Ing. José Luis Julca Hashimoto GERENTE REGIONAL DE RRNN Y GA Setiembre 2011 GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gesti.

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Transcripción de la presentación:

Ing. José Luis Julca Hashimoto GERENTE REGIONAL DE RRNN Y GA Setiembre 2011 GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gesti ó n Ambiental

Agua o muerte !!! Víctor Raúl Haya de la Torre

 Reglamento de Cerdán uno,  Reglamento de Cerdán uno, regula usos de las aguas en los valles de Lima, formulado por Ambrosio Cerdán y Pontero.  Reglamento del Dean Saavedra,  Reglamento del Dean Saavedra, aplicable a los valles de Virú, Chicama y Moche, formulado por el Dean Antonio Saavedra y Leiva.  Código de Aguas de 1902,  Código de Aguas de 1902, dado por don Eduardo López de la Romaña el  Decreto Ley Nº o Ley General de Aguas,  Decreto Ley Nº o Ley General de Aguas, de julio de  Ley N° Ley de Recursos Hídricos,  Ley N° Ley de Recursos Hídricos, 31 de marzo  Decreto Supremo N AG-Reglamento de la Ley N°  Decreto Supremo N ° AG-Reglamento de la Ley N° 29338, 24 de marzo de 2010

 Vulnerabilidad.  Vulnerabilidad. El Perú y Bolivia, que tienen más del 90% de los glaciares tropicales del mundo, han perdido cerca de una tercera parte de la superficie de sus glaciares entre 1970 y  Según la FAO  Según la FAO, en 50 años no habrá agua suficiente para todos, a menos que se invierta en mejorar la productividad y el manejo de este recurso. Los niveles actuales de ineficiencia simplemente no serán sostenibles en el tiempo.  Fenómenos naturales  Fenómenos naturales de El Niño y La Niña.  Deficiencia  Deficiencia en uso del recurso hídrico.  Efectos del Cambio Climático  Disminución de fuentes  Contaminación

VERTIENTE USO CONSUNTIVO (Hm 3 ) USO NO CONSUNTIVO (Hm 3 ) Agrícola% Poblacional %Minero% Industrial %Pecuario%TOTALEnergéticoTOTAL PACÍFICO 14, , , ,5014,245 ATLÁNTICO 1, ,3676,881 TITICACA TOTAL 16, , , ,97211,139

Principio de valoración del agua y de gestión integrada del agua El agua tiene valor sociocultural, valor económico y valor ambiental, por lo que su uso debe basarse en la gestión integrada y en el equilibrio entre éstos. El agua es parte integrante de los ecosistemas y renovable a través del ciclo hidrológico. Principio de gestión integrada participativa por cuenca hidrográfica El uso del agua debe ser óptimo y equitativo, basado en su valor social, económico y ambiental, y su gestión debe ser integrada por cuenca hidrográfica y con participación activa de la población organizada. El agua constituye parte de los ecosistemas y es renovable a través de los procesos del ciclo hidrológico.

Es un territorio y una área geográfica (suelo, agua, clima, precipitación pluvial, escorrentía subterránea, etc.) delimitados por la colección del agua que se deriva en una fuente de agua, en la que se encuentran los recursos naturales para el uso por su biodiversidad. Su hilo conductor es el ciclo hidrológico y la cultura de la población que la ocupa relacionado con su ambiente. Este hilo se encuentra constantemente generándose, regenerándose o degenerándose, por causas antrópicas, formando un todo indivisible con el ambiente, interrelacionándose en forma sistémica y deviniendo así en una determinada dinámica en la cuenca que fomenta su preservación o deterioro.

Los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos. Pueden ser Regionales o Interregionales. El ámbito de cada Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca se determina por la agrupación de unidades hidrográficas indivisas y contiguas, según la demarcación aprobada por la Autoridad Nacional del Agua.

 Ley N° 28611, Ley General del Ambiente  Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos (Artículos 24°, 58°, 75°, 76°, 82°, 84°, 99°, 104°, 106°, 118°, 119°)  Decreto Supremo N° AG-Reglamento de la Ley N° (Artículos 24°, 25°, 26°, 27°, 28°, 29°, 30°, 31°, 32°)  Ley N° 26821, Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales  Ley N° y su modificatoria Ley N° 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

 Ordenanza Regional N° GRLL/CR, aprueban los Instrumentos de Gestión Ambiental del Gobierno Regional la Libertad.  Ordenanza Regional N° GRLL/CR, declara de necesidad pública e interés regional la conservación y uso sostenible de los recursos hídricos de la Región La Libertad.  Ordenanza Regional N° GRLL/CR, aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región La Libertad 2010 – 2021.

 Mejorar la calidad de vida de la población.  Manejo de los recursos naturales suelo y agua dentro de los parámetros de gestión ambiental.  Ordenamiento territorial y determinación de zonas económicas ecológicas.  Manejo y gestión de cuencas eficiente y eficaz.  Desarrollo sostenible y creación de fuentes de mano de obra, disminución de la pobreza.  Participación de los actores directos.

 Promover la participación del gobierno regional, gobiernos locales, población organizada y de los usuarios de agua de la cuenca en la formulación, aprobación, implementación, seguimiento, actualización y evaluación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca.  Proponer anualmente el plan de aprovechamiento de las disponibilidades hídricas para atender las demandas multisectoriales, considerando los derechos de uso de agua otorgados.  Dar opinión, a la Autoridad Nacional, sobre el otorgamiento de licencia de uso de agua.  Instruir los procedimientos administrativos de autorización de reúso de agua residual tratada, para su resolución por la AAA.

 Realizar acciones de vigilancia y fiscalización en las fuentes naturales de agua, con el fin de prevenir y combatir los efectos de su contaminación.  Fomentar, planes y programas integrales de prevención y atención de desastres por inundaciones u otros impactos que afecten a los bienes asociados al agua, promoviendo acciones estructurales e institucionales.  Promover con los Gobiernos Locales la extracción adecuada y sostenible de materiales de acarreo con el fin de proteger los cauces de los ríos y quebradas.  Impulsar entre sus integrantes, el uso eficiente, el ahorro, la conservación y la protección de la calidad de los recursos hídricos. Asimismo, promover el reúso y la recirculación de las aguas.

 Emitir opinión verificando la conformidad y compatibilidad con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca, en los casos siguientes: - Otorgamiento de derechos de uso de agua y determinación del uso prioritario en caso de concurrencia, igualmente para el otorgamiento de permisos cuando hay superávit hídrico. - Reversión de excedentes de recursos hídricos que se obtengan en aplicación de la ley. - Establecimiento de parámetros de eficiencia y otorgamiento de certificaciones de eficiencia. - Otorgamiento de licencia de uso de agua. - Ejecución de obras de infraestructura hidráulica menor pública o privada que se proyecten en los cauces y cuerpos de agua, naturales y artificiales, así como de los bienes asociados al agua.

Preparatoria y de coordinación interinstitucional.  Preparatoria y de coordinación interinstitucional. Reuniones de coordinación, talleres, grupo impulsor, plan de acción. Caracterización general de la cuenca e identificación de actores.  Caracterización general de la cuenca e identificación de actores. Delimitación y caracterización del ámbito, caracterización de los actores, talleres. Conformación y acreditación de representantes.  Conformación y acreditación de representantes. Designación de representantes para la conformación del Consejo de Cuenca. Preparación del expediente de creación  Preparación del expediente de creación Creación del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca. Estima 240 días el período de constitución del Consejo de Cuenca.

Es el río Citarum, ubicado al oeste de la isla de Java en Indonesia

"Sólo después que el último árbol haya sido cortado, sólo después que el último río haya sido envenenado, sólo después que el último pez haya sido pescado, sólo entonces descubrirás que el dinero no se puede comer" MUCHAS GRACIAS.-