TEMA 1 APROXIMACIÓN HISTÓRICA A LA LIBERTAD DE INFORMACIÓN 1) EL PLANTEAMIENTO EN EL MARCO DE LA LUCHA POR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Origen de los derechos.

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Transcripción de la presentación:

TEMA 1 APROXIMACIÓN HISTÓRICA A LA LIBERTAD DE INFORMACIÓN 1) EL PLANTEAMIENTO EN EL MARCO DE LA LUCHA POR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Origen de los derechos fundamentales: revolución francesa (1789); revolución americana (1776 D. Indepc.) (herencia de la ilustración y cambios en la forma de entender la naturaleza humana). Época de la oscuridad: Grecia, Edad Media, Antiguo Régimen: Desigualdad entre las personas; justificación divina del poder.

1) EL PLANTEAMIENTO EN EL MARCO DE LA LUCHA POR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Cambio en la Ilustración: el hombre como centro del mundo; libertad natural del hombre: el hombre es libre y ostenta derechos por el mero hecho de ser hombre. teorías contractualistas: justificación del poder por la existencia de un acuerdo entre hombres: Estado: monopolio violencia (instancia coactiva); Estado: al servicio del ser humano: garante de su libertad natural. Estado se asienta en doble pilar: 1) CARÁCTER REPRESENTATIVO; 2) RESPETO A LOS DERECHOS INDIVIDUALES.

1) EL PLANTEAMIENTO EN EL MARCO DE LA LUCHA POR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Aparición de ds. liberales que inspiran las revoluciones: innatos a la naturaleza humana; Ds de abstención: Reconocimiento esfera de libre autodeterminación en torno al individuo: protección frente a terceros y el Estado: no intervención. Lib. ideológica, libertad religiosa o libertad de imprenta. Libertad de imprenta fundamental para Estado representativo: Permite divulgación del conocimiento; Conocer decisiones y sus implicaciones de representantes; Freno a arbitrariedad de los gobernantes

1) EL PLANTEAMIENTO EN EL MARCO DE LA LUCHA POR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia (1776): N.12: “Que la libertad de prensa es uno de los grandes baluartes de la libertad y no puede ser restringida jamás, a no ser por gobiernos despóticos” Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789): Art. 11: “La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciados del hombre, todo ciudadano puede, por tanto, hablar, escribir, imprimir libremente, salvo la responsabilidad que el abuso de esta libertad produzca en los casos determinados por la ley”.

1) EL PLANTEAMIENTO EN EL MARCO DE LA LUCHA POR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Constitución de Cádiz (19 de marzo de 1812): Art. 371: “Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidades que establecen las leyes”.

1) EL PLANTEAMIENTO EN EL MARCO DE LA LUCHA POR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Problema de los derechos naturales y por tanto de la libertad de imprenta: GARANTÍA Dos modelos en sistema de protección de derechos: 1) Anglosajón: Garante de los derechos: poder judicial; Cualquier lesión directamente alegada ante juez Ds. no pueden ser limitados a priori, sólo cuando se lesionen a otros derechos. Ley que desconozca derecho: inconstitucional. Se asegura muy pronto una prensa libre 2) Europeo continental.

TEMA 1 2) LOS CLÁSICOS LÍMITES A LA LIBERTAD DE INFORMACIÓN: Europa continental El Poder Judicial: mero aplicador de la ley, no garante de los derechos; no tarea interpretativa. La garantía de los derechos: en la LEY. Los ds naturales deben concretarse en el Estado representativo: Ciudadanos establecen contenido y límite de los derechos ¿Cómo? A través de representantes: actúan en su nombre. Dos exigencias: 1) Determinación del contenido: PARA TODOS los ciudadanos 2) Ha de tener un contenido racional Resultado: la LEY: reúne características de procedimiento y forma. Formales: norma general y abstracta, de aplicación igual para todos. Procedimiento: n. parlamentaria: representantes y procedimiento Esta norma resultante: la aplicada por los jueces: protección adecuada.

TEMA 1 FICCIÓN del Estado liberal: No es un Estado democrático sino oligárquico: sufragio censitario. Ley: no expresión de voluntad de todos los ciudadanos, sino de una clase social: la burguesía. Libertades reconocidas y protegidas por la ley: burguesas (derecho de propiedad): protección frente a cualquier injerencia: Estado o terceros. Reflejo en los limites de los derechos. Libertad de imprenta.

TEMA 1 Libertad de imprenta / aplicación: Mala configuración por varios factores: 1) Necesidad de proteger a ciudadanos de ciertos mensajes: obscenidad. 2) Acuerdos con la Iglesia y prohibición de mensajes antieclesiásticos: moral y buenas costumbres. 3) Declaración de delitos de los mensajes contrarios a la clase burguesa: seguridad del Estado, sedición e injurias a las autoridades. 4) Sobrevaloración de ciertos derechos: honor y honra: libelo. 5) Protección de la justicia: prohibición de asistir a juicios con carga política.

TEMA 1 Para aplicar esta concepción de la libertad de imprenta era necesario un instrumento: CENSURA (depósito previo de publicaciones, supervisión administrativa; secuestro publicación solo por juez (obligado por ley). Todas publicaciones antes de su difusión: remitidas a autoridades administrativas: juez y secuestro. A veces sin juez: directamente la administración. Sistema represor: Sobre los sujetos responsables: elaboración, impresión y difusión: complicada la publicación. Sanciones desproporcionadas.

TEMA 1 Esta realidad fue evolucionando a esquemas menos represores en la medida en que la burguesía controlaba menos el Estado: generalización del sufragio; clases sociales populares en proceso político. Estos cambios, junto con los grandes partidos de masas provocaron la desaparición de fórmulas represoras (delitos lib. exp; sedición, traición, injurias a autoridades) aunque se mantuvieron libelo, respeto a moral y buenas costumbres, secretos de Estado… Un siglo más tarde que en EEUU se alcanza libertad de imprenta, necesitada de revisión por cambios políticos y tecnológicos.