SEGUROS Y MEDIOS DE PAGO EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

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Transcripción de la presentación:

SEGUROS Y MEDIOS DE PAGO EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR MANUEL GONZÁLEZ RUIZ. Agente de Aduanas Agencia de Aduanas E. Browne y Cía. Ltda.

SEGUROS INTRODUCCION AL SEGURO SEGURO DE TRANSPORTE INSPECCION Y LIQUIDACION DE SINIESTROS

MEDIOS DE PAGO Formas de Pago: COBRANZA BANCARIA COBRANZA DIRECTA CARTA DE CRÉDITO PAGO ANTICIPADO

INTRODUCCION AL SEGURO HISTORIA DE LOS SEGUROS Inicios de la civilización humana, cuando se establecieron organizaciones sociales y políticas, ciudades, estados instituciones, y se crearon obligaciones y derechos.

INTRODUCCION AL SEGURO HISTORIA DE LOS SEGUROS En los años 1.700 A.C. existía una indemnización que se pagaba a los comerciantes que transportaban mercancías por desiertos o lugares peligrosos. Así está dispuesto en el código de Hammurabi, que fue encontrado escrito en un bloque de dorita en la Ciudad de Susa (Antigua Persia)

INTRODUCCION AL SEGURO HISTORIA DE LOS SEGUROS En el Año 1.000 A.C., se crea en Grecia las Eranoi, primeras agrupaciones gremiales de aseguradores, para ayudarse mutuamente ante los siniestros.

INTRODUCCION AL SEGURO ALGUNOS DE LOS MAS GRANDES DESASTRES ”Creo que jamás volveré a sentirme seguro de nada…” dijo Charles Lightoller, sobreviviente del hundimiento del Titanic, una de las tragedias más paradigmáticas que ha azotado a la humanidad. Se calcula en US$ 3.5 Millones aprox. lo que debieron pagar las compañías a quienes tenían contratado seguros y murieron en esta catástrofe.

INTRODUCCION AL SEGURO ALGUNOS DE LOS MAS GRANDES DESASTRES 44 años después del Titanic, en 1956, la Cía de Seguros American Underwriters pagó US$ 2.2 millones por el hundimiento del “Andrea Doria”, y Chubb & Son canceló US$ 342.000 por los bienes de los pasajeros y la carga.

INTRODUCCION AL SEGURO ALGUNOS DE LOS MAS GRANDES DESASTRES En nuestro país el gran sismo del año 1985 es el que registra una de las mayores indemnizaciones en la historia de nuestros seguros, alcanzando a un total de US$ 85 millones aprox., con gran efecto en los puertos

INTRODUCCION AL SEGURO ALGUNOS DE LOS MAS GRANDES DESASTRES El 11 de septiembre de 2001, luego de las pérdidas producidas por ataque a las Torres Gemelas de Nueva York, los seguros llamados catastróficos, como es el caso del terremoto, subieron enormemente. En este atentado la indemnización alcanzó a más de 50.000 millones de dólares.

INTRODUCCION AL SEGURO CONTRATO DE SEGURO: Contrato bilateral y aleatorio en virtud del cual una persona natural o jurídica (asegurado) traspasa parte o la totalidad de sus riesgos a una entidad aseguradora (compañía de seguros) previo pago de una prima.

INTRODUCCION AL SEGURO ALGUNAS DEFINICIONES: Contrato : Pacto entre dos personas naturales o jurídicas Bilateral : Que compromete a ambas partes. Asegurado paga prima y asegurador paga siniestros o daños. Riesgo : Eventualidad de que ocurra un siniestro; es algo incierto que pueda o no ocurrir y ocasiona perdidas o daños a la materia asegurada. Prima : Costo del seguro Materia : Motivo o mercancía asegurada y condiciones

INTRODUCCION AL SEGURO ALGUNAS DEFINICIONES: Asegurable : Persona, mercancía, inmueble o producto que reúne las características predeterminadas para poder contratar una cobertura de seguro a su favor. Asegurado : Es la persona, titular del interés sobre cuyo riesgo se toma el seguro. En el sentido estricto, es la persona que queda libre del riesgo, y sobre la cual recae la cobertura del seguro. Asegurador : Es la empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar como tal por la Superintendencia de Valores y Seguros. Contratante : Es quien contrata el seguro sin ser necesariamente el asegurado o beneficiario de éste.

INTRODUCCION AL SEGURO ALGUNAS DEFINICIONES: Beneficiario : La persona prevista en la póliza de seguro que recibe la indemnización o prestación convenida. Capital Asegurado : Es el monto máximo pagadero en caso de siniestro previamente estipulado en las condiciones de la póliza. Deducible : Cantidad que se establece en algunas pólizas como cantidades o fracción porcentual que es de cargo del asegurado, y no indemnizable por el Asegurador. Prima : Es el costo, retribución o precio del seguro cuyo pago es de cargo del contratante o asegurado.

INTRODUCCION AL SEGURO ALGUNAS DEFINICIONES: Siniestro : Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo hecho genera la obligación de indemnizar al asegurado. Indemnización : La cantidad o prestación de cargo del asegurador pagada al asegurado, en caso de siniestro, de acuerdo a las condiciones establecidas en la póliza. Propuesta : Documento en que consta la solicitud y condiciones del seguro requerido del asegurado. Póliza : Es el documento que instrumenta el contrato de seguro, en el que se reflejan las normas, de forma general, particular o especial, que regulan las relaciones contractuales convenidas entre el asegurador y el asegurado.

INTRODUCCION AL SEGURO ALGUNAS DEFINICIONES: Póliza Individual : Es aquella en la que sólo existe una persona asegurada Póliza Colectiva : Es aquella en la que simultáneamente existen varias personas aseguradas Póliza Flotante : Aquella por la que, en virtud de las características especiales del riesgo, se concede al asegurado, dentro de ciertos límites y previo reconocimiento de determinadas condiciones, es una garantía abierta en las que pueden establecerse aumentos o reducciones. Endoso : Es un documento que forma parte integrante de la póliza, y permite al asegurado efectuar modificaciones a dicha póliza.

SEGURO DE TRANSPORTE El objetivo del seguro es cubrir el riesgo que pueda acaecer sobre cualquier elemento que sea transportable. Dicho riesgo puede repercutir sobre los bienes, el medio de transporte o, en caso de la cobertura por responsabilidad civil, sobre el patrimonio del asegurado con el que tendría que hacer frente a eventuales indemnizaciones. La finalidad del seguro consiste en amparar los bienes transportados contra los riesgos que puedan afectarles durante su desplazamiento de un lugar a otro y en el transcurso de períodos en que los bienes deben permanecer en reposo debido a las circunstancias del viaje, además cubre los daños producidos al medio de transporte y a terceros.

SEGURO DE TRANSPORTE MERCANCÍAS ASEGURABLES Todas las mercancías se pueden asegurar ¿Cómo asegurarlas? Según la mercancía y su estado Mercancías nueva: Póliza tipo “A” que cubre todo riesgo, o tipo B” o “C” (riesgos enumerados o restringidas) Mercancía usada o reacondicionada, normalmente se limita a póliza tipo “C” Póliza tipo “A”: 24 horan antes de la llegada de la nave marítima 48 horas después de la llegada del avión 6 horas antes de la llegada del camión

SEGURO DE TRANSPORTE TIPOS DE POLIZAS DE TRANSPORTE En los seguros de transporte existen distintas maneras de configurar una póliza según las necesidades y características de cada caso, las comunes son: Pólizas aisladas – Se utilizan para cubrir un solo viaje. Su duración es por el periodo que dure el viaje y, en el caso de mercancías, como máximo 6 meses desde la fecha de emisión. Pólizas abiertas - Se utilizan para una operación o un conjunto de ellas relacionadas que implique un número considerable de viajes. Su duración es por el periodo de la operación.

SEGURO DE TRANSPORTE TIPOS DE POLIZAS DE TRANSPORTE Pólizas flotantes – Tienen una duración indefinida y se mantienen vigente mientras no se oponga ninguna de las partes. Sirven para cubrir todas las operaciones de un asegurado en unas ciertas condiciones, límites y ámbitos convenidos. El asegurado da comunicación de cada viaje mediante un boletín y la prima se regula periódicamente mediante suplementos en función del número de viajes efectuados y el valor asegurado en cada uno de ellos. Pólizas sobre volúmenes – Estas pólizas se basan en la facturación o el volumen que se pretende asegurar sin necesidad de comunicar cada desplazamiento. En función de este parámetro se calcula una prima anual, siendo regularizable despues de cada periodo, según el volumen realmente transportado.

SEGURO DE TRANSPORTE SEGURO DE MERCANCÍAS POR VÍA TERRESTRE Se aseguran las mercancías transportadas por los medios propios de la locomoción terrestre. El asegurador se obliga a indemnizar los daños materiales que puedan sufrir las mercancías transportadas o el medio utilizado como consecuencia de su transporte, quedando excluidos los daños debidos a la propia naturaleza de los bienes asegurados (como las mermas en calidad sufrida por productos perecederos)

SEGURO DE TRANSPORTE SEGURO DE MERCANCÍAS POR VÍA TERRESTRE Riesgos cubiertos: Incendio, rayo o explosión, excepto combustión espontánea Accidentes del medio de transporte Pérdida total de la embarcación, contribución a la avería gruesa, abordaje, etc. durante el transito a borde de la embarcación a su paso por canales o estrechos Accidente de vuelo al aterrizar o despegar cuando sea un viaje complementario al trasporte terrestre. Robo realizado en cuadrilla o a mano armada. De manera opcional, se puede asegurar una cobertura ampliada, que supone la inclusión de: Daños por mojadura, moho, roturas, derrame, carga y/o descarga, contacto con otros cargamentos, u otra causa similar. Robo parcial del contenido Extravío o falta de entrega de bultos enteros.

SEGURO DE TRANSPORTE SEGURO DE MERCANCÍAS POR VÍA MARÍTIMA En ella se incluye el aseguramiento de las mercancías transportadas por vía marítima y/o acuática en general. Se rige por el Código de Comercio y los principales riesgos que cubre son: Pérdida total, contribución a la avería gruesa y gastos de salvamento debidos a accidentes. Avería particular de los cascos de naufragio, incendio, varada o abordaje. La mercancía sobre cubierta deberá ser declarada expresamente en la póliza y se asegura la pérdida total por accidente, y arrastre por las olas. De manera opcional y mediante pacto expreso, se puede asegurar: Robo parcial del contenido y derrames, roturas, incendio y robo sobre el muelle, falta de entrega de bultos, caída durante la carga/descarga, oxidación, moho y vaho en bodega. Guerra, minas, motines, huelgas, sabotaje, etc.

SEGURO DE TRANSPORTE SEGURO DE MERCANCÍAS POR VÍA AÉREA Asegura la mercancía transportada por vía aérea mediante la cobertura de accidentes de la aeronave, caída, vuelco colisión, incendio, etc. Puede contratarse en forma opcional la cobertura por robo, roturas, derrames, mojaduras, oxidación, y otros riesgos análogos.

SEGURO DE TRANSPORTE CONTRATACION DE SEGUROS Para embarques ocasionales, se contratan pólizas individuales o específicas para cada uno de ellos. Sin embargo, cuando un Importador o Exportador tiene embarques periódicos, se prefiere una póliza flotante abierta, emitiendo certificados por cada embarque. Características: Se determina un monto asegurado anual Se establece una tasa fija por vía de transporte Se establecen políticas de liquidación Embarques siempre asegurados Emisión de certificados en forma rápida y expedita Rebaja importante de costos

SEGURO DE TRANSPORTE VALORES MINIMOS A ASEGURAR Para que una indemnización sea justa en términos reales, el Monto mínimo a asegurar debería ser Valor CIF + 10% Valor CIF: Fob + Flete + prima de seguro. 10% : Derechos o gravámenes aduaneros. Gastos de almacenaje Honorarios Agente de Aduana Gastos de Porteo Fletes internos, etc.

SEGURO DE TRANSPORTE LIMITES DE RESPOSABILIDAD DEL SEGURO, EN RELACIÓN A LA VIA DE TRANSPORTE Transporte Marítimo Transporte Aéreo Transporte Terrestre Monto asegurado Tiempo de permanencia en Aduana Condiciones especiales establecidas en la Póliza Transporte en Camión cerrado Embalaje de Madera Prohibición de transbordos, etc.

SEGURO DE TRANSPORTE LIMITES DE RESPOSABILIDAD DEL SEGURO, EN RELACIÓN A LA VIA DE TRANSPORTE Avería Gruesa: Definición: Lo que ha sido destruido por el bien de todos, debe ser reemplazado por la contribución de todos.

INSPECCIÓN Y LIQUIDACION DE SINIESTROS INSPECCION DE EMBARQUE Al llegar la carga a destino, una vez constatada la pérdida, merma o daño, se solicita mediante aviso al liquidador de seguros asignado, que concurra a efectuar la inspección. Es recomendable en caso de sospechas de posibles mermas, dar aviso al liquidador al momento del retiro del embarque desde los recintos aduaneros con el fin de efectuar una verificación a las condiciones en que están los embalajes al momento del retiro desde zona primaria, o bien para certificar los sellos de los contenedores.

INSPECCIÓN Y LIQUIDACION DE SINIESTROS INSPECCION DE EMBARQUE Realizada la inspección, certificando que el siniestro se encuentra cubierto, el liquidador solicitará los documentos necesarios para evacuar el informe de liquidación que sugiere la respectiva indemnización.

INSPECCIÓN Y LIQUIDACION DE SINIESTROS Objeto de la Liquidación: Este proceso determina básicamente la ocurrencia del siniestro, si éste se encuentra amparado por la cobertura de seguro contratada, y en caso afirmativo la determinación de la indemnización a pagar. Forma de Efectuar la Liquidación: Puede efectuarla directamente la Compañía o encomendarla a un Liquidador de Seguros, normalmente en los Seguros de Transporte, las inspecciones son efectuadas por Liquidadores de Seguros al momento de retiro de las mercancías desde las zonas aduaneras o bien al ser recibidas en las bodegas del interesado. Pre-Informe de liquidación: En aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas, evaluación del riesgo u otro, a petición del asegurado el liquidador emite un pre-informe de la liquidación. El asegurado o la Compañía pueden hacer observaciones dentro de un plazo de cinco días hábiles desde su conocimiento.

INSPECCIÓN Y LIQUIDACION DE SINIESTROS Plazo de Liquidación: Dentro del mas breve plazo no pudiendo exceder de 90 días corridos desde la fecha del denuncio en caso de seguros generales, o 180 días en seguros marítimos cascos o avería gruesa. Prórroga: Los plazos señalados podrán prorrogarse en casos fundados, sucesivamente por iguales períodos, lo que se debe comunicar al asegurado y a la Superintendencia, pudiendo ésta última dejar sin efecto la ampliación y fijar un plazo para la entrega del informe. Impugnación: Recibido el informe final la compañía y el Asegurado dispondrán de un plazo de diez días hábiles para impugnarla, teniendo el liquidador un plazo de cinco días hábiles para responder la impugnación.

INSPECCIÓN Y LIQUIDACION DE SINIESTROS Formatos Solicitud de Seguro Ver. Certificado de Seguro Ver. Ver. Póliza Global Ver. Póliza de Garantía Ver.

MEDIOS DE PAGO Formas de Pago: Cobranza Bancaria Cobranza Directa Carta de Crédito Pago Anticipado

MEDIOS DE PAGO Cobranza Bancaria Es aquella en la cual los documentos respectivos de la mercancía son acompañados de una Letra de Cambio, cheque o pagaré, los que son entregados al comprador previo pago aceptación de éstos. Este documento es entregado al Banco Comercial para que lo envíe o remita a un Banco ubicado en el país del girador (Proveedor) para su cobro o cancelación Es importante destacar que con este tipo de documentos el Banco Comercial sólo cumple las instrucciones dadas por el girador y no existe responsabilidad alguna en lo relacionado con el pago. La cobranza bancaria puede ser a la vista o a plazo

MEDIOS DE PAGO Cobranza Directa Es aquella en que no existe intervención bancaria y la relación entre el proveedor extranjero y el importador Chileno es directa. De esta forma, una vez que el exportador embarca las mercancías, envía directamente al importador todos los documentos que le permitirán a este último desaduanarlas. Esta forma de pago es utilizada frecuentemente cuando la relación que existe entre vendedor y comprador es de absoluta confianza.

MEDIOS DE PAGO DIAGRAMA DE FLUJO – COBRANZA EXPORTADOR BANCO EXPORT. BANCO IMPORT. IMPORTADOR NEGOCIACION ACEPTA CONDICIONES RECIBE DOCUMENTOS Y REGISTRA COBRANZA EXTRANJERA Y ENTREGA A IMPORTADOR RECIBE DOCUMENTOS JUNTO A LETRA, PAGARE O CHEQUE RECIBE DOCUMENTOS PREVIO PAGO, O ACEPTACION DE LETRA EMBARCA LAS MERCANCIAS Y EMITE DOCUMENTOS DE EMBARQUE REGISTRA COBRANZA Y ENVIA DOCUMENTOS AL BANCO DEL IMPORTADOR DESADUANA LA MERCANCÍA ENVIA AL BANCO EN EL EXTERIOR EL PAGO O LA LETRA ACEPTADA RECIBE EL PAGO DE LAS MERCANCIAS RECIBE EL PAGO O LA LETRA ACEPTADA POR EL COMPRADOR. EN COBRANZA A PLAZO AL VENCIMIENTO INSTRUYE A SU BANCO EL PAGO AL PROVEEDOR ENVIA PAGO AL EXTERIOR Y CIERRA LA COBRANZA RECIBE PAGO Y CIERRA LA COBRABZA.

MEDIOS DE PAGO Carta de Crédito Es un instrumento de pago, mediante el cual el banco emisor, actuando a petición del importador se obliga a hacer el pago al beneficiario vendedor a través de otro banco (Banco notificador), ello contra la presentación de los documentos y cumplimiento de las condiciones establecidas en la misma carta de crédito. La carta de crédito debe contener todas las condiciones claramente señaladas y fijadas entre el vendedor y el comprador. El importador debe tener presente que este documento es un medio de financiamiento, puesto que es el banco quien cancela al proveedor extranjero, por lo que debe conocer los costos que involucra este crédito.

MEDIOS DE PAGO Tipos de Cartas de Crédito: L/C Revocable: Es aquella que puede ser modificada por el banco emisor, Sin previo aviso al beneficiario, pudiendo aún proceder a su anulación. L/C Irrevocable: Es aquella que sólo podrá ser modificada o anulada Previo consentimiento de todas las partes intervinientes en la operación L/C Confirmada: Es aquella en que el Banco notificador se obliga pagar contra la negociación de los documentos y cumplimiento de los requisitos establecidos, si esperar el pago del banco emisor. L/C a la vista: Es aquella que indica que el pago se efectuará contra la presentación de los documentos de embarque, siempre condicionado a que Ellos cumplan con todos los términos y condiciones indicadas.

MEDIOS DE PAGO Tipos de Cartas de Crédito: L/C a plazo del proveedor: Es aquella que en sus condiciones estipula que el pago al exportador se efectúa al termino del plazo que este último le haya otorgado al importado, habitualmente este plazo está determinado por la fecha de embarque de las mercancías. L/C Transferible: En aquella en que el beneficiario está autorizado para transferirla a un tercero. L/C Intransferible: Es aquella que sólo puede ser cobrada por el beneficiario.

MEDIOS DE PAGO Etapas de una Carta de Crédito : Suscripción del contrato de compraventa El Importador solicita a su banco la emisión de una Carta de Crédito En banco emisor emite la carta de crédito y la notifica por intermedio de su corresponsal en el país del exportador. El banco notificador avisa al exportador que tiene una carta de crédito a su favor. El exportador realiza el embarque de las mercancías. El exportador presenta los documentos de embarque al banco notificador (confirmador) El banco confirmador, comprobado el cumplimiento de los términos y condiciones estipuladas, paga el valor de los documentos. El banco confirmador envía al banco emisor los documentos El banco emisor entrega los documentos de embarque al importador para que este pueda desaduanar las mercancías. A la fecha acordada, el importador paga al banco emisor el valor cancelado al exportador.

SOLICITA LEVANTAMIENTO MEDIOS DE PAGO DIAGRAMA DE FLUJO – CARTA DE CREDITO EXPORTADOR BANCO EXPORT. BANCO IMPORT. IMPORTADOR RECIBE L/C Y PROCEDE AL EMBARQUE SOLICITA EMISIÓN RECIBE L/C Y NOTIFICA A EXPORTADOR , CONFIRMANDOLA EMITE L/C SEGÚN INSTRUCCIONES DEL IMPORTADOR Y ENVIA A BANCO DEL PAIS EXPORTADOR EMBARCA LAS MERCANCIAS Y EMITE DOCUMENTOS DE EMBARQUE RECIBE DOCUMENTOS PREVIO PAGO, O ACEPTACION DE LETRA RECIBE DOCUMENTOS Y VERIFICA CMPLIMIENTO DE TODAS LAS CONDICIONES RECIBE DOCUMENTOS Y ENTREGA A IMPORTADOR ACEPTA DISCREPANCIAS NEGOCIA L/C CON LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS NEGOCIACIÓN LIMPIA PAGA SU VALOR EL EXPORTADOR Y ENVIA DOCUMENTOS AL BANCO EMISOR. RECIBE DOCUMENTOS Y SOLICITA LEVANTAMIENTO DE DISCREPANCIAS NEGOCIACION CON DISCREPANCIAS, ENVIA DOCUMENTOS AL BANCO EMISOR, Y ESPERA INSTRUCCIONES PARA PAGO. RECIBE LEVANTAMIENTO DE DISCREPANCIAS E INSTRUYE PAGO AL EXPORTADOR RECIBE EL PAGO DE LAS MERCANCIAS DESADUANA LA MERCANCÍA PAGA AL EXPORTADOR

MEDIOS DE PAGO Pago Anticipado En comprador paga el valor de las mercancías a su proveedor con anterioridad a que este último embarque las mercancías. En esta forma de pago el vendedor tiene la seguridad y garantía de recibir el pago de las mercancías vendidas. Para el comprador tiene varias desventajas : Inmoviliza recursos financieros con anterioridad a la recepción de los productos No tiene seguridad ni garantías al cumplimiento de las condiciones del contrato o convenio de compra/venta.

MEDIOS DE PAGO Informes y Obligaciones con el Banco Central de Chile Capitulo V - Compendio de Normas de Cambios Internacionales Información Cambiaria de las Operaciones de Importación

MEDIOS DE PAGO Informes y obligaciones con el Banco Central de Chile Los importadores que hayan efectuado importaciones por un valor FOB igual o superior a US$ 5 millones, deberán informar sus operaciones al Banco Central de Chile La información proporcionada por el Importador, debe corresponder a : La totalidad de los pagos efectuados por sus operaciones de importación, ya sea que correspondan a pagos anticipados o posteriores al embarque Los saldos de las coberturas anticipadas y de las operaciones pendientes de pago. c) Los planes de pago de cobranzas a más de 1 año.

MEDIOS DE PAGO Informes y obligaciones con el Banco Central de Chile En caso de un financiamiento proporcionado por personas domiciliadas o residentes en el exterior, distintas del proveedor, dicho crédito se deberá informar al amparo del Capítulo XIV del Compendio de Cambios Internacionales, que corresponde a las “Normas aplicables a los créditos, depósitos, inversiones y aportes de capital provenientes del exterior.

MEDIOS DE PAGO Informes y obligaciones con el Banco Central de Chile 2. Los importadores dejarán de informar al Banco Central en las siguientes situaciones : a) Si pone término a su giro, en cuyo caso deberá acreditar este hecho. b) Si en dos años calendario consecutivos sus importaciones no superan los US$ 5 millones anuales o si en forma anticipada a este plazo no registra saldos de coberturas anticipadas y/o importaciones pendientes de pago. Las personas que realicen las operaciones señaladas en este Capítulo V, deberán informar las modificaciones a las condiciones de ellas.

MEDIOS DE PAGO Impuesto Ley de Timbres y Estampillas. Decreto Ley.3.475 de 04.09.1980. Quedan afectas al pago del Impuesto de la Ley de Timbres y Estampillas todas las operaciones de Importación cuyo pago o remesa al exterior se ha girado con posterioridad a la fecha de la Declaración de Importación (Declaración de Ingreso), cualquiera sea la modalidad de pago utilizada y siempre y cuando exista un documento de pago o de garantía que respalde la operación como es una Letra da Cambio, Pagaré, etc. La tasa a aplicar vigente desde el 01.01.2007 es de un porcentaje sobre el valor de la remesa equivalente a un 0.125% por mes o fracción de él, con un tope máximo de 1.5%, contados desde la fecha de la Declaración de Importación hasta la fecha del pago.

MEDIOS DE PAGO Impuesto Ley de Timbres y Estampillas. Formas de Pago del Impuesto. Cualquiera sea el mecanismo o canal utilizado para la adquisición de las divisas, siempre debe ser informado el pago al Banco Central de Chile a través de una empresa bancaria. Si la compra se efectúa en el mercado bancario formal la notificación al Banco Central la realiza la empresa bancaria por medio de una planilla Egreso Comercio Visible. Si la compra se efectúa en el mercado bancario informal la notificación se realiza por medio de la planilla de cobertura de carácter estadístico.

MEDIOS DE PAGO Impuesto Ley de Timbres y Estampillas. Formas de Pago del Impuesto. El proceso de cobertura, si el importador así lo instruye, incluye el pago de este impuesto el que es enterado al Fisco mediante retención que efectúa la empresa bancaria por la que se realiza la cobertura de cambios. En caso de que no intervenga una entidad bancaria, el pago de realiza directamente mediante el formulario Nro.24 del Servicio de Impuestos Internos, señalando en la línea Nro.6 del formulario el código 213 y el monto del impuesto a cancelar.

SEGUROS Y MEDIOS DE PAGO EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR MANUEL GONZÁLEZ RUIZ. Agente de Aduanas