Carmen Benitez Especialista Regional en Educación Obrera ACTRAV-LIMA Agosto 2010 La libertad sindical y el sistema normativo en la cooperación con Naciones.

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Transcripción de la presentación:

Carmen Benitez Especialista Regional en Educación Obrera ACTRAV-LIMA Agosto 2010 La libertad sindical y el sistema normativo en la cooperación con Naciones Unidas: El reto para la OIT ante sus mandantes

COMPLEMENTARIDAD ENTRE EL SISTEMA ONU Y LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS DE OIT  El sistema normativo de la OIT es único y esencial para la tutela de los derechos vinculados con el trabajo y por lo tanto, con los derechos humanos: Garantizan condiciones mínimas para el desarrollo sostenible político, económico, social y medioambiental.  Las Normas de la OIT constituyen pilares fundamentales para la realización de los objetivos estratégicos del TD (Declaración del 2008 y PME)  Las deliberaciones de sus órganos de control constituyen una guía para las políticas nacionales basadas en el enfoque de derechos

ANTECEDENTES DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, PARIS 1948 Antecedentes Históricos de la Declaración Universal:  El Cilindro de Ciro, escrito en el 539 a.c. por Ciro, Emperador de Persia, luego de la Conquista de Babilonia  Pacto de los Virtuosos, 590 d.c. entre tribús árabes se considera como las primeras alianzas por los derechos del hombre  La Declaración Inglesa de Derechos, de 1689 luego de las guerras civiles en el país

ANTECEDENTES DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, PARIS 1948  La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano que proclama la igualdad universal en l789, luego de la Revolución Francesa  La Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana escrita en 1791 por Olimpia de Gouges inicia con el siguiente preámbulo: Hombre, ¿Eres capaz de ser justo?. Fue guillotinada en 1793

DEL TRATADO DE VERSALLES, 1919 A LA CREACIÓN DE LA ONU  Parte IX, creó el Pacto de la SDN para establecer la paz y la reorganización de las relaciones internacionales al cabo de la I guerra mundial  Parte XIII, actores tripartitos tomando como base La Asociación Internacional para la Protección Legal de los Trabajadores fundada en Basilea en 1901 para establecer la Constitución de la OIT se incorpora en el Tratado  En 1946 la SDN se disuelve y se crea la ONU: OIT adhiere como agencia especializada

ACCIÓN CONJUNTA Y A LA VEZ INDEPENDIENTE  Resolución adoptada en 1946 por la OIT: “Actividades en el campo social con Naciones Unidas, deberían basarse en principios democráticos, y en el interés de las personas y con la PARTICIPACION ACTIVA DE LAS ORGANIZACIONES que organizan grupos involucrados en tales actividades (sindicatos, etc.)

POSICIÓN ACTUAL DEL GRUPO DE TRABAJADORES EN LA OIT “LA NATURALEZA TRIPARTITA DE LA ORGANIZACIÓN, SU TRABAJO NORMATIVO EN RELACION CON LAS NIT Y SUS MECANISMOS DE SUPERVISION NO DEBERAN SER AFECTADOS POR LA REFORMA DE LA ONU”

LA OIT PRECURSORA DE IMPORTANTES DERECHOS HUMANOS DE LA ONU  La Declaración de Filadelfia de la OIT es de 1944  La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada en 1948, conjuntamente con los Pactos comprenden lo que algunos han llamado Carta Internacional de Derechos Humanos  Los Pactos: El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales fueron adoptados en 1966

LA OIT PRECURSORA DE IMPORTANTES DERECHOS HUMANOS DE LA ONU  Antes de 1948, la OIT había adoptado a partir de 1919, 90 Convenios cuyos contenidos tienen conexión con la Carta Internacional de Derechos Humanos de la ONU

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y LOS CONVENIOS OIT Preambulo:  Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre  Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y LOS CONVENIOS OIT Artículos 1 y 2  Los artículos 1 y 2 recogen principios básicos en los que se sustentan los derechos: libertad, igualdad, fraternidad y no discriminación (Todos los Convenios Fundamentales y otros).  Art. 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros (Principio de derecho a la libertad sindical, 87 y 98: 1948 y 1949)

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y LOS CONVENIOS OIT  Art 2: Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición (Principio de no discriminación, Declaración de Filadelfia C. 100 y 111: adoptados en 1951 y 1958).  Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y LOS CONVENIOS OIT Artículos 3 al 27, clasificados por Rene Cassin como sigue: 3 a 11: Derechos de carácter personal:  Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas (C. 29 y 105: 1930 y 1957).  Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad (C. 98, establece tutela para la no discriminación sindical)

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y LOS CONVENIOS OIT Artículos del 12 a 17: derechos del individuo en relación con la comunidad;  Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país (Convenios 97 sobre trabajadores migrantes y 143 adopta disposiciones complementarias, adoptados en 1949 revisa el C. 66 de 1939 y 1975).  Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y LOS CONVENIOS OIT Artículos del 18 al 21: derechos de pensamiento, de conciencia, de religión y libertades políticas  Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de Creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.  Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión (Convenios 87 y 98 sobre libertad sindical y negociación colectiva y 105)

CONVENIO 105: ABOLICIÓN DE TRABAJO FORZOSO, 1957 Artículo 1:  Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo que ratifique el presente Convenio se obliga a suprimir y a no hacer uso de ninguna forma de trabajo forzoso u obligatorio:  a) como medio de coerción o de educación políticas o como castigo por tener o expresar determinadas opiniones políticas o por manifestar oposición ideológica al orden político, social o económico establecido;

CONVENIO 105: ABOLICIÓN DE TRABAJO FORZOSO, 1957  b) como método de movilización y utilización de la mano de obra con fines de fomento económico;  c) como medida de disciplina en el trabajo;  d) como castigo por haber participado en huelgas;  e) como medida de discriminación racial, social, nacional o religiosa.

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS Y LOS CONVENIOS OIT Artículos del 22 al 27: derechos económicos, sociales y culturales.  Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria (Convenios 140 y 142, 1974 y 1975) Artículos del 28 al 30  Recogen las condiciones y límites con que estos derechos deben ejercerse.  Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS: REFUERZO MUTUO Y COMPLEMENTARIO CON LOS CONVENIOS OIT Preámbulo: Art. 1: Derecho a la libre determinación de los pueblos (C. 169) Parte II: Art 2 a 5: Equidad procesal en la ley (Estado de Derecho, los derechos después de la detención, el juicio, las condiciones de los encarcelados, los derechos a un abogado, imparcial en el proceso de ensayo) Parte III Art. 6 a 27: Protección por motivos de sexo, religiosas, raciales u otras formas de discriminación (C. 100, 111, 156, 183, 97, 143, 169)

EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS: REFUERZO MUTUO Y COMPLEMENTARIO CON LOS CONVENIOS OIT Parte IV Art. 28 a 45: La libertad individual de creencia, expresión, asociación, libertad de prensa, el derecho a celebrar asamblea (C. 87 Y 98) Parte V Art. 46 a 47: Derecho a la participación política (organizar un partido político, voto) (C. 105, 1957) Parte VI Art. 48 a 53: Regula la ratificación, entrada en vigor, y la modificación del Pacto

REFUERZO MUTUO Y COMPLEMENTARIO DE LOS CONVENIOS OIT EN LA APLICACIÓN DE OTROS TRATADOS INTERNACIONALES EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (ICESCR): El Artículo 6 del Pacto reconoce el derecho al trabajo, definida como la oportunidad de todos para ganar su vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado (C. 29, 138 y 182). Las Partes están obligadas a adoptar "medidas adecuadas" para garantizar este derecho, incluida la formación técnica y profesional (C.140, 142, 117) y las políticas económicas encaminadas a regular el desarrollo económico y en última instancia, el pleno empleo (C.122, 168). Garantiza la igualdad de acceso al empleo y protege a los trabajadores de ser privados injustamente de empleo (C.158). Deben evitar la discriminación en el lugar de trabajo y garantizar el acceso de los desfavorecidos (C.111, 97, 143, 81)pleno empleo discriminación

EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (ICESCR) y LOS CONVENIOS OIT  El trabajo contemplado en el artículo 6 debe ser el TRABAJO DECENTE (C. 144, 122, 81, 131) Este es realmente el sentido del Artículo 7 del Pacto, que reconoce el derecho de toda persona a condiciones de trabajo "justas y favorables". Esto a su vez se define como un salario justo (C.131), con igual remuneración por trabajo de igual valor (C.100), suficiente para proporcionar una vida digna para los trabajadores y sus dependientes; condiciones de trabajo seguras (C.155, 187, 102), la igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo; y suficiente descanso y el esparcimiento, incluyendo las horas de trabajo limitadas y regulares (C.47), vacaciones pagadas (C.132)condiciones de trabajo seguras

EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (ICESCR) y LOS CONVENIOS OIT LA LIBERTAD SINDICAL  El Artículo 8 del Pacto, reconoce el derecho de los trabajadores a formar o afiliarse a los sindicatos (C.87, 98) y protege el derecho a la huelga.huelga

EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (ICESCR) y LOS CONVENIOS OIT OTROS DERECHOS RECONOCIDOS EN EL PACTO: ◦ Art. 9: Derecho a la seguridad social (C. 102, C.183, 121, 168) ◦ Art. 10: Protección de la familia y los menores (C. 138, 182, 183, 102) ◦ Art. 12: Derecho a la salud (C. 155, 187, 161, 162) ◦ Arts. 13 y 14: Derecho a la educación (C.140, 142) ◦ Art. 15: Derecho a participar en la vida cultural (C.169)

LOS ODM Y EL TRABAJO DECENTE: DESAFIOS PARA OIT El TD se vincula de manera explícita con uno de los 8 Objetivos de Desarrollo del Milenio ( ): 1) Erradicar la pobreza extrema y el hambre: Incorporación TD en el objetivo 1B (pleno empleo y trabajo decente) es importante pero no es suficiente Sin embargo, para todos los objetivos el TD es esencial: 2) Lograr la enseñanza primaria universal (abolición TI vinculado con TD para adultos y padres: Todos los instrumentos normativos OIT) 3) Promover la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de la mujer (El TD es el principal camino hacia la igualdad: C. 100 y 111,156

LOS ODM Y EL TRABAJO DECENTE: DESAFIOS PARA OIT 4) Reducir la mortalidad de los niños menores de 5 años (C.138, 182, 102) 5) Mejorar la salud materna (C.103, 183, 155, 187) 6) Combatir el VIH/SIDA, la malaria y otras enfermedades (R.OIT) 7) Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente (sin TD no hay sostenibilidad posible) 8) Fomentar una alianza mundial para el desarrollo (Tripartismo OIT;C.144)

SIN LIBERTAD SINDICAL, LOS ODM SERAN UNA QUIMERA Las Directrices 2009 para el UNDAF (MANUD) contienen 5 principios clave para la programación: a)Enfoque basado en los Derechos Humanos b)Igualdad de Género c)Sustentabilidad ambiental d)Desarrollo de capacidades e)Gestión por Resultados  Se refiere a un sistema para el desarrollo de la ONU que realiza más y mejores entregas para los más pobres y los menos favorecidos del mundo: El poco respeto a la libertad sindical es una de las mayores incoherencias del sistema