SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL Recursos de Gratuidad Educativa 2016 Mayo 2016
Referentes normativos Asignación de recursos recursos
El artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que la educación será gratuita en las instituciones del Estado sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos. Con la Ley 715 de 2001, la asignación de recursos dejó de ser inerciales y se profundizó la distribución según la población efectivamente atendida. El artículo 140 de la Ley 1450 de 2011 establece que los recursos del Sistema General de Participaciones para educación que se destinen a gratuidad educativa deberán ser girados directamente a las instituciones educativas estatales, de conformidad con la reglamentación que el Gobierno Nacional establezca. Mediante Decreto Único Reglamentario No del 26 de mayo de 2015,el Ministerio de Educación Nacional, estableció las condiciones de aplicación de la gratuidad educativa para los estudiantes de educación preescolar, primaria, secundaria y media (Grados 0 a 11) de las instituciones educativas estatales y dictó otras disposiciones para su implementación.
Decreto 1075 de «Artículo Metodología para la distribución de los recursos. El Departamento Nacional de Planeación en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional definirá la metodología para la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones que se destinen a la gratuidad educativa.» Conpes 180 del 9 de abril de 2015: – Implementa para el componente de gratuidad una nueva metodología para la asignación de recursos, involucrando el desempeño y el mejoramiento de los establecimientos educativos oficiales. – Valor a reconocer por cada estudiante de acuerdo al nivel de ruralidad y el nivel de desempeño de cada establecimiento educativo en aspectos relacionado con la calidad educativa. (Es decir no hay valores únicos por nivel-zona como antes) – Tiene en cuenta la matrícula auditada por el Ministerio de Educación Nacional – Recursos de gratuidad como incentivo al desempeño. Metodología y criterios de asignación
Variables MEN/DNP para 2016:
La cantidad de recursos a distribuir lo define el MEN. El Decreto 1075 de 26 de Mayo de 2015 señala que las entidades territoriales podrán concurrir con otras fuentes de recursos en la financiación de la gratuidad (Artículo ) La apropiación se realiza en el marco del presupuesto del Distrito. (SED – Secretaría de Hacienda – Concejo de Bogotá). Hacen parte de los recursos del proyecto: «Niñas y niños estudiando» componente gratuidad. La SED incorpora la cantidad de recursos distribuidos por el MEN «sin situación de fondos» y distribuye los recursos excedentes. Cantidad de recursos
La SED desde 2012 ha complementado a los recursos que no utiliza el MEN en el marco del tope aprobados por el Concejo de Bogotá y la SHD en el Presupuesto Distrital. Aunque el MEN cada vez ha venido ocupando mayor participación en los recursos de gratuidad apropiados para las IED: Cabe resaltar que para 2013 se lograron traslados al final del año por $1.568 millones. En 2014 por $5.024 millones y 2015 por valor de $6.694 millones Gratuidad Educativa 2013 – 2016 Fuente de financiación2013Matrícula 2013 % Participació n2014Matrícula 2014 % Participació n2015Matrícula 2015 % Participación2016 Parcial Sistema General de Participacion es$ %$ %$ %$ Recursos Propios$ %$ %$ % Valor total asignado$ %$ %$ %
En el marco de la universalización de la gratuidad que previamente tenía la SED, los recursos se orientan en primera instancia a la población atendida en grados no reconocidos por el Ministerio de Educación Nacional en el marco del Decreto Nacional 1075 de 2015: – Grados de Prejardín y jardín → $ Por estudiante 2015 – Grados 12/13 Normal Superior → $ Por estudiante 2015 – Ciclos de adultos → Del Ciclo I al IV - $ → Del Ciclo V y VI - $52.500
Los recursos sobrantes se distribuyen de la siguiente forma: % Áreas - Infraestructura % CATEGORIASESTRATEGIAS POLITICA SED (25%) Implementación Jornada Completa (única o 40x40) → 50% Atención Necesidades Educativas Especiales → 20% Atención en Zona Rural → 15% Modelos Educativos Flexibles → 15% COBERTURA (25%) Permanencia Escolar → 50% Ampliación Oferta Educativa → 20% IED Receptoras Media Articulada y Grado 12 → 5% Gestión de la Información → 25%
Recursos asignados por gratuidad educativa a los EE oficiales para la vigencia Asignación de recursos de población atendida para grados NO reconocidos por el MEN $ Grados Prejardín - Jardín, Grados , Ciclos I – VI Los recursos restantes se distribuyen en: 2.Asignación por áreas $ Mantenimiento preventivo y predictivo Resolución 269 de 28 de julio de 2015 Resolución 82 de 19 de abril de 2015 Resolución 481 de 20 de noviembre de Estrategias de Acceso y Permanencia $ Estratégias Resolución 84 de 10 de abril de 2015 Resolución 269 de 28 de julio de 2015 Resolución 140 de 21 de mayo de 2015 Resolución 64 de 30 de marzo de 2015
Distribución SGP y Balance Proyectado 2016 Circular Oficina Asesora de Planeación y Finanzas - MEN. Componentes adicionales: Reconocimiento de porcentaje adicional de la tipología con destino a sufragar costos para estudiantes con Necesidades Educativas Especiales y a estudiantes atendidos bajo la modalidad de internados → 20% Reconocimiento de porcentaje adicional de la tipología a los estudiantes reportados como matriculados bajo la modalidad de jornada única y aquellos estudiantes que fueron atendidos en el marco del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente → 20% En aras de garantizar que los establecimientos educativos puedan contar con recursos desde el primer mes del año para su adecuado funcionamiento, el MEN distribuirá a través del primer documento del año un componente equivalente al 50% de los recursos de gratuidad que se asignaron en el año Los giros efectivos a los establecimientos se empezarán a realizar en la última semana del mes de enero. Los resultados finales y ajustes a la matrícula 2015 estarán disponibles a mediados del mes de febrero.
Gracias por su atención