Asamblea Pública Presupuesto 2014 Municipalidad de Paraná.

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Transcripción de la presentación:

Asamblea Pública Presupuesto 2014 Municipalidad de Paraná

Modificación y evolución del Presupuesto 2013

En el presupuesto $ Debería incluirse lo NO EJECUTADO: Año $ (Art. 20 Ord. 9040) Año $ (Art. 7 Ord. 9040) Año $ (Fondo Municipal Obras Públicas) TOTAL : $ Diferencia: $ Obras elegidas por los vecinos durante las asambleas realizadas en 2013 para ejecutarse en los años 2013 y 2014 en:

3.800 Planta Permanente Contrato de Servicios 900 Contrato de obra 60 Horas Cátedra Agentes Municipales 36 % de empleados contratados. No hay ingreso por Concurso. No hay carrera administrativa. No hay Comité Mixto de Higiene y Seguridad Laboral. No se consideran aumentos salariales.

La Delegación de Facultades es contraria a la Ley Según la Ley Provincial (10.082) de Régimen Municipal en su Art. 155 y su Art. 96 Inc. N. la sanción y aprobación de modificaciones del Presupuesto son competencia del Concejo Deliberante.

Transferencias (subsidios): $ Gastos comunes: $ TOTAL GASTOS DISCRECIONALES: $ Los Gastos Discrecionales representan el 5 % del Presupuesto de la ciudad de Paraná. El monto es equivalente a: 279 cuadras de asfalto. 3 plantas de tratamiento de efluentes cloacales. 639 semáforos luminarias

PROYECTO: Título + Importe DEBERIA SER: Título + Detalle de la obra + Diagrama secuencial de Ejecución + Importe

Delegación de facultades arts. 9, 10 y 11 Gastos sin discriminar Presupuesto Participativo Personal Transferencias (subsidios) Plan de Obra Pública

TASA INMOBILIARIA INCREMENTO ZONA UBICACIÓNINM. EDIFICADOSINM. BALDÍOSINM. EDIFICADOSINM. BALDÍOSINM. EDIFICADOSINM. BALDÍOS 1 $ 16,25 $ 56,88 $ 19,50 $ 68,2520,00%19,99% 2 $ 15,60 $ 46,80 $ 18,75 $ 56,1020,19%19,87% 3 $ 14,95 $ 44,85 $ 18,00 $ 53,8020,40%19,96% 4 $ 14,30 $ 28,60 $ 17,20 $ 34,3020,28%19,93% 5 $ 13,65 $ 23,86 $ 16,40 $ 28,6020,15%19,87% 6 $ 13,00 $ 22,75 $ 15,60 $ 27,3020,00% 7 $ 12,35 $ 14,80 19,84%

CONTRIBUCIÓN OBRAS PÚB INCREMENTO AVALUO FISCALMÍNIMO BIMESTRAL HASTA $ $ 7,00 $ 10,2045,71% MAYOR A $ $ 14,00 $ 20,4045,71%

INMUEBLE CON AGUA POTABLE INCREMENTO ZONA UBICACIÓNINMUEBLE EDIFINMUEBLE BALDÍOSINMUEBLE EDIFINMUEBLE BALDÍOSEDIFICADOSBALDÍOS Menor a $ $ 26,40 $ 13,20 $ 31,70 $ 15,8520,08% De $ a $ $ 27,50 $ 13,75 $ 33,00 $ 16,5020,00% Mayor a $ $ 29,70 $ 14,85 $ 35,65 $ 17,8020,03%19,87% INMUEBLE CON DESAGÜE CLOACAL INCREMENTO ZONA UBICACIÓNINMUEBLE EDIFINMUEBLE BALDÍOSINMUEBLE EDIFINMUEBLE BALDÍOSEDIFICADOSBALDÍOS Menor a $ $ 13,20 $ 7,68 $ 15,85 $ 9,2020,08%19,79% De $ a $ $ 13,75 $ 8,00 $ 16,50 $ 9,6020,00% Mayor a $ $ 14,85 $ 8,64 $ 17,80 $ 10,4019,87%20,37% INMUEBLE CON MEDIDOR DE AGUA POTABLE INCREMENTO SERVICIOS EVENTUALESVALOR PROVISIÓN DE AGUA POTABLE C/M CUB $ 4,00 $ 25,00525,00% PROVVISIÓN P/OBRAS EN CONSTRUCC. $ 4,00 $ 7,8095,00% DESCARGA DE ATMOSFÉRICOS $ 20,00 $ 30,0050,00%

Tasas comerciales: un aumento del mínimo entre 20 y 100 %. Puestos en ferias y mercados municipales: aumento entre 20 y 45 %.

Por ocupación de la vía pública: entre un 20 y 275 % Por reparaciones de calzadas: entre el 45 y 48 % Por derechos de aprobación de planos: un aumento de 150 % Por derechos de edificación: del 67 al 200 % Por traslados de vehículos (grúa y estadía): entre el 40 y 60 % Por conexiones de servicio de cloacas y agua: hasta un 46 % Por sellados y actuaciones administrativas: hasta un 45 %

Recargo sobre Inmuebles Baldíos: Se les aplicarán recargos, acumulables entre si, según la zona (entre un 75% y un 300%), según si el titular tiene uno o mas terrenos baldíos (entre un 50% y un 300%) y según la antigüedad que tenga (entre un 50% y un 300%).

Tendrán los mismos porcentajes de recargos acumulables que los terrenos baldíos aquellas edificaciones: a- Cuya parte construida sea mucho menor que el terreno desocupado. b- Las que no cuenten con el final de obra. c- Las que tengan las obras paralizadas durante un año, las que tengan demoliciones. d- Las que se encuentren en estado de deterioro evidente o inhabitable. e- Aquellas que estuvieren abandonada, sin explotar o insuficientemente explotadas.

Se le aplicarán los aumentos que fija esta Ordenanza, más un cargo adicional de un 80%.

El propietario del inmueble sobre el cual se realice la obra de edificación, modificación o refacción, será gravado por el Servicio de Inspección de Obra y Aprobación de los Planos correspondientes, teniendo como base imponible la superficie cubierta y los valores por m2 de construcción, y en caso de haber construcciones que no estén prevista en los planos, se le cobrará el derecho y las multas, penalizando al profesional responsable de la obra. Esto representará un aumento que variará entre un 66,67% y un 200%.-

Creación de la Unidad Tributaria de Referencia: Que va a pasar a ser la unidad de medida para determinar el importe de los tributos municipales, fijándola inicialmente en UN PESO, pero facultando al Departamento Ejecutivo Municipal a actualizar su valor, a partir del 1° de enero de 2014.

Cláusula Gatillo para aumentar las tasas cada 6 meses: Se establece un Índice Referencial de Actualización Tributaria (IRAT),con el cual el Departamento Ejecutivo Municipal, y de acuerdo a un índice combinado de los costos de la Partida de Personal, el valor del litro de Gas oil y el costo de la energía eléctrica, podrá aumentar, en forma semestral, todas las tasas municipales.

Moratoria permanente y selectiva: Se modifica el Código Tributario y se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a condonar hasta el 50% de los intereses resarcitorios y punitivos producidos por falta de pago de tributos municipales, a quienes aduzcan dificultad económica o financiera; pudiendo otorgarle convenios de pago por el resto de la deuda.