Las indemnizaciones en materia del trabajo.

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Transcripción de la presentación:

Las indemnizaciones en materia del trabajo. Ejemplos prácticos.

Las acciones más comunes en el derecho del trabajo. El cumplimiento del contrato, derivado de un despido injustificado. La rescisión de la relación laboral por causas imputables al patrón. El cobro de la prima de antigüedad. El tiempo extraordinario. Los salarios caídos. Indemnización por riesgo de trabajo que cause la muerte del trabajador.

Prestaciones a que tengo derecho cuando sufro un despido injustificado. indemnización Reinstalación

Si se opta por la variante de indemnización. Indemnización del trabajador Gana juicio 90 días de salario Salario diario integrado Prestaciones proporcionales Prima vacacional. Vacaciones. Aguinaldo. Prima de antigüedad Tope dos veces el salario mínimo Salarios caídos Pierde juicio Sólo con más de 15 años de servicio.

Si se opta por la reinstalación. Reinstalación del trabajador (despido). Gana juicio. Reincorporación a las labores Prestaciones proporcionales Salarios caídos Pierde juicio.

Si el patrón se niega a reinstalar, el trabajador tiene derecho a: Trabajador alega despido Gana juicio 90 días de salario Salario diario integrado Prestaciones proporcionales Prima vacacional. Vacaciones. Aguinaldo. Prima de antigüedad Tope dos veces el salario mínimo Salarios caídos 20 días por año

Prestaciones a que tengo derecho en caso de rescisión. Por causas imputables al patrón Gana juicio 90 días de sueldo 20 días por año cumplido Salario diario integrado Prestaciones proporcionales Salario base Prima de antigüedad Pierde juicio

El tiempo extraordinario. Se tiene derecho a esta prestación en todos los casos en que así se demande, se acredite en el juicio haberlo laborado y; habitualmente prescribe toda reclamación por este concepto que abarque un período de tiempo anterior al último año de servicios prestados. El tiempo extraordinario se calcula en función del costo de obra ordinaria. La ley sólo permite laborar una jornada ordinaria de 48 horas, y un límite de tiempo extraordinario de nueve horas a la semana que deben distribuirse de tres en tres. Para su cuantificación debe servir de base el salario integrado por ser el que se paga en la jornada ordinaria. Ver JURISPRUDENCIA. Registro: 166420. Las primeras nueve horas extraordinarias se pagan al doble del valor de la hora sencilla.(calculada sobre el SDI). Las posteriores horas extraordinarias se pagan al triple del valor de la hora sencilla. (calculada sobre el SDI).

La prescripción de las prestaciones laborales. Prescribe en: 90 días de indemnización. Dos años (tiempo para reclamar en laudo) Aguinaldo El último año laborado (por cobrar) Vacaciones y prima vacacional Bonos (extralegales). Tiempo extraordinario. Prima dominical, días festivos

Los salarios caídos. Se calculan sobre la base del salario diario integrado. Se tiene derecho a ellos al ganar el laudo. Su reclamación prescribe en dos años. Se generan a partir del día en que se alega el despido o rescisión, hasta que se dé total cumplimiento al laudo. En la ley en vigor se prevé que los salarios caídos tendrán un tope de 12 meses, pasados los cuales dejarán de correrá razón de un salario diario integrado por cada día hasta que se dé total cumplimiento al laudo; a partir de que se cumplan los 15 meses, comenzarán a correr salarios caídos en función de un interés del 2% mensual sobre saldo insoluto, hasta que se dé total cumplimiento al laudo. (Artículo 48 de la ley Federal del trabajo). En caso de muerte del trabajador, dejarán de computarse los salarios vencidos como parte del conflicto, a partir de la fecha del fallecimiento.

Muerte de trabajador por riesgo de trabajo. (Artículo 502 LFT). Indemnización Dos meses de salario Salario cuota diaria (art. 484 LFT) 5000 días de salario

Por fin la práctica. Matemáticas.

¿Cómo calcular las indemnizaciones? 1.- CALCULAR EL: Salario diario integrado. Se calcula con la proporción diaria de cada una de las prestaciones que el trabajador recibe por los servicios prestados, (artículo 84 de la ley Federal del trabajo).   Sueldo semanal. Bonos: Despensa: $100. 00 = (D) Puntualidad: $70. 00= (P) Cuota diaria: $150.00 =(CD) Aguinaldo legal =15 días (Ag) Prima vacacional = Vacaciones x (25%) Seis días de vacaciones. Proporcionales diarias: (D)/7 = 14.28 (P)/7 = 10 (Ag)= 15x (CD)/365 =6.16 (PV)= 6 x (CD)/365 X (.25)=0.61 O bien: (VAC) x(.25)/365= SDI= 181.05 Vacaciones: 6 x (CD)= 900 (VAC) Aguinaldo anual: (CD) X 15

Aguinaldo proporcional al último año laborado:  Se toma en cuenta del primero de enero de cada año hasta el último día laborado:  Ejemplo. Ultimo día: 25 de abril de 2013 = han transcurrido 115 días laborados (DL) AG PROP. = 15 X (CD)/365 X DL AG PROP. = 15X150/365X115=708.90   o bien la regla de 3: Si por 15 días de aguinaldo anual (365 días laborados), me corresponden (15x150=$2,250) $2250, ¿Cuanto me corresponderá por 115 días trabajados?: Días ---- Pesos 365 ----- 2250 115 ----- "X“ = 708.90

La prima vacacional 1.- Hay que obtener el monto de las vacaciones.   El trabajador tiene por ejemplo 6 días de vacaciones. (DV) VACACIONES= (DV)X (CD) VACACIONES= 6x150=900 (VAC) La prima vacacional es el 25% de las vacaciones. PV= VAC X (.25) PV=900 X 0.25= $225 2.- La proporción diaria se calcula así:   PV/365 225/365=0.616 Como en el ejemplo el trabajador ha laborado 115 días, su Proporción diaria al último año laborado es: PV/365X(DL) 225/365X115=70.89

Calcular las indemnizaciones. 2.- En base a las prestaciones a qué tenemos derecho, realizar las siguientes operaciones aritméticas:   DESPIDO INJUSTIFICADO (INDEMNIZACION) Ultimo día de labores: 13 de abril de 2013 Días transcurridos: 102 (DT) SDI= 181.05 Días de vacaciones: (DV)= 18 Antigüedad 15 años. (ejemplo). Tope doble salario mínimo: 122.76 Salario mínimo: $61.38 Indemnización: (SDI) X 90 PROPORCINALES AL ULTIMO DIA LABORADO: Aguinaldo prop: (15) X (CD) /365 X (DT) Vac. prop: (VAC PROP)= (18)X(CD)/365 X (DT) Prima Vac. Prop. = (VAC PROP) X .25% Indemnización Constitucional (90) X (SDI)= 16,294.50 Antigüedad: (15) X (12) x 122.76 = 22,096.8 En el caso de 20 días por año: (20) X (15) X SDI= 54,315.00 PROPORCIONALES Aguinaldo prop: = 628.32 Vacaciones prop: = 754.52 Prima Vac. Prop. = 188.63 ss Fórmulas