SEMINARIO “DIA DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO” “Facilitación del Comercio en la Alianza del Pacífico” Hugo Baierlein Hermida Gerente Comercio Exterior SOFOFA.

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Transcripción de la presentación:

SEMINARIO “DIA DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO” “Facilitación del Comercio en la Alianza del Pacífico” Hugo Baierlein Hermida Gerente Comercio Exterior SOFOFA

INDICE I. Introducción II. Intercambio Comercial Chile – Alianza del Pacífico III. Acceso a Mercados IV. Reglas de Origen V. Otros Temas de Interés para la facilitación del Comercio.

I.INTRODUCCIÓN

INTERCAMBIO COMERCIAL CHILE – MUNDO (cifras millones US$)

PRINCIPALES PRODUCTOS EXPORTADOS POR CHILE AL MUNDO (cifras millones US$)

PRINCIPALES PRODUCTOS IMPORTADOS POR CHILE AL MUNDO (cifras millones US$)

PRINCIPALES DESTINOS DE NUESTRAS EXPORTACIONES (cifras millones US$)

PRINCIPALES DESTINOS DE NUESTRAS IMPORTACIONES (cifras millones US$)

II.INTERCAMBIO COMERCIAL CHILE – ALIANZA DEL PACÍFICIO

INTERCAMBIO COMERCIAL CHILE – ALIANZA DEL PACÍFICO (cifras millones US$)

PARTICIPACIÓN DE LAS EXPORTACIONES DE CHILE A LA ALIANZA DEL PACÍFICO EN RELACIÓN A LAS EXPORTACIONES AL MUNDO (cifras millones US$)

PARTICIPACIÓN DE LAS IMPORTACIONES DE CHILE DESDE LA ALIANZA DEL PACÍFICO EN RELACIÓN A LAS IMPORTACIONES AL MUNDO (cifras millones US$)

III.ACCESO A MERCADOS

ACCESO A MERCADOS CAPÍTULO 3 DEL ACUERDO Anexo 3.4.: Eliminación Arancelaria Ninguna de las Partes podrá incrementar ningún arancel aduanero existente, ni adoptar ningún arancel aduanero nuevo, sobre mercancías originarias. Ninguna Parte podrá adoptar o mantener una medida no arancelaria que prohíba o restrinja la importación de cualquier mercancía de la otra Parte o a la exportación o venta para la exportación de cualquier mercancía destinada al territorio de otra Parte, salvo lo previsto en el Artículo XI del GATT de El 92% del Universo arancelario quedo exento del pago de derechos de aduana.

ACCESO A MERCADOS El 8% restante, quedo sujeto a distintos cronogramas de desgravación. Estos productos se encontraban en listas de excepciones en los Acuerdos Bilaterales suscritos por Chile con Colombia, México, y algunos rubros con Perú. Con Colombia: Con Colombia: Se eliminan las franjas de precios y pasarán a tener beneficios arancelarios: las carnes de aves y cerdos y los productos lácteos. Con México: Con México: Pasan a tener beneficios arancelarios todos los productos lácteos y algunos rubros del área agroindustrial. Con Perú: Con Perú: Se eliminan las franjas de precios andinas. Los Acuerdo Bilaterales existentes entre Chile y los países de la Alianza del Pacífico, se mantienen: Acuerdo de Libre Comercio Chile – Colombia Tratado de Libre Comercio Chile – México Acuerdo de Complementación Económica N°38 Chile - Perú

IV.REGLAS DE ORIGEN

REGLAS DE ORIGEN CAPÍTULO 4: REGLAS DE ORIGEN Y PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON EL ORIGEN Sección A:Reglas de Origen Sección B:Procedimientos relacionados con el Origen Anexo 4.2.:Requisitos Específicos de Origen Anexo 4.17.:Certificado de Origen e Instructivo para su llenado

REGLAS DE ORIGEN CRITERIO DE ORIGEN (Artículo 4.2) Serán consideradas originarias, cuando sean: a)Totalmente obtenida o producida enteramente en el territorio de una o más Partes, de conformidad con el Artículo 4.3 Desechos y Desperdici os Mercancías obtenidas de animales vivos Peces, crustáceos Mercancías producidas a bordo de buques fábrica Productos de la Caza Vegetales Minerales extraídos Animales vivos

REGLAS DE ORIGEN CRITERIO DE ORIGEN (Artículo 4.2) Serán consideradas originarias, cuando sean: b)Producida enteramente en el territorio de un o más Partes, a partir exclusivamente de materiales que califican como originarios, de conformidad con el presente Capítulo, o Resina Plástica Partida Arancelaria: Originaria de País Signatario del Acuerdo Bolsas de plástico Partida Arancelaria: Producto originario de Chile para ser exportado al País Signatario del Acuerdo

REGLAS DE ORIGEN CRITERIO DE ORIGEN (Artículo 4.2) Serán consideradas originarias, cuando sean: c)Producida en el territorio de una o más Partes, a partir de Materiales No Originarios, siempre que cumplan con los Requisitos Específicos de Origen de conformidad con el Anexo 4.2;

REGLAS DE ORIGEN Bajo el criterio c), se indican las siguientes opciones, según lo exija el requisito de origen previsto en el Anexo 4.2 Cambios Arancelarios: CONSERVAS DE DURAZNOS Durazno CAPÍTULO 08 Insumo importado Conserva de Durazno CAPÍTULO 20 Producto de Exportación COLOMBIA

REGLAS DE ORIGEN Valor de Contenido Regional: El Valor de Contenido Regional, será calculado sobre la base del valor Fob o sobre el coto neto, a elección del productor o exportador, de la siguiente manera:

REGLAS DE ORIGEN ACUMULACIÓN (Artículo 4.8) Los materiales originarios del territorio de una o más Partes, incorporados en una mercancía en el territorio de otra Parte, serán considerados originarios del territorio de esa otra Parte, siempre que cumplan los requisitos de origen previstos. Una mercancía será considerada originaria, cuando sea producida en el territorio de una o más Partes, por uno o más productores, siempre que cumplan con los requisitos de origen. La ACUMULACIÓN será aplicable únicamente cuando el arancel aduanero de las mercancías sea 0% en todas las Partes.

CERTIFICADO DE ORIGEN

V.OTROS TEMAS DE INTERÉS PARA LA FACILITACIÓN DEL COMERCIO

1. OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO (OEA) Artículo 5.8 del Protocolo de la Alianza del Pacífico. El OEA es un Sistema que han implementado más de 50 países en el mundo dentro de los cuales se cuenta a: EE.UU, la Unión Europea, Japón, Corea, Australia, Colombia, Perú, Nueva Zelandia, México, entre Otros. Permite que, a través de los Servicios de Aduana de cada país, un exportador pueda solicitar ser certificado como Operador Económico Autorizado por su Autoridad Aduanera. Las empresas certificadas, posteriormente son postuladas por el Servicio Nacional de Aduana para firmar un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo con otra Autoridad Aduanera. Dicho Reconocimiento Mutuo permite que un exportador chileno que cuente con dicha Certificación, pueda ingresar al país de destino sin ningún trámite aduanero, facilitando el comercio de exportación y los trámites de importación.

1. OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO (OEA) Para lograr dicha certificación, hay que cumplir una serie de requisitos de seguridad que exige el Servicio de Aduana. En estos momentos, el Servicio Nacional de Aduanas de Chile está desarrollando un Plan Piloto con 5 empresas exportadoras que postularon a esta certificación. Dichas empresas son: CODELCO AGROSUPER ASERRADEROS ARAUCO VIRUTEX ILKO En el marco de la Alianza del Pacífico se estableció un mecanismo, que permitirá que se facilite la suscripción de acuerdos de reconocimiento mutuo entre los miembros de la Alianza. Ya concluyó el Plan Piloto entre el Servicio Nacional de Aduanas y las 4 empresas seleccionadas. Se espera que el Director del SNA certifique a las empresas.

II.CAPÍTULO 8: CONTRATACIÓN PÚBLICA El objetivo de este capítulo es que cada Parte, otorgará inmediata e incondicionalmente a las mercancías y servicios de cualquier otra Parte y a los proveedores de las Partes, un trato no menos favorable que el trato más favorable que dicha Parte otorgue a sus propias mercancías, servicios y proveedores. El desafío en convertir a un exportador en un proveedor del Estado en los países de la Alianza del Pacífico. El Acuerdo establece algunas excepciones.

Se han desarrollado una serie de actividades hasta la fecha: La constitución de grupos de trabajo público privado en cada país (se creó uno en Chile liderado por SOFOFA). La difusión y promoción ante el sector privado exportador de los alcances y beneficios del capítulo de Compras Públicas que se han negociado en el marco de la Alianza. Se han realizado reuniones con gremios de Chile y Colombia Se están preparando Seminarios / Talleres sobre el tema en cada país para difundirlo ante el sector privado. Trabajar en la detección de nichos de mercado para potenciales oferentes, identificando los sectores donde el mercado nacional no es lo suficientemente eficiente y resultaría beneficioso incrementar la competencia con oferta de otros países. Hoy se trabaja en un documento que permita a los Gobiernos, fijar directrices respecto a las flexibilizaciones que se deberían efectuar en cada país, a fin de que un proveedor del Estado en Chile, sea aceptado también como proveedor en Colombia. II.CAPÍTULO 8: CONTRATACIÓN PÚBLICA

III.ENCADENAMIENTOS PRODUCTIVOS / ACUMULACIÓN DE ORIGEN Con el fin de incentivar los encadenamientos productivos entre empresas de los países de la Alianza, principalmente micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) para profundizar el comercio en la subregión y la proyección hacia otros mercados con especial incidencia en Asia Pacífico, se h solicitado un estudio a cargo del BID. El estudio contempla: La identificación de potenciales encadenamientos que surgen de la acumulación de origen. La identificación de encadenamientos que puedan generarse o profundizarse entre los países de la Alianza. La participación del sector empresarial a través de entrevistas, grupos focales, encuestas para obtener información sobre los subsectores o productos que puedan tener potencial real de encadenamiento.

IV.CERTIFICACIÓN DE ORIGEN DIGITAL VÍA VUCE Se espera que para el presente año, los 4 países de la Alianza, establezca un mecanismo que permita la emisión de certificados de origen en forma digital, a través de las Ventanillas Únicas de Comercio Exterior. Hasta la fecha sólo Chile y Colombia tienen establecida esta certificación, en forma dígital.. El establecimiento de este tipo de certificación entre los 4 países, permitirá una real facilitación del comercio, al tramitar en “tiempo real” los certificados de origen, sin temor a pérdidas o adulteraciones.

V.ARMONIZACIÓN DE NORMAS TÉCNICAS Y CONVERGENCIA REGULATORIA Se recomendó a los Gobiernos de los 4 países de la Alianza, que acepten la firma de un Anexo de Cosméticos, que incluya: Definición armonizada de cosméticos Eliminación de autorización sanitaria previa a la importación o comercialización dado el bajo riesgo que los productos significan, sustituyéndola por notificación automática y vigencia en el mercado. Eliminación de Certificados de Libre Venta. Reconocimiento de buenas prácticas conforme a estándares internacionales sin necesidad de obtener una certificación. Eliminación de boletines de análisis lote a lote exigido en el proceso de internación.

V.ARMONIZACIÓN DE NORMAS TÉCNICAS Y CONVERGENCIA REGULATORIA Agilización y homologación de los sistemas de revisión de ingredientes con un mecanismo preciso y ágil de actualización, reconociendo referencias internacionales y considerando información científica. Armonización de requisitos de etiquetado basados en la Nomenclatura Internacional de Ingredientes Cosméticos. Hoy se trabaja también con los sectores farmacéuticos, insumos médicos y alimenticio, a fin de buscar un acercamiento para armonizar los procesos de normalización en estos sectores.

MUCHAS GRACIAS