LLerandi Correduría de Seguros. SEGURIDAD EN LA CADENA DE SUMINISTRO Implicaciones de la prevención y la diligencia en el seguro de la Cadena de Suministro.

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Transcripción de la presentación:

LLerandi Correduría de Seguros

SEGURIDAD EN LA CADENA DE SUMINISTRO Implicaciones de la prevención y la diligencia en el seguro de la Cadena de Suministro. AECAF UNO Y CITET CAMARA DE MADRID D. Javier LUGRÍS LLERANDI Gerente LLERANDI CONSULTORES, S.A. Correduría de Seguros Madrid, 17 de octubre de 2012

ÍNDICE 1 | LEGISLACIÓN GENERAL Negligencia y Dolo Diligencia 2 | LEGISLACIÓN DE TRANSPORTE Legislación de transporte 3 | LEGISLACIÓN DE SEGUROS Legislación de seguros 4 | CONCLUSIONES 5 | CLÁUSULAS LIMITATIVAS DE ROBO Cláusula de Robo Aclaración Cláusula de Robo Casos más frecuentes Otros

1. LEGISLACIÓN GENERAL

1. LEGISLACIÓN GENERAL: NEGLIGENCIA Y DOLO Negligencia leve, que es la omisión de la precaución generalmente observada por un buen padre de familia Negligencia grave :negligencia máxima en la que se omiten las precauciones más elementales, previstas por todos Dolo eventual: Es el conocimiento y la aceptación previa por parte de una persona de la posibilidad de que se produzca una determinada consecuencia como consecuencia de su actuación. Dolo : voluntad deliberada de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud DEFINICIONES

1. LEGISLACIÓN GENERAL: DILIGENCIA La de un buen padre de familia Lex Artis (profesional) Lex Artis ad hoc (profesional especializado) DEFINICIONES

2. LEGISLACIÓN DE TRANSPORTE

DEFINICIONES LCTTM : Artículo 62. Pérdida del beneficio de limitación. “… con actuación dolosa o con una infracción consciente y voluntaria del deber jurídico asumido que produzca daños que, sin ser directamente queridos, sean consecuencia necesaria de la acción.”

3. LEGISLACIÓN DE SEGUROS

DEFINICIONES LCS Ley 50/1980 Artículo 19 El asegurador estará obligado al pago de la prestación, salvo en el supuesto de que el siniestro haya sido causado por mala fe (equiparable a dolo) del asegurado. Artículo 52 (Seguros de robo) El asegurador, salvo pacto en contrario, no vendrá obligado a reparar los efectos del siniestro cuando éste se haya producido por cualquiera de las siguientes causas: por negligencia grave del asegurado, del tomador del seguro o de las personas que de ellos dependan o con ellos convivan

4. CONCLUSIONES

Fina línea para determinar si ha existido negligencia grave o no. Los magistrados, en sus sentencias, frecuentemente hacen alusiones a la dificultad de discernir si la negligencia en la que se ha incurrido es o no grave. STS de 14 de junio de 2006 "La precisión de si un determinado supuesto es meramente culposo por parte del tomador, o bien se ha debido a culpa grave, no es teoría fácil, en la línea divisoria entre la culpa leve o la grave es sutil. Todo ello es de libre apreciación del Tribunal sentenciador en cuanto, siendo conceptos jurídicos, han de resultar de lo actuado como hechos conductas y circunstancias que el órgano judicial interpreta y valora para decretar su concurrencia. Sentencias dispares a consecuencia de la diversa interpretación de conductas y circunstancias propias de cada caso. 4. CONCLUSIONES

5. CLAUSULAS LIMITATIVAS DE ROBO

Las compañías de seguros incorporan la cláusulas limitativas de robo para establecer criterios objetivos, principalmente sobre la ubicación de los vehículos durante las paradas nocturnas y fines de semana. Son cláusulas estándar que se aplican en todas las pólizas de transportes con más o menos matices. Los subcontratados autónomos, parte más débil de la cadena, suelen tener las cláusulas más limitativas en sus pólizas Recomendación : programa de homologación de seguros de subcontratados.

5. CLAUSULAS LIMITATIVAS DE ROBO Quedan excluidos los daños, pérdidas o destrucción de los mercancías aseguradas debido a robo o cualquier intento de robo, siempre y cuando se encuentre el vehículo desatendido. A - Entre las 21,00 y las 6,00 horas durante días laborables y las 24 horas durante sábados, domingos y festivos; salvo en el caso de que dichos vehículos porteadores se encuentren aparcados dentro de un edificio completamente cerrado o recinto de construcción sólida y cerrado con llave o bajo vigilancia permanente. B - Cualquier otra hora en la que el vehículo porteador no se encuentre en un garaje, a menos que todas las puertas y el maletero estén cerradas con llave y las ventanas y otras formas de acceso al vehículo porteador estén bien cerradas y que todos los dispositivos de seguridad especificados en la póliza hayan sido conectados. Debe existir un mantenimiento adecuado de todas las cerraduras y dispositivos de seguridad. CLAUSULA DE ROBO

5. CLAUSULAS LIMITATIVAS DE ROBO En lo que respecta a la vigilancia del vehículo durante las horas fuera de horario laboral, así como durante los festivos, el hecho de que el conductor de vehículo pernocte en el interior del mismo, en área de servicio o descanso habilitada, será considerado como vigilancia permanente. En lo que respecta al cierre de los accesos del vehículo cuando el mismo es de tipo lona, se entenderá que está correctamente cerrado con llave cuando, además de los cierres de puertas y accesos a la cabina, la lona esté adecuadamente fijada, sin roturas en la misma y en buen estado de conservación, y la puerta trasera se encuentre cerrada al menos mediante candado o cierra de seguridad. ACLARACIÓN CLÁUSULA DE ROBO

5. CLAUSULAS LIMITATIVAS DE ROBO Que se ven afectados por la cláusula de robo limitativa : Cargas efectuadas en viernes para entregar el lunes a primera hora Cargas de especial valor (telefonía móvil y electrónica portátil, bebidas alcohólicas, tabaco, cobre…) Circunstancias del lugar de estacionamiento (polígonos industriales, zonas solitarias cercanas al domicilio del conductor) Semirremolques desenganchados estacionados en la vía pública CASOS MÁS FRECUENTES

OTROS 5. CLAUSULAS LIMITATIVAS DE ROBO Suplantación de identidad de empresas con buena reputación o creación de una identidad falsa para hacerse con cargas valiosas. Utilización de cabezas tractoras robadas previamente para acceder a recintos logísticos y enganchar semirremolques cargados que se encontraban a la espera de enganche.

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN