Ley 1010 del 2006.

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Transcripción de la presentación:

Ley 1010 del 2006

objetivo Definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.

Son bienes jurídicos protegidos por la presente ley: el trabajo en condiciones dignas y justas, la libertad, la intimidad, la honra y la salud mental de los trabajadores, empleados, la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral y el buen ambiente en la empresa.

Modalidades de acoso MALTRATO LABORAL: Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador;

Modalidades de acoso PERSECUCIÓN LABORAL: toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral.

Modalidades de acoso DISCRIMINACIÓN LABORAL: Todo trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social o que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral.

Resolución 2646 de 2008 Riesgo psicosocial

Estructura Capítulo 1: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Capítulo 2: Identificación y evaluación de los factores de riesgo psicosocial en el trabajo y sus efectos Capítulo 3: Intervención de los factores psicosociales en el trabajo y sus efectos Capítulo 4: Determinación del origen de las patologías presuntamente causadas por estrés ocupacional Capítulo 5: Disposiciones finales

objetivo Establecer disposiciones y definir responsabilidades de los diferentes factores en cuanto a la IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN, PREVENCIÓN, INTERVENCIÓN Y MONITOREO PERMANENTE de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo así como el estudio y determinación de origen de patologías presuntamente causadas por estrés ocupacional.

definiciones 1. CARGA MENTAL: Demanda de actividad cognoscitiva que implica la tarea. Algunas de las variables relacionadas con la carga mental son la minuciosidad, la concentración, la variedad de las tareas, el apremio de tiempo, la complejidad, volumen y velocidad de la tarea.

CARGA PSIQUICA O EMOCIONAL: Exigencias psicoafectivas de las tareas o de los procesos propios del rol que desempeña el trabajador en su labor y/o de las condiciones en que debe realizarlo ACOSO LABORAL: Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo, conforme lo establece la Ley 1010 de 2006.

IDENTIFICACION CONCEPTOS: FACTORES PSICOSOCIALES: Comprenden los aspectos intralaborales, los extra laborales o externos a la organización y las condiciones individuales o características intrínsecas del trabajador, los cuales en una interrelación dinámica, mediante percepciones y experiencias, influyen en la salud y el desempeño de las personas. FACTORES PSICOSOCIALES INTRALABORALES: que deben evaluar los empleadores. La evaluación de los factores psicosociales del trabajo comprende la identificación tanto de los factores de riesgo como de los factores protectores, con el fin de establecer acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad en la población trabajadora.

FACTORES INTRALABORALES Las empresas deben identificar como mínimo: Gestión organizacional Características de la organización del trabajo Del grupo social de trabajo Condiciones de la tarea Carga física Del medio ambiente del trabajo Inter fase persona- tarea Jornada de trabajo Número de trabajadores por tipo de contrato Tipo de beneficios recibidos a través del programa de bienestar de la empresa Programas de capacitación y formación permanentes de los trabajadores

FACTORES extralaborales Las empresas deben identificar como mínimo: Utilización del tiempo libre Tiempo de desplazamiento y medio de transporte casa – trabajo – casa Pertenencia a redes de apoyo social Características de la vivienda Acceso a servicios de salud

FACTORES individuales Las empresas deben identificar como mínimo: Perfil socio demográfico Características de personalidad y estilos de afrontamiento Condiciones de salud

evaluación Condiciones de salud, tomando en cuenta cada uno de los sistemas corporales: osteomuscular, cardiovascular, respiratorio, gastrointestinal, mental, sistema nervioso central y periférico, dermatológico, endocrino, genitourinario e inmunológico. 2. Ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Estadísticas de morbilidad y mortalidad por accidente de trabajo, enfermedad profesional y enfermedad común, discriminadas por diagnóstico, días de incapacidad médica, ocupación y género. 4. Ausentismo. Rotación de personal. 6. Rendimiento laboral.

La arp Actividades de las administradoras de riesgos profesionales en relación con los factores psicosociales intralaborales. Con base en la información disponible en las empresas y teniendo en cuenta los criterios para la intervención de factores psicosociales enumerados en el artículo 13 de la presente resolución, las administradoras de riesgos profesionales deben llevar a cabo la asesoría y asistencia técnica pertinente. Las administradoras de riesgos profesionales deben realizar acciones de rehabilitación psicosocial, enmarcadas dentro de los programas de rehabilitación integral, de acuerdo con en el Manual de Rehabilitación Profesional que defina la Dirección General de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social Vigilancia epidemiológica de factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Los empleadores deben adelantar programas de vigilancia epidemiológica de factores de riesgo psicosocial, con el apoyo de expertos y la asesoría de la correspondiente administra­dora de riesgos profesionales, cuando los trabajadores se encuentren expuestos a factores psicosociales nocivos evaluados como de alto riesgo o que están causando efectos negativos en la salud, en el bienestar o en el trabajo. Para tal efecto, las administradoras de riesgos profesionales deben capacitar y prestar asistencia técnica para el diseño y la implementación de los programas de prevención y los sistemas de vigilancia epidemiológica de los factores de riesgo psicosocial prioritarios, por actividad económica o empresa, utilizando criterios de salud ocupacional.

pve Debe tener como mínimo: Método Objetivo Procedimiento de vigilancia epidemiológica: Evaluación, criterios para manejo de grupos prioritarios, medidas de intervención, seguimiento Sistema de información Evaluación del programa Gestión administrativa

Calificación de ep por estres Protocolo para la determinación del origen de las patologías derivadas del estrés: Adoptase como de obligatoria referencia, el Protocolo para Determinación del Origen de las Patologías Derivadas del Estrés, el cual será revisado y actualizado por la Dirección General de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social, como mínimo cada cuatro (4) años.