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Derecho Internacional Publico
Dr. Ciro Manrique Moreno
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Historia, denominación y contenido del Derecho Internacional Público
Historia del Derecho Internacional Publico Denominación Definición Contenido Caracteres Derecho Interno y Derecho Internacional Fundamentos del Derecho internacional P. Los negadores del Derecho Internacional
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Historia del Derecho Int.
Los diversos periodos de la historia del Derecho Internacional están inmersos en los diversos periodos de la historia de la humanidad en su conjunto. El Derecho Internacional surgió primero en China, India, Babilonia, Egipto, etc., experimentó una ampliación en Grecia y Roma, como centros de poder, y reflejó la naturaleza esclavista del Derecho Internacional. El Derecho Internacional surgió, en puridad, en el momento en que el Imperio romano de oriente se desmembra, comienzan a formarse los grandes Estados nacionales de Europa en el siglo XVI (España, Francia, Inglaterra, etc.) y cuando se da el descubrimiento de América.
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Las revoluciones burguesas, especialmente la francesa de , también ejercieron una gran influencia en el desarrollo del Derecho Internacional de esa época. La revolución rusa de 1917 también afectó al derecho y, consecuentemente, al Derecho Internacional. Aparece, entonces, una nueva escena internacional y una nueva escuela de derecho. Posteriormente los movimientos de liberación nacional, la creación de nuevos Estados, y la descolonización enriquecieron el Derecho Internacional. El Derecho Internacional contemporáneo surgió entonces, con el nacimiento de los Estados y el establecimiento de diversas formas de contactos entre ellos.
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Denominación Derecho de Gentes: Roma 1.-Ius civiles 2.-Jus Gentium
II. Derecho entre todas las gentes El Jus Inter Omnes Gentes. Vitoria( ) Derecho de la guerra y la paz Jure Belli ac Pacis. Grocio( ) IV. Derecho Interestatal Kant Inmanuel ( ) V. Derecho Internacional Jeremías, Benthan ( )
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Definición De las múltiples definiciones del Derecho Internacional Público, unas atienden preponderantemente al "objeto", otras a los "sujetos" y unas terceras a los "procedimientos de creación de sus normas". El Derecho internacional es "El derecho reconocido por todos los Estados y que rige sus relaciones" (Gregori Tunkin).
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Contenido del Derecho Int.
No hay un contenido único para la disciplina. I. Origen y desarrollo del Derecho Internacional; II. Organización jurídica de la sociedad internacional III. Fuentes del derecho internacional. IV. Tratados Internacionales. V. Sujetos del Derecho Internacional VI. Autoridad del Estado. VII. Organos del Estado en sus relaciones exteriores. VIII. Responsabilidad internacional. Derecho de guerra X. Solución de controversias.
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Tal contenido hoy puede ampliarse al estudio de los sgts contenidos
I. Derecho de los tratados II. Derecho Administrativo internacional III. Derecho Penal Internacional IV. Derecho Internacional del Trabajo V. Derecho Económico internacional VI. Derecho Mercantil Internacional VII. Derecho de la Integración VIII. Derecho Internacional del Mar IX. Derecho Internacional Humanitario X. Derechos Humanos XI. Derecho Aeronáutico Internacional XII. Derecho Espacial XIII. Derecho de la Cooperación Internacional
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Caracteres I. II. III. IV.
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6. Derecho interno y Derecho Internacional
I. El aspecto teórico Interacción de ambos derechos
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7. Fundamentos del DIP El danés Sorensen se pregunta, respecto al derecho internacional en conjunto, ¿Cómo puede existir un sistema jurídico que obligue a los Estados? y se responde: Este es el problema relativo al fundamento del derecho internacional. Plantea interrogantes sumamente teóricas que afectan a todos los sistemas jurídicos, y las respuestas emitidas han estado muy influidas por consideraciones ideológicas. La cuestión del fundamento del DIP dio lugar al voluntarismo y al objetivismo.
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En la doctrina voluntarista las reglas jurídicas son consideradas como un producto de la voluntad humana. El derecho nacional reposa en el asentimiento de los ciudadanos, mientras que el Derecho Internacional se funda en el consentimiento de los Estados. Esta concepción conduce al dualismo. La doctrina objetiva, por su parte, sitúa el origen del ordenamiento fuera del campo de la voluntad humana. Esta concepción implica la adhesión al monismo.
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8. Los negadores del Derecho Internacional
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Bibliografía: Nussbaum, Arthur, Historia del Derecho Internacional Público, Ed. Revista de Derecho Privado, Madrid, España. D`Estefano, Miguel(1988), Historia del Derecho Internacional, Ed. de Ciencias Sociales, La Habana, Cuba. Stadtmuller, Georg(1961), Historia del Derecho Internacional Público, Ed. Aguilar, Madrid, España.
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