DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO. Definición material: conforme el contenido histórico: “Derecho que regula las relaciones de los Estados en tiempo de guerra.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
Advertisements

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
Profesor Harold Delgado. Celular Mov. Blog Harold Delgado. Libro Base: Derecho Comunitario. Constitución Política de Nicaragua.
DIPLOMADO EN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA TEMA I (DERECHO) La Constitución y el ordenamiento jurídico cubano. Prof. Osvaldo M. Álvarez Torres.
| Estudio General Convenios 151 y 154 Recomendaciones 159 y 163 Convenios 151 y 154 Recomendaciones 159 y 163.
INTERNATIONAL TRAINING CENTRE OF THE ILO/TURIN LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO Y LAS NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO.
ESCUELA SINDICAL UNIVERSIDAD DE CHILE DRECHOS INDIVIDUALES / DERECHOS COLECTIVOS INTRODUCCION AL DERECHO COLECTIVO LIBERTAD SINDICAL Patricio Muñoz Navarrete.
Artículo 266. Las representantes y los representantes de Bolivia ante organismos parlamentarios supraestatales emergentes de los procesos de integración.
La atención a la infancia: marco jurídico y políticas sociales
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y PRIVADO
DISPOSICIONES GENERALES DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
1 u n i d a d Relación laboral y contrato de trabajo.
Fuentes legales del Contrato de Trabajo
EL ORDENAMIENTO JURIDICO
Derecho privado parte gral.
Introducción a sus relaciones
1 u n i d a d El Derecho del Trabajo.
Edwin Figueroa Gutarra
INTRODUCCIÓN AL DERECHO DEL TRABAJO
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Las generaciones de derechos humanos
Constitucionalismo y codificación.
Derecho Internacional Público
SUBJETIVIDAD INTERNACIONAL Y SUJETOS DE DERECHO INTERNACIONAL
Unidad 1 El vocablo Derecho.
FUENTES NO CONTENIDAS EN ART
Unidad VI: Técnica jurídica.
Para vivirlos… conozcamos nuestros derechos.
Basamento Legal Contraloría Social = Ciudadanos (Pueblo) = Entes públicos o Privados Entidades objeto de contraloría social Función y procesos objeto de.
Patrimonio territorial y cultural de Nicaragua según la Constitución Política de Nicaragua. Elaborado por: Alexander Argueta 2018.
Derecho civil obligaciones 1
 Conjunto de principios de aceptación universal, reconocidos constitucionalmente, garantizados jurídicamente, orientados a asegurar al ser humano su.
¿Cuáles son las fuentes
ESTADO LIBERAL SE LLAMA A CIERTA CONFIGURACIÓN EN EL ORDEN JURÍDICO POLÍTICO DE UN ESTADO CARACTERIZADO POR ASPECTOS TALES COMO LA SEPARACIÓN DE LOS PODERES.
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO. HISTORIA La OIT fue creada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial,
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
Las Fuentes del Derecho. Sistema Jurídico - El fenomeno jurídico consiste de una serie de reglas institucionales y organizativas, que exprimen determinados.
TEORÍA DEL ESTADO. CONCEPTO DE DERECHO Normas: Reglas reguladoras de conductas sociales Jurídicas: Sanción jurídica –Coacción física –Inmanente –Socialmente.
DERECHO MARÍTIMO DEFINICIONES Y CLASIFICACIÓN CURSO ORIENTACIÓN BÁSICA TNNV-MD Hugo Bustamante TNNV-JT Sadith Coello Septiembre 2018 LEGISLACIÓN MARÍTIMA.
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
Bienvenidos !!! a la cursada de
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
Tema: CONCEPTO DE Estado Personificación jurídica de una agrupación humana que habita dentro de un territorio común, con individuos asociados.
El sistema normativo de la OIT Turín, mayo de 2009
El sistema normativo de la OIT
Derecho Internacional 1. Antecedentes del DI  En el Derecho Romano, dada la naturaleza y evolución de la organización social, jurídica y política existía.
1 u n i d a d Relación laboral y contrato de trabajo.
DERECHO CONSTITUCIONAL I
Derecho de Comunitario. Derecho Comunitario es: “El complejo de normas jurídicas que disciplinan las Comunidades de Estados y sus relaciones jurídicas.
1.11 Derecho Internacional
OCAMPO VALENCIA HASADYA LOMELI RIOS GABRIELA ELIZABETH
El sistema normativo de la OIT
El sistema normativo de la OIT
TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS.  los tratados son los actos jurídico internacionales que vinculan de una manera más formal a los Estados.
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
¿Cuáles son las fuentes
Aplicación del derecho
 Es la Norma suprema del ordenamiento jurídico español y por la que se regula toda la compleja interrelación entre las diferentes normas. Estructura.
ACTO ADMINISTRATIVO: DELIMITACIÓN CONCEPTUAL, CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS. ELEMENTOS ESENCIALES: COMPETENCIA: CONCEPTO, PRINCIPIOS Y CLASES.
Multivocidad. Concepto abstracto y, muchas veces, subjetivo.
TEORÍA DEL ESTADO. CONCEPTO DE DERECHO Normas: Reglas reguladoras de conductas sociales Jurídicas: Sanción jurídica –Coacción física –Inmanente –Socialmente.
Derecho Internacional Publico
El rol de los sindicatos en los sistemas normativo y de control: acción nacional e Internacional Ginebra, octubre de 2008.
TEORÍA DEL ESTADO. CONCEPTO DE DERECHO Normas: Reglas reguladoras de conductas sociales Jurídicas: Sanción jurídica –Coacción física –Inmanente –Socialmente.
TEORÍA DEL ESTADO. CONCEPTO DE DERECHO Normas: Reglas reguladoras de conductas sociales Jurídicas: Sanción jurídica –Coacción física –Inmanente –Socialmente.
TEORÍA DEL ESTADO. CONCEPTO DE DERECHO Normas: Reglas reguladoras de conductas sociales Jurídicas: Sanción jurídica –Coacción física –Inmanente –Socialmente.
Centre international de formation
Transcripción de la presentación:

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

Definición material: conforme el contenido histórico: “Derecho que regula las relaciones de los Estados en tiempo de guerra y de paz” (TUNKIN, KUZNEUNIKOV) Definición formal: conforme el proceso de creación de la norma o de acuerdo a los sujetos a quienes la norma va dirigida (KELSEN, VERDROSS, SCHELLE, MIAJA DE LAMUELA OPPENHEIM) “Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre los Estados” (ALF ROSS, CARLOS CALVO) “Conjunto de normas jurídicas que regulas las relaciones entre los sujetos de la comunidad internacional” (MONCAYO, VIÑUESA, GUTIERREZ POSSE, PODESTA COSTA)

“Conjunto de normas jurídicas y principios generales que regulan las relaciones entre los sujetos de derecho internacional” “Sistema de normas y principios que forman el Ordenamiento Jurídico de la Sociedad internacional contemporánea”

Disposiciones jurídicas: NORMAS O REGLAS JURÍDICAS: por las que algo se ordena, se prohíbe o se autoriza y a las que se considera obligatorias. PRINCIPIOS (directrices o estándares): son disposiciones que carecen de condición de aplicación y que contienen una pauta o indicación genérica a seguir, pero no una prescripción definida (art. 2 Carta ONU, Res AG 1625 (XXV)).

SUJETO es el que goza de un derecho o debe cumplir una obligación ESTADO ORGANIZACIONES INTERNACIONALES INDIVIDUO HUMANIDAD GRUPOS BELIGERANTES PUEBLOS PROVINCIAS

OBJETO Relaciones entre los Estados en tiempo de paz y de guerra Normas de cooperación y desarrollo internacional Espacios sustraídos a la soberanía estadual: espacio ultraterrestre, fondos marinos Contaminación ambiental Utilización de la energía nuclear Integración Derechos humanos

TERMINOLOGIA Derecho Internacional Derecho de Gentes Derecho Internacional Público Derecho de la Comunidad Internacional International Law (Jeremías Bentham, 1789) Derecho Interestatal Volherrecht Derecho transnacional (público y privado) Relaciones Internacionales

Características del Derecho Internacional Carece de: a) Órgano legislador b) Órgano juzgador obligatorio c) Vínculo de subordinación de los sujetos se ese ordenamiento (gendarme)

Categoría de normas 1) DISPOSITIVAS Admiten acuerdo en contrario 2) IMPERTATIVAS (IUS COGENS) No admiten acuerdo en contrario 1) ORIGINARIAS 2) DERIVADAS (SOFT LAW)

Estructuras formales que coexisten en la sociedad internacional contemporánea: 1) Estructura relacional: sociedad interestatal, descentralizada, paritaria y fragmentada, relación jurídico-formal regida por los principios de igualdad soberana y no intervención. 2) Estructura institucional: reflejada en la cooperación institucionalizada a través de las organizaciones internacionales regida por el principio de cooperación pacífica. 3) Estructura comunitaria: regida por el principio de la solidaridad que se encuentra en proceso de formación y propende al perfeccionamiento de la comunidad y una mayor humanización del sistema.

1) Caracteres derivados de la estructura relacional : 1) Carácter relativo del derecho convencional: los tratados son norma para aquellos Estados que han dado su consentimiento y para los otros no. 2) Carácter recíproco: las normas nacen de la confluencia del consentimiento de dos o mas Estados. 3) Carácter dispositivo: Los Estados pueden excluir o modificar la norma mediante el consentimiento. 4) Carácter particularista: restricción del ámbito de validez y número de sujetos entre los que son válidas las normas; el uso del tratado como instrumento básico y primordial de creación y formación de normas particulares; y el objeto heterogéneo de las normas particulares.

2) Caracteres derivados de la estructura institucional : 1) Creación de normas: procedimientos de codificación y desarrollo del Derecho Internacional; actos jurídicos de naturaleza no convencional adoptados en organizaciones internacionales; creación de reglas generales. 2) Interpretación: interpretación por la propia organización y funciones de control de la aplicación del tratado por la propia organización. 3) Aplicación de las normas: procedimientos centralizados de aplicación de normas (Consejo de Seguridad). 4) Arreglo de diferencias: arreglo mediante la solución institucional por órganos de carácter político o jurisdiccionales.

3) Caracteres derivados de la estructura comunitaria : 1) Interés protegido por las normas: a) interés individual del Estado, b) interés común de los grupos de Estados, c) intereses colectivos esenciales de la Comunidad Internacional (orden público internacional) basado en un código de valores mínimos. 2) Naturaleza normativa de las reglas: a) normas de derecho dispositivo (ius dispositivum), b) normas de derecho imperativo (ius cogens). 3) Mecanismo de aplicación forzosa de los derechos establecidos en las reglas: a) autotutela por el propio Estado, b) tutela organizada. Ambas constituyen las formas propias de aplicación forzosa de las normas dispositivas. c) tutela colectiva: los intereses colectivos que protegen las normas imperativas son obligaciones erga omnes.

Caracteres derivados de la heterogeneidad de la sociedad internacional: desigualdad entre los Estados (poder económico y político) 1)Hegemonía en el plano normativo consuetudinario: oportunidad de participar en el proceso de creación o cambio de la norma. 2) Hegemonía en el plano normativo convencional: de las grandes potencias individuales o en grupo que determinan el fracaso de la posición de los países en vías de desarrollo. 3) Status privilegiado en organizaciones internacionales: número de representantes en el Parlamento Europeo (UE), derecho de veto de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad (ONU).