PROGRAMA DE PROMOCIÓN EN LA FUNCIÓN CON CAMBIO DE CATEGORÍA EN LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR MARZO, 2016.

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Transcripción de la presentación:

PROGRAMA DE PROMOCIÓN EN LA FUNCIÓN CON CAMBIO DE CATEGORÍA EN LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR MARZO, 2016

I. MARCO LEGAL 2 LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE TÍTULO SEGUNDO. DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE CAPÍTULO V. De la Promoción en la Función Artículo 34. Las disposiciones de este Capítulo tienen por objeto regular las promociones distintas a las previstas para cargos con funciones de dirección y de supervisión en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado y sus Organismos Descentralizados. Artículo 35. La Promoción del personal a que se refiere el presente Capítulo no implicará un cambio de función y podrá ser permanente o temporal con posibilidad de hacerse permanente, según se establezca en los programas correspondientes. Artículo 36. Las promociones a que se refiere este Capítulo deberán incluir los criterios siguientes: (…), y sus seis fracciones. Artículo 40. Quienes participen en alguna forma de Promoción en la función distinta a lo establecido en este Capítulo, autoricen o efectúen algún pago o contraprestación u obtengan algún beneficio, incurrirán en responsabilidad y serán acreedores a las sanciones correspondientes.

II. OBJETIVOS DEL PROGRAMA 3 1. Contribuir a la mejora, en un marco de inclusión y diversidad, de la calidad de la educación, al impulsar el logro de resultados óptimos en el aprendizaje de los alumnos de la Educación Media Superior. 2. Fortalecer la práctica profesional de los Docentes, Técnico Docentes y Asesores Técnico Pedagógicos. 3. Asegurar que los Docentes, Técnico Docentes o Asesores Técnico Pedagógicos con resultado de Excelente y Relevante en la Evaluación Adicional se promuevan a una categoría inmediata superior dentro de la misma función, de acuerdo con la disponibilidad de plazas y recursos. 4. Mejorar las condiciones de vida y la valoración social de los participantes. 5. Impulsar al personal a mantener un desempeño consistente y de calidad en la nueva categoría.

4 III. PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA Personal con funciones Docentes, Técnico Docentes y de Asesoría Técnica pedagógica. Participación individual y voluntaria. Obtener resultado Excelente en la Evaluación del Desempeño y Relevante en las Evaluaciones Adicionales. Nombramiento definitivo o denominación equivalente. Dos años de servicio ininterrumpidos en la función. Cumplir con los requisitos de preparación establecidos aplicables al Programa. Estar adscripto en el centro de trabajo de acuerdo con su función.

5 IV. PROCESOS DE EVALUACIÓN Resultados en la Evaluación del Desempeño Implicaciones en el SPD Excelente Participa en los Programa de Promoción en la Función con Cambio de Categoría y de Desarrollo Profesional. Destacado Participa en los Programas de Promoción en la Función por Incentivos y de Desarrollo Profesional. Bueno Participa en los Programas de Promoción de Horas Adicionales y de Desarrollo Profesional. Suficiente Permanencia por 4 años y participación en Programas de Desarrollo Profesional. Insuficiente Regularización por Tutoría y Formación Continua.

VI. CAMBIO DE CATEGORÍA 6 Resultados Serán ordenados de mayor a menor, para elaborar listas de prelación y se integrarán por entidad federativa, subsistema, función, tipo de evaluación y sostenimiento. Serán inapelables, sólo podrán interponer un recurso de revisión sobre la aplicación correcta de la evaluación. Difusión y Vigencia La CNSPD publicará los resultados a nivel nacional por ciclo escolar o período que se determine. Durante al menos de 4 años será obligación participar en los programas de Desarrollo Profesional y la evaluación que determine la Autoridad Educativa y los Organismos Descentralizados con estricto apego a lo que establezca la CNSPD y el INEE. Desarrollo Profesional Participar en los Programas de Desarrollo Profesional. Los programas impulsarán las capacidades y competencias de los Docentes, Técnico Docentes y Asesores Técnico Pedagógicos con la finalidad de lograr un incremento en sus niveles de desempeño y consecuentemente en la calidad de la educación.

7 VII. TRAYECTORIAS E INCIDENCIAS MOVIMIENTOSDEFINICIÓN PROMOCIÓN POR HORAS ADICIONALES Se otorgan horas adicionales. Son asignadas con base en los resultados de la Evaluación del Desempeño y corresponder a la misma función, sostenimiento, adscripción y no rebasen la compatibilidad. PROMOCIÓN A FUNCIONES DE ASESORÍA TÉCNICA PEDAGÓGICA Conservará su categoría en los términos que correspondan al día previo en que se formalice la promoción lograda a través del concurso de oposición. Recibirá el pago del incentivo temporal que corresponda a la función durante el período de inducción. MOVIMIENTO LATERAL (RECONOCIMIENTO) A FUNCIONES DE ASESORÍA TÉCNICA PEDAGÓGICA Conservará la nueva categoría en términos que correspondan al día previo en que se formalice su promoción lograda a través de la evaluación. Recibirá el pago del incentivo temporal que corresponda a la función, solo durante la vigencia del movimiento lateral RECOCINIENTO EN ACTIVIDADES DE TUTORIA A FUNCIONES DOCENTES Y TÉCNICO DOCENTES, Y ASESORÍA TÉCNICA Se obtienen a través de los requisitos y evaluaciones que determine el INEE. El personal participante será sujeto de incentivo por las funciones y jornada adicionales que realice, en relación con funciones docentes, técnico docentes o de dirección que desempeña de acuerdo a la plaza que ocupa y nombramiento que ostenta.

8 MOVIMIENTOSDEFINICIÓN MOVILIDAD DEL PERSONAL CON PROMOCIÓN POR CAMBIO DE CATEGORÍA A quienes le sea autorizado algún movimiento por cambio de centro de trabajo, dentro de su entidad, conservaran la categoría que ostenten de acuerdo a los requisitos y criterios establecidos. Para movimientos de cambio de adscripción entre entidades federativas, se conservará la nueva categoría, las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados gestionaran la transferencia de conformidad a las disposiciones aplicables. Licencias con goce de sueldo conservaran la nueva categoría. Licencias sin goce de sueldo conservaran la nueva categoría en el periodo de vigencia de la licencia. Para el caso de bajas se perderá definitivamente la categoría VII. TRAYECTORIAS E INCIDENCIAS

VIII. GENERALIDADES 9 1. La implementación del programa de Promoción en la Función con Cambio de Categoría, se llevará de forma gradual, vinculada al avance de la Evaluación del Desempeño del Personal con Funciones Docentes, Técnico Docentes y de Asesoría Técnico Pedagógica en la Educación Media Superior. 2. Lo no previsto en las reglas del Programa, será resuelto por la CNSPD y el INEE, de acuerdo a sus ámbitos de competencia.