LA LEY DE RELACIONES LABORALES-GERENCIALES DEL SERVICIO FEDERAL.

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Transcripción de la presentación:

LA LEY DE RELACIONES LABORALES-GERENCIALES DEL SERVICIO FEDERAL

EL OBJECTIVO DE LA LEY 5 U.S.C. § 7101 La Ley de Relaciones Laborales-Gerenciales del Servicio Federal (La Ley) protege el derecho de empleados a organizar, negociar colectivamente, y participar a través de organizaciones laborales (típicamente uniones) elegido por ellos en decisiones que afectan sus condiciones del trabajo. La Ley de Relaciones Laborales-Gerenciales del Servicio Federal (La Ley) protege el derecho de empleados a organizar, negociar colectivamente, y participar a través de organizaciones laborales (típicamente uniones) elegido por ellos en decisiones que afectan sus condiciones del trabajo. El Congreso declaró que organizaciones laborales y negociaciones colectivas en el servicio civil del gobierno federal son en el interés del público. El Congreso declaró que organizaciones laborales y negociaciones colectivas en el servicio civil del gobierno federal son en el interés del público. 2

La Oficina del Consejero General Julia Akins Clark Oficinas Regionales -Atlanta -Boston -Chicago -Dallas -Denver -San Francisco -Washington, D.C. La Autoridad Presidente Carol Waller Pope Miembros Ernest DuBester Patrick Pizzella Oficina de Jueces de Leyes Administrativas El Panel de Impasses Federal Presidente Mary Jacksteit Miembros Martin Malin Barbara Franklin Edward Hartfield Don Wasserman [vacante] La Autoridad Federal de Relaciones Laborales (FLRA) 3

LA AUTORIDAD Revisa las decisiones de los jueces administrativas (jueces) de prácticas laborales injustas en caso de apelación. Revisa las decisiones de los jueces administrativas (jueces) de prácticas laborales injustas en caso de apelación. Decide las apelaciones de las decisiones de los Directores Regionales en casos de representación. Decide las apelaciones de las decisiones de los Directores Regionales en casos de representación. Decide sobre las apelaciones a decisiones de árbitros. Decide sobre las apelaciones a decisiones de árbitros. Resuelve disputas de negociabilidad. Resuelve disputas de negociabilidad. 4

LA OFICINA DEL CONSEJERO GENERAL Investiga cargos de prácticas laborales injustas. Investiga cargos de prácticas laborales injustas. Enjuicia denuncias de prácticas laborales injustas. Enjuicia denuncias de prácticas laborales injustas. Investiga y decide peticiones de representación a nombre de la Autoridad. [Esta entrenamiento no cubre cuestiones o la ley de representación.] Investiga y decide peticiones de representación a nombre de la Autoridad. [Esta entrenamiento no cubre cuestiones o la ley de representación.] Conducta elecciones para certificar y retirar certificaciones de unidades de negociación. Conducta elecciones para certificar y retirar certificaciones de unidades de negociación. Ofrece entrenamiento sobre La Ley. Ofrece entrenamiento sobre La Ley. 5

EL PANEL DE IMPASSES FEDERAL Resuelve impasses de negociación entre los Agencias y los Uniones cuando los acuerdos voluntarios, incluyendo los servicios del Servicio Federal de Mediación y Conciliación (FMCS), no tienen éxito. La definicion de “Impasse” en los regulaciones del FSIP se traduce como la siguiente: “el punto en la negociación de condiciones de empleo cuando las partes no pueden llegar a un acuerdo, a pesar de sus esfuerzos para hacerlo a través de negociaciones directas y por el uso de mediación o de otros acuerdos voluntarios para encontrar alguien solución.” 5 C.F.R. § (e). La definicion de “Impasse” en los regulaciones del FSIP se traduce como la siguiente: “el punto en la negociación de condiciones de empleo cuando las partes no pueden llegar a un acuerdo, a pesar de sus esfuerzos para hacerlo a través de negociaciones directas y por el uso de mediación o de otros acuerdos voluntarios para encontrar alguien solución.” 5 C.F.R. § (e). 6

Cargos de Prácticas Laborales Injustas 7

¿Quién puede presentar una carga? Cualquier persona (individuo, organización laboral, o agencia) puede presentar una carga. 5 U.S.C. § 7103(a)(1) and 5 C.F.R. § (a). Cualquier persona (individuo, organización laboral, o agencia) puede presentar una carga. 5 U.S.C. § 7103(a)(1) and 5 C.F.R. § (a). Cargos se pueden presentar contra las agencias o actividades. Cargos se pueden presentar contra las agencias o actividades. FLRA Forma 22 FLRA Forma 22 Cargos se pueden presentar contra las uniones. Cargos se pueden presentar contra las uniones. FLRA Forma 23 FLRA Forma 23 8

Procedimientos para la presentación de cargos 5 C.F.R. § 2423 Los cargos se pueden presentar en persona, por correo, por fax o por eFiling. § (c) Los cargos se pueden presentar en persona, por correo, por fax o por eFiling. § (c) El cargo tiene que incluir una declaración clara y concisa de los hechos que presuntamente constituye una práctica laboral injusta. § (a)(5) El cargo tiene que incluir una declaración clara y concisa de los hechos que presuntamente constituye una práctica laboral injusta. § (a)(5) Tienes la obligación de presentar evidencia y una la lista de testigos posibles. § (f) Tienes la obligación de presentar evidencia y una la lista de testigos posibles. § (f) 9

Donde presentar una carga El cargo se presenta al Director Regional de la región donde la práctica laboral injusta ocurrió. (Visita El cargo se presenta al Director Regional de la región donde la práctica laboral injusta ocurrió. (Visita Si la práctica laboral injusta ocurrió en más que una región, la carga puede ser presentada al Director Regional en cualquiera de esas regiones donde la práctica laboral injusta ocurrió. Si la práctica laboral injusta ocurrió en más que una región, la carga puede ser presentada al Director Regional en cualquiera de esas regiones donde la práctica laboral injusta ocurrió. § (a) § (a) 10

La obligación contractual de notificar de la intención de presentar una carga Un acuerdo entre un Unión y una Agencia que contiene un requisito de que el parte que quiere presentar una carga tiene notificar al otro parte antes de presentar la carga de su intento de presentar una carga, un requisito de una presentación de precarga, o un requisito de intentar de resolver una disputa antes de presentar una carga a la FLRA, son ejecutables. Un acuerdo entre un Unión y una Agencia que contiene un requisito de que el parte que quiere presentar una carga tiene notificar al otro parte antes de presentar la carga de su intento de presentar una carga, un requisito de una presentación de precarga, o un requisito de intentar de resolver una disputa antes de presentar una carga a la FLRA, son ejecutables. Si la Región encuentra que el parte que presentó la carga no ha seguido un procedimiento necesario bajo el contrato, la carga será despedido para permitir el cumplimiento del procedimiento requerido bajo el contrato. Si la Región encuentra que el parte que presentó la carga no ha seguido un procedimiento necesario bajo el contrato, la carga será despedido para permitir el cumplimiento del procedimiento requerido bajo el contrato. Estos acuerdos entre Agencias y Uniones no limitan el derecho del empleado individual a presentar un cargo. Estos acuerdos entre Agencias y Uniones no limitan el derecho del empleado individual a presentar un cargo. Headquarters, Fort Sam Houston, 8 FLRA 394 (1982). Headquarters, Fort Sam Houston, 8 FLRA 394 (1982). 11

Investigación de la Oficina Regional Todas las partes tienen la oportunidad de presentar sus pruebas y puntos de vistas al Director Regional. § (a) Todas las partes tienen la oportunidad de presentar sus pruebas y puntos de vistas al Director Regional. § (a) La investigación se conducta en la medida y en el ámbito que el Director Regional considere necesario. § (a) La investigación se conducta en la medida y en el ámbito que el Director Regional considere necesario. § (a) “Todas las personas tienen que cooperar con el Director Regional durante la investigación de un cargo.” § (b) “Todas las personas tienen que cooperar con el Director Regional durante la investigación de un cargo.” § (b) 12

Cooperación Incluye… Hacer testigos pertinentes disponibles para dar testimonios juradas o afirmadas. Hacer testigos pertinentes disponibles para dar testimonios juradas o afirmadas. Producir pruebas documentales pertinentes. Producir pruebas documentales pertinentes. Proporcionar declaraciones de su posición. Proporcionar declaraciones de su posición. 5 C.F.R. § (b)(1), (2), and (3) 13

Objetivos de la Investigación Para determinar la validez de las alegaciones de la parte acusadora y si una práctica laboral injusta debajo de 5 U.S.C. § 7116 ha ocurrido. Para determinar la validez de las alegaciones de la parte acusadora y si una práctica laboral injusta debajo de 5 U.S.C. § 7116 ha ocurrido. Para disponer una oportunidad razonable para la parte acusada de rechazar las acusaciones de prácticas laborales injustas. Para disponer una oportunidad razonable para la parte acusada de rechazar las acusaciones de prácticas laborales injustas. 14

Decisión del Director Regional Denuncias Denuncias Si la totalidad o parte de un cargo establece una violación de la Ley, y el Director Regional determina proceder, la Región va a presenta una denuncia que establece el tiempo y lugar para una audiencia legal. 5 U.S.C. § 7118(a)(1), (2) y (3); 5 C.F.R. § (a)(4). Si la totalidad o parte de un cargo establece una violación de la Ley, y el Director Regional determina proceder, la Región va a presenta una denuncia que establece el tiempo y lugar para una audiencia legal. 5 U.S.C. § 7118(a)(1), (2) y (3); 5 C.F.R. § (a)(4). Despidos Despidos Si la totalidad o parte de la carga no establece una violación de la Ley, el Director Regional va a desechar el cargo totalmente o solamente la parte de la carga no establece una violación. 5 U.S.C. § 7118(a)(1); 5 C.F.R. § (b). Si la totalidad o parte de la carga no establece una violación de la Ley, el Director Regional va a desechar el cargo totalmente o solamente la parte de la carga no establece una violación. 5 U.S.C. § 7118(a)(1); 5 C.F.R. § (b). Retirada Aprobada Retirada Aprobada La parte que presentó la acusación puede pedir a retirar la acusación. 5 C.F.R. § (a). La parte que presentó la acusación puede pedir a retirar la acusación. 5 C.F.R. § (a). 15

Apelación de la Decisión del Director Regional de No Presentar una Denuncia La parte que presentó la acusación puede apelar la decisión del Director Regional de no presentar una denuncia al Consejero General. La parte que presentó la acusación puede apelar la decisión del Director Regional de no presentar una denuncia al Consejero General. La apelación tiene que ser presentada dentro de 25 días después del notificación de la decisión del Director Regional. 5 C.F.R. § (c) (apelación de una carta de despido y los motivos); 5 C.F.R. § 2429 subpart B (requisitos generales de presentación). La apelación tiene que ser presentada dentro de 25 días después del notificación de la decisión del Director Regional. 5 C.F.R. § (c) (apelación de una carta de despido y los motivos); 5 C.F.R. § 2429 subpart B (requisitos generales de presentación). 16

Apelación El Consejero General puede considerar una apelación si la apelación del decisión del Director Regional establece, por lo menos, uno de los siguientes motivos: El Consejero General puede considerar una apelación si la apelación del decisión del Director Regional establece, por lo menos, uno de los siguientes motivos: La decisión del Director Regional no tuvo en cuenta hechos importantes que, si fueron tomados en cuenta, hubiera resultado en la presentación de una denuncia; La decisión del Director Regional no tuvo en cuenta hechos importantes que, si fueron tomados en cuenta, hubiera resultado en la presentación de una denuncia; La decisión fue basada en la determinación de un hecho material que era claramente errónea; La decisión fue basada en la determinación de un hecho material que era claramente errónea; La decisión fue basada en una articulación o interpretación incorrecta de la ley; La decisión fue basada en una articulación o interpretación incorrecta de la ley; No hay precedente del Autoridad sobre la cuestión legal del caso; O No hay precedente del Autoridad sobre la cuestión legal del caso; O La manera en que la Región cumplió la investigación resulto en un error perjudicial. La manera en que la Región cumplió la investigación resulto en un error perjudicial. 5 C.F.R. § (e) 17

No hay revisión judicial de la decisión de no presentar denuncia La decisión del Consejero General de no presentar una denuncia no está sujeta a revisión judicial. Turgeon v. FLRA, 677 F.2d 937 (D.C. Cir. 1982). La decisión del Consejero General de no presentar una denuncia no está sujeta a revisión judicial. Turgeon v. FLRA, 677 F.2d 937 (D.C. Cir. 1982). En otras palabras, si el Consejero General decide en contra del apelante, se termino el caso. En otras palabras, si el Consejero General decide en contra del apelante, se termino el caso. 18

Respuesta y Audición Legal Si se presenta una denuncia, el demandado (la parte acusada) tiene el derecho de presentar una respuesta a la denuncia original y cualquier denuncia enmendada y para atender y dar testimonio en la audiencia legal. Si se presenta una denuncia, el demandado (la parte acusada) tiene el derecho de presentar una respuesta a la denuncia original y cualquier denuncia enmendada y para atender y dar testimonio en la audiencia legal. 5 U.S.C. § 7118(a)(3) 19

Litigación 5 U.S.C. § 7118(a)(6) Las denuncias incluyen (a) una notificación y la día de fecha de la audiencia legal y (b) la fecha de cuando el demandado presentó su respuesta Las denuncias incluyen (a) una notificación y la día de fecha de la audiencia legal y (b) la fecha de cuando el demandado presentó su respuesta Las audiencias son presididas por un juez del FLRA. 5 CFR Capitulo XIV, Parte Las audiencias son presididas por un juez del FLRA. 5 CFR Capitulo XIV, Parte La Oficina del Consejero General es la parte actora durante litigación y lleva la obligación de demostrar todos los elementos de la violación. La Oficina del Consejero General es la parte actora durante litigación y lleva la obligación de demostrar todos los elementos de la violación. Después de la decisión del juez, las partes pueden presentar excepciones a la Autoridad. Después de la decisión del juez, las partes pueden presentar excepciones a la Autoridad. La Autoridad rinde una decisión basada en el expediente del caso. La Autoridad rinde una decisión basada en el expediente del caso. 20

La base legal para los remedios 5 U.S.C. § 7118(a)(7) 5 U.S.C. § 7118(a)(7) (A) Cese y desista (A) Cese y desista (B) Renegociar y aplicar retroactivamente (B) Renegociar y aplicar retroactivamente (C) Restablecer un empleado con pago retroactivo debajo 5 U.S.C. § 5596 (C) Restablecer un empleado con pago retroactivo debajo 5 U.S.C. § 5596 (D) Otras acciones que realizan los propósitos de la Ley. (D) Otras acciones que realizan los propósitos de la Ley. 21

Objetivo de los Remedios Recrear las condiciones antes del acto ilegal. Recrear las condiciones antes del acto ilegal. Disuadir futura conductas ilegales. Disuadir futura conductas ilegales. Promover la confianza de empleados sobre sus derechos y los procedimientos establecidos por la Ley. Promover la confianza de empleados sobre sus derechos y los procedimientos establecidos por la Ley. Fed. Bureau of Prisons, Wash., D.C., 55 FLRA 1250 (2000); U.S. DOJ, Bureau of Prisons, Stafford, Ariz., 35 FLRA 431 (1990). 22

Los Principios de los Remedios Todos los remedios tienen que: Todos los remedios tienen que: (A) Ser consistente con otras leyes (B) Ser razonablemente necesario para recrear, efectivamente, las condiciones y relaciones con los que la práctica laboral injusta interfirió en (C) Efectuar las pólizas de la Ley, incluyendo disuadir futura conductas ilegales (D) No ser punitivas F.E. Warren Air Force Base, Cheyenne, Wyo., 52 FLRA 149 (1996). 23

Razones Comunes por qué Cargos se Desechan Presentado tarde Presentado tarde Insuficiente evidencia -- aunque sean verdaderos, las alegaciones no constituyen una práctica laboral injusta bajo la Ley Insuficiente evidencia -- aunque sean verdaderos, las alegaciones no constituyen una práctica laboral injusta bajo la Ley Falta de cooperación Falta de cooperación Foro incorrecto Foro incorrecto Prohibido bajo 5 U.S.C. § 7116(d) Prohibido bajo 5 U.S.C. § 7116(d) 24

Puntualidad Ley de Prescripción 5 U.S.C. § 7118(a)(4)(A) La regla general: La regla general: Ninguna denuncia puede ser emitido en cualquier práctica laboral injusta que ocurrió más de 6 meses antes de la presentación de la carga. Ninguna denuncia puede ser emitido en cualquier práctica laboral injusta que ocurrió más de 6 meses antes de la presentación de la carga. U.S. DHS, Border & Transp., Sec. Directorate, Bur. Of Customs & Border Protection, Wash., D.C., 60 FLRA 943 (2005). 25

Excepción a la Ley de Prescripción Si la parte que presentó la carga fue impedido de presentar la carga dentro de los 6 meses del evento por: Si la parte que presentó la carga fue impedido de presentar la carga dentro de los 6 meses del evento por: (1) un fallo de una de las partes de realizar un derecho debido al otro parte, O (2) la ocultación de información que impidió descubrimiento de información o hechos, la parte que presentó la carga puede presentar su carga dentro los 6 meses de aprendizaje de la presunta violación. 5 U.S.C. § 7118(a)(4)(B) 26

Evidencia Insuficiente Antes de una determinación de que los hechos fundamentales debajo de la carga son meritorias, la parte que presentó la carga tiene la obligación de producir: Antes de una determinación de que los hechos fundamentales debajo de la carga son meritorias, la parte que presentó la carga tiene la obligación de producir: Testigos Testigos Documentos Documentos Hechos para apoyar su alegación Hechos para apoyar su alegación Si la evidencia presentado por la parte que presentó la carga no establece una violación de la Ley, la carga será despedido. Si la evidencia presentado por la parte que presentó la carga no establece una violación de la Ley, la carga será despedido. 27

Falta de Cooperación Si la parte que presentó la carga tiene la oportunidad de presentar testimonios, documentos y hechos, y no lo hace, la carga puede ser despedido por falta de cooperar en la investigación. Si la parte que presentó la carga tiene la oportunidad de presentar testimonios, documentos y hechos, y no lo hace, la carga puede ser despedido por falta de cooperar en la investigación. 28

Foro Incorrecto La FLRA no es la Junta de Protección de Sistemas de Mérito (MSPB) La FLRA no es la Junta de Protección de Sistemas de Mérito (MSPB) Si los hechos de un cargo de práctica laboral injusta y una apelación a la MSPB son los mismos, y la teoría legal se puede presentar a la MSPB, la Autoridad no va reclamar jurisdicción sobre el caso. Si los hechos de un cargo de práctica laboral injusta y una apelación a la MSPB son los mismos, y la teoría legal se puede presentar a la MSPB, la Autoridad no va reclamar jurisdicción sobre el caso. Pero puedes establecer distinciones entre el carácter personal e institucional de la apelación Pero puedes establecer distinciones entre el carácter personal e institucional de la apelación SBA & Wildberger, 51 FLRA 413 (1995), aff’d 132 F.3d 784 (D.C. Cir. 1998) (acciones adversas son apelables ante la MSPB). SBA & Wildberger, 51 FLRA 413 (1995), aff’d 132 F.3d 784 (D.C. Cir. 1998) (acciones adversas son apelables ante la MSPB). El procesamiento de los cargos de prácticas laborales injustas no es el foro apropiado para resolver controversias contractuales El procesamiento de los cargos de prácticas laborales injustas no es el foro apropiado para resolver controversias contractuales La FLRA no es la EEOC, OSC, NLRB o DOL La FLRA no es la EEOC, OSC, NLRB o DOL La práctica puede ser injusto, pero puede que no sea una práctica laboral injusta La práctica puede ser injusto, pero puede que no sea una práctica laboral injusta 29

Prohibido Bajo 5 U.S.C. § 7116(d) § 7116(d) - Si un problema puede ser analizado como un agravio (bajo un contrato) o un cargo de práctica laboral injusta, no puede ser analizado en las dos foros. § 7116(d) - Si un problema puede ser analizado como un agravio (bajo un contrato) o un cargo de práctica laboral injusta, no puede ser analizado en las dos foros. “Sólo una mordida a la manzana” - la primera mordida. “Sólo una mordida a la manzana” - la primera mordida. La prohibición establecida en § 7116(d) existe si las partes, los hechos y la teoría legal son los mismos. La prohibición establecida en § 7116(d) existe si las partes, los hechos y la teoría legal son los mismos. Dep’t of the Army, St. Louis, MO, 64 FLRA 140 (2009); Wildberger v. FLRA, 132 F.3d 784 (D.C. Cir. 1998); Dep’t of Labor, Wash., D.C., 59 FLRA 112 (2003); Census v. FLRA, 976 Fed 882 (4th Cir. 1992);OLAM, S.W. Air Def. Sector, 51 FLRA 797 (1996); U.S. Dep’t of the Army, Army Finance & Accounting Ctr., Indianapolis, Ind., 38 FLRA 1345 (1991) 30