Vigilancia en Salud Pública Enfermedades de notificación obligatoria

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Transcripción de la presentación:

Vigilancia en Salud Pública Enfermedades de notificación obligatoria Prof. Adj. Dra. Mónica Pujadas Prof. Adj. Dra. Graciela García Asistente Dra. Cecilia Caviglia CEFA 2010

Transición demográfica y epidemiológica Alta mortalidad Alta natalidad 40% <5 años muertes 40 % enf. transmisibles Baja mortalidad Alta natalidad Enf. Transmisibles Enf. No transmisibles Baja mortalidad Baja natalidad Enf. No Transmisibles 4 % muertes < 5 años

Vigilancia Epidemiológica/en Salud Pública Se define como el análisis, interpretación y difusión sistemática de datos colectados, generalmente usando métodos que se distinguen por ser prácticos, uniformes y rápidos, más que por su exactitud o totalidad, que sirven para observar las tendencias en tiempo, lugar y persona, con lo que pueden observarse o anticiparse cambios para realizar las acciones oportunas, incluyendo la investigación aplicada y/o la aplicación de medidas de control.

Vigilancia Epidemiológica/en Salud Pública Se entiende como la observación sistemática y continua de la frecuencia, la distribución y los determinantes de los eventos de salud y sus tendencias en la población. Este concepto implica dos elementos básicos: 1) la medición sistemática de problemas prioritarios de salud en la población, el registro y la transmisión de datos 2) la comparación e interpretación de datos con el fin de detectar posibles cambios en el estado de salud de la población y su ambiente.

¿Por qué Vigilancia en Salud Pública en lugar de Vigilancia Epidemiológica? En las últimas décadas se ha propuesto el uso del término de Vigilancia en Salud Pública en vez del conocido de Vigilancia epidemiológica (Thacker y Berkelman), con el fin de “remover cierta confusión que rodea la práctica actual” derivada del problema de la terminología, y sobre todo, coincidiendo con Langmuir, destacar que la vigilancia no involucra la investigación ni la provisión de servicios por sí misma. “No incluye la administración de programas de prevención y control, aunque sí incluye un vínculo intencionado con tales programas” (CDC 1992)

Vigilancia en salud pública Es el conjunto de actividades que permiten reunir la información indispensable para conocer en todo momento la conducta o historia natural de la enfermedad, detectar o prever cualquier cambio que pueda ocurrir por alteraciones en los factores condicionantes, con el fin de recomendar oportunamente, sobre bases firmes, las medidas eficaces indicadas, que llevan a la prevención y control de la enfermedad. Aplicación tradicional de la Epidemiología.

Vigilancia en Salud Pública Manejo de la información (recolección, procesamiento y análisis) para la acción oportuna y eficaz en la prevención y control de las enfermedades. Son objeto de vigilancia las Enfermedades Transmisibles, las Enfermedades No Transmisibles, Factores de riesgo, los resultados de laboratorio.

Componentes Mecanismos de recolección de información Mecanismos de procedimiento y análisis e interpretación de las informaciones Mecanismos para divulgar estas informaciones interpretadas y asegurar que las mismas son utilizadas en los procesos de decisión sobre las intervenciones de prevención y control

Sistemas de Vigilancia en Salud Pública SV de carácter universal la totalidad del número de casos de una población definida se incluye en el sistema SV basado en muestras de casos la información se obtiene de una parte del total de casos o eventos. SV basado en revisión de registros institucionales en el que se revisan periódicamente los registros institucionales, con el propósito de analizar e identificar las variables de interés

Sistemas de Vigilancia en Salud Pública SV por encuestas en el cual la información se obtiene a través de cuestionarios enfocados hacia una temática específica, en un período de tiempo y a intervalos predefinidos. SV de carácter centinela en el cual una o más instituciones se escogen para determinar la tendencia, focalizar actividades de VE y sugerir intervenciones preventivas.

Vigilancia en Salud Pública es información para una acción oportuna y eficaz

Objetivos de la VE : Realizar un diagnóstico y pronóstico permanente del comportamiento de las enfermedades y sus factores condicionantes. Identificar problemas sanitarios en grupos de población. Prever y detectar precozmente epidemias y situaciones anormales. Establecer prioridades, basadas en la magnitud, trascendencia y vulnerabilidad. Programar y ejecutar acciones de prevención y control. Evaluar el efecto de los programas de prevención y control de las enfermedades y sus factores condicionantes.

Modelos de vigilancia sistema de información - España - Sistema de salud publica Sistema de vigilancia elementos Observación Trat Información Finalidad Higiene publica 1919 Notificación obligatoria Vigilancia pasiva Listado de enfermedad infecciosa Análisis epidemiológico de casos Control de casos y epidemias Salud pública clásica 1930 Vigilancia epidemiológi-ca Pasiva y activa Puestos centinelas Enfermedad infecciosa y otros problemas de salud Análisis epidemiológi- co de la información Valoración predictiva – toma de decisiones Nueva salud pública 1995 Vigilancia en salud pública Bases de datos relacionadas y redes de transmisión Datos sobre la gestión de programas de control , prevención, atención y costos Sistema de información para toma de decisiones Evaluación de la intervención e integración en el sistema de información de salud pública

Vigilancia en salud pública Elementos usados como base de la información para la vigilancia en salud pública casos y muertes (frecuencia absoluta de enfermos o muertos de cierta enfermedad, fecha, lugar de ocurrencia, edad, sexo y ocupación resultados de laboratorio (permiten confirmar casos, serología, detectar resistencia bacteriana, conocer niveles de inmunidad de la población, detectar niveles de contaminación ambiental) ambiente (datos sobre calidad y cobertura de servicios de agua, eliminación de excretas, niveles de contaminación del aire

Vigilancia en salud pública medidas de prevención y control (datos obtenidos de los programas sobre medidas de ejecutadas: enfermos tratados, viviendas rociadas, vacunas aplicadas) vectores (tipo de vector, distribución geográfica, hábitos, resistencia a insecticidas) reservorios (datos sobre existencia de portadores humanos, distribución de reservorios animales) población (tamaño, composición por edad y sexo, distribución geográfica, susceptibilidad o resistencia a enfermedades)

Mecanismos de notificación Encuestas Investigación epidemiológica: Este procedimiento permite obtener activamente información complementaria sobre uno o más casos de una enfermedad dada. Se inicia a partir de los datos obtenidos de las notificaciones y de los registros , pero también se puede iniciar a partir de rumores. Rumores: Son opiniones populares espontáneas, asociadas a un aumento del número de casos o muertes por una cierta causa. Surgen en la comunidad y son divulgados por los líderes o por la prensa. Registros: Anotaciones regulares de ciertos eventos (nacimientos, vacunaciones, casos hospitalizados, defunciones) efectuadas por los servicios de salud y otras instituciones

Tipos de notificación: Notificación positiva: informa sobre la existencia de los casos cuando ocurren. Notificación negativa sistemática: informa con periodicidad preestablecida sobre la ausencia de casos. Se utiliza en estrategias de erradicación como elemento de certificación.

SALA DE SITUACION Una sala de situación es un espacio real o virtual de encuentro de tomadores de decisión y de especialistas en “vigilar” los problemas bajo estudio. En este espacio se hace presente toda la información analizada e interpretada, en forma que pueda ser fácilmente comprendida y utilizada por los tomadores de decisiones.

Modelo Conceptual para el diseño de SIS Que hacer Políticas, prioridades, estrategias Como hacerlo Planes Programación Normativas Situación sanitaria Sistema de información Que se esta haciendo Se esta modificando Evaluación

Flujograma de información: fuente nivel local nivel departamental programas específicos nivel central VE MSP División Epidemiología MSP Di.Ge.Sa. MSP A.S.S.E. Notificación internacional

Potestades jurídicas de actuación del MSP en casos de cuarentena y aislamiento sanitario Constitución de la República: Arts. 7; 37; 44 y 47. Ley Orgánica 9.202 del 12/01/1934: - Art. 2,(Cometidos “Policía Sanitaria”, Mantenimiento del Orden Público Interno), Numerales 1, 2 y 3 (Cuarentena y Aislamiento). Art. 4: “Todo habitante del país tienen la obligación de someterse a las medidas profilácticas o de asistencia que se impongan cuando su estado de salud, a juicio del MSP, puede constituir un peligro público. El MSP podrá imponer, cuando lo estime necesario, la denuncia y tratamiento obligatorio de las afecciones que por su naturaleza o el género de ocupaciones a que se dedica la persona que la padezca, pueda tener una repercusión sobre la sociedad. Art. 5. Contempla caso de establecimiento determinado Las sanciones a estas normas las fundamenta el Art. 224 del Código Penal, “El que violare las disposiciones publicadas por la autoridad competente para impedir la invasión de una enfermedad epidémica o contagiosa, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión.”

Vigilancia en Salud Pública Características de la Vigilancia Epidemiológica en el Uruguay Fuentes de datos: fuentes regulares puestos centinelas Flujogramas de información Consolidación de la información Análisis de los datos Retroalimentación del sistema Enfermedades de notificación obligatoria

Vigilancia en Salud Pública CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA Entrada de información sistema de notificación espontánea búsqueda activa puestos centinelas directores departamentales - oficiales de higiene ambiental Procesamiento de la información

Vigilancia en Salud Pública Retroalimentación Formal - boletín informal guías de vigilancia epidemiológica talleres de capacitación Dificultades subregistro informatización programas que dependen de DI.GE.SA

El ejemplo de la meningitis meningocóccica Notificación oportuna Indicador de calidad del sistema de vigilancia Notificación tardía: fuera del plazo señalado Meta: 100% de notificación dentro de las 1as 24 horas desde que se sospecha la enfermedad

Notificaciones tardías 2005 (hasta 20/10/05) 59 notificaciones tardías de 142 casos sospechosos (41,5%) La gran mayoría dentro de las 48 hs. Fuente: Vigilancia epidemiológica - MSP

Flujograma de la Información Fuente Responsable del Nivel Local Nivel Departamental Nivel Central Dpto. Vigilancia Epidemiológica Dpto. de Epidemiología División Salud de la Población OPS-OMS ASSE DI.GE.SA.

Enfermedades de notificación obligatoria

CÓDIGO NACIONAL sobre enfermedades y eventos sanitarios de notificación obligatoria Decreto Nº 64/004 MSP – DI.GE.SA Div. Salud de la Población Uruguay, 2004

Artículo 1 - Disposiciones A los efectos de esta reglamentación se entiende por enfermedades y eventos sanitarios de declaración obligatoria a todas aquellas enfermedades transmisibles o no y los eventos, hechos acontecimientos o circunstancias que por su importancia, características o excepcionalidad puedan considerarse de riesgo para la salud pública ………………………………………………………..

Artículo 3 – Responsabilidad de la declaración 3.1 Están obligados a hacer la declaración de las enfermedades o eventos indicadas en el artículo 2 del presente código las siguientes personas: Médicos y veterinarios en el ejercicio libre de su profesión o en relación laboral de dependencia Directores técnicos de hospitales o instituciones de asistencia………….

Artículo 3 – Responsabilidad de la declaración 3.2 También deberán hacer la declaración de las enfermedades o eventos indicadas en el artículo 2 del presente código las siguientes personas: Directores de escuelas y liceos Mandos de establecimientos de FFAA, capitanes de buques o aeronaves CUALQUIER CIUDADANO que tenga conocimiento o sospecha de la ocurrencia de una enfermedad o circunstancia que pueda significar riesgo para la salud pública

Artículo 13 13.2 Ante la omisión de la notificación oportuna y de acuerdo a lo dispuesto por el presente código por parte de las personas que determina el artículo 3 (numeral 3.1), la autoridad sanitaria deberá radicar denuncia penal de acuerdo con el artículo 224 del Código Penal

Artículo 13 13.3 La omisión de la notificación oportuna y de acuerdo a lo dispuesto por el presente código por parte de las personas que determina el artículo 3 (numeral 3.2), será pasible de las sanciones administrativas o las que correspondan de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Artículo 13 13.4 La notificación por parte de las personas indicadas en el artículo 3º numeral 3.2, NO EXIME de responsabilidad a las personas establecidas en el artículo 3º numeral 3.1

CÓDIGO PENAL Artículo 224. Daño por violación de las disposiciones sanitarias “El que mediante violación a las disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación en el territorio nacional de enfermedades epidémicas o contagiosas de cualquier naturaleza, causare daño a la salud humana o animal, será castigado con 3 a 23 meses de prisión”

¿ En base a qué se seleccionan las enfermedades y eventos sanitarios incluídos en el código? Perspectiva nacional, regional e internacional Mortalidad y mortalidad Potencial epidémico Monitoreo permanente de enfermedades transmisibles, no transmisibles, temas ambientales, accidentes y situación nutricional

Enfermedades de notificación obligatoria Se ordenan en dos grupos de acuerdo al plazo y lugar de notificación La notificación debe realizarse frente a la sospecha de la enfermedad aún no confirmada por el laboratorio

Enfermedades de notificación obligatoria Grupo A Notificación en el día por la vía más rápida: telefónica, fax o personal Grupo B Notificación semanal Vigilancia por puestos centinelas Influenza (gripe) Diarreas RESISTENCIA ATB ETS no SIDA

Grupo A Dengue Difteria Enfermedad eruptiva febril Enfermedad meningocóccica Enfermedad transmitida por alimentos (ETA) Enfermedades de notificación internacional : fiebre amarilla, cólera, peste, SARS Hantavirosis Intoxicaciones agudas

Grupo A Meningitis Doble vía de Ofidismo, araneísmo notificación Parálisis fláccida aguda Personas mordidas Rabia animal Rabia humana Sífilis connatal S. de rubeola congénita Tétanos - Tétanos neonatal Enfermedad o evento de presentación inusitada Doble vía de notificación VE y CIAT

Grupo B Accidente de trabajo y enfermedad profesional ( Doble vía de notificación VE y BSE) Accidente de tránsito Brucelosis Carbunco Enfermedad de Chagas Enfermedad de Creutzfeldt – Jakob Exposición a contaminantes ambientales : Pb, Hg, plaguicidas: organofosforados y carbamato

Grupo B Fiebre Q Fiebre tifoidea Hepatitis A Paperas Hepatitis B, C, otras Hidatidosis Lepra Leptospirosis Malaria Notificación negativa de eruptivas febriles y parálisis fláccidas agudas Paperas Riesgo nutricional Tos convulsa Tuberculosis Varicela VIH/SIDA

Con excepción de VIH/SIDA, en todos los casos la notificación debe realizarse frente a la sospecha de la enfermedad aún no confirmada por el laboratorio

Algunos ejemplos

Riesgo nutricional Definición de caso Todo RN, niño o adolescente, embarazada o madre en período de lactancia en la cual se compruebe la existencia de factores de riesgo nutricional de acuerdo a las pautas establecidas por el MSP ( Div. Salud de la Población)

Enfermedad eruptiva febril Caso sospechoso Toda persona que presenta fiebre y exantema máculo-papular acompañado por: tos o coriza o conjuntivitis Rubeola o sarampión Caso confirmado

¿ Qué datos hay que aportar en la notificación? Institución Servicio (teléfono) Responsable de la notificación (teléfono) Notifica en carácter de …….. Enfermedad o evento sanitario notificado Lugar donde ocurre el caso

¿ Qué datos hay que aportar en la notificación? Datos del caso Nombre ( nº autogenerado en caso HIV) Sexo Edad Domicilio y teléfono Fecha inicio de los síntomas Fecha de internación Fecha de alta o defunción Médico tratante

Algunas direcciones útiles Depto de Epidemiología – U. de VE 18 de julio 1892 of.420 4091200 vigilanciaepi@msp.gub.uy

A modo de reflexión La V en SP es mucho más que la notificación TODOS somos responsables de notificar y somos parte del sistema de vigilancia

La notificación es imprescindible para conocer la ocurrencia de las enfermedades y eventos Por tanto para poder adoptar las medidas necesarias en forma oportuna

Gracias