Protección integral contra la violencia familiar

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
ETICA JUDICIAL Breve informe al Comité de Expertos de la Convención Interamericana contra la corrupción Sistema de Responsabilidad Ética Judicial. Abril.
Advertisements

Temas a desarrollar: La tutela internacional de la VS Algunas buenas prácticas existentes en el abordaje de la VS, especialmente relacionadas con reformas.
ESPECIALIDADES PROBATORIAS En el ámbito de la violencia de género nos encontramos con particulares dificultades probatorias, por una serie de motivos:
Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2005
Hacia una lectura social de los derechos civiles y políticos: la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Lima. 19 de agosto de 2013.
LOS CONVENIOS COLECTIVOS
LOS CONFLICTOS LABORALES
LOS DERECHOS DE LAS MUJERES Víctimas de Violencia de Género
PROGRAMA DE TELEASISTENCIA MÓVIL PARA VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Ya tienen un móvil y Centros de Atención para salir en su defensa.
VICTIMOLOGÍA DESDE LA ÓPTICA DEL DRCHO. PENAL
26 de agosto de 2010 INICIATIVA de Ley Reglamentaria del Párrafo Tercero del art. 17 de la Constitución en materia de ACCIONES COLECTIVAS JORGE A. SOLÍS.
DEFENSORÍA ESPECIALIZADA EN JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
Violencia contra las mujeres
Acceso a la Información
Centro de Capacitación Y Gestión Judicial “Dr. Mario Dei Castelli”
LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
LA DENUNCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR Víctima o denunciante según la eexposición de motivos de las Reglas de Brasilia Cualquier persona en condición de vulnerabilidad.
LAS COMUNIDADES TERAPEUTICAS Y LA VULNERACION DEL DEBIDO PROCESO LEGAL
Ley LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL PARA PREVENIR,SANCIONAR Y ERRRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS ÁMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES.
DERECHO INTERNACIONAL AL PROCESO PENAL
LA JUSTICIA TERAPÉUTICA Y LA ENFERMEDAD MENTAL
Abordajes de las violencias contra las mujeres. Tensiones entre el Derecho y las Políticas Públicas.
IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA ESPAÑOLA DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO Carmen de la Fuente Méndez Fiscal. Experta.
Derechos Sexuales y Reproductivos
PRESENTACIÓN & PENAL DE LOS ALUMNOS RESPONSABILIDAD CIVIL
LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS.
GARANTÍAS INDIVIDUALES
Protección integral del niño y el adolescente
MI PREGUNTA: Le doy mil vueltas a como podrían limitar el derecho de acceso en protección de menores o violencia de genero, pues los expedientes contienen.
DEL ECUADOR PROCEDIMIENTOS POLICIALES
OBSERVACION GENERAL N° 10 Política Integral arts. 37 y 40 CDN Principios Generales arts. 2,3,6 y 12 CDN Otros arts. 4 y 39 CDN.
ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO: LA RESPUESTA DES DE EL ÁMBITO JURÍDICO María Naredo Molero Jurista e investigadora.
María del Carmen Núñez lozano Catedrática de derecho administrativo
PROTECCIÓN DE DERECHOS Formación de Escribano Actuario Mayo - Junio, 2008.
Ley intrafamiliar. Liceo Luís Cruz Martínez Depto.Historia Calama.
Derecho a vivir sin violencia REFORMA DE LA LEY BONAERENSE.
 “No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley”.  El artículo VI del título Preliminar.
“Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género”
Derechos Humanos Los DH son aquellos que posee cada ser humano. Representan las mínimas condiciones para vivir con dignidad. En su conjunto son: Indivisibles.
En este Día mundial exhortamos a:
Violencia contra las mujeres. ¿Qué entendemos por violencia contra las mujeres? (...) toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta,
Junio del LAS POLÍTICAS PÚBLICAS APOYAN LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA.
LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (Universidad Nacional del Comahue) Especialización en Derecho de Daños Director: Dr. Carlos Ghersi “Tutela del.
DERECHOS DE LOS NIÑOS.
LEY 16/1989 de DEFENSA de la COMPETENCIA
COORDINADORA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y CONTRA LAS MUJERES -CONAPREVI –
LOS DERECHOS DE LAS MUJERES VICTIMAS DE VBG Y VIOLENCIA SEXUAL
MARGARITA CARRILLO ENFERMERA ESPECIALISTA
LA FAMILIA.
Datos e indicadores para monitoreo de casos de violencia basada en género, políticas de género y efectividad institucional Consejo Nacional de las Mujeres.
LEY 1146 DE 2007 Por medio de la cual se expiden normas para la prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes.
El Defensor de las personas con Discapacidad Hacia un nuevo sistema de protección, y nuevos mecanismos de exigibilidad.
Manual de legislación sobre la violencia contra la mujer
ARTICULO: 229 del Código Penal El que maltrate física, psíquica o sexualmente a cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la conducta.
Ley 1257 de 2008 Por una vida libre de violencias contra las mujeres.
ALGUNOS ASPECTOS FUNDAMENTALES
Andrea Juliana Castro Rueda Natalia Velandia Galvis
Marco Normativo y Principios generales
MSc. Roxana Mesén Fonseca. 1.Ambito Jurisdiccional: Juzgados y Tribunales (Juezas y jueces) 2.Ambito Auxiliar de la Justicia OIJ, Defensa Publica y Fiscalia.
CONSEJO ANDALUZ DE PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES. CONSEJO ANDALUZ DE PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES El CAPM se convierte en la voz que tenemos todas las.
Reunión de Mesa Local 26/6/2012 INTRODUCCIÓN La violencia de género, entendida como violencia ejercida sobre las mujeres sólo por el hecho de ser mujeres,
Maltrato al adulto mayor no constitutivo de delito: la respuesta jurisdiccional Ricardo Pérez de Arce Molina Abogado.
Violencia sexual.
“Mujeres en situación de violencia que transitan la ruta crítica” – Reflexiones teórico – prácticas sobre la violencia hacia las mujeres por parte de sus.
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LA MUJER BELEM DO PARA.
ORDEN DE PROTECCIÓN LEY 27/2003 DE 31 DE JULIO REGULADORA DE LA ORDEN DE PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA.
Protección Legal frente a la Violencia Familiar Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Convención Interamericana.
REFLEXIONES DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Desde la praxis profesional de los Consejeros Tècnicos de los Tribunales de Familia de Chile.
Transcripción de la presentación:

Protección integral contra la violencia familiar María Victoria Famá La Plata Junio de 2010

Tratamiento dentro del ámbito civil Panorama normativo Ley 24.417 de “Protección contra la violencia familiar” Legislaciones locales: ley 12.569 y dec. 2.875/05 Ley 26.485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” Tratamiento dentro del ámbito civil  Subsidiariedad de la intervención penal sólo ante la tipificación de un delito

Panorama sociológico

Ley 26.485 No toda violencia contra la mujer es violencia de género  “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal” (art. 4) No toda violencia contra la mujer es violencia de género  Es preciso distinguir entre la violencia simétrica y la asimétrica

Sin embargo…

Vínculos violentos

Sector socioeconómico de las personas afectadas El 65% de las personas denunciantes pertenecen a estratos sociales bajos

Tipo de violencia

Legitimación activa y obligación de denunciar Ley 24.417: sólo el damnificado si es mayor y capaz Ley 12.469: “toda persona que haya tomado conocimiento de los hechos de violencia” (art. 3) Ley 26.485 “Cualquier persona cuando la afectada tenga discapacidad, o que por su condición física o psíquica no pudiese formularla” (art. 24, inc. c) (salvo en los casos de violencia sexual, inc. d) Obligación de denunciar “Las personas que se desempeñen en servicios asistenciales, sociales, educativos y de salud, en el ámbito público o privado, que con motivo o en ocasión de sus tareas tomaren conocimiento de un hecho de violencia (…) estarán obligados a formular las denuncias (…), aun en aquellos casos en que el hecho no configure delito” (art. 18) Denuncia penal obligatoria si los hechos pudieran constituir un delito (art. 24, inc. e)

Criterios para la adopción de las medidas protectorias Verosimilitud del derecho (puede quedar “duda”: “balance de probabilidades”) Situación de riesgo actual No se requiere prueba alguna Evaluación de riesgo (OVD en CABA) Se suelen adoptar inaudita parte Se deben tomar medidas de “mínima” para evitar mayores perjuicios Especiales recaudos: suspensión del contacto con los hijos y exclusión del hogar

En el 73% de los casos se adoptaron medidas

Los “tiempos” de las medidas Tiempo en el que se dictan Plazo de duración

Tiempo en el que se dictan… “en cualquier momento”

Riesgos de las medidas sine dei: para la víctima y para el agresor Plazo de duración En general las leyes imponen la fijación de un plazo (a criterio del juez) No se imponen plazos máximos Suelen dictarse por 60 o 90 días o hasta el resultado del diagnóstico de interacción familiar Riesgos de las medidas sine dei: para la víctima y para el agresor

La audiencia de “mediación” Ley 24.417: prevé una audiencia de “mediación” con las partes (art. 5) Ley 12.469: Audiencias separadas en días y horas distintos, no podrá implementarse la mediación (art. 11) Ley 26.485: prohíbe la audiencia conjunta y la mediación o conciliación, bajo pena de nulidad (art. 28) ¿Cuándo y hasta cuándo es posible la conciliación en materia de violencia familiar?

Tres aspectos a explorar… el “tiempo” de la violencia los episodios de violencia no deben ser actuales la “interacción violenta” No hay inconvenientes en la violencia simétrica Si es asimétrica es imprescindible: La conducción del juez (límite de la ley) El patrocinio letrado (garantía de defensa) las cuestiones que pueden o no conciliarse No es conciliable la violencia en sí misma Sí las cuestiones paralelas o conexas

En el 38% de los casos se arribó a acuerdos

Prohibición de audiencia conjunta Cám. de Flia. Córdoba, 1ª Nom., 29/05/06, “V., A. H.” Descartó la inconstitucionalidad de la ley local que prohíbe la audiencia conjunta Dejó a salvo la facultad de los magistrados de celebrarlas “El art. 27 ley 9283 sienta el principio de tutela efectiva que tiende a evitar otra situación de violencia en los tribunales, al prohibir la ‘confrontación o el comparecimiento conjunto’, pero no ‘obliga’ a citar a los involucrados en días diferentes. Por lo tanto, si a la luz del principio tutelar de la víctima se considera riesgosa la presencia simultánea, se los podrá convocar en horarios sucesivos. Lo dicho no impide que, verificada la efectividad de la medida y que la decisión anterior ha logrado desarticular la violencia de la crisis, se reúna a ambas partes para intentar que concilien, inmediatamente después de oírlos por separado…”

Necesaria mirada interdisciplinaria En el presente desarticular la relación violenta Para el futuro derivación a tratamientos para evitar la repetición de patrones vinculares

Hacia una mirada integral y ecológica de la violencia La mirada de género es esencial pero insuficiente Análisis sistémico- ecológico  Contexto social, cultural, familiar, interaccional e individual

Eficacia de la imposición de sanciones en el sistema civil Art. 14, ley 12.469: realización de trabajos comunitarios (ante el incumplimiento de las obligaciones legales o la reiteración de la violencia) Art. 32, ley 26.485: sanciones ante el reiterado incumplimiento de las medidas Advertencia o llamado de atención Comunicación al organismo, institución, sindicato, asociación profesional o lugar de trabajo Asistencia obligatoria a programas reflexivos, educativos o terapéuticos Delito de desobediencia: comunicación al juez penal Trascendencia de la terapia bajo mandato Es la única sanción que procura modificar conductas a futuro

Un aspecto fundamental: las políticas públicas Políticas públicas preventivas Difusión sobre los recursos existentes Acceso al patrocinio jurídico gratuito, especializado = servicio público organizado y controlado por el Estado Redes de apoyo terapéutico, social, e institucional Programa a nivel nacional para la prevención, asistencia y erradicación de la violencia doméstica.

“La gente no se rebela sólo porque su situación sea mala: puede sufrir en silencio durante siglos. Se rebela cuando logra ver que su situación es injusta y puede cambiar” (Gordon)