INCAPACIDADES
DEFINICIÓN LA INCAPACIDAD: es el estado de inhabilidad física o mental de un docente que le impide desempeñar en forma temporal o permanente su profesión u oficio. El tiempo máximo de la incapacidad es de 180 días.
CLASIFICACIÓN Por origen : Enfermedad Común (E.C) Toda enfermedad o patología , accidente o muerte que no halla sido clasificado o calificado como de origen profesional. Enfermedad Profesional (E.P) Todo estado patológico que sobrevenga como causa obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio donde este trabajando. Accidente de Trabajo (A.T) Todo suceso repentino que sobrevenga por causa u ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador, una lesión orgánica, perturbación funcional o psiquiátrica , una invalidez o la muerte.
CLASIFICACIÓN Licencia por Maternidad (L.M): Descanso remunerado por 14 semanas después del parto. Ley María : licencia de paternidad (8 días hábiles), período a que tiene derecho el esposo y/o compañero permanente de la docente para acompañar a su esposa en el puerperio , se concede al padre 8 días hábiles de licencia remunerada por paternidad. Por consecuencia: Incapacidad temporal, incapacidad permente parcial, incapacidad permanente total, gran invalidez.
TRÁMITE DE INCAPACIDADES Las incapacidades de 4 días en adelante, el docente o un familiar deben entregarlas INMEDIATAMENTE en la oficina de Salud Ocupacional de la Clínica Comfachocó). Las incapacidades de 1-3 días, una vez expedida por el médico tratante se envían directamente al rector.
TRÁMITE DE INCAPACIDADES Las incapacidades tienen un plazo máximo para su trámite de 3 días, si son expedidas en el municipio de Quibdó y 5 días para las que son expedidas en otros municipios o departamentos. ocupacional@comfachoco.com.co
REMUNERACIÓN EN CASO DE INCAPACIDAD En los casos en los que la incapacidad sea calificada como de origen común o no profesional, el reconocimiento económico es el pago de un subsidio en dinero hasta por el término de 180 días que se liquidarán y pagarán con base en el salario devengado por el incapacitado a razón de las dos terceras partes de dicho salario durante los primeros (90) días de la incapacidad y mitad del mencionado salario durante los (90) días siguientes si la incapacidad se prolongara.
CASO EN LOS QUE EL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD SE LES RECONOCE EL 100% DE SU SALARIO Licencia por Maternidad Ley María Accidente de Trabajo Enfermedad Profesional
COMPETENCIAS DEL CONTRATISTA MÉDICO – IPS COMFACHOCO Expedir las certificaciones de incapacidad Informar diariamente a la Secretaría de Educación respectiva sobre las incapacidades otorgadas a los docentes activos afiliados al FNPSM. Presentar mensualmente a la FIDUPREVISORA S.A, una relación detallada de las incapacidades expedidas. Llevar un control de las incapacidades expedidas
COMPETENCIAS DE LA ENTIDAD NOMINADORA – SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Recibir y radicar las incapacidades medicas y adelantar el trámite respectivo para el reconocimiento de la prestaciones económicas que de allí se deriven . Revisar y valorar conjuntamente con el prestador de salud las incapacidades recurrentes y las prolongadas de los docentes de la región para determinar las acciones a seguir en el ámbito médico y en el ámbito administrativo de la entidad nominadora.
EXCEPCIONES No se tramitan: Incapacidades extemporáneas Que sean expedidas por médicos que no pertenezcan a la red de servicios contratados por COMFACHOCO. Resultantes de procedimientos estéticos.
FORMATO DE REGISTRO DE INCAPACIDAD
EXPEDICIÓN DE PERMANENCIAS POR SALUD Se expiden sólo por remisiones a especialidades de II,III y IV nivel de complejidad esta deben ser expedidas por la oficina de Referencia y Contrarreferencia. Tel: 6709802 ext. 2005
PROCESO DE TRÁMITE La permanencia la expide COMFACHOCO junto con la orden de la cita médica por especialidad programada (3 días). En los casos de programación de citas o procedimientos médicos fuera del departamento, se debe tramitar con los documentos soportes antes de efectuar el viaje.
Si la cita o proceso médico fuera del Departamento o en Quibdó, se extiende, se debe informar inmediatamente a COMFACHOCO con el fin de solicitar Prórroga de la permanencia, enviando los soportes. A través del correo: referenciaips@comfachoco.com.co
GRACIAS YIARDANY MENA MORENO MÉDICO ESPECIALISTA EN SALUD OCUPACIONAL COORDINADORA PROGRAMA SALUD OCUPACIONAL-CLÍNICA COMFACHOCO GRACIAS