Omisiones legislativas BMA Jean Claude Tron www.jeanclaude.tronp.com.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
CONSIDERACIONES JURÍDICAS DE SEGURIDAD SOCIAL EN MÉXICO
Advertisements

La Constitución como norma
CONAPRED Teoría del Derecho.
Colisión de Derechos Teoría del Derecho.
Generalidades del juicio de amparo
Bases constitucionales del juicio de amparo
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Integrantes: María José Araya Laura Olivares Ivana Vera
Convenio número 98 Sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva María Marta Travieso Servicio de Libertad Sindical.
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LEY N° LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL Oscar Herrera Giurfa.
Extinción de los Actos Administrativos
Norma jurídica La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor.
Jacqueline Peschard Comisionada Presidenta
Derechos humanos y tributación
La Presidencia de la Suprema Corte se ha dado a la tarea de elaborar Protocolos de Actuación Judicial con el fin de auxiliar a las y los juzgadores federales.
DERECHO ADMINISTRATIVO
INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ACTOS LEGISLATIVOS.
Derecho Internacional Humanitario
PRINCÍPIOS GERAIS DE DIREITO PÚBLICO E PRIVADO
REFORMA CONSTITUCIONAL Los cambios a los artículos 94, 100, 103, 107 y 112 de la constitución, amplían la protección que se puede lograr a través del juicio.
Comentarios a la Sentencia C-123 de 2014
EL ACTO ADMINISTRATIVO
 El pasado 9 de junio de 2011 fue publicada la reforma constitucional en la cual se modifica el artículo 1º, el concepto de Derechos Humanos, en lugar.
Derechos Humanos Los DH son aquellos que posee cada ser humano. Representan las mínimas condiciones para vivir con dignidad. En su conjunto son: Indivisibles.
Francisco Carruitero Lecca
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES? Los derechos fundamentales son los recogidos en los Capítulos I y II del Título I de la CE en cuanto participan.
Estado de Derecho Estado Derecho
LA JURISDICCIÓN Modernamente se entiende como la potestad que tienen el Estado en su conjunto para solucionar conflictos particulares a través de la imposición.
EL DERECHO SOCIEDAD Y DERECHO:
Facultades del los Poderes de la Unión El Poder Legislativo Federal, El Poder Legislativo Federal, entre sus funciones está el aprobar, reformar y derogar.
Las relaciones TC-PJ El valor de la jurisprudencia vinculante Javier Adrián.
ALUMNO: JUAN LORENCES DICIEMBRE/2013
UNIDAD V CODIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LEY N° 3559 ACTO ADMINISTRATIVO.
Lady Chumbes Villavicencio
Justicia electoral y justicia constitucional: principios de articulación. Paloma Biglino Campos Catedrática de Derecho Constitucional Directora del CEP-
Camilo Ernesto Bernal Sarmiento
LEY DEL PROCEDIMIENTTO ADMINISTRAIVO GENERAL
Mónica González Contró Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM
AMPARO CONTRA NORMAS GENERALES
Evaluación Documental en la Universidad de Costa Rica: Un abordaje desde la Ciencia Jurídica Comisión Universitaria de Selección y Eliminación de Documentos.
Tribunal Constitucional del Perú
MARGARITA CARRILLO ENFERMERA ESPECIALISTA
SISTEMA DE HOMOLOGACION DE RESOLUCIONES JURISDICCIONALES EXTRANJERAS
“CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIAS DE AMPARO
POR UNA LEY DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA
Marco Jurídico Mexicano
AMPARO EN MATERIA CIVIL.
TRABAJO GRUPAL GRUPO N0 13 Integrantes del grupo: Denisse Condolo. Diego Cueva. Carlos Carrión. Fecha: Tarea a realizar: CLASIFICACIÓN DE LAS.
Estado Constitucional y precedente constitucional vinculante en el Perú Christian Donayre Montesinos Expositor.
Primera Sesión Docente: Gonzalo Carlos Muñoz Hernández
1 En un Estado de Derecho la aplicación de la ley es imperante, el Estado está obligado a ayudar a aquellos ciudadanos que se encuentren en minusvalía.
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES: CONSIDERACIONES TEORICAS Y CONCEPTUALES.
DERECHO CONSTITUCIONAL
Unidad nº 6 Derechos Humanos. Artículo 1 CADH. Obligación de Respetar los Derechos 1. Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar.
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional.
El Estado Peruano y la Jerarquización de las Nomas Legales
1 LOS DERECHOS, LOS DEBERES Y LAS GARANTIAS FUNDAMENTALES EN CUBA.
1 En un Estado de Derecho la aplicación de la ley es imperante, el Estado está obligado a ayudar a aquellos ciudadanos que se encuentren en minusvalía.
AMPARO II OBJETIVO GENERAL DEL CURSO: Conocer la importancia de la necesidad de dominar íntegramente, en sus múltiples aspectos y modalidades, el juicio.
Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional.
SUBJETIVIDAD EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO Descripción: Proceso Administrativo Sancionatorio Ley 42 de 1993 Artículos 99 al 102, Ley.
Juicio de Amparo. El amparo es un proceso concentrado de anulación –de naturaleza constitucional- promovido por vía de acción, reclamándose actos de autoridad,
RELACION DEL DERECHO TRIBUTARIO CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO.
TEMA 2 LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO TRIBUTARIO.
La interpretación constitucional David Aníbal Ortiz Gaspar Profesor de Derecho Constitucional CETEX 2015-II.
Garantías Constitucionales. EEEEn un estricto sentido técnico jurídico, se entiende por garantía constitucional el conjunto de instrumentos procesales,
Actos y Procedimientos Administrativos
1.8. Competencia anexa o auxiliar La jurisdicción concurrente.
Transcripción de la presentación:

Omisiones legislativas BMA Jean Claude Tron

Artículo 1º constitucional Mapa 1 er párrafo

Mapa del artículo 1º constitucional 2 y 3 párrafos

Elementos de la Constitución Los derechos en acción

Derechos y Garantías 6

Omisiones Omisión, significa abstención de hacer o decir, flojedad o descuido del que está encargado de un asunto; Es una falta por haber dejado de hacer algo necesario o conveniente en la ejecución de una cosa o por no haberla ejecutado. Omitir es más que un mero “no-actuar”, es “no-actuar-como-se-espera”...

Omisiones Artículo 103. Los Tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite I. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; Artículo 77. Los efectos de la concesión del amparo serán: I. Cuando el acto reclamado sea de carácter positivo se restituirá al quejoso en el pleno goce del derecho violado, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación; y II. Cuando el acto reclamado sea de carácter negativo o implique una omisión, obligar a la autoridad responsable a respetar el derecho de que se trate y a cumplir lo que el mismo exija. En el último considerando de la sentencia que conceda el amparo, el juzgador deberá determinar con precisión los efectos del mismo, especificando las medidas que las autoridades o particulares deban adoptar para asegurar su estricto cumplimiento y la restitución del quejoso en el goce del derecho.

Exposición de motivos Juicio de amparo 2011 REFORMA LOS ARTÍCULOS 94, 100, 103, 107 Y 112 DE LA CONSTITUCIÓN En ese mismo sentido y por lo que se refiere a los derechos económicos sociales y culturales reconocidos en la Constitución y en los mencionados instrumentos internacionales, debe precisarse que el reconocimiento y tutela que se haga de ellos, implica la necesidad de modificar nuestro entendimiento de tales derechos como normas programáticas, que en la práctica han sido vistas simplemente como directrices abiertas para el Estado y no como derechos exigibles de manera individual o colectiva

Es a través de los derechos económicos, sociales y culturales, como el Estado de Derecho evoluciona hacia un Estado Social de Derecho, en el que los derechos de segunda y tercera generación son entendidos como normas con plena eficacia jurídica que deben contar con garantías adecuadas para su protección. Por otro lado, se propone establecer en el articulo 103 constitucional la atribución a los tribunales de la federación para resolver en amparo toda controversia que se suscite no sólo por normas generales y actos de autoridad, sino también por omisiones en que ésta incurra, las que, dada la naturaleza de los derechos sociales, son su principal medio de violación. Asimismo, se precisa que la protección de los derechos fundamentales es independiente de su carácter individual o social.

Otro aspecto que vale la pena destacar es el mandato constitucional dirigido a los tribunales de amparo en el sentido de que éstos deben tomar en cuenta los criterios emitidos por los órganos internacionales y regionales de derechos humanos de los que el Estado mexicano forme parte, con la salvedad de que ello no contradiga las disposiciones de nuestra Carta Magna y redunde en una ampliación de su ámbito protector, lo cual evidentemente enriquecerá el contenido, sentido y alcance de los derechos sociales en el ámbito nacional. Lo anterior adquiere especial significación en lo que se refiere a la plena efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales, y el papel que los juzgadores de amparo tendrán para maximizar su efectividad jurídica respecto de los gobernados.

Estas bases constitucionales se deberán desarrollar en la Ley de Amparo en cuyo texto deberá enfatizarse que a través del juicio de garantías se protege a las personas frente a normas generales, actos u omisiones por parte de los poderes públicos o de particulares, ya sea que se promueva de forma individual o conjuntamente por dos o más personas, elaborando así el concepto de afectación común, el que resulta básico para la operatividad de la protección a los derechos sociales. En este sentido, se reconoce la posibilidad de que los particulares violenten derechos sociales cuando tengan a su cargo la prestación de servicios públicos o de interés público, o bien, cuando actúen en ejercicio de funciones públicas, transformando de esta forma la protección en una protección sustantiva y no puramente formal.

En el proyecto se reconoce la progresividad de los derechos sociales y la importante labor de la Suprema Corte de Justicia en la dinámica de la interpretación y otorgamiento de contenidos a los mismos, así como la posibilidad de que en la práctica judicial se produzcan interpretaciones novedosas al dotar a estos derechos de plena efectividad jurídica

Exposición de motivos Juicio de amparo 2011 REFORMA LOS ARTÍCULOS 94, 100, 103, 107 Y 112 DE LA CONSTITUCIÓN DESC, no directrices programáticas sino derechos exigibles. DESC, como normas con plena eficacia jurídica, las omisiones son su principal medio de violación. Protección es independiente de su carácter individual o social. Plena efectividad DESC, los juzgadores de amparo tendrán que maximizar su efectividad jurídica respecto de los gobernados.

Exposición de motivos Juicio de amparo 2011 REFORMA LOS ARTÍCULOS 94, 100, 103, 107 Y 112 DE LA CONSTITUCIÓN Estas bases constitucionales se deberán desarrollar en la Ley de Amparo. juicio de garantías protege a las personas frente a normas generales, actos u omisiones por parte de los poderes públicos o de particulares. Elaborando así el concepto de afectación común. Se reconoce la progresividad de los DESC, y en la práctica judicial se produzcan interpretaciones novedosas al dotar a estos derechos de plena efectividad jurídica.

Omisión legislativa Omisiones genéricas y Lagunas Admiten soluciones interpretativas y correctivas no todos los silencios del legislador pueden y deben ser declarados omisiones inconstitucionales, únicamente cuando con su silencio altera el contenido normativo o provoca situaciones jurídicas contrarias a la Constitución Villaverde

Tipologías Absolutas y relativas – Controversias constitucionales fundadas Obligatorio o Potestativo (el desarrollo de ley y competencia de ejercicio) Omisiones genéricas y Lagunas Admiten soluciones interpretativas y correctivas

Elementos Inactividad Período temporal excesivo, cuando no haya término Preceptos de obligatorio y concreto desarrollo Política pública que requiera complementación operativa Ineficacia de la norma constitucional – altera el contenido o impide efectos y consecuencias – provoca situaciones jurídicas contrarias a la Constitución Daño, lesión o agravio cualificado derivado de la omisión Lesión al principio de igualdad (casos de omisiones relativas)

Omisiones relativas Colombia Exista una norma tildada de omisa; Excluya de sus consecuencias jurídicas, casos asimilables que deberían estar contenidos en el texto; Omita incluir un ingrediente o condición que, de acuerdo con la Constitución, resulta esencial; La exclusión carezca de un principio de razón suficiente; Falta de justificación y objetividad para los casos excluidos de la regulación, provoca una desigualdad negativa; y La omisión sea el resultado del incumplimiento de un deber específico impuesto por el constituyente al legislador Desigualdad o discriminación Etapas en regulación de procedimientos, incluirlas Instancias de participación, brindarlas

Regulaciones recientes Chiapas, Tlaxcala, Veracruz, medidas temporales por Tribunal Coahuila y Quintana Roo.

Tribunales como legisladores positivos No interferir en políticas públicas Respetar la discrecionalidad Normas con operatividad derivada (no directa) Ver regulación argentina Control de razonabilidad Garantía del núcleo mínimo de los derechos fundamentales (operatividad directa e ineludible protección).

Sentencias estimatorias Invalidez con reducción textual Interpretativas Integradoras Aditivas y sustitutivas “manipulativas” Exhortos constitucionales Apelativas y de aviso (trascienden a la litis e inciden en políticas legislativas y cambios de precedentes).

Figuras afines Writ of Mandamus Mandado de injunçao Mandado de segurança Recurso sencillo, rápido y efectivo (por default para garantizar disfrute de derechos, CADH) Responsabilidad patrimonial por OL (Europa)

Prima facie Definitivas