Derecho insurgente Universidad Autónoma del Estado de México

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
La Ilustración y el liberalismo.
Advertisements

EL SIGLO XX Y EL MUNDO ACTUAL. España, un país democrático.
BLOQUE VII ANALIZAS EL PROCESO DE GUERRA DE INDEPENDENCIA
ANTECEDENTES DE LA INDEPENDENCIA
HISTORIA UNIVERSAL CONTEMPORÁNEA
JESUS ANTONIO LOPEZ BUSTAMANTE
CONSTITUCION DE CHILE 1980 EL PODER EJECUTIVO.
Sentimientos de la nacion. * gomez campos erika guadalupe. * gomez campos erika guadalupe. * daniela aguayo macias. * daniela aguayo macias. *maria guadalupe.
INTEGRANTES: Karina Rojas
CONSTITUCION 1824, 1857 Y 1917.
Sentimientos de la Nación
Trabajo ciudadanía Sara Jiménez 2ºA.
México antes de la guerra contra Estados Unidos
ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y TERRITORIAL DE ESPAÑA
EL ESTADO Y SU ORGANIZACIÓN
Interpretación de la constitución ART
Teoría General del Proceso Erika Elena Segovia Hernández.
UNIDAD IV LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO.
Los Sentimientos de Nación y la Constitución de Apatzingán
DERECHO CONSTITUCIONAL II
Congreso de Chilpancingo
11.2. LAS CORTES DE CÁDIZ Y LA CONSTITUCIÓN DE 1812
6 de diciembre Día de la Constitución Cuaderno para el aula
Las Constituciones políticas
Constitución de 1917.
Derecho Constitucional Mexicano
CONSTITUCIÓN POLÍTICA COLOMBIANA
Poderes de la Federación
para favorecer el desarrollo económico
Revolución Francesa ¿Cuál es la Influencia de la Revolución Francesa en la construcción de las ciencias sociales?
V I E J A P A T R I A Colegio de los SSCC Providencia
La organización política de España
constitución de SENTIMIENTOS DE LA NACION
LA CONSTITUCIÓN DE 1824.
Historia, Política Gobierno
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
PROCESO DE INDEPENDENCIA DE CHILE ANTECEDENTES Y/O FACTORES
La Revolución Mexicana. 20 Noviembre 1910
Se buscaba una organización jurídica Se buscaba una organización jurídica Había Batalla y al mismo tiempo Vacío de poder Abdicaciones de bayona.
Tema 9. La crisis del Antiguo Régimen.
CONSTITUCIÓN DE 1860.
IDEOLOGÍAS QUE FORMARON A MÉXICO COMO ESTADO
Independencia
Historia de España eolapaz.es / Ciencias Sociales Eolapaz.com / Historia de España TP1 La Constitución de Cádiz. Trabajo previo.
Constitución de Apatzingan
CONSTITUCIONES ESPAÑOLAS
Guerra de Independencia
El Líbano.
CONSTITUCIÓN DE 1823.
Periodo de Independencia
La conformación del Congreso de la Unión luego del 2 de julio La Conformación del Congreso de la Unión luego del 2 de julio Gabriel Aguirre Marín Comisión.
El estado democrático español Por: Andrea Calvo Carmen Fernández.
INDEPENDENCIA DE MEXICO 1810
COLEGIO CIENTÍFICO COSTARRICENSE. PROFESOR: EDDIE SOTO NÚÑEZ.
La declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano en Francia
Características del Estado Chileno
EL ESTADO DE DERECHO EL ESTADO DE DERECHO. LAS FUENTES DEL DERECHO.
GEOGRAFÍA DE MÉXICO SEGUNDO GRADO BLOQUE: GENERALIDADES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TEMA: División Política : Los Estados de la Federación y sus capitales.
Zamayoa Espinosa Aida Patricia I141108
El Día de la Independencia de México Por: Juan Ponce.
DIVISIÓN DE PODERES SOFÍA ARROYO Nº1 4ºC.
DIVISIÓN DE PODERES EN LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS
Alumno: Ariedne Niurca Aranda García Tutor: AZUCENA MONSERRAT REYES RINCON HISTORIA DE MÉXICO Unidad 2 Actividad 1.
La independencia de México
UNIDAD DE APRENDIZAJE I LINEA DEL TIEMPO.
El Estado y la Administración
MULTIVERSIDAD LATINOAMERICANA CAMPUS OAXACA URBANA HISTORIA DE MÉXICO I BLOQUE VII. DESCRIBE LA GUERRA DE INDEPENDENCIA.
MULTIVERSIDAD LATINOAMERICANA CAMPUS OAXCA URBANA BACHILLERATO PROFA
LA INDEPENDENCIA DE CHILE UN PROCESO HISTÓRICO FUNDAMENTAL DE NUESTRA HISTORIA. MATERIAL DE APOYO UNIDAD 1 SEXTO BÁSICO. PROFESORA TATIANA SANTIC CONTRERAS.
Transcripción de la presentación:

Derecho insurgente Universidad Autónoma del Estado de México Centro Universitario UAEM Valle de Chalco Licenciatura en Derecho Historia del Derecho, Tema 4.1 Preparado por: Héctor Daniel Soriano Jiménez Septiembre 2015

La independencia de México

Cronología Siglo XVIII-1810 Antecedentes 1810-1811 Iniciación 1811-1815 Expansión 1815-1820 Resistencia 1820-1821 Consumación

Causas internas El sistema de castas La desigualdad económica El criollismo La deficiente administración de las Indias La expulsión de los jesuitas en 1767 Las limitaciones en materia industrial y comercial. El descontento de los trabajadores

Causas e influencias externas La Revolución Industrial Las ideas de los enciclopedistas El incremento de la masonería La independencia de los Estados Unidos de América La Revolución Francesa La intervención francesa en España

Aportaciones jurídico-políticas del movimiento de miguel hidalgo

El inicio del movimiento 16 de septiembre de 1810 El Grito de Dolores 21 de septiembre La toma de Celaya Nombramiento de Hidalgo como Capitán General o Generalísimo de América y de Ignacio Allende como Teniente General

La abolición de la esclavitud Bando de 19 de octubre de 1810, suscrito por José María de Anzorena Los dueños de esclavos debían ponerlos inmediatamente en libertad Decreto de 6 de diciembre de 1810 Abolía la esclavitud, otorgando a los dueños de esclavos 10 días para liberarlos, so pena de muerte

El primer gobierno independiente Miguel Hidalgo, Jefe Supremo de la Nación, Alteza Serenísima Ministro de Gracia y Justicia, José María Chico Ministro de Estado y Despacho, Ignacio López Rayón Pascasio Ortiz de Letona, agente diplomático en EEUU Primer intento de un Congreso nacional

La Junta de Zitácuaro y sus aportaciones jurídico-políticas

Derrota y transición Batalla de Puente de Calderón, 17 de enero de 1811 Ignacio Allende nombra a Ignacio López Rayón jefe del ejército insurgente durante su ausencia. Hidalgo, Allende y otros son detenidos en las Norias de Acatita de Baján, Coahuila y fusilados en Chihuahua.

Establecimiento de la Junta López Rayón se traslada de Saltillo a Zacatecas y de ahí a Zitácuaro. Suprema Junta Gubernativa de América (agosto de 1811) Integrantes: Ignacio López Rayón, presidente José María Liceaga, vocal José Sixto Verduzco, vocal

Elementos Constitucionales La soberanía dimana del pueblo y recae en la persona de Fernando VII; su ejercicio recae en el Supremo Consejo Nacional Americano. La América es libre e independiente de toda otra nación. La religión católica será la única, sin tolerancia de ninguna otra.

Elementos Constitucionales (cont.) Se proscribe la esclavitud. Se garantiza la libertad de imprenta. Se garantiza la inviolabilidad del domicilio y se introduce la institución del habeas corpus. Se prohíbe la tortura. Se proclaman los días 16 y 29 de septiembre, 31 de julio y 12 de diciembre como solemnes.

Gobierno Integración del Consejo Cinco vocales, electos anualmente; durarán en su cargo cinco años. El más antiguo sería presidente; el más reciente, secretario. Se introduce la división de Poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) La base de la nación seguirán siendo los ayuntamientos, cuyos representantes serán nombrados cada tres años.

Aportaciones jurídico-políticas del movimiento de José María Morelos y Pavón

Antecedentes Al momento de estallar la rebelión Morelos era cura de Carácuaro y Necupétaro. Después de entrevistarse con Hidalgo en Charo, éste lo nombra su lugarteniente en el sur y lo comisiona para que tome Acapulco.

Supremo Congreso Nacional de América En abril de 1813, desde Oaxaca, Morelos lanza una convocatoria para que en septiembre de ese año, se instalara en Chilpancingo un Congreso nacional. Los miembros del Congreso serían electos por las provincias de acuerdo al siguiente orden: Las juntas de parroquia elegirían a las juntas de distrito. Las juntas de distrito elegirían a las juntas de provincia. Las juntas de provincia elegirían a los miembros del Congreso. En los casos en que no se pudieran realizar elecciones, Morelos designaría a los representantes.

Integración del Supremo Congreso Nacional de América Diputado Provincia Tipo de nombramiento José María Murguía Oaxaca Electo José Manuel de Herrera Tecpan Ignacio López Rayón Nueva Galicia Designado José Sixto Verduzco Michoacán José María Liceaga Guanajuato Andrés Quintana Roo (suplente) Puebla Carlos María Bustamante México José María Cos Veracruz

Los Sentimientos de la Nación 1º La América es libre de España y de toda otra Nación, Gobierno o Monarquía. 2º La religión católica será la única, sin tolerancia de otra. 5º La Soberanía dimana del Pueblo y éste la ha depositado en el Supremo Congreso Nacional Americano. 6º División de Poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. 9º Los empleos los obtendrán sólo los americanos.

Los Sentimientos de la Nación (cont.) 12º “Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto.” 14º Hacer una “junta de sabios” al dictar leyes.

Los Sentimientos de la Nación (cont.) 15º “Que la esclavitud se proscriba para siempre, y lo mismo la distinción de castas, quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un americano de otro el vicio y la virtud.” 17º Inviolabilidad del domicilio. 18º Prohibición de la tortura.

Acta solemne de la declaración de la independencia de la América Septentrional Firmada el 6 de noviembre de 1813. Redactada por Carlos María de Bustamante. Declara que el Congreso de Anáhuac ha recobrado el ejercicio de su soberanía usurpado; que en tal concepto queda rota para siempre jamás, y disuelta la dependencia del trono español y que [el Congreso] será árbitro para establecer las leyes que le convengan para el mejor arreglo y felicidad interior.

El pensamiento de Morelos En lo político: Establece una verdadera independencia nacional. La soberanía dimana del pueblo y se deposita en sus legítimos representantes. El ejercicio del gobierno se desarrollará en tres Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con preponderancia del Legislativo.

El pensamiento de Morelos En lo económico: Moderar la opulencia y la indigencia y aumentar el jornal del pobre. Supresión de las alcabalas, los monopolios y los tributos. Cada uno debe trabajar para ganar su sustento, evitando la ociosidad. Devolver las tierras a los campesinos y a los pueblos para su cultivo.

El pensamiento de Morelos En lo social: Abolición de la esclavitud y de las castas. Igualdad de todos ante la Ley. Los empleos los obtendrán sólo los americanos. Reparto equitativo de la riqueza y de la tierra.

El pensamiento de Morelos En lo jurídico: Esbozo de algunas garantías individuales: La abolición de la tortura El respeto a la propiedad individual La inviolabilidad del domicilio La moderación en el pago de impuestos Las leyes deben ser generales y obligar a la constancia y al patriotismo.

El pensamiento de Morelos En lo religioso: Intolerancia religiosa. Obligatoriedad del pago del diezmo; supresión de las obvenciones parroquiales.

Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana Promulgada el 22 de octubre de 1814 en Apatzingán, Michoacán, por lo que también se le conoce como Constitución de Apatzingán. Parte dogmática: 41 artículos que tratan de religión, soberanía, ciudadanos, ciudadanos, la ley, los derechos del hombre y las obligaciones de los ciudadanos. Parte orgánica: 195 artículos en los que se reglamenta la organización y las funciones de los poderes públicos.

Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana La soberanía es imprescriptible, inenajenable, e indivisible; radica originalmente en el pueblo y su ejercicio en la representación nacional. La sociedad tiene el derecho de alterar, modificar o abolir su gobierno. Los tres Poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) no deben ejercerse por una sola persona o corporación.

Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana Igualdad social Derecho de propiedad Derecho de elección Inviolabilidad del domicilio Derecho al trabajo Derecho a la educación Libertad de expresión Penas necesarias, moderadas y personales Derecho de audiencia Presunción de inocencia Delitos previamente determinados por ley Formalidades del procedimiento

Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana Poder Legislativo: Supremo Congreso Mexicano 1 diputado por provincia, 1 elector por parroquia y partido. Requisitos: ser ciudadano, 30 años de edad, gozar de buena reputación, patriotismo y “luces”. Duración de su encargo: dos años. Reelección no inmediata. Cargo inexcusable.

Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana Poder Ejecutivo: Supremo Gobierno Triunvirato igual en autoridad, alternándose por cuatrimestres el ejercicio de la presidencia. El Supremo Congreso elegiría en sesión secreta por escrutinio y pluralidad de votos a seis individuos, votándose en segunda vuelta los tres que conformarían el Supremo Gobierno. Se remplazaría un miembro anualmente. Reelección no inmediata.

Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana Poder Judicial: Supremo Tribunal de Justicia Compuesto por cinco individuos, pudiendo ampliarse su número por decisión del Congreso. Presidencia rotativa de tres meses. Renovación cada tres años: dos individuos en el primer año, dos en el segundo y uno en el tercero.

Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana Provincias: México Guadalajara Puebla Guanajuato Tlaxcala Potosí Veracruz Zacatecas Yucatán Durango Oaxaca Sonora Tecpan Coahuila Michoacán Nuevo Reino de León Querétaro

Bandera de Morelos

bIBLIOGRAFÍA Pérez de los Reyes, Marco Antonio, Historia del derecho mexicano, Oxford University Press, México: 2008. Tena Ramírez, Felipe, Leyes fundamentales de México 1808-2005, Porrúa, México: 2005.