REFORMA TRIBUTARIA Por José Carlos Cardoso. I. Las Metas anunciadas por el Poder Ejecutivo como justificación son: SIMPLICIDAD, EQUIDAD y fomento a la.

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Transcripción de la presentación:

REFORMA TRIBUTARIA Por José Carlos Cardoso

I. Las Metas anunciadas por el Poder Ejecutivo como justificación son: SIMPLICIDAD, EQUIDAD y fomento a la INVERSIÓN. I. Las Metas anunciadas por el Poder Ejecutivo como justificación son: SIMPLICIDAD, EQUIDAD y fomento a la INVERSIÓN.

No es simple. No es simple. Para la administración que pasa de controlar 200 mil personas a controlar 800 mil. Para la administración que pasa de controlar 200 mil personas a controlar 800 mil. Ni para el contribuyente, porque la mayoría necesitará de un profesional, por tanto mayores costos. Una declaración equivocada generará multas y recargos. Ni para el contribuyente, porque la mayoría necesitará de un profesional, por tanto mayores costos. Una declaración equivocada generará multas y recargos.

No hay equidad No hay equidad Un tratamiento desigual entre el capital y el trabajo. Para iguales montos, tasas distintas. Un tratamiento desigual entre el capital y el trabajo. Para iguales montos, tasas distintas. Al capital 12% y mejores deducciones. Al trabajo, tasas progresivas hasta el 25% y sólo deducciones al aporte jubilatorio y salud Al capital 12% y mejores deducciones. Al trabajo, tasas progresivas hasta el 25% y sólo deducciones al aporte jubilatorio y salud

Contrario al fomento de la inversión Contrario al fomento de la inversión Grava el ahorro. Grava el ahorro. Limita las exoneraciones por reinversiones. Limita las exoneraciones por reinversiones. Castiga las que se hagan fuera de la empresa con utilidades de ésta. Castiga las que se hagan fuera de la empresa con utilidades de ésta.

II.- El Gobierno ha sostenido que el proyecto no aumentará la recaudación II.- El Gobierno ha sostenido que el proyecto no aumentará la recaudación

a) Aumenta sustancialmente el número de contribuyentes directos e indirectos. a) Aumenta sustancialmente el número de contribuyentes directos e indirectos. b) Aumenta la recaudación del IVA b) Aumenta la recaudación del IVA c) Aumenta en 240 millones de dólares anuales el peso sobre los asalariados c) Aumenta en 240 millones de dólares anuales el peso sobre los asalariados

b) b) AUMENTA TASAS, del 10% al 12% a la renta sobre capital e intereses; del 25% al 32% los que no tiene capacidad de reinvertir o retiran para gastos personales. AUMENTA TRIBUTOS, Impuesto al Patrimonio en 20 años lo reducen a 0.1% AUMENTA APORTES, agropecuaria e industria, del 0% al 7.5% al BPS llegando a gravar con aporte patronal la alimentación, los seguros de vida y asistencia de los trabajadores. IVA, aumento de recaudación por concepto de IVA de alrededor de 22 millones de dólares al año.

EL IVA EL IVA

TASAS DE IVA TASAS INICIALES 18%6% TASAS ACTUALES 23%14%

TASAS DE IVA TASAS INICIALES 18%6% TASAS ACTUALES 23%14% PROYECTO BATLLE 19%10%

TASAS DE IVA TASAS INICIALES 18%6% TASAS ACTUALES 23%14% PROYECTO BATLLE 19%10% PROPUESTA BARREIX (1) 17%

TASAS DE IVA TASAS INICIALES 18%6% TASAS ACTUALES 23%14% PROYECTO BATLLE 19%10% PROPUESTA BARREIX (1) 17% PROPUESTA BARREIX (2) 20%15%

TASAS DE IVA TASAS INICIALES 18%6% TASAS ACTUALES 23%14% PROYECTO BATLLE 19%10% PROPUESTA BARREIX (1) 17% PROPUESTA BARREIX (2) 20%15% PROPUESTA NOVIEMBRE %10%

TASAS DE IVA TASAS INICIALES 18%6% TASAS ACTUALES 23%14% PROYECTO BATLLE 19%10% PROPUESTA BARREIX (1) 17% PROPUESTA BARREIX (2) 20%15% PROPUESTA NOVIEMBRE %10% PROYECTO PRESENTADO 22%10%

TASAS DE IVA TASAS INICIALES 18%6% TASAS ACTUALES 23%14% PROYECTO BATLLE 19%10% PROPUESTA BARREIX (1) 17% PROPUESTA BARREIX (2) 20%15% PROPUESTA NOVIEMBRE %10% PROYECTO PRESENTADO 22%10%

PORQUE SOLO 1% ?

EFECTOS SOBRE LA RECAUDACION EFECTO REDUCCION 1% TASA BASICA (USD 59,9) REDUCCION 4% TASA MINIMA (USD 70,0) CALCULOS OFICIALES BASADOS EN LA RECAUDACION 2005

EFECTOS SOBRE LA RECAUDACION EFECTO REDUCCION 1% TASA BASICA (USD 59,9) REDUCCION 4% TASA MINIMA (USD 70,0) EXTENSION BASE TASA BASICA USD 103,8 EXTENSION BASE TASA MINIMA USD 51,6

EFECTOS SOBRE LA RECAUDACION EFECTO REDUCCION 1% TASA BASICA (USD 59,9) REDUCCION 4% TASA MINIMA (USD 70,0) EXTENSION BASE TASA BASICA USD 103,8 EXTENSION BASE TASA MINIMA USD 51,6 EFECTO TOTAL USD 25,0

III.- El peso tributario contenido en esta reforma cae sobre: III.- El peso tributario contenido en esta reforma cae sobre: El multi empleo, la clase media, los jubilados, el sector agropecuario y en menor medida, en el sector Servicios. El multi empleo, la clase media, los jubilados, el sector agropecuario y en menor medida, en el sector Servicios.

1. Los ejemplos de trabajadores con multiempleo. Castiga al trabajo 1. Los ejemplos de trabajadores con multiempleo. Castiga al trabajo 2. Clase media: IRPF a los trabajadores independientes y dependientes 2. Clase media: IRPF a los trabajadores independientes y dependientes Los Jubilados. 200 mil jubilados pagarán mas que lo hoy pagan por IRP Los Jubilados. 200 mil jubilados pagarán mas que lo hoy pagan por IRP

IV.- El proyecto contiene normas que son fuertemente discriminatorias contra el Comercio y los Servicios, en materia de deducciones, exoneraciones y reinversiones. IV.- El proyecto contiene normas que son fuertemente discriminatorias contra el Comercio y los Servicios, en materia de deducciones, exoneraciones y reinversiones.

Entre diferentes fuentes de rentas, a las que se les aplica tasas diferenciales y grados de deducibilidad diferentes. Entre diferentes fuentes de rentas, a las que se les aplica tasas diferenciales y grados de deducibilidad diferentes. La discrecionalidad dada al Poder Ejecutivo. La discrecionalidad dada al Poder Ejecutivo. Por salarios (de 10% a 25%). Por salarios (de 10% a 25%). Por capital (12%). Por capital (12%). Por depósitos (3% en pesos, 12% en dólares) Por depósitos (3% en pesos, 12% en dólares)

Discrimina entre quienes tienen una estructura productiva que permite reinvertir (pagarán la tasa del IRAE al 25%) y quienes no la tienen, que pagarán un 32%. Así, el comercio, las radios, los diarios y centenas de empresas que no tienen en qué reinvertir, se verán castigadas con una tasa punitiva. Discrimina entre quienes tienen una estructura productiva que permite reinvertir (pagarán la tasa del IRAE al 25%) y quienes no la tienen, que pagarán un 32%. Así, el comercio, las radios, los diarios y centenas de empresas que no tienen en qué reinvertir, se verán castigadas con una tasa punitiva.

V.- Impuesto a la Renta de las Personas Físicas: paga más el que trabaja más, no el que tiene más. V.- Impuesto a la Renta de las Personas Físicas: paga más el que trabaja más, no el que tiene más.

Es un impuesto sobre Renta Bruta. Es un impuesto sobre Renta Bruta. Con una escala de tramos progresivos y tasas altísimas. La argumentación de que los países desarrollados tienen tasas iguales o mayores omite detalles claves, como que: no son sobre ingresos brutos, no se aplican a niveles de ingresos tan bajos y tienen como contrapartida servicios estatales superiores a los nuestros. Con una escala de tramos progresivos y tasas altísimas. La argumentación de que los países desarrollados tienen tasas iguales o mayores omite detalles claves, como que: no son sobre ingresos brutos, no se aplican a niveles de ingresos tan bajos y tienen como contrapartida servicios estatales superiores a los nuestros.

Gravará jubilaciones, remuneraciones en especie (como tickets alimentación), indemnizaciones, seguro de desempleo, pensiones alimenticias Gravará jubilaciones, remuneraciones en especie (como tickets alimentación), indemnizaciones, seguro de desempleo, pensiones alimenticias No permite deducciones por educación o vivienda. Familia castigada. No permite deducciones por educación o vivienda. Familia castigada. Grava alquileres por encima de 59 mil pesos anuales, castigando a la industria de la construcción y a la forma clásica de ahorro de la clase media uruguaya. Grava alquileres por encima de 59 mil pesos anuales, castigando a la industria de la construcción y a la forma clásica de ahorro de la clase media uruguaya.

1. IRPF a trabajadores según sueldos en pesos uruguayos sueldo Imp. Retrib. IRPF según cantidad de hijos nominallíquidoPersonales

2. IRPF a pasivos según pasividades, en pesos uruguayos Pasividad Imp. Retrib.IRPF nominalliquidaPersonales

VI.- Castiga al Sector Agropecuario. VI.- Castiga al Sector Agropecuario. Tiene un incremento del 23% sobre la actual tributación global del sector Tiene un incremento del 23% sobre la actual tributación global del sector

Queda a merced del Poder Ejecutivo, quien decidirá qué paga y quién paga, sin acotamiento o protección legal alguna. Queda a merced del Poder Ejecutivo, quien decidirá qué paga y quién paga, sin acotamiento o protección legal alguna. Además de aumentarle la carga tributaria, le impone la complejidad de liquidar el IRAE. Alta atención a los papeles. Además de aumentarle la carga tributaria, le impone la complejidad de liquidar el IRAE. Alta atención a los papeles. También se perjudicará por la tasa diferencial del 32% del IRAE, al no tener posibilidades de reinversiones rentables infinitas. También se perjudicará por la tasa diferencial del 32% del IRAE, al no tener posibilidades de reinversiones rentables infinitas.

Evolución de la recaudación tributaria (en millones de U$S)

Efecto de la reforma

VIII.- La Promesa de eliminar el Impuesto al Patrimonio se sustituyó por una reducción progresiva del impuesto en 20 años VIII.- La Promesa de eliminar el Impuesto al Patrimonio se sustituyó por una reducción progresiva del impuesto en 20 años

IX.- Invade violentamente los derechos de las personas al darle facultades inquisitorias, policíacas y jurisdiccionales a la administración tributaria, partiendo de la doble presunción, de que los contribuyentes son per se sospechosos y los funcionarios públicos inherentemente buenos y prudentes. IX.- Invade violentamente los derechos de las personas al darle facultades inquisitorias, policíacas y jurisdiccionales a la administración tributaria, partiendo de la doble presunción, de que los contribuyentes son per se sospechosos y los funcionarios públicos inherentemente buenos y prudentes.

Liquidaciones de tarjetas llegarán paralelamente al usuario, DGI y BPS Liquidaciones de tarjetas llegarán paralelamente al usuario, DGI y BPS

BPS DGI REFERENCI A FICTO PATRON APORTE S/ DEPENDIENTE S 1) PRODUCTOR RURAL S/ Hectareas CONEAT (vigente) 7,5% (Art. 76) IRAE = 32% IPAT= 0,7% - 2,5% art. 6 Faculta al P Ej. A definir el límite para el aporte por IRAE o IMEBA IMEBA = 1% - 2,5% IPAT= 0,7% - 2,5% (IRAE = 32% para venta Activo Fijo, pastoreo, aparcería, servicios rurales) 2) PRODUCTOR ARTESANAL RURAL (aditivo art. 75 bis) Sobre Hectáreas CONEAT (vigente) No pueden tener dependientes (aditivo art. 61 bis) Literal E = $ aditivo art. 75 bis Faculta al P Ej definir monto para tributar IPeqE o IRAE IRAE = 32% IPAT= 0,7% - 2,5%

1) Productor Rural : BPS – Un ficto patrón sobre las hectáreas CONEAT (dependerá de la superficie del predio explotado) y sobre los dependientes, el aporte patronal del 7,5% (hoy es 0%) DGI – Se faculta al Poder Ejecutivo para que defina el límite para el aporte por IRAE o por IMEBA (art. 6); no obstante los que aporten IMEBA deberán aportar por el IRAE a las rentas obtenidas de: venta de bienes fijos rurales (recambio de la ordeñadora), pastoreo, aparcería, servicio rurales. 1) Productor Artesanal Rural : BPS – Un ficto patrón sobre las hectáreas CONEAT (dependerá de la superficie del predio). No puede tener dependientes (art. 61 – monotributo) DGI – Se faculta (por aditivo al art. 75) al Poder Ejecutivo para que defina el límite para el aporte por IRAE o por Fictos según el Literal E (son actualmente $ 1.380)

 MONOTRIBUTO INGRESOS EXIGIDOSTRIBUTO AL BPS UNIPERSONAL < 100% monto definido para literal E (450 mil pesos anual) 5 BFC = $ SOCIEDAD DE HECHO (hasta 2 socios) < 60% monto definido para literal E (450 mil pesos anual) 5 BFC = $ (por cada socio) Incluye a las empresas que sean sociedades de hecho o unipersonales. El Poder Ejecutivo definirá el monto establecido para el Literal E, deben tener una única actividad. Art No pueden tener dependientes a cargo; salvo para los casos de zafra con autorización del P. Ejecutivo. Art. 66 – El aporte será de 5 BFC, pero el Poder Ejecutivo queda habilitado para aumentar hasta 10 BFC.

XI.- Viola reiteradamente la Constitución al darle al Poder Ejecutivo facultades impositivas que la Carta otorga sólo al Legislativo, como protección fundamental de los derechos de los ciudadanos (desde el Siglo XVII). XI.- Viola reiteradamente la Constitución al darle al Poder Ejecutivo facultades impositivas que la Carta otorga sólo al Legislativo, como protección fundamental de los derechos de los ciudadanos (desde el Siglo XVII).