Formas de Utilización de las Bases de Patentes en la Búsquedas de Antecedentes del Estado de la Técnica Relacionados con Recursos Genéticos y Conocimientos.

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Transcripción de la presentación:

Formas de Utilización de las Bases de Patentes en la Búsquedas de Antecedentes del Estado de la Técnica Relacionados con Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales. Ketty Véliz

Los tipos de búsquedas de patentes pueden clasificarse de acuerdo al uso que se le dará a la información. A su vez, establecido el tipo de búsqueda se generarán diferentes estrategias para recuperar de la base de datos (la selección de la base es otro tema importante) la patente o el grupo de patentes de interés. Los tipos de búsquedas más conocidas son:uso que se le dará Búsqueda previa a la solicitud. Búsqueda del estado de la técnica. Búsqueda de la novedad. Búsqueda por nombres. Búsqueda de patentabilidad o validez. Búsqueda de actividad tecnológica. Búsqueda de infracción. Búsqueda de la situación jurídica.

Búsqueda previa a la solicitud El proceso de solicitud de patentes es prolongado y costoso; por lo tanto, el inventor debería realizar una búsqueda, antes de presentar la solicitud de patente nacional como internacional. Búsqueda del estado de la técnica También denominada búsqueda informativa, se realiza para determinar el estado del arte general a fin de solucionar un problema técnico determinado. Sirve como base para actividades de I+D y para saber qué publicaciones de patentes ya existen en el campo concreto de la tecnología o la investigación. La transferencia de tecnología.búsqueda informativa Búsqueda de la novedad El objetivo es determinar la novedad o la falta de novedad de una invención reivindicada en una solicitud de patente o en una patente ya concedida. El objetivo de la búsqueda es decidir si se interrumpe el desarrollo de la invención o se sigue adelante.

Búsqueda de patentabilidad o validez – NIVEL INVENTIVO La búsqueda se realiza para localizar documentos que permitan determinar la novedad así como otros criterios de patentabilidad, por ejemplo, la presencia o ausencia de actividad inventiva (es decir, si la invención es o no evidente) o si ha habido resultados útiles o progresos técnicos. Búsqueda por nombres Estas búsquedas están destinadas a localizar información relativa a empresas específicas, para descubrir tendencias y anticipar movimientos tecnológicos de los competidores actuales o potenciales, líderes del mercado o proveedores. Búsqueda de actividad tecnológica Se refiere a la búsqueda destinada a identificar empresas o inventores que realicen actividades en un ámbito específico de la tecnología; sirven además para determinar en qué países se ha patentado una tecnología determinada, y para averiguar dónde puede obtenerse información particular sobre un campo tecnológico determinado.ámbito específico de la tecnología

Búsqueda de infracción El objetivo es localizar las patentes y solicitudes de patente publicadas, respecto de las cuales pudiera cometerse infracción en el marco de una actividad industrial determinada. En este tipo de búsqueda el objetivo es determinar si una patente que ya existe otorga derechos exclusivos que abarcan esa actividad industrial o parte de ella. Búsqueda de familias de patentes Estas búsquedas se utilizan para: encontrar los países en los que se ha presentado (y en los que no) una solicitud de patente determinada; localizar un miembro de una familia de patentes redactado en el idioma deseado. Búsqueda de la situación jurídica La búsqueda de este tipo de datos se realiza para obtener información relativa a la validez de una patente o de una solicitud de patente publicada, en una fecha determinada, y en virtud de la legislación de patentes aplicable en uno o más países.

BASES DE DATOS INTERNACIONALES DE PATENTES Bases de Datos de Patentes, las más utilizadas son: Comunidad Europea (ESPACENET) Países Latinoamericanos (LATIPAT) - OMPI ALEMANIA ( DPMApublikaationen) Canadá (Canadian Patents Database) España (OEMPAT) EE.UU (Patent Full_text and Full-Page Image Databases) Japón (Industrial Property Digital Library) Suiza (SWISSREG)

ADIPC. ART. 27. MATERIA PANTENTABLE 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos 2 y 3, las patentes podrán obtenerse por todas las invenciones, sean de productos o de procedimientos, en todos los campos de la tecnología, siempre que sean nuevas, entrañen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial. 2. Los Miembros podrán excluir de la patentabilidad las invenciones cuya explotación comercial en su territorio deba impedirse necesariamente para proteger el orden público o la moralidad, inclusive para proteger la salud o la vida de las personas o de los animales o para preservar los vegetales, o para evitar daños graves al medio ambiente, siempre que esa exclusión no se haga meramente porque la explotación esté prohibida por su legislación.

Los Miembros podrán excluir asimismo de la patentabilidad: a) los métodos de diagnóstico, terapéuticos y quirúrgicos para el tratamiento de personas o animales; b) las plantas y los animales excepto los microorganismos, y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales, que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos. Sin embargo, los Miembros otorgarán protección a todas las obtenciones vegetales mediante patentes, mediante un sistema eficaz sui generis o mediante una combinación de aquéllas y éste. Las disposiciones del presente apartado serán objeto de examen cuatro años después de la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC.

b) las plantas y los animales excepto los microorganismos, y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales, que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos. se podrá obtener protección por patente para los procedimientos que utilicen el manejo de modificaciones genéticas de materia viva. Que utilicen procedimientos no biológicos. Ej. Radiación Bombardeo genético.

ADPIC.- PATENTES A LOS MICROORGANISMOS: BACTERIAS LEVADURAS (HONGOS) ALGAS PROTOZOOS Se necesita hacer un listado??? Definir el alcance de microorganismos???.

ART. 29. Condiciones impuestas a los solicitantes de patentes. 1. Los Miembros exigirán al solicitante de una patente que divulgue la invención de manera suficientemente clara y completa para que las personas capacitadas en la técnica de que se trate puedan llevar a efecto la invención, y podrán exigir que el solicitante indique la mejor manera de llevar a efecto la invención que conozca el inventor en la fecha de la presentación de la solicitud o, si se reivindica la prioridad, en la fecha de prioridad reivindicada en la solicitud.

DECISION 486. CAN Artículo 16.- Artículo 16.- Una invención se considerará nueva cuando no está comprendida en el estado de la técnica. El estado de la técnica comprenderá todo lo que haya sido accesible al público por una descripción escrita u oral, utilización, comercialización o cualquier otro medio antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente o, en su caso, de la prioridad reconocida.

CONOCIMIENTOS TRADICIONALES.- BASES DE DATOS: CONOCIMIENTOS TRADICIONALES PUBLICADOS CONOCIMIENTOS TRADICIONALES CONFIDENCIALES.- solo utilizados en las Oficinas de patentes

Gracias