Just 2020 Profesora: Zoraya Sánchez Vega Alumna: Rosa Moran.

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Transcripción de la presentación:

Just 2020 Profesora: Zoraya Sánchez Vega Alumna: Rosa Moran

 Es la oportunidad que se le brinda a un convicto de cumplir parte de su sentencia en la libre comunidad en base a ciertos criterios establecidos, tratándose de un delito menor o habiéndose cumplido la mayor parte de la pena, y cumpliendo mediante un acuerdo que consta de varias facilidades y restricciones, que son: como presentaciones espontáneas, programadas a los conocidos como patronatos de liberados o similares, etc… y como su nombre lo indica, la persona en cuestión promete bajo palabra no volver a reincidir en el mismo delito, o otro posible, ni violar las condiciones para acceder a dicho beneficio, y si lo hace tiene riesgo de volver a prisión, con la posibilidad de no ser otorgada nuevamente.

 Sus ventajas son reducción de la pena  Que la persona trate de no incurrir en conducta delictiva, o que trate con personas que tienen actividades ilegales.  Si es acto a reincorporarse a la sociedad.  La pronta liberación de los presos, antes del termino de su condena.  Tener buena conducta o estar reformado  Reducir el número de personas encarceladas.  El ahorro sustancial al Estado.  Y también que representa un acto humanitario a convictos de: edad avanzada, enfermos, etc…

 Que reincida (conocida como la reincidencia en el ámbito de la justicia penal).  Marginación y inadaptación social: desempleo, falta de vivienda y muchas cosas más.  Costo financiero para el Estado, ya que usan programas y control para el preso.

 Si, porque tiene que demostrar que esta acto para una nueva oportunidad para que puedan empezar de nuevo su vida, porque cada mejora tiene su retribución.  Los cambios que haría, son: Tener más enfoque a los programas de rehabilitación corto o largo plazo para los convictos dentro y fuera del reclusorio.  Que revisen constantemente las enmiendas para que sean aplicadas correctamente (tiempo y la situación del caso).  Que estudien y que hagan horas de servicios comunitarios.

 Si son adecuadas, ningún cambio, creo que todas las condiciones están bien.

 No, ya que depende del convicto, porque algunas veces, reincide o incurre en otro delito mayor o más grave.

 Claro que no es justo, porque no es beneficioso ver que el acusado esta libre en poco tiempo y gozando de la libre comunidad, cuando la victima carga con el impacto económico, psicológico, emocional o físico, donde se sentirá que no se hiso justicia y triste saber que se le da más privilegio al acusado que a la víctima.

 Tener en cuenta el grado de salud, salud mental y psicológico de la persona y el tipo de delito que cometió.  Establecer medidas de seguridad para la víctima.  La Revisión constante y permanente de la salud conductual del convicto en la libre comunidad, para que estén seguros de que esta en la sociedad de manera útil, productiva y segura.

 Módulo 6, es/ /download?wrap=1 es/ /download?wrap=1  bajo-palabra bajo-palabra  htm htm  Nevares-Muñiz, D. (2011). Sumario de derecho procesal penal puertorriqueño.(9na) Edición revisada. (pp ). San Juan, PR: Instituto para el desarrollo del Derecho, Inc.