos Daños materiales Total siniestros: 14 Daños Personales Total siniestros: 3

Los Riesgos en la Ingeniería La Ingeniería Industrial Siniestralidad en cuantías indemnizatorias Daños materiales Total importe: 65.574,85 € Importe medio por reclamación: 4.683 € Daños Personales Total importe: 12.581,6 € Importe medio por reclamación: 4.194 €

Los Riesgos en la Ingeniería Sectores punta en la Ingeniería: Minería Muestra del estudio: siniestralidad registrada en un colectivo de ingenieros de minas, durante 10 anualidades de seguro. Total de asegurados de la muestra: 157 Frecuencia media anual de siniestros: 6,8 Frecuencia media anual de siniestros de coordinación de seguridad y salud, con resultado de daños personales: 5,4, lo que representa un 79% de la siniestralidad total. Frecuencia media anual de siniestros de proyectistas y dirección de obra, con resultado de daños materiales: 1,4

Los Riesgos en la Ingeniería Sectores punta en la Ingeniería: Minería Daños Personales Daños Materiales

Los Riesgos en la Ingeniería Sectores punta en la Ingeniería: Minería Análisis Frecuencial Frecuencia anual media de siniestros: 0,043 Frecuencia anual media de CSS por ingeniero: 0,034 Entendiendo que la vida laboral estimada de una persona es de unos 40 años aproximadamente, estimamos que durante toda una vida laboral, el ingeniero tendrá una media de 1,73 siniestros, de los cuales 1,37 corresponden a CSS.

Los Riesgos en la Ingeniería Sectores punta en la Ingeniería: Minería Cuantías indemnizatorias por daños producidos Daños Materiales Frecuencia media anual: 1,4 Importes medios indemnizatorios: 3.764,31 € Porcentaje frente al total: 4% Daños Personales Frecuencia media anual: 5,4 Importes medios indemnizatorios: 21.112,23 € Porcentaje frente al total: 96%

Los Riesgos en la Ingeniería Sectores punta en la Ingeniería: Obra Pública Daños Personales Daños Materiales

Los Riesgos en la Ingeniería Sectores punta en la Ingeniería: Obra Pública Análisis Frecuencial Frecuencia anual media de siniestros por ingeniero: 0,010 Frecuencia anual media de CSS por ingeniero: 0,007 Entendiendo que la vida laboral estimada de una persona es de unos 40 años aproximadamente, estimamos que durante toda una vida laboral, el ingeniero tendrá una media de 0,410 siniestros, de los cuales 0,075 corresponden a CSS.

Los Riesgos en la Ingeniería Sectores punta en la Ingeniería: Obra Pública Cuantías indemnizatorias por daños producidos Daños Materiales Frecuencia media anual: 3 Importes medios indemnizatorios: 662.467,99 € Porcentaje frente al total: 30% Daños Personales Frecuencia media anual: 8 Importes medios indemnizatorios: 1.553.377,50€ Porcentaje frente al total: 70%

Los Riesgos en la Ingeniería Las Firmas de Ingeniería La práctica jurídica, en aras de establecer garantías para los terceros damnificados, es tendente a interponer las acciones judiciales no ya contra el ingeniero que ha realizado el trabajo generador del daño, sino también contra la firma de ingeniería con la que ha contratado. Para la realización de este estudio se ha tomado como muestra un colectivo total de 130 firmas de ingeniería, durante 6 anualidades de seguro. Incidencia creciente de las reclamaciones a las ingenierías, incremento porcentual: 155,10% desde el 2001 al 2006. Frecuencia media de partes anuales: 29, de los cuales 14 corresponden a siniestros con resultado de daños personales.

Los Riesgos en la Ingeniería Las Firmas de Ingeniería

Los Riesgos en la Ingeniería Las Firmas de Ingeniería Siniestralidad por daños producidos y cuantías indemnizatorias Daños Materiales Importes medios indemnizatorios: 23.909,24 € (excepto siniestros punta registrados en el 2004 y 2005). Porcentaje frente al total indemnizado: 79% Porcentaje frente al total de siniestros: 53% Daños Personales Importes medios indemnizatorios: 12.904,07€ Porcentaje frente al total indemnizado: 21% Porcentaje frente al total de siniestros: 47%

Los Riesgos en la Ingeniería Las Firmas de Ingeniería

Los Riesgos en la Ingeniería Daños Personales: consecuencias judiciales Respecto a la actividad de CSS, al tratarse de daños personales en la mayor parte de los casos se abre una vía penal, en la que el ingeniero que ha asumido la CSS se ve involucrado, pues se le cita, ya como testigo o, en la mayoría de los casos, como imputado, debiendo acudir a prestar declaración acompañado de asistencia letrada. En el 95% de estos casos las diligencias previas quedan sobreseídas cerrándose la vía penal, quedando expedita la vía civil. Es esta se dirimen las indemnizaciones pecuniarias a las que el ingeniero se ve obligado a satisfacer en caso de sentencia condenatoria, ya al damnificado, ya a su familia. El 65% de los siniestros de CSS terminan judicializándose, necesitando por ello el asegurado de asistencia letrada.

Los Riesgos en la Ingeniería Daños Personales: consecuencias judiciales

La responsabilidad del ingeniero CONCLUSIONES MUESTRAS ESTADÍSTICAS Diferente incidencia según especialidades Importante incremento en general de este tipo de reclamaciones (coordinador) Creciente judicialización Incremento del uso de la jurisdicción penal Responsabilidad Solidaria Funciones del coordinador Necesidad de póliza de responsabilidad civil: límites y coberturas adecuada.

Los Riesgos en la Ingeniería Principales causas de Daños Personales Caída de operario desde andamios. Caída de operario desde talud, zanja, etc. Derrumbamiento de forjado. Deflagración de instalaciones de gas. Aplastamiento por caída de grúa, volquete, etc. Aplastamiento por encofrado metálico. Electrocución en instalación eléctrica. Atropello de grúa, excavadora, etc. Accidentes de tráfico en zona de obras, mala señalización, deficiente aislamiento. Utilización incorrecta de maquinaria. Incendios.

Los Riesgos en la Ingeniería El Seguro de Responsabilidad Profesional: una necesidad Necesidad social: Estado de Derecho. Deber de responder por actos dolosos o negligentes que se cometieren: Obligación de reparar las consecuencias dañosas a que hubieren dado lugar. Afectación a sectores profesionales: blanco de reclamaciones. Incremento de demanda de aseguramiento. Regulación: Ley 50 /1980 de Contrato de Seguro, Art. 72 y ss.: se cubren los daños que puedan ocasionar los errores profesionales cometidos por personas que ejercen actividades propias de la titulación que poseen.

Los Riesgos en la Ingeniería ¿Quiénes deben asegurarse? Los ingenieros, libre ejercientes, asalariados, inactivos... Las personas que trabajan para ellos. Las sociedades, firmas de ingeniería, cualquiera que sea su forma jurídica. (nuevas sociedades profesionales). Coberturas necesarias Pago de indemnizaciones. Honorarios, costas, gastos derivados de defensa jurídica del asegurado en procedimientos de cualquier índole. Constitución de fianzas judiciales que garanticen la responsabilidad civil del asegurado, así como la responsabilidad penal (libertad provisional).

Responsabilidad del ingeniero GRACIAS POR SU ATENCIÓN josemaria.galvanlamet@marsh.com