POTESTAD SANCIONATORIA CONCEPTO: Es la atribución que tiene la Administración para establecer y aplicar sanciones o correcciones a los administrados por.

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Transcripción de la presentación:

POTESTAD SANCIONATORIA CONCEPTO: Es la atribución que tiene la Administración para establecer y aplicar sanciones o correcciones a los administrados por conductas contrarias a lo que establecen las leyes o lo resuelto por la Administración.

EL EJERCICIO DE LA POTESTAD DISCIPLINARIA a)Verificación material de los hechos susceptibles de ocasionar la falta disciplinaria; b)Encuadramiento fáctico y calificación jurídica; c)Apreciación de la prueba valorando críticamente la entidad de la falta; d)Elección de la sanción adecuada

LA INFORMACIÓN SUMARIA CONCEPTO: La información sumaria es una investigación preliminar, a fin de verificar la existencia de responsabilidades patrimoniales o disciplinarias. Servirá para comprobar, si están dados los supuestos que permitan ordenar posteriormente el sumario.

INICIO DE LA INFORMACIÓN SUMARIA O SUMARIO ADMINISTRATIVO.  Se concreta a través de un ACTO ADMINISTRATIVO.  No constituye, altera o modifica derechos subjetivos.  En principio es irrecurrible.  Ningún administrado puede sentirse agraviado porque se investiguen hechos o conductas eventualmente alterativas de la regularidad funcional.

ARTICULO 1º REGLAMENTO DE SUMARIOS Dará lugar a la sustanciación de información sumaria o sumario administrativo:  Todo hecho, acción u omisión.  Personal docente o administrativo (A.P.P., Entes Autárquicos y/o Descentralizados).  Signifique responsabilidad patrimonial o disciplinaria.  Se exija una investigación previa.

LA INFORMACIÓN SUMARIA SERÁ TRAMITADA  Donde esté afectado el agente imputado.  Donde tuviera lugar la irregularidad o hecho a investigar.

CASO EN QUE PROCEDE:  Ya sea por la gravedad o la reincidencia de la falta.  Que sugiera la aplicación de una sanción no mayor de diez (10) días de suspensión (Art. 4 Reg. Disicp. Anexo Ley 2017).  Cuando sea necesario para comprobar la existencia de hechos que puedan dar lugar a la instrucción de un sumario administrativo (Art. 9 Reglamento de Sumarios).

AUTORIDADES COMPETENTES PARA ORDENARLA Y AUTORIZARLA Ministro – Subsecretarios - Directores PERSONAL COMPRENDIDO Personal de Planta Permanente y Contratados de Servicios y de Obra FORMA DEL PROCEDIMIENTOS Escrito.

INICIACIÓN  Nota, documentación y/o denuncia escrita.  Se formará Actuación Simple.  Se dictará el instrumento legal (Resolución y/o Disposición).  Contendrá visto y considerandos.  En sus parte dispositiva: Artículo 1): Iniciar Información Sumarias………. Artículo 2): Designará un preventor…….

TRAMITE. A.Recibir las declaraciones correspondientes: Testigos presenciales de hecho a investigar. Al denunciante. B. Requerimientos de informes.

NOTIFICACIÓN DEL CARGO (Art. 10). Reg. Sumarios.  Individualizado el agente presumiblemente responsable.  Irregularidad o falta que motiva la información sumaria.  Descripción detallada del o los hechos.  Normas legales o reglamentarias donde se encuadra.  Especificación de las pruebas de cargo y la sanción que corresponda.  El agente podrá formular su descargo, ejerciendo el derecho a defensa, dentro del pazo de tres(3) días, acompañando y/u oreciendo toda prueba tres (3) días.

Valoración del Descargo y Pruebas en su caso Finalización:  Dictado del Instrumento Legal – Resolución y/o Disposición Artículo 1º: Dar por concluida la Información Sumaria Artículo 2º: a) Sobreseer; o b) se fundará la sanción y su graduación; o c) se ordenará Instruir Sumario Administrativo Se notificará al agente en forma inmediata

Información Sumaria y Sumario Semejanzas Ambos se inician por un instrumento legal- disposición y/o resolución emanada de una autoridad administrativa y a fin de investigar una conducta o hecho irregular. Se debe respetar cabalmente el derecho de defensa sea autorizando al agente sospechado y/o imputado la vista de las actuaciones, sea admitiendo o produciendo las pruebas ofrecidas por el agente. Pueden finalizar, con un sobreseimiento o una sanción.

Información Sumaria y Sumario Diferencias Información Sumaria Sumarios Procede cuando la sanción a aplicar no supere los diez días de suspensión o como paso previo al inicio de un sumario administrativo Procede como continuación de una investigación iniciada con una información sumaria o por la gravedad del hecho o posible sanción

Información Sumaria y Sumarios Diferencias Información SumariaSumarios Deberá instruirse por los Directores o Funcionarios de jerarquía equivalente en el ámbito de la unidad administrativa donde tuvo lugar la irregularidad Se tramitan en la Dirección de Sumarios

Información Sumaria y Sumario Diferencias Información SumariaSumario No hay declaración de imputado Si hay declaración de imputado.- Para la defensa se otorga el plazo de tres días Para la defensa se otorga un plazo de cinco días

Información Sumaria y Sumario Diferencias Información SumariaSumario No hay derecho de alegarSe otorga el plazo de tres días para alegar Concluye con el sobreseimiento o la aplicación de una sanción de hasta diez días de suspensión Concluye con sobreseimiento o la aplicación de una suspensión mayor a diez días, cesantía o exoneración