Funciones de los Municipios Dictar con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación.

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Transcripción de la presentación:

Funciones de los Municipios Dictar con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio. Coordinar y dirigir, con la asesoría de las Corporaciones Autónomas Regionales, las actividades permanentes de control y vigilancia ambientales que se realicen en el territorio con el apoyo de la fuerza pública, en relación con la movilización, procesamiento, uso, aprovechamiento y comercialización de los recursos naturales renovables o con actividades contaminantes y degradantes de las aguas, el aire o el suelo.

Funciones de los Municipios Adoptar los planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental y de los recursos naturales renovables, que hayan sido discutidos y aprobados a nivel regional, conforme a las normas de planificación ambiental de que trata la presente Ley. Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental y de los recursos naturales renovables a nivel departamental. Colaborar con las Corporaciones Autónomas Regionales, en la elaboración de los planes regionales y en la ejecución de programas, proyectos y tareas necesarios para la conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables

Funciones de los Municipios Dictar con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio. Coordinar y dirigir, con la asesoría de las Corporaciones Autónomas Regionales, las actividades permanentes de control y vigilancia ambientales que se realicen en el territorio con el apoyo de la fuerza pública, en relación con la movilización, procesamiento, uso, aprovechamiento y comercialización de los recursos naturales renovables o con actividades contaminantes y degradantes de las aguas, el aire o el suelo.

Funciones de los Municipios Adoptar los planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental y de los recursos naturales renovables, que hayan sido discutidos y aprobados a nivel regional, conforme a las normas de planificación ambiental de que trata la presente Ley. Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental y de los recursos naturales renovables a nivel departamental. Colaborar con las Corporaciones Autónomas Regionales, en la elaboración de los planes regionales y en la ejecución de programas, proyectos y tareas necesarios para la conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables

Funciones de los Municipios Promover y ejecutar programas y políticas nacionales, regionales y sectoriales en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables; elaborar los planes programas y proyectos ambientales municipales articulados a los planes, programas y proyectos regionales, departamentales y nacionales. Ejercer, a través del alcalde como primera autoridad de policía con el apoyo de la Policía Nacional y en coordinación con las demás entidades del Sistema Nacional Ambiental –SINA-.

Funciones de los Municipios Dictar, dentro de los límites establecidos por la ley, los reglamentos y disposiciones superiores, las normas de ordenamiento territorial del municipio y las regulaciones sobre usos del suelo. Ejecutar obras o proyectos de descontaminación de corrientes o depósitos de agua afectados por vertimientos del municipio, así como programas de disposición, eliminación y reciclaje de residuos líquidos y sólidos y de control a las emisiones contaminantes del aire.

Funciones de los Municipios Promover, cofinanciar o ejecutar, en coordinación con los entes directores y organismos ejecutores del Sistema Nacional de Adecuación de Tierras y con las Corporaciones Autónomas Regionales, obras y proyectos de irrigación, drenaje, recuperación de tierras, defensa contra las inundaciones y regulación de cauces o corrientes de agua, para el adecuado manejo y aprovechamiento de cuencas y micro cuencas hidrográficas

Funciones de los Municipios Lo contenido en la Ley 715, así: Servicios Públicos y Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social y Desarrollo del área rural. Asistencia técnica agropecuaria. Mecanismos de asociación y de alianzas de pequeños y medianos productores y Infraestructura de transporte

Funciones de los Municipios Lo contenido en la Ley 715, así: – – – – – Control, la preservación y la defensa del medio ambiente. Coordinación con la CAR. Programas y políticas para mantener el ambiente sano. Permanente control y vigilancia ambiental. Descontaminación de corrientes o depósitos de agua. Programas de disposición, eliminación y reciclaje de residuos líquidos y sólidos. Control a las emisiones contaminantes del aire. Irrigación, drenaje, recuperación de tierras. Inundaciones y regulación de cauces o corrientes de agua

Funciones de los Municipios Lo contenido en la Ley 715, así: y Manejo y aprovechamiento de cuencas y micro cuencas hidrográficas. Asistencia técnica y transferencia de tecnología en lo relacionado con la defensa del medio ambiente y la protección de los recursos naturales y Redes de información cultural, bienes, servicios e instituciones culturales. Organización del sector cultural. Plan Decenal de Cultura y Prevención y atención de desastres. Adecuación de áreas urbanas y rurales en zonas de alto riesgo y reubicación de asentamientos.

Funciones de los Municipios Lo contenido en la Ley 715, así: y Desarrollo empresarial e industrial. Actividades generadoras de empleo. Capacitación, apropiación tecnológica avanzada y asesoría empresarial Infraestructura ( edificio Alcaldía, plazas públicas, cementerio, matadero, plaza de mercado y demás bienes de uso público) Desarrollo comunitario. Mecanismos de participación comunitaria. ( convocar, reunir y capacitar a la comunidad ) Evaluación institucional y capacitación, para mejorar gestión, adecuar estructura administrativa, para el desarrollo eficiente de sus competencias, dentro de sus límites financieros