DERECHOS Los beneficiarios del Seguro Popular tienen por derechos:

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Transcripción de la presentación:

DERECHOS Los beneficiarios del Seguro Popular tienen por derechos: 1.- Recibir la atención médica que requieren. 2.- Acceso igualitario a la atención. 3.- Ser tratados con dignidad, respeto y recibir atención de calidad. 4.- Recibir la Cartilla Nacional de Salud que le corresponda, de acuerdo con su edad y sexo. 5.- Recibir los medicamentos necesarios y que correspondan a los servicios de salud. 6.- Contar con la información precisa, clara, oportuna y veraz, así como la orientación necesaria sobre la atención de su salud y acerca de los riesgos y alternativas respecto a los procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.. 7.- Contar con su expediente clínico. 8.- Decidir libremente sobre su atención médica. 9.- Otorgar o no consentimiento para rechazar tratamientos o procedimientos. 10.- Ser tratado con confidencialidad. 11.- Contar con facilidades para obtener una segunda opción. 12.-Recibir atención médica en urgencias. 13.- Recibir información sobre mecanismos de acceso y obtención de servicios de atención médica en los establecimientos que para tal efecto se designen. 14.- No cubrir cuotas de recuperación específicas por cada servicio que reciban. 15.- Presentar quejas por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. 16.- Ser atendido cuando haya incomodidad por la atención médica recibida. 17. Conocer el informe anual de gestión del Seguro Popular.

DERECHOS Los beneficiarios del Seguro Popular tienen por derechos: 1.- Recibir la atención médica que requieren. 2.- Acceso igualitario a la atención. 3.- Ser tratados con dignidad, respeto y recibir atención de calidad. 4.- Recibir la Cartilla Nacional de Salud que le corresponda, de acuerdo con su edad y sexo. 5.- Recibir los medicamentos necesarios y que correspondan a los servicios de salud. 6.- Contar con la información precisa, clara, oportuna y veraz, así como la orientación necesaria sobre la atención de su salud y acerca de los riesgos y alternativas respecto a los procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.. 7.- Contar con su expediente clínico. 8.- Decidir libremente sobre su atención médica. 9.- Otorgar o no consentimiento para rechazar tratamientos o procedimientos. 10.- Ser tratado con confidencialidad. 11.- Contar con facilidades para obtener una segunda opción. 12.-Recibir atención médica en urgencias. 13.- Recibir información sobre mecanismos de acceso y obtención de servicios de atención médica en los establecimientos que para tal efecto se designen. 14.- No cubrir cuotas de recuperación específicas por cada servicio que reciban. 15.- Presentar quejas por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. 16.- Ser atendido cuando haya incomodidad por la atención médica recibida. 17. Conocer el informe anual de gestión del Seguro Popular.