La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

José Javier Castrodeza Sanz

Presentaciones similares


Presentación del tema: "José Javier Castrodeza Sanz"— Transcripción de la presentación:

1 José Javier Castrodeza Sanz
Director General de Salud Pública e I+D+i Consejería de Sanidad Junta de Castilla y León

2 MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN: UNA APUESTA POR LA CALIDAD

3 D. Rafael Luis García Matos
PONENTES: D. Rafael Luis García Matos Subdirector General de Ordenación Normativa del Ministerio de Trabajo e Inmigración. D. Amalio Sánchez Grande Director del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo. D. Julián Martín Alcántara Director General de Salud Laboral de Castilla la Mancha.

4 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
NORMATIVA NACIONAL LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 31/1995 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN RD 39/1997 ACUERDO DE CRITERIOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA LA ACTIVIDAD SANITARIA DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN 2006 (PENDIENTE DE NUEVA ACTUALIZACIÓN) REAL DECRETO 337/2010, MODIFICA ALGUNOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO S.P. 1997

5 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
NORMATIVA CASTILLA Y LEÓN: REQUISITOS PARA AUTORIZAR LAS UNIDADES DE MEDICINA DEL TRABAJO DECRETO 49/2005, de 23 de junio, por el que se establece el régimen jurídico y el procedimiento para la autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios. ORDEN SAN/1283/2006, de 28 de julio, por la que se aprueban los requisitos técnicos y condiciones mínimas exigibles a las Unidades de Medicina del Trabajo de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Castilla y León.

6 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
Se mantiene el artículo 38 del RSP 1997: Colaboración con el Sistema Nacional de Salud: -El Servicio de Prevención colaborará con los servicios de atención primaria de salud y de asistencia sanitaria especializada para el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de enfermedades relacionadas con el trabajo y con las Administraciones sanitarias competentes en la actividad de salud laboral. -El Servicio de Prevención colaborará en las campañas sanitarias y epidemiológicas organizadas por las Administraciones Públicas competentes en materia sanitaria.

7 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
Se mantiene el artículo 39 del RSP 1997: Información Sanitaria: - El Servicio de Prevención colaborará con las autoridades sanitarias para proveer el Sistema de Información Sanitaria en Salud Laboral. - El personal sanitario del Servicio de Prevención realizará la vigilancia epidemiológica, efectuando las acciones necesarias para el mantenimiento del Sistema de Información Sanitaria en Salud Laboral en su ámbito de actuación.

8 NUEVO REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo
APORTACIONES: 1- Potenciar la interdisciplinariedad de los Servicios de Prevención Ajenos en sus cuatro especialidades o disciplinas preventivas: Medicina del Trabajo Seguridad en el trabajo Higiene industrial Ergonomía y psicosociología aplicada 2- La actuación coordinada de los expertos de las cuatro especialidades


Descargar ppt "José Javier Castrodeza Sanz"

Presentaciones similares


Anuncios Google