NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD – SECTOR PÚBLICO (NICSP)

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Transcripción de la presentación:

NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD – SECTOR PÚBLICO (NICSP) ESPAÑA ALFREDO SUAZ Interventor Auditor del Estado Gobierno de España Ciudad de Panamá. Abril 2014

Proceso de NORMALIZACIÓN CONTABLE en España Normalización impulsada normativamente por las AAPP desde 1981: Marco normativo: Ley General Presupuestaria 1977 Criterios de normalización contable dentro de las AAPP Criterios de normalización con los estándares de la contabilidad privada Criterios de convergencia con pronunciamientos contables internacionales 1er Plan Contable Público: Orden Mº Hacienda 1981

Proceso de NORMALIZACIÓN CONTABLE en España Nuevo PGCP Resolución de la IGAE 11 de noviembre de 1983 Desarrollo del PGCP de 1981 1er Sistema Contable Informatizado: SISTEMA DE INFORMACIÓN CONTABLE PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO -SICOP- (Real Decreto 324/1986) Adaptación para Organismos Autónomos (SICAI) Adaptación para algunas AAPP regionales y locales Adaptación para Sistema de Seguridad Social (SICOSS)

MODELO CONTABLE DESCENTRALIZADO Proceso de NORMALIZACIÓN CONTABLE en España El RD 324/1986 se basa en una descentralización de funciones contables en cada una de las Oficinas de gestión contable: MODELO CONTABLE DESCENTRALIZADO

Proceso de NORMALIZACIÓN CONTABLE en España Nuevo marco normativo: Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria 1988: Importantes desarrollos del PGCP de 1983 mediante Órdenes Ministeriales del Mº de Economía y Hacienda Comisión de Principios y Normas Contables Públicas: 8 Documentos de principios contables públicos 1990. Aprobación de nuevo Plan contable privado por RD 1643/1990. Todo ello da lugar a la aprobación de un nuevo Plan Público: PGCP 1994: Orden Mº Economía y Hacienda (6-5-94)

SIC Proceso de NORMALIZACIÓN CONTABLE en España Como consecuencia de la aprobación del PGCP 1994 se desarrolla un nuevo Sistema de Información Contable: SIC En vigor desde 1 de enero de 1996 Se aprueba el RD 578/2001 (deroga al RD de 1986) MODELO CONTABLE CENTRALIZADO: - Se centralizan las bases de datos contables en la IGAE - Reducción de costes mantenimiento y administración SIC - Mejora información contable agregada

Proceso de NORMALIZACIÓN CONTABLE en España MARCO DE LAS NIC-NIIF: En el ámbito empresarial, con el Reglamento 1606/2002, del Parlamento Europeo y el Consejo, se aplican obligatoriamente por primera vez en la Unión Europea, las Normas Internacionales de Contabilidad-Normas Internacionales de Información Financiera (para ciertas cuentas consolidadas de entidades cotizadas). Las NIC-NIIF son emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad –IASB- Inspirado en las NIC-NIIF, en España se aprueba un nuevo Plan contable privado: RD 1514/2007

PGCP Orden Mº Hacienda 1037/2010, de 13 de abril Proceso de NORMALIZACIÓN CONTABLE en España MARCO DE LAS NIC-SP: La Federación Internacional de Contables (IFAC), a través del IPSASB «Junta de Normas Contables Internacionales para el sector Público» elabora las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público, basadas en las NIC-NIIF Inspirado en las mismas, y como adaptación del Plan Contable privado, se aprueba un nuevo PGCP: En el Marco de Estabilidad Presupuestaria desde 2001; Nueva LGP 2003 PGCP Orden Mº Hacienda 1037/2010, de 13 de abril

Título V Ley 47/2003, General Presupuestaria (LGP) REGULACIÓN VIGENTE DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA: Ley Orgánica 2/2012, de ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA Título V Ley 47/2003, General Presupuestaria (LGP) Ley 25/2013 Factura electrónica y Registro facturas RD 578/2001 Principios del SIC Orden EHA/1037/2010: Plan General de Contabilidad Pública (+Adaptación a la AGE + Adaptación entes sin fines lucrativos) Orden MEH 1-2-96: Documentos contables Orden MEH 1-2-96 Instrucción Operatoria Contable Orden EHA/3067/2011 Instrucción Contabilidad AGE Orden EHA/2045/2011 Instrucción Contabilidad AIE (Todas ellas con adaptaciones y modificaciones posteriores) + Orden 336/2014, modifica anteriores: registro facturas

PGCP 2010 INSPIRADO en las NIC-SP La ejecución y contabilidad presupuestaria sigue criterio de CAJA: Vinculación con Contabilidad Nacional: ajustes SEC 2010. El Plan no incorpora todos los elementos de las NIC-SP: 100% de aplicación de las NIC-SP en una sola reforma supone un importante cambio cultural en el ámbito de la contabilidad pública: demasiado tiempo para ajustes regulatorios y posibles retrasos en adaptación completa de sistemas, registro y suministro de información. El momento de la reforma (elevado déficit público): exigencias mayores en suministro de información por la UE, Banco Central Europeo, etc…

REFORMAS EN MARCHA Y PENDIENTES Algunas medidas parciales: PGCP 2010 INSPIRADO en las NIC-SP. REFORMAS EN MARCHA Y PENDIENTES Presupuestos 2015: presupuestación en Base 0 de Capítulos de gastos corrientes y de inversión, en el presupuesto del Estado. Grupo de trabajo (DG Presupuestos+IGAE: MINHAP): constituido para depurar los ajustes entre contabilidad presupuestaria y SEC 2010 (CN), y renovación del PGCP adaptado a las NIC-SP. Algunas medidas parciales: - Control Financiero Permanente: art. 159.1g) de la LGP introducido por LPGE 2012: informe sobre contingencias y gastos pendientes de imputación presupuestaria (no Reconocidos ni contabilizados). - Ley 25/2013 de factura electrónica y Registro de Facturas: Para los tres niveles de AAPP en España: obligación de registro de facturas para identificar en cada momento el gasto devengado.

Plan General Contabilidad Pública: ÁMBITO DE APLICACIÓN SECTOR PÚBLICO ESTATAL APLICA el nuevo PGCP´10 desde 1de enero de 2011 COMUNIDADES AUTÓNOMAS PLAN MARCO: PUEDEN APLICAR la nueva regulación desde 1 de enero de 2011 ENTIDADES LOCALES APLICARÁN la nueva regulación contable a través de su correspondiente adaptación (a partir de 1 de enero de 2015): Órdenes Ministeriales. 12

ÁMBITO DE APLICACIÓN Administración General (Ministerios) SECTOR PÚBLICO ADMINISTRATIVO Administración General (Ministerios) Organismos Autónomos Entidades Gestoras, Servicios Comunes y Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesional de la Seguridad Social Agencias Estatales Consorcios Otras entidades de derecho público

ESTRUCTURA PGCP´10 Marco conceptual de la contabilidad pública Normas de reconocimiento y valoración Cuentas anuales Cuadro de cuentas Definiciones y relaciones contables

LAS CUENTAS ANUALES Las cuentas anuales comprenden los siguientes documentos: BALANCE CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO PATRIMONIAL ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO. ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO MEMORIA

CUADRO DE CUENTAS Y DEFINICIONES Y RELACIONES CONTABLES GRUPO 1 FINANCIACIÓN BÁSICA GRUPO 2 ACTIVO NO CORRIENTE GRUPO 3 EXISTENCIAS Y OTROS ACTIVOS EN ESTADO DE VENTA CUENTAS DE BALANCE GRUPO 4 ACREEDORES Y DEUDORES GRUPO 5 CUENTAS FINANCIERAS RESULTADO ECONÓMICO PATRIMONIAL GRUPO 6 COMPRAS Y GASTOS POR NATURALEZA GRUPO 7 VENTAS E INGRESOS POR NATURALEZA GRUPO 8 GAST. IMPUTADOS AL PATRIMONIO NETO ESTADO DE CAMBIOS PATRIMONIO NETO GRUPO 9 INGR. IMPUTADOS AL PATRIMONIO NETO GRUPO 0 CUENTAS DE CONTROL PRESUPUESTARIO 16

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA Imagen fiel de las cuentas anuales Requisitos de la información a incluir en las cuentas anuales Principios contables Elementos de las cuentas anuales Criterios de registro y de reconocimiento contable de los elementos de las cuentas anuales Criterios de valoración 17

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 1. IMAGEN FIEL Las cuentas anuales deben suministrar información útil para la toma de decisiones económicas y constituir un medio para la rendición de cuentas de la entidad por los recursos que le han sido confiados. Las cuentas anuales forman una unidad y deben ser redactados con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico-patrimonial, y de la ejecución del presupuesto de la entidad contable. En la contabilidad de las operaciones se atenderá a la realidad económica y no sólo a la forma jurídica.

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 1. IMAGEN FIEL La aplicación sistemática de los requisitos de la información, principios y criterios contables debe conducir a que las cuentas anuales muestren la imagen fiel. Si el cumplimiento de los requisitos de la información, principios y criterios contables no es suficiente para mostrar la imagen fiel, se suministrará en la memoria información complementaria para alcanzar dicho objetivo. Si dicho cumplimiento es incompatible con la imagen fiel, se considerará improcedente dicha aplicación. En la memoria se motivará esta circunstancia y se explicará su influencia sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la entidad.

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 2. REQUISITOS DE LA INFORMACIÓN A INCLUIR EN LAS CUENTAS ANUALES a) CLARIDAD: Información comprensible. b) RELEVANCIA: Información útil, oportuna y debe comprender toda aquella que posea importancia relativa. c) FIABILIDAD: Información libre de errores materiales y de sesgos: ha de ser completa y objetiva, el fondo económico debe prevalecer sobre la forma jurídica y las estimaciones y valoraciones en condiciones de incertidumbre deben hacerse con prudencia. d) COMPARABILIDAD: Información de distintas entidades e información de diferentes periodos de la misma entidad comparable. La información incluida en las cuentas anuales debe cumplir los requisitos o características siguientes: a) Claridad. La información es clara cuando los destinatarios de la misma, partiendo de un conocimiento razonable de las actividades de la entidad y del entorno en el que opera, pueden comprender su significado. b) Relevancia. La información es relevante cuando es de utilidad para la evaluación de sucesos (pasados, presentes o futuros), o para la confirmación o corrección de evaluaciones anteriores. Esto implica que la información ha de ser oportuna, y comprender toda aquella que posea importancia relativa, es decir, que su omisión o inexactitud pueda influir en la toma de decisiones económicas de cualquiera de los destinatarios de la información. c) Fiabilidad. La información es fiable cuando está libre de errores materiales y sesgos y se puede considerar como imagen fiel de lo que pretende representar. El cumplimiento de este requisito implica que: La información sea completa y objetiva, El fondo económico de las operaciones prevalezca sobre su forma jurídica, Se deba ser prudente en las estimaciones y valoraciones a efectuar en condiciones de incertidumbre. d) Comparabilidad. La información es comparable, cuando se pueda establecer su comparación con la de otras entidades, así como con la de la propia entidad correspondiente a diferentes periodos. 20

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 3. PRINCIPIOS CONTABLES 3.I Principios de carácter económico-patrimonial: Gestión continuada Devengo Uniformidad Prudencia No Compensación Importancia relativa

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 3. PRINCIPIOS CONTABLES 3.II Principios de carácter presupuestario: Imputación presupuestaria Desafectación

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 4. ELEMENTOS DE LAS CUENTAS ANUALES RELACIONADOS CON EL PATRIMONIO Y LA SITUACIÓN FINANCIERA DE LA ENTIDAD: Activos Pasivos Patrimonio neto RELACIONADOS CON EL RESULTADO ECONÓMICO Y CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO: Ingresos Gastos RELACIONADOS CON LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO: Gastos presupuestarios Ingresos presupuestarios RELACIONADOS CON LOS MOVIMIENTOS DE TESORERÍA: Cobros Pagos

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 5. CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO CONTABLE El RECONOCIMIENTO CONTABLE es el proceso por el que se incorporan a la contabilidad de la entidad los elementos de las cuentas anuales. Todos los hechos económicos deben ser registrados en el oportuno orden cronológico

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 6. CRITERIOS DE VALORACIÓN La VALORACIÓN es el proceso por el que se asigna un valor monetario a cada uno de los elementos integrantes de las cuentas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de valoración relativas a cada uno de ellos e incluidas en la II parte del PGCP

MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 6. CRITERIOS DE VALORACIÓN Precio de adquisición Coste de producción Coste histórico de un pasivo Valor razonable Valor realizable neto Valor en uso Costes de venta Importe recuperable Valor actual de un activo o de un pasivo Coste amortizado de un activo o pasivo financiero Costes de transacción atribuibles a un activo o pasivo financiero Valor contable Valor residual de un activo (vida útil y vida económica)

GRACIAS POR SU ATENCIÓN